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Drag Sethlas no ofendió a la Iglesia

Martes, 31 de julio de 2018
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080b51a4a0a929b4df9e019af9ded5b7La Audiencia de Las Palmas desestima el recurso de los abogados cristianos

“No cabe buscar afrentas ni conductas ofensivas, sino más bien conductas arriesgadas y osadas”

Punto final a la persecución desatada por la denominada Asociación de Abogados Cristianos contra la drag Sethlas (cuyo nombre real es Borja Casillas) por su actuación en el Carnaval de Las Palmas de Gran Canaria de 2017, un número con el que ganó la Gala Drag Queen y en el que aparecía disfrazada de Virgen María y de Jesucristo. La Audiencia Provincial de Las Palmas ha desestimado finalmente el recurso interpuesto por el colectivo ultraconservador contra el archivo de la denuncia. 

La actuación de Sethlas le permitió alzarse con el primer premio en la Gala Drag Queen pero desató la ira de los sectores más conservadores de la Iglesia católica. El obispo de Canarias, Francisco Cases, llegó a asegurar que había sido el día más triste de su estancia en las islas, por encima incluso del día del accidente aéreo de 2008, en el que murieron 154 personas (luego se disculpó por su «desafortunada» comparación) y la Asociación de Abogados Cristianos presentó una denuncia ante la Fiscalía, que esta acabó por archivar. Meses después, sin embargo, la justicia española reabría el caso al admitir sendas denuncias de un ciudadano de Sevilla y de la ya mencionada Asociación de Abogados Cristianos y decidir investigar a Borja Casillas por un presunto delito de incitación al odio religioso (artículo 510 del Código Penal). Una acusación que buscaba precisamente burlar la resolución de la Fiscalía, que lo que había investigado era una posible ofensa a los sentimientos religiosos.

La jueza Estela María Marrero, del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria volvió a archivar la causa en un auto dado a conocer a finales de 2017. Sin embargo la Asociación de Abogados Cristianos recurrió. Ahora la Audiencia Provincial de Las Palmas desestima el recurso y confirma el archivo, condenando además a la asociación ultraconservadora a pagar las costas generadas en el trámite de apelación. La Audiencia argumenta, una vez más, que se debe tener presente el contexto en el que se desarrolló la acción denunciada, el Carnaval de Las Palmas, en el que no cabe buscar afrentas ni conductas ofensivas, sino más bien arriesgadas y osadas y, en cierto modo, agitadoras, precisamente lo que hizo Sethlas en su actuación.

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación de Abogados Cristianos contra el auto del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria que el 11 de diciembre de 2017 acordó el sobreseimiento provisional y archivo de la denuncia de este colectivo contra Borja Casillas por usar elementos de la religión católica en su actuación en la gala drag del carnaval capitalino 2017 como Drag Sethlas, que le coronó como ganador del concurso. La Sala condena a la Asociación a pagar las costas generadas en el trámite de apelación, declarando de oficio las de la primera instancia.

Para confirmar el archivo, el Tribunal, la Sección Primera de la Audiencia, se apoya en el argumento que ya había presidido la respuesta del Ministerio Fiscal en su momento, y que había hecho suyo el Juzgado de instancia:tener presente” el ámbito temporal y espacial en el que se desarrolla la acción denunciada, la Gala Drag Queen del Carnaval de Las Palmas de Gran Canaria.

Por tanto”, expone el magistrado Pedro Herrera, de consenso con sus compañeros de Tribunal, “no se debe perder de vista que durante el Carnaval, fiesta pagana muy asentada en países de tradición católica, se combinan diferentes y característicos ingredientes tales como disfraces, murgas, cabalgatas, bailes y fiestas en la calle; siendo especialmente relevante en esta ciudad las galas de elección de las reinas del carnaval y la gala Drag Queen”.

Apunta el magistrado que esta fiesta, con el paso del tiempo, “Se ha ido afianzando y consolidando como la más peculiar y original, con una gran repercusión pública y mediática no solo a nivel local y autonómico, sino también nacional y diría que internacional. Tal gala se desarrolla en ese, y no en otro, periodo festivo en el que prima la permisividad y el jolgorio y se dejan a un lado por un corto espacio de tiempo los esquemas habituales y reglas de conducta que rigen nuestro quehacer cotidiano. Se caracteriza además tal espectáculo por su naturaleza transgresora, por su tolerancia y apertura con la temática y por su exagerada y atrevida puesta en escena”, subraya.

“En este contexto”, razona, no cabe buscar afrentas ni conductas ofensivas, sino más bien conductas arriesgadas y osadas y, en cierto modo, agitadoras, como así fue la que escenificó el denunciado en su papel de Drag Sethlas, quien apoyó su interpretación en la simbología y oraciones católicas. Utilizó a su manera, en sus llamativos y peculiares disfraces, la figura de Jesucristo crucificado y la de la Virgen María en un paso procesional con personas vestidas de nazarenos”.

A juicio de la Audiencia, lo que en definitiva hizo Sethlas fue “tomar como referencia imágenes, ceremonias y concretos actos conectados con la religión católica, mezclado todo ello con baile y música y con el sentido provocador y transgresor que caracteriza a esa gala”.

Pero, como bien se indica en la resolución judicial recurrida, “en modo alguno cabe de su conjunto deducir que el actor haya cuestionado los dogmas y ritos de esa concreta confesión, ni que haya ofendido los sentimientos religiosos. El auto subraya que en la representación del que fue ganador del certamen de 2017 “lo figurativo e innovador prevalece frente a cualquier otro aspecto”. “Puede llamar más o menos la atención, puede gustar o no gustar, puede resultar incomoda, incluso excesiva y molesta”, enfatiza el magistrado, “más lo que no se puede hacer es descontextualizarla de ese concreto y puntual ambiente y entorno y, por ende, no ha de ser catalogada, si quiera prima facie, de delictiva por la falta total de intencionalidad ofensiva.

Así pues, entiende el Tribunal que no cabe hablar de escarnio en el sentido expuesto -no hay burla tenaz con propósito de afrenta-, tan solo un uso ocasional de esa referida simbología con fines transgresores y artísticos, sin que se infiera un ánimo ofensivo, ni directo ni indirecto, contra la religión católica ni contra los sentimientos religiosos de los miembros que profesan tal confesión”.

En su momento comentamos nuestra extrañeza porque Borja Casillas fuese investigado por un presunto delito de odio cuando parece resultar tan complicado que la justicia española admita esta circunstancia cuando de verdaderas agresiones a personas LGTB se trata. Por fortuna, ha acabado imponiéndose el sentido común y Borja Casillas ve por fin como acaba su calvario judicial.

Lo sucedido con la Gala Drag Queen también puso de manifiesto el doble rasero de Televisión Española, que había transmitido la gala en directo. Los entonces responsables de la televisión pública justificaron que la actuación desapareciese de su web e incluso pidieron «disculpas» por su emisión. Una web aún hoy que sigue manteniendo online (enlace) la misa en la que Juan Antonio Reig, obispo de Alcalá de Henares, descargó el Viernes Santo de 2012 su bien conocida homofobia.

La Gala Drag Queen de Las Palmas de Gran Canaria, por cierto, fue galardonada el pasado mes de mayo con uno de los Premios Pluma de la FELGTB «por ser un símbolo internacional de diversidad y reivindicación desde lo festivo y la libertad». Un galardón que fue recogido por la concejala del Carnaval del Ayuntamiento de Las Palmas y por la propia Sethlas junto a La Tullida, ganadora de la Gala Drag 2018.

Fuente Agencias/Dosmanzanas

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