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Chile: circular termina con toda forma de discriminación a las personas trans en las isapres

Lunes, 21 de octubre de 2019
Comentarios desactivados en Chile: circular termina con toda forma de discriminación a las personas trans en las isapres

transexualidad-interiorTras denuncia de un joven trans y recursos de protección y propuestas  del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), la Superintendencia de Salud lanzó una nueva circular que prohíbe a las Isapres incurrir en cualquier tipo de discriminación basada en la identidad de genero,   terminándose así con una práctica que había existido desde siempre.

Para el encargado de derechos humanos del Movilh, Ramón Gómez, “esto es un avance histórico para la población trans, pues podrán acceder en igualdad de condiciones a todos los servicios ofrecidos por las isapres, lo cual garantiza la atención digna y el acceso igualitario a los procesos de readecuación corporal. Se termina así con la transfobia en un tema muy sensible y relevante para toda persona, como es el acceso a la salud”.

La nueva circular número 336 que “Imparte instrucciones respecto a la no discriminación por identidad de género en la afiliación”, surgió luego de que el Movilh denunciara prácticas transfóbicas de las Isapres y solicitara a la Superintendencia de Salud que adoptara medidas al respecto.

En efecto, el pasado 6 de agosto la Corte de Apelaciones de Santiago obligó a la Isapre Colmena Golden Cross a retirar a la transexualidad de su lista de patologías, tras un recurso de protección presentado por el Movilh a favor de un hombre trans, Benjamín, que había sido discriminado. Acto seguido, dicho movimiento LGBTI se reunió con la Superintendencia de Salud, descubriéndose a raíz de ello que otras cuatro Isapres incurrían en similares abusos: Cruz Blanca, Banmédica, Vida Tres y Nueva MasVida.

Conocida la circular, Benjamín se declaró feliz. “Me sentí discriminad, menoscabado. Me alegra que desde ahora nadie más pasará por los mismo. Es muy alentador saber que con esto se pudo ayudar a más personas.”, dijo.

Histórica circular

La Circular número 336, firmada por el intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, Manuel Rivas Rivera, se funda en la Constitución, en el Proyecto que Establece Medidas contra la Discriminación, en la Ley de Identidad de Género y en pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional

“La identidad de género se presenta como un elemento constitutivo y constituyente de la identidad de las personas, la que encuentra su fuente en el concepto mismo de dignidad”, señala la circular para añadir que la identidad de género no es una enfermedad, una patología ni una condición de salud, sino que forma parte de los atributos inherentes de la persona humana, por lo que no se encuentra dentro de las preexistencias declarables que trata nuestra norma sectorial , cuestión que motiva la presente instrucción general”, explica el texto.

Acto seguido, se modifica la circular IF/n° 80, de 13 de agosto de 2008, que contiene el compendio de normas administrativas en materia de instrumentos contractuales.

En tal sentido se estipula que «atendido a que la identidad de género no es una enfermedad, una patología ni una condición de salud, no debe declararse en el formulario de Declaración de Salud, ni tampoco la isapre puede exigirla. Por lo tanto, la isapre se encuentra impedida de rechazar la afiliación, restringir la cobertura o dar término al contrato de salud basándose en dicho antecedente. Conforme a ello, las personas transgénero no deben declarar su identidad de género, como tampoco las expresiones: disforia de género, incongruencia de género, transexualidad o cualquiera otra similar que aluda a dicha identidad”.

Luego se reforma la circular IF/n° 131, de 30 de julio de 2010, que contiene el compendio de normas administrativas en materia de procedimientos

En consecuencia, se repite lo anterior además de establecerse que “las instituciones de salud previsional no podrán excluir de la posibilidad de solicitar la afiliación, a priori, a ningún grupo de personas, basadas en consideraciones tales como el sexo, identidad de género, edad, condición de salud, condición laboral, etnia, orientación sexual u otras de los futuros cotizantes y/o sus beneficiarios”.

Circular aquí

Fuente MOVILH

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Superintendencia de Salud de Chile confirma que al menos 5 isapres discriminan a las personas trans

Jueves, 3 de octubre de 2019
Comentarios desactivados en Superintendencia de Salud de Chile confirma que al menos 5 isapres discriminan a las personas trans

Superintendencia_Salud_Movilh-820x394Consideran a la transexualidad como una enfermedad pre-existente. Tras solicitud del Movilh y del senador Guido Guirardi, la Superintendencia está instruyendo a las Isapres para que cesen con las discriminaciones.

Tras una investigación, la Superintendencia de Salud informó al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) que al menos 5 isapres discriminan a las personas en razón de su identidad de género, llegando al extremo de considerar a la transexualidad como una enfermedad preexistente y de rebajar la coberturas de sus planes.

“Estamos en presencia de una política transfóbica de 5 isapres que están abusando de las personas con identidad de género de diversa. Se trata de Colmena Golden Cross, Cruz Blanca, Banmédica, Vida Tres y Nueva MasVida, todas las cuales incurren en ilegalidad”, denunció el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

Apuntó que “instamos a estas isapres a ofrecer disculpas públicas y a modificar sus políticas en breve. Esta es una situación escandalosa. Valoramos los esfuerzos que está emprendiendo la Superintendencia de Salud para terminar con estas prácticas”

La información fue proporcionada a raíz de una investigación sobre la materia que el Movilh y el senador Guido Girardi solicitaron a la Superintendencia de Salud luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago obligara el pasado 6 de agosto a la Isapre Colmena Golden Cross a retirar a la transexualidad de su lista de patologías, en el marco de un recurso de protección presentado por el mencionado movimiento LGBTI a favor de un hombre trans que había sido discriminado.

En carta dirigida al Movilh, el Superintendente de Salud (s) Patricio Fernández Pérez, dijo que tras fiscalizar a Colmena Golden Cross se constató que “esa aseguradora restringe al 25% del plan contratado en todas las prestaciones” a quienes se declaran trans. “La cobertura restringida otorgada constituye un actuar ilegal de la Isapre Colmena”, señaló.

Añadió que el 12 de agosto pasado “esta Superintendencia requirió información a todas las Isapres sobre la política y criterios que aplican en la evaluación, aceptación o rechazo de la afiliación de personas con transexualidad”.

“Las Isapres Colmena Golden Cross, Cruz Blanca, Banmédica, Vida Tres y Nueva MasVida informaron que, en caso de una persona transexual solicite afiliación, se evalúa como cualquier otro diagnóstico, enfermedad o patología pre-existente y/o solicitan informes médicos que especifiquen tratamientos y/o cirugías realizadas o por requerir en el futuro”, especificó.

“En cuanto al número de casos, Colmena Goldes Cross informó haber recibido cinco solicitudes de ingreso, Cruz Blanca una, que fue aceptada con restricción de cobertura del 25% del plan, y Vida Tres una solicitud que se encontraba en evaluación”, precisó la Superintendencia

Por el contrario “las Isapres Consalud, Fundación, Cruz del Norte, Chuquicamata, Fusat, Río Blanco y San Lorenzo informaron que no consideran tal condición (la transexualidad) como objeto de evaluación al ingreso”, añadió.

Como consecuencia “la Superintendencia se encuentra estudiando el tema para complementar las normas vigentes, instruyendo a las Isapres en concordancia a lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago y en armonía con las leyes, en el sentido de que la condición de trasgénero no es una enfermedad y a la obligación de evitar todo tipo de discriminación arbitraria”, apuntó Fernández Pérez.

De esa manera, se modificará la normativa interna con el fin de “impartir instrucciones generales a las isapres para regular las referidas prácticas objetadas y fiscalizar su cumplimiento”, finalizó la Superintendencia.

Fuente MOVILH

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