Archivo

Entradas Etiquetadas ‘:Audiencia Provincial de Madrid’

Dos condenados por dar una paliza a un gay en Madrid: “Vamos a rajar a tu amigo el maricón”

Jueves, 1 de marzo de 2018
Comentarios desactivados en Dos condenados por dar una paliza a un gay en Madrid: “Vamos a rajar a tu amigo el maricón”

audiencia-provincial-madridLa agresión sucedió en pleno centro de Madrid.

La defensa dice que los agresores no son homófobos porque tienen fotos con banderas LGTB.

Hace un año, un joven se encontraba en pleno centro de Madrid, acompañado por unas amigas, en la calle Costanilla de San Vicente cuando varias personas comenzaron a burlarse de él por su forma de hablar amanerada. La agresión continuó llegando a propinar golpes a la víctima y una advertencia a sus amigas: “No te metas por te vamos a rajar y a reventar a tu amigo maricón” asegurando luego que “es un maricón de mierda, se lo merece”.

Ahora, se ha conocido la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que ratifica la del juzgado número 13 de la capital, imponiendo sendas condenas de ocho meses de cárcel, una multa de 150 euros por delito leve de lesiones además de inhabilitarles durante tres años para trabajar en el sector educativo.

En la sentencia se concluye que la agresión se debió exclusivamente a la orientación sexual de la víctima con el fin de “humillarle, menospreciarle, ofender su dignidad, y menoscabar su integridad física” y que por lo tanto, es de aplicación el artículo 510 del Código Penal que establece que “Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito [..] por orientación o identidad sexual” considerando además que se trata un “indicio palmario” de delito de odio.

No es que la multa sea ridícula y que la pena de cárcel no llegue a cumplirse… es que… los acusados aseguraron que no eran homófobos y para demostrarlo enseñaron fotos con las banderitas arcoíris y que habían acudido a diversos desfiles del orgullo…

El Observatorio Madrileño contra la LGTBfobia: contacto

El Observatorio Madrileño contra la LGTBfobia, promovido por Arcópoli con el apoyo de la Fundación 26 de Diciembre, del colectivo Fuenla Entiende y del Movimiento Contra La Intolerancia, entre otros colectivos y asociaciones, se puso en marcha a principios de 2016. Ofrece acompañamiento y asesoramiento a las víctimas desde el mismo instante en que sufren la agresión y hace un seguimiento del recorrido de la denuncia en los juzgados.

Puedes contactar con el Observatorio a través del teléfono 618 54 71 66 (llamada o WhatsApp), por correo electrónico en delitosdeodio@arcopoli.org y online en la dirección web http://contraelodio.org

Fuente | Cadena Ser, vía EstoyBailando/Cristianos Gays

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , ,

El periodista Eulogio López, culpable de un delito de odio por publicar un vídeo en el que relacionó homosexualidad y pederastia

Sábado, 24 de febrero de 2018
Comentarios desactivados en El periodista Eulogio López, culpable de un delito de odio por publicar un vídeo en el que relacionó homosexualidad y pederastia

Eulogio_LopezPor fin una decisión judicial relacionada con el odio LGTBfóbico de la que nos congratulamos, después de habernos hecho eco de varios episodios en los que los jueces se han mostrado insensibles a esta realidad. Lo recoge la cadena SER. El periodista Eulogio López ha sido condenado a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 1.800 euros (además de las costas) tras ser declarado culpable de un delito de odio por publicar en YouTube un vídeo que relacionaba homosexualidad y pederastia.

Eulogio López es el fundador de Hispanidad, un conocido diario digital ultraconservador. El vídeo por el que ahora ha sido condenado se titulaba “Sodomía y pederastia son dos ramas del mismo tronco”, y fue publicado en YouTube hace ahora tres años, acumulando más de 2.000 visitas antes de ser retirado. En él vinculaba abiertamente la pederastia con la homosexualidad, al asegurar por ejemplo que más del 90% de los casos son “de práctica sodomítica”. También equiparaba pederastia y homosexualidad como “dos degeneraciones anticristianas”.

La sección 23ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado ahora la condena que ya le había sido impuesta por el Juzgado de lo Penal nº 16, al considerar que en efecto los contenidos del vídeo son constitutivos de un delito de odio. “La dosis de menosprecio y descrédito que encierran estas palabras es sencillamente brutal, intolerable para una sociedad basada en el respeto a la dignidad y la libertad de las personas”, argumentan los jueces, que además critican el uso de estadísticas “carentes de todo contraste científico” y la enumeración de datos “tan desmesurados como insostenibles”.

El tribunal considera que establecer esta falsa relación no tenía otra finalidad que la de humillar a las personas homosexuales, por lo que los hechos constituyen un delito de odio, desestimando los argumentos de la defensa, que apelaban a la libertad de expresión, además de negar que el periodista quisiera “ofender ni lesionar la dignidad de los homosexuales”. Contra la sentencia no cabe recurso.

Un antecedente positivo tras varios reveses 

Hace ahora una semana nos hacíamos eco de lo sucedido en Valladolid, donde un juzgado desestimó el recurso de dos chicos que sufrieron el pasado junio una agresión de tintes homófobos, circunstancia que ni la jueza ni la Fiscalía quisieron tener en cuenta, y que finalmente consideraron simplemente un delito de lesiones leves.

No es el primer caso del que nos hacemos eco en los últimos tiempos. Sucedió hace unos meses en Alicante, donde la justicia se negó a reconocer la existencia de un delito de odio por homofobia en la agresión a una pareja gay ocurrida en Moraira. El agresor, antiguo compañero de instituto de uno de los agredidos y que nunca aceptó de buen grado su orientación sexual, continuó luego su acoso en redes sociales. O en 2016 en Madrid, donde la justicia consideró que no había homofobia en llamar a un grupo de chicos gais “maricones de mierda” y agredirlos físicamente (y ello pese a que la propia sentencia reconoció ambos hechos como probados). Y todo ello sin hablar de aquellos ataques en los que no ha habido propiamente agresión física, pero sí una campaña de odio perfectamente planificada, como ha sido el caso de la campaña tránsfoba de HazteOír

El artículo 510 del Código Penal español, en su apartado 2, castiga a pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses a quienes “lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”. El artículo 22, por su parte, en su apartado 4, considera circunstancia agravante de un delito el cometerlo “por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad”. Quizá tengamos un problema de comprensión lectora, pero a nosotros nos parece evidente que la ley proporciona herramientas a los jueces para que castiguen adecuadamente la LGTBfobia. Y no todos lo están haciendo.

Confiemos en que la senda abierta por la sección 23ª de la Audiencia de Madrid tenga continuidad y que la justicia comience a tomarse en serio esta dramática realidad.

Fuente Dosmanzanas

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , ,

La justicia da la razón a HazteOír y archiva la denuncia de la Fiscalía por el “autobús del odio”

Sábado, 16 de septiembre de 2017
Comentarios desactivados en La justicia da la razón a HazteOír y archiva la denuncia de la Fiscalía por el “autobús del odio”

autobus_transexualEl Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid dictamina el sobreseimiento provisional de la denuncia presentada por la Fiscalía.

La decisión se conoce después de que el ministro del Interior declarase que “HazteOír cumple con los requisitos para ser de utilidad pública”.

Negar la existencia de los niños y niñas transexuales y organizar una campaña injuriosa hacia la realidad trans no es un delito de odio para el Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid, que ha sobreseído la denuncia de la Fiscalía contra los mensajes tránsfobos de autobús de HazteOír a su paso por la ciudad Madrid, donde el vehículo llegó a ser inmovilizado como medida cautelar. Una inmovilización que ya la Audiencia Provincial de Madrid había levantado en un auto de marcado contenido político, en el que la jueza María Isabel Durantez se ha apoyado ahora para sobreseer la causa. Una noticia de extrema gravedad que demuestra la más absoluta insensibilidad de la justicia española hacia la dignidad de las personas trans.

Recordamos los hechos una vez más. El pasado febrero, HazteOír comenzaba a pasear por las calles de Madrid un autobús con el mensaje: “Los niños tienen pene. Las niñas tienen vagina. Que no te engañen. Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer seguirás siéndolo”. Un lema que no era otra cosa que la versión tránsfoba de la campaña de concienciación ciudadana sobre la transexualidad infantil que semanas antes había promovido en varias ciudades del País Vasco y Navarra Chrysallis Euskal Herria, organización vasca de familias de menores trans. El autobús también hacía promoción del panfleto publicado por HazteOír y enviado en su momento a colegios de toda España en el que denigra los avances legislativos que se están produciendo en diferentes comunidades en materia LGTBI.

HazteOír desafiaba abiertamente tanto la ley madrileña contra la LGTBIfobia como el propio Código Penal español, cuyo artículo 510, en su apartado 2, castiga a quienes “lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”.

Un desafío que HazteOír ha ganado. La Audiencia Provincial de Madrid levantaba en julio la inmovilización cautelar del ya conocido como “autobús del odio” con un auto de marcado contenido político en el que el juez conservador Eduardo de Urbano llegaba a compararlo con el “tramabús” de Podemos contra la corrupción política  y asegurada que “los delitos de odio son algo muy distinto a profesar y difundir una ideología”. “Las ideas, como tales, no deben ser perseguidas penalmente, en especial cuando no se focalizan específicamente sobre ningún grupo determinado”, llegaba a decir. Es decir, que negar la existencia de la transexualidad infantil es “debate de ideas” y atacar de una forma tan ofensiva a los niños y niñas trans y a sus familias no es un ataque focalizado contra un grupo determinado…

El auto hacía suyo, de hecho, todo el argumento ultraconservador, al considerar que oponerse a que circule el autobús del odio “no es democrático y supone apoyar una visión sesgada del poder político como instrumento para imponer una filosofía que tiende a sustituir la antigua teocracia por una nueva ideocracia”. 

Quedaba por conocer, en cualquier caso, qué sucedía con la denuncia interpuesta por la Fiscalía. Pues bien, según informa eldiario.es, la jueza María Isabel Durantez, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid, ha hecho suyos los razonamientos de la Audiencia Provincial para sobreseer el procedimiento, aun sin haber terminado de investigarlo y pese a que los argumentos del órgano superior solo se referían a la medida cautelar de inmovilización y no al posible delito. En base a estos argumentos, la jueza considera que “no existen motivos suficientes para considerar la perpetración de un delito del artículo 510.2 del Código Penal”. “Ha de primar la libertad ideológica y de expresión reconocida como derecho fundamental en la Constitución del 78”, añade.

En nuestra modesta opinión, nos encontramos ante una de las noticias más graves de los últimos tiempos en materia LGTB. De nada sirve la existencia de buenas leyes si no hay voluntad de aplicarlas, una divergencia que en España cada vez resulta más clara en el caso de las acciones discriminatorias y de odio contra las personas LGTBI que no implican directamente agresiones físicas (e incluso en este caso hay jueces que se niegan a reconocer el delito de odio). Y no parece que la justicia española, en este terreno, esté por la labor. Y tampoco, por cierto, el Gobierno de España, que esta misma semana se negaba a retirar a HazteOír su privilegiado estatus de entidad de utilidad pública si la justicia no la condenaba.

Fuente Dosmanzanas

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , ,

El Gobierno de España se escuda en el “Estado de derecho” para no retirarle a HazteOír el estatus de utilidad pública y sus consiguientes beneficios

Jueves, 14 de septiembre de 2017
Comentarios desactivados en El Gobierno de España se escuda en el “Estado de derecho” para no retirarle a HazteOír el estatus de utilidad pública y sus consiguientes beneficios

zoido-parlament-efe_1_630x630El ministro Zoido confirma que el gobierno del PP no piensa retirarle la Utilidad Pública a Hazte Oír porque no han incumplido ninguna ley y están al día con sus obligaciones con la Administración.

En marzo de este año el mismo gobierno del PP sí retiró la Utilidad Pública a otras organizaciones sin necesidad de que hubiera una resolución judicial o un conflicto legal de por medio.

Espaldarazo del Gobierno a la organización ultraconservadora HazteOír, a la que mantendrá el estatus de utilidad pública que en su momento le concedió Jorge Fernández Díaz salvo que exista una resolución judicial que la condene. El ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, se ha escudado en el “Estado de derecho” para justificar su decisión, duramente criticada por los partidos de la oposición, que consideran que el Gobierno puede perfectamente retirar a HazteOír la declaración de utilidad pública, al igual que ha hecho con otras entidades en el pasado.

El ministro de Interior español, Juan Ignacio Zoido, compareció  en el Congreso de los Diputados el pasado martes 12 de septiembre para explicar si el gobierno del Partido Popular pensaba retirar o no la Utilidad Pública que en 2013 el también ministro de Interior del PP, Jorge Fernández Díaz, había concedido a Hazte Oír.

Todos sabíamos que las probabilidades de que esto ocurriera eran mínimas, y efectivamente lo que temíamos se ha cumplido: Zoido ha dicho que Hazte Oír va a seguir siendo de utilidad pública. Y es curioso, porque aunque en su momento no necesitaron que ningún juzgado ni nadie externo al gobierno recomendara conceder esa clasificación, ahora dice que “hoy por hoy es imposible” retirar la Utilidad Pública al grupo ultra católico porque Hazte Oír está al corriente de todas sus obligaciones con la Administración y con la Justicia y que “no podemos ignorar la ley. Nos guste o no, tenemos que respetar los trámites.

HazteOír fue declarada entidad de utilidad pública en mayo de 2013 por decisión del entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, próximo ideológicamente a la organización ultraconservadora. Ya entonces se advirtió del sinsentido que ello suponía. Para ser una asociación de utilidad pública, según la ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo, sus fines estatutarios deben (artículo 32) “promover el interés general” y ser de carácter “cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de asistencia social, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de protección de la infancia, de fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales, y cualesquiera otros de similar naturaleza”.  Una definición que no casa con HazteOír, organización que defiende como único modelo de familia merecedor de reconocimiento jurídico a la familia tradicional y que se opone con fiereza a los derechos de las personas LGTB.

Según informó en su momento infoLibre (medio digital que de hecho ha promovido una campaña en change.org para que ese estatus le sea retirado) ser de utilidad pública ha permitido que los donantes y socios de HazteOír tengan considerables ventajas fiscales, ya que pueden desgravarse en la declaración de la renta el 75% de los 150 primeros euros que aporten y entre el 30% y el 35% de las cantidades que superen esa cifra. En la práctica, si alguien dona 200 euros a HazteOír, Hacienda le devuelve 127,5 euros. Siempre según infoLibre, tras recibir ese reconocimiento y desde que sus socios pueden desgravarse las donaciones los ingresos de la organización aumentaron un 69%, pasando de 1,5 millones de euros en 2012 a 2,6 millones en 2015.

Es por todo ello que, tras sus recientes campañas contra las leyes autonómicas en favor de la igualdad de las personas LGTB y sobre todo tras su vergonzante campaña de odio contra los niñas y niñas transexuales y sus familias, desde diferentes ámbitos se le ha solicitado al Gobierno la retirada del estatus de utilidad pública a HazteOír, incluyendo por ejemplo la Asamblea de Madrid (por unanimidad) o el Congreso de los Diputados (con la abstención de buena parte de los diputados del PP). Este martes, sin embargo, el ministro Juan Ignacio Zoido, interpelado en la Comisión de Interior del propio Congreso, se ha negado a tomar dicha decisión, argumentando que para ello tiene que esperar a que una resolución judicial determine que HazteOír ha cometido un delito de odio. “En el caso que nos ocupa, el ministro [en alusión a él mismo] no comparte los criterios de esta asociación, pero tengo que cumplir la ley y me debo al estado de derecho, porque una cosa son las opiniones y otra muy diferente es la legalidad y los procedimientos administrativos a los que nosotros nos debemos”, ha asegurado.

Por si acaso a alguien le da por pensar que lo que pasa es que Zoido es un poquito… como los de HazteOír, el ministro ha aclarado que “les puedo asegurar, en el caso que nos ocupa, que el ministro no comparte los criterios de esta asociación, pero tengo que cumplir la ley y me debo al Estado de Derecho. Porque una cosa son las opiniones y otra muy diferente es la legalidad y los procedimientos administrativos a los que nosotros nos debemos.

Evidentemente esta excusa de que el Gobierno no puede retirarle la Utilidad Pública a Hazte Oír porque no han incumplido la ley no se la cree nadie. Como ha explicado la diputada socialista en la Asamblea de Madrid, Carla Antonelli, el Gobierno tiene plena capacidad para retirar ese privilegio sin necesidad de una sentencia judicial:

De hecho, y esto es muy curioso, en marzo de este mismo año toda la oposición en bloque votó a favor de retirarle el título a Hazte Oír. Es decir, que es un trámite político y no judicial. Y fíjate si es así que el propio gobierno del PP, a través de una orden firmada por el Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, retiró ese mismo mes la Utilidad Pública a seis asociaciones sin que en ninguno de esos casos hiciera falta una resolución judicial que ahora parece tan necesaria para hacer lo mismo con Hazte Oír.

Para que quede más claro: El PP No retira la utilidad publica a Hazte Oir porque no le da la real gana, y punto. Porque poder, pueden.

Por cierto, en su intervención Zoido ha dicho que en caso de que Hazte Oír incumpla alguna ley “actuaremos con rapidez y diligencia” para proceder a retirarles la Utilidad Pública y ha recordado que la asociación presidida por Ignacio Arsuaga  no ha recibido ninguna subvención pública, pero… los beneficios fiscales que reciben sus socios y que ayudaron a que el presupuesto de la organización se duplicara en tan sólo un año ya debería contar como subvención pública.

Diputados del PSOE, de Unidos Podemos, de Ciudadanos o del PNV han expresado su disconformidad con el criterio del ministro, asegurando que HazteOír no cumple los requisitos para ser entidad de utilidad pública y que ello basta para que dicho estatus le sea retirado. En concreto, el diputado de Unidos Podemos Ricardo Sixto ha recordado que el Gobierno ya ha retirado la condición de utilidad pública a otras asociaciones por decisión propia. El año pasado, por ejemplo, lo hacía a la Federación de Planificación Familiar Estatal después de una denuncia interpuesta por un colectivo ultraconservador.

De hecho, según el texto de la citada ley orgánica 1/2002, la declaración de utilidad pública puede ser revocada “previa audiencia de la asociación afectada e informe de las Administraciones públicas competentes, por Orden del Ministro que se determine reglamentariamente, cuando las circunstancias o la actividad de la asociación no respondan a las exigencias o requisitos fijados en el artículo 32″.

Quien sí ha apoyado al ministro ha sido la diputada María del Mar Blanco, portavoz adjunta del PP en la Comisión de Interior. Tras asegurar que el PP consideró en su momento un “verdadero disparate” la campaña de HazteOír y que su partido defiende los derechos de las personas LGTBI “sin complejos [sic]“, Blanco ha argumentado que los partidos no pueden “robar” el papel de la justicia, como hizo, según ha afirmado, el “tramabús” de Podemos (un autobús fletado por este partido político con rostros de personajes relacionados de una u otra forma con la corrupción política).

HazteOír se felicita por la posición del Gobierno

En un comunicado de prensa emitido tras la comparecencia del ministro Zoido, HazteOír ha emitido un comunicado de prensa en el que se felicita por la posición del Gobierno, que a su juicio “no se ha plegado a las presiones de los grupos de izquierdas que están llevando a cabo una campaña de acoso y derribo frente a quienes discrepan de sus ideas, personas y partidos a las que no les gusta el debate ideológico y no permiten que haya libertad de expresión en España”.

La organización ultraconservadora ha recordado además que antes del espaldarazo del Gobierno ya recibió el de la Audiencia Provincial de Madrid, que en un auto del que fue ponente el juez Eduardo de Urbano aseguraba que esta organización tiene derecho a dirigirse a los padres, “a quienes la Constitución garantiza el derecho a formar a sus hijos de acuerdo con sus propias convicciones” (curiosa afirmación, teniendo en cuenta que el auto se pronunciaba no sobre un acto convocado por HazteOír y de asistencia voluntaria, sino de un autobús que se paseó por las calles luciendo mensajes que de forma explícita y en un tono ofensivo negaban la existencia de niños y niñas transexuales). El auto, de hecho, enmarcaba los lemas del autobús en un “debate de ideas” y subrayaba que “las ideas, como tales, no deben ser perseguidas penalmente, en especial cuando no se focalizan específicamente sobre ningún grupo determinado”. Se trataba, como en su momento señalamos, de un texto de marcado contenido político, que incluso se permitía también comparar el autobús de HazteOír con el “tramabús” de Podemos.  No nos resultó especialmente sorprendente conocer, poco después de hacerse público el auto, el carácter conservador del juez Eduardo de Urbano.

En definitiva, un nuevo gesto favorable del Gobierno del PP a HazteOír, organización a la que en su momento quiso privilegiar y a la que ahora se resiste a retirar ese privilegio.

Es hora de que nuestro gobierno apruebe una Ley LGTB. A ver si así, entre otras muchas cosas, conseguimos que la LGTBfobia se considere de una vez el delito de odio que es y entonces  Zoido tenga una excusa para hacer lo que debería haber hecho hace mucho tiempo.

Fuente  EstoyBailando/Dosmanzanas

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

El ponente del auto a favor de HazteOír, un magistrado que participó en un encuentro de un “think tank” conservador opuesto al aborto

Martes, 25 de julio de 2017
Comentarios desactivados en El ponente del auto a favor de HazteOír, un magistrado que participó en un encuentro de un “think tank” conservador opuesto al aborto

eduardo-de-urbanoEl pasado sábado día 22,  hacíamos referencia al auto de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Madrid que levantaba la prohibición cautelar de circular al autobús de HazteOír con sus mensajes ofensivos hacia los niños y niñas trans. Un auto que, como ya dijimos, sorprende por hacer suyas tesis de la organización ultraconservadora e incluso permitirse “argumentaciones de tertuliano” al comparar el autobús tránsfobo de HazteOír con el autobús que fletó Podemos denunciando la corrupción. Por eso hemos querido saber quién está detras del auto.

El auto 562/2017 de la Audiencia Provincial de Madrid (que puedes descargar aquí) está firmado por los tres magistrados que componen la sala segunda: Carmen Compaired (presidenta), Rosario Esteban y Eduardo de Urbano. Este último es el que figura como ponente, esto es, el que propone el sentido del auto y el encargado de su redacción. Por eso hemos querido indagar algo más sobre él. Y nos ha bastado una simple búsqueda en Google para saber que Eduardo de Urbano participó en el 38º Encuentro de The Family Watch, un think tank de carácter conservador defensor del modelo de familia tradicional y contrario al aborto.

The Family Watch, de hecho, tiene colgado en YouTube una entrevista al propio De Urbano, identificado como magistrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, hablando sobre la necesidad de una legislación que desincentive el aborto y favorezca la natalidad, por razones tanto “de orden moral evidente [sic] como económicas (no hemos podido colgar el video porque, desde que lo publicase Dosmanzanas se ha convertido en “privado” y es imposible obtenerlo… ¿por qué será?)

The Family Watch o Instituto Internacional de Estudios sobre la Familia se define  a sí mismo como “un observatorio, un ‘think tank’, que a partir del análisis de la realidad social de la familia, y desde una perspectiva interdisciplinar, alejada de cualquier cuestión ideológica o política, se dedica, desde 2008, a la elaboración de informes, estudios, propuestas y a la organización de jornadas, investigaciones académicas y cualquier otra clase de iniciativas que contribuyan a divulgar y apoyar el papel fundamental que desempeña la familia en la sociedad y a mejorar la calidad de la vida familiar”.

Se trata, en otras palabras, de un lobby conservador, defensor de la familia tradicional y contrario al aborto, que no ha dudado en tratar de ejercer su influencia en el gobierno de Mariano Rajoy. Entre los vídeos de su canal puede encontrarse, por ejemplo, una conferencia de Benigno Blanco, el que fuera presidente del Foro de la Familia y principal agitador de las movilizaciones contra la aprobación del matrimonio igualitario en España, o una entrevista a Annie Franklin, directora de actividades internacionales de Family Watch International, organización homóloga estadounidense que está incluida en el listado de grupos activamente anti-LGTBQ del Southern Poverty Law Center (SPLC), una organización de defensa de los derechos civiles.

Un auto inquietante

Los habrá que piensen que se trata de un dato irrelevante. Que Eduardo de Urbano es muy libre de participar en eventos organizados por entidades en favor de la familia tradicional o de posicionarse contra el aborto. A nosotros, sin embargo, nos resulta como mínimo preocupante que una persona que ha dado muestras de un pensamiento tan conservador en materia moral sea el que haya redactado un auto de esta naturaleza, que enmarca la difusión de lemas negacionistas de la realidad de los menores trans y ofensivos hacia ellos y sus familias en un “debate de ideas”  y asegura que “las ideas, como tales, no deben ser perseguidas penalmente, en especial cuando no se focalizan específicamente sobre ningún grupo determinado”. ¿Acaso los niños y niñas trans y sus familias no son “un grupo determinado”? Lo son, y de hecho constituyen el grupo más vulnerable dentro del colectivo LGTBI.

Por lo pronto HazteOír, entusiasmada con el auto, ya ha anunciado la reactivación de su campaña tránsfoba con utilización ya no solo de autobuses, sino del espacio aéreo. La batalla legal continuará, muy previsiblemente. Esperemos que alguien con un poco más de sentido común dentro de la justicia española ponga punto final a este dislate y que en el ámbito político haya por fin reacciones contundentes, más allá de lastimeros reproches. ¿Cómo es posible que el gobierno del Partido Popular siga considerando a día de hoy a HazteOír “entidad de utilidad pública”, lo que le permite aprovecharse de considerables ventajas fiscales para sus donantes y así financiar sus actividades?

Fuente Dosmanzanas

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , ,

La Audiencia de Madrid permite circular al autobús transfóbico de HazteOír

Sábado, 22 de julio de 2017
Comentarios desactivados en La Audiencia de Madrid permite circular al autobús transfóbico de HazteOír

La Audiencia Provincial de Madrid levanta la medida cautelar que inmovilizaba el autobús de la asociación ultracatólica.

La Audiencia de Madrid hace suyos los argumentos de HazteOír y permite circular al autobús con mensajes ofensivos hacia los niños y niñas trans

lgtbfobia-opinion

El pasado 2 de marzo el Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid acordó la inmovilización del autobús que llevaba el mensaje “Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva. Que no te engañen” por posible delito de odio. Sin embargo, ahora la Justicia considera que dicho mensaje “no puede considerarse un atentado a la juventud y a la infancia que una asociación legalmente constituida pueda dirigirse a los padres -en general- y a quienes la Constitución garantiza el derecho a formar a sus hijos ‘de acuerdo con sus propias convicciones”.

Como si educar en la homofobia, el machismo o el racismo fuera un derecho de los padres. Bueno no, si el autobús llevara un mensaje racista probablemente no se hubiera permitido su circulación pero cuando se trata de la identidad de género parece que todo el mundo “tiene derecho” a tener una opinión.

Por si esto fuera poco, el tribunal asegura que “admitir la persecución de ideas que molestan a algunos o bastantes no es democrático y supone apoyar una visión sesgada del poder político como instrumento para imponer una filosofía que tiende a sustituir la antigua teocracia por una nueva ideocracia”.

 Actualización:

Insertamos integramente el artículo de Dosmanzanas que analiza detenidamente todo este desproposito:

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso de la organización ultraconservadora HazteOír y ha levantado la inmovilización del ya conocido como “autobús del odio”, el vehículo en el que ridiculizaba la realidad de los menores trans y sus familias, y que forma parte de una campaña tránsfoba organizada que en diferentes versiones ha recorrido ciudades españolas y americanas. Una macabra casualidad, además, ha querido que la noticia se conozca en la víspera de la celebración del Día Europeo de las Víctimas de Delitos de Odio. Una muestra más de hasta qué punto la justicia española es insensible a los episodios de disciriminación contra las personas LGTBI.

Recordamos brevemente el origen de los hechos. El pasado mes de febrero, HazteOír comenzaba a pasear por las calles de Madrid un autobús con el mensaje: “Los niños tienen pene. Las niñas tienen vagina. Que no te engañen. Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer seguirás siéndolo”. Un lema que no era otra cosa que la versión tránsfoba de la excelente campaña de concienciación ciudadana sobre la transexualidad infantil que semanas antes había promovido en varias ciudades del País Vasco y Navarra Chrysallis Euskal Herria, organización vasca de familias de menores trans. El autobús también hacía promoción del panfleto publicado por HazteOír y enviado en su momento a colegios de toda España en el que denigra los avances legislativos que se están produciendo en diferentes comunidades en materia LGTBI.

HazteOír desafiaba abiertamente tanto la ley madrileña contra la LGTBIfobia como el propio código Código Penal español, cuyo artículo 510, en su apartado 2, castiga con a quienes “lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”.

Pero de nada sirven las leyes cuando no hay voluntad de aplicarlas, una divergencia que en España cada vez resulta más clara en el caso de las acciones discriminatorias y de odio contra las personas LGTBI que no implican lesiones físicas. La decisión de la Audiencia de Madrid, conocida en el día de ayer aunque plasmada en un auto del 14 de julio, es un buen ejemplo. Como ya sabemos, aunque el autobús de HazteOír ha recorrido posteriormente otras ciudades españolas con versiones edulcoradas (“Respeto para todos. No al bullying” se permitió incluso añadir, en una muestra de cinismo absoluto), su primera versión había dejado de circular de forma cautelar, a instancias de la Fiscalía, a la espera de que se aclarase si la campaña podía incurrir en un posible delito de odio. Ahora la sección segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ha levantado dicha prohibición cautelar, argumentando que no puede considerarse un atentado a la juventud y la infancia que una asociación legalmente constituida pueda dirigirse a los padres, “a quienes la Constitución garantiza el derecho a formar a sus hijos de acuerdo con sus propias convicciones”. Curiosa argumentación si se tiene en cuenta que no hablamos de un acto convocado por HazteOír cuya asistencia es voluntaria, sino de un autobús que se pasea por las calles luciendo mensajes que de forma explícita y en un tono ofensivo niegan la existencia de niños y niñas transexuales.

La Audiencia Provincial, de hecho, enmarca los lemas del autobús en un “debate de ideas”  y subraya que “los delitos de odio son algo muy distinto a profesar y difundir una ideología”. “Las ideas, como tales, no deben ser perseguidas penalmente, en especial cuando no se focalizan específicamente sobre ningún grupo determinado”, llega a decir… Para la Audiencia Provincial de Madrid negar la existencia de la transexualidad infantil es “debate de ideas” y atacar de una forma tan ofensiva a los niños y niñas trans y a sus familias no es un ataque focalizado contra un grupo determinado.

El auto de la Audiencia Provincial, de hecho, hace suyo todo el argumento ultraconservador, al considerar que oponerse a que circule el autobús del odio “no es democrático y supone apoyar una visión sesgada del poder político como instrumento para imponer una filosofía que tiende a sustituir la antigua teocracia por una nueva ideocracia”. El tribunal, como si de una tertulia radiofónica se tratase, se permite incluso comparar el autobús de HazteOír con el “Tramabús” de Podemos, un autobús fletado por dicho partido político con rostros de personajes relacionados de una u otra forma con la corrupción política, al que “ninguna autoridad impidió su circulación [sic]“.

Un auto polítizado

No hace falta ser jurista para darse cuenta, a la luz de los párrafos citados, que se trata de un documento profundamente politizado en el que la Audiencia Provincial hace suyos los argumentos de HazteOír. Sabemos que los jueces son personas, muchas de ellas de ideología profundamente conservadora, pero que sus opiniones se plasmen de una forma tan marcada en sus decisiones es muy preocupante.

Acciones como esta, además, convierten además en papel mojado cualquier tipo de avance jurídico que se consiga. De poco vale incluir en el Código Penal los delitos de odio o promover leyes contra la LGTBIfobia si finalmente sus disposiciones son meras declaraciones de intenciones. Lo denunciaba en Twitter Carla Antonelli, tras conocer la noticia:

 

Confiemos en que la justicia española sea capaz de reparar el daño, que las denuncias contra HazteOír lleguen a buen término y que las diversas autoridades continuen poniendo trabas a su campaña de odio, como en su momento han hecho el Ayuntamiento de Madrid, que impidió circular al autobús por violar ordenanzas municipales, o la Generalitat de Cataluña, que le abrió expediente en aplicación de la ley autonómica contra la LGTBIfobia y le obligó a retirar la cartelería tránsfoba. En cualquier caso, lo ocurrido con la Audiencia Provincial de Madrid es una muy mala señal.

Fuente | RTVE, vía EstoyBailando/Dosmanzanas

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.