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La Corte Suprema de Trinidad y Tobago confirma la sentencia que declaró inconstitucional la penalización de la homosexualidad

Miércoles, 3 de octubre de 2018
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ttLa Corte Suprema de Trinidad y Tobago ha confirmado su sentencia del pasado mes de abril en la que declaraba que la penalización de la homosexualidad vulneraba la Constitución y ha emitido el texto que reforma los artículos afectados del Código Penal. Asimismo, ha denegado al Gobierno la solicitud de suspender la sentencia hasta que concluya el proceso de apelación, al que los mandatarios isleños insisten en acogerse. Recordemos que la Iglesia Católica se manifiestó a favor de la despenalización de la homosexualidad en Trinidad y Tobago.

El pasado 20 de septiembre tuvo lugar una nueva audiencia respecto a la penalización de la homosexualidad en Trinidad y Tobago, que fue declarada inconstitucional el pasado mes de abril (aunque tomó efectos en el mes de julio, cuando el dictamen fue publicado en su formato definitivo).

En la audiencia debía decidirse quién se hacía cargo de las costas judiciales del proceso y de qué manera se reformaba el texto de los artículos del Código Penal declarados inconstitucionales. Respecto al primer asunto, la jueza Devindra Rampersad ha dictaminado que las costas deben ser sufragadas por el Gobierno. En cuanto a la reforma de los artículos del Código Penal, estos eran los textos que se han declarado inconstitucionales:

Artículo 13. Sodomía.

(1) Quien cometiere sodomía comete un delito y será penado con prisión:

(a) de cadena perpetua, si lo cometiere un adulto sobre un menor de edad;

(b) de 25 años, si lo cometiere un adulto sobre otro adulto;

(c) de 5 años, si lo cometiere un menor.

(2) En este artículo, «sodomía» significa coito anal entre dos varones o de un varón con una mujer.

Artículo 16. Indecencia grave.

(1) La persona que cometiere actos de indecencia grave sobre o hacia otra persona, comete delito y será penado con prisión:

(a) de 10 años en la primera ocasión y de quince años en caso de reincidencia, si lo comete hacia o sobre un menor de dieciséis años;

(b) de 5 años, si lo comete hacia o sobre una persona de al menos dieciséis años.

(2) El apartado (1) no se aplica a los actos de indecencia grave cometidos en privado entre:

(a) un marido y su esposa; o

(b) un varón y una mujer, contando ambos con al menos 16 años de edad y con mutuo consentimiento.

(3) Un acto «de indecencia grave» es un acto distinto de las relaciones sexuales (ya sean naturales o contra natura) en el que la persona utiliza sus órganos genitales con el objetivo de excitar o satisfacer el deseo sexual.

La juez Rampersad ha comunicado que, tras la sentencia de inconstitucionalidad, la nueva redacción es la siguiente:

El apartado (2) del Artículo 13 ahora reza «En este artículo, “sodomía” significa coito anal sin consentimiento entre dos varones o de un varón con una mujer». El apartado (2) (b) del artículo 16, se refiere ahora a «personas, contando ambos con al menos 16 años de edad y con mutuo consentimiento».

Es decir, ahora las relaciones sexuales entre varones solo son delito si no hay consentimiento de todos los implicados. El Gobierno ha insistido en que recurrirá esta última resolución en la Corte de Apelaciones, pero ha visto cómo se denegaba su solicitud de suspensión de la sentencia durante el período de apelación. Por tanto, en Trinidad y Tobago las relaciones homosexuales siguen sin estar castigadas por la ley.

El largo camino hasta el fin de la penalización

El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en sus exámenes periódicos, había recomendado repetidamente al Gobierno de Trinidad y Tobago la derogación de cualquier ley que penalizara a las minorías sexuales, sin embargo, la respuesta de las autoridades isleñas siempre fue negativa. Además, como miembro de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Trinidad y Tobago suscribió todas las resoluciones sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género adoptadas por este órgano desde 2008, pero desde 2013 exigió que se anotara a pie de página que no podía sumarse al consenso, puesto que contravenía su legislación nacional al respecto.

Dada la renuencia del Gobierno a acabar con la discriminación, el activista Jason Jones decidió presentar en febrero de 2017 una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 13 y 16 la Ley sobre Delitos Sexuales ante la Corte Suprema de Trinidad y Tobago, con sede en Puerto España. Representado por los abogados Richard Drabble, Rishi Dass y Antonio Emmanuel, en la denuncia hacía constar que «la existencia misma de estos artículos afecta continuada y directamente la vida privada del demandante, al obligarlo a respetar la ley y a abstenerse —incluso en privado con parejas masculinas que dan su consentimiento— de participar en actos sexuales prohibidos a los que está inclinado en razón de su orientación homosexual, o a cometer los actos prohibidos y, por lo tanto, ser objeto de enjuiciamiento penal». Tras la presentación de la denuncia, Jason Jones fue objeto de insultos e incluso de amenazas de muerte a través de la redes sociales. El activista, sin embargo, hizo caso omiso y continuó con su empeño.

Finalmente, el 12 abril del presente año la Corte Suprema dictaminó a su favor. Los jueces del alto tribunal opinaron que la sociedad es desafortunada cuando, de una u otra manera, valora a las personas o las identifica en función de su raza, color, sexo, edad u orientación sexual. También consideraron que negar a una minoría su derecho a la humanidad y a la dignidad humana es continuar con el tipo de pensamiento experimentado durante el apartheid en Sudáfrica y el Holocausto en Alemania. La resolución completa fue publicada y tomó efectos el 9 de julio.

Fuente Dosmanzanas

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La Corte Suprema de Trinidad y Tobago dictamina que las leyes que castigan las relaciones homosexuales son inconstitucionales

Lunes, 16 de abril de 2018
Comentarios desactivados en La Corte Suprema de Trinidad y Tobago dictamina que las leyes que castigan las relaciones homosexuales son inconstitucionales

jason-jones-trinidad-y-tobagoEl Tribunal Supremo de Trinidad y Tobago declara nulas las cláusulas de la Ley de Ofensas Sexuales que penalizaban la sodomía con hasta 25 años de cárcel.

Decenas de activistas LGTB+ celebraron con cánticos el veredicto a las puertas del mismo tribunal.

Gran noticia para los derechos LGTB en el mundo. El Tribunal Supremo de Trinidad y Tobago despenalizó el pasado jueves 12 de abril la homosexualidad en el país. El alto tribunal sentenció, a través de una demanda interpuesta por Jason Jones, que la Sección 13 y la Sección 16 de la Ley de Ofensas Sexuales (que ilegalizaba el sexo anal) eran contrarias a la Constitución del país. Ahora el número de países en el mundo que criminalizan la homosexualidad es de 71. Que no son pocos.

La Corte Suprema de Trinidad y Tobago ha dictaminado que los artículos de la Ley sobre Delitos Sexuales que penalizan las relaciones homosexuales son inconstitucionales. La jueza Devindra Rampersad, presidenta del tribunal, ha comunicado la decisión con gran elocuencia, llegando a comparar la negación de la humanidad y la dignidad que esos artículos representaban con el apartheid sudafricano y el Holocausto. Así culmina un proceso que comenzó a principios de 2017, cuando el activista Jason Jones decidió denunciar esos artículos de la Ley sobre Delitos Sexuales ante los tribunales, dada la renuncia del Gobierno a derogarlos.

La jueza Devindra Rampersad no ha podido ser más clara en su comunicado: «El tribunal declara que los artículos 13 y 16 de la Ley sobre Delitos Sexuales son inconstitucionales, ilegales, nulos, inválidos y sin efecto, en tanto y en cuanto tipifiquen como delito actos que constituyan una conducta sexual consentida entre adultos». Es decir, solo permancerán en vigor las estipulaciones de estos artículos que afecten a menores.

Los artículos 13 y 16 de la Ley sobre Delitos Sexuales de 1986, modificada por la Ley de Reforma sobre Delitos Sexuales (Ley 31 de 2000), establecían lo siguiente:

Artículo 13. Sodomía.

(1) Quien cometiere sodomía comete un delito y será penado con prisión:

(a) de cadena perpetua, si lo cometiere un adulto sobre un menor de edad;

(b) de 25 años, si lo cometiere un adulto sobre otro adulto;

(c) de 5 años, si lo cometiere un menor.

(2) En este artículo, «sodomía» significa coito anal entre dos varones o de un varón con una mujer.

Artículo 16. Indecencia grave.

(1) La persona que cometiere actos de indecencia grave sobre o hacia otra persona, comete delito y será penado con prisión:

(a) de 10 años en la primera ocasión y de quince años en caso de reincidencia, si lo comete hacia o sobre un menor de dieciséis años;

(b) de 5 años, si lo comete hacia o sobre una persona de al menos dieciséis años.

(2) El apartado (1) no se aplica a los actos de indecencia grave cometidos en privado entre:

(a) un marido y su esposa; o

(b) un varón y una mujer, contando ambos con al menos 16 años de edad y con mutuo consentimiento.

(3) Un acto «de indecencia grave» es un acto distinto de las relaciones sexuales (ya sean naturales o contra natura) en el que la persona utiliza sus órganos genitales con el objetivo de excitar o satisfacer el deseo sexual.

El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en sus exámenes periódicos, había recomendado repetidamente al Gobierno de Trinidad y Tobago la derogación de cualquier ley que penalizara a las minorías sexuales, sin embargo, la respuesta de las autoridades isleñas siempre fue negativa. Además, como miembro de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Trinidad y Tobago suscribió todas las resoluciones sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género adoptadas por este órgano desde 2008, pero desde 2013 exigió que se anotara a pie de página que no podía sumarse al consenso, puesto que contravenía su legislación nacional al respecto.

Curiosamente la oportunidad de denunciar esta ley ante el Tribunal Supremo surgió cuando el gobierno de Trinidad y Tobago decidió en el año 2000 incrementar las penas de cárcel por sodomía de 10 a 25 años de prisión. Cuando el país se independizó de Gran Bretaña en 1962 heredó las leyes coloniales que prohibían la sodomía. En 1986 el Parlamento reescribió la Ley para aumentar la pena de cárcel a 10 años y en 2000 la volvieron a incrementar a 25 años. Antes de eso era imposible llevar la ley ante los tribunales porque existía una “cláusula de protección” que impedía que las leyes británicas no podían ser cambiadas tras la independencia del país. Pero fue el propio gobierno al aumentar las penas el que invalidó esa “cláusula de protección” y abrió la veda para denunciarlas y derogarlas. Y así ha ocurrido.

dav Dada la renuencia del Gobierno a acabar con la discriminación, el activista Jason Jones decidió presentar en febrero de 2017 una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 13 y 16 la Ley sobre Delitos Sexuales ante la Corte Suprema de Trinidad y Tobago, con sede en Puerto España. Representado por los abogados Richard Drabble, Rishi Dass y Antonio Emmanuel, en la denuncia hacía constar que «la existencia misma de estos artículos afecta continuada y directamente la vida privada del demandante, al obligarlo a respetar la ley y a abstenerse —incluso en privado con parejas masculinas que dan su consentimiento— de participar en actos sexuales prohibidos a los que está inclinado en razón de su orientación homosexual, o a cometer los actos prohibidos y, por lo tanto, ser objeto de enjuiciamiento penal». Tras la presentación de la denuncia, Jason Jones fue objeto de insultos e incluso de amenazas de muerte a través de la redes sociales. El activista, sin embargo, hizo caso omiso y continuó con su empeño. “No tengo intención de hacer que el pueblo se trague una ‘agenda gay’; ni quiero atacar la religión, moral o espiritualidad“, explicó Jones que tuvo que emigrar a Reino Unido cuando su familia le repudió al salir del armario como gay; “Hago esto para mejorar nuestra nación, y por las futuras generaciones“.

Finalmente, este 12 abril la Corte Suprema ha dictaminado a su favor. Los jueces del alto tribunal opinan que la sociedad es desafortunada cuando, de una u otra manera, valora a las personas o las identifica en función de su raza, color, sexo, edad u orientación sexual. También han considerado que negar a una minoría su derecho a la humanidad y a la dignidad humana es continuar con el tipo de pensamiento experimentado durante el apartheid en Sudáfrica y el Holocausto en Alemania. La resolución completa será publicada en el plazo de tres meses.

Ante la puerta de Tribunal Supremo se concentraron decenas de activistas LGTB+ que esperaban el veredicto y que estallaron en cánticos de alegría cuando conocieron que las leyes homófobas habían sido anuladas.

Jason Jones ha acogido el dictamen con gran satisfacción. En su cuenta de Twitter escribía: «¡Victoria! ¡Muchas gracias a todos por los mensajes de apoyo! ¡Lo hemos conseguido! ¡¡¡Hemos logrado la igualdad!!!».

«Lo que creo que el juez señaló fue que ‘aquí todos los credos y todas las razas tienen el mismo lugar’, y creo que todos debemos unirnos ahora y abrazarnos con verdadero amor y respeto (…). Esto no se trata de LGBT, se trata de los derechos y libertades consagrados en nuestra Constitución», declara Jones que como los activistas LGBT han celebrado la decisión judicial.

La activista Kenita Placide, asesora en el Caribe de OutRight Action International, que tiene la esperanza de que otros países con leyes similares sigan el camino de la despenalización de las relaciones entre personas del mismo sexo, valoraba además la importancia que la sentencia pueda tener para los países del entorno. «Los jueces se han ubicado en el lado correcto de la historia en este caso, al anular la ley de sodomía y dictaminarla como inconstitucional. Los activistas y la defensa continuarán en Trinidad y Tobago y en todo el Caribe hasta que se garantice la igualdad para las personas LGBTIQ.», afirmaba, «con estas resoluciones positivas en Belice y Trinidad y Tobago se impulsará a otras países de la región».

El propio Fiscal General del país, Faris al-Rawi, ha declarado a la prensa: “Nuestra sociedad ha cambiado significativamente en su forma de tolerar la homosexualidad, y lo ha hecho radicalmente en la última generación.

Sin embargo, también se han oído voces de disconformidad. Durante la mañana del día 12, en espera del dictámen, se congregaron ante el edificio de la Corte Suprema no solo las personas LGTB interesadas en la resolución, sino también miembros de grupos religiosos —cristianos y muslmanes— contrarios a la despenalización de las relaciones homosexuales.

640x0-youtube-s1xlkxpe0jk-trinidad-y-tobago-camino-de-despenalizar-la-homosexualidad-por-decreto-judicialEl grupo T&T, uno de los principales grupos que exigen que el tribunal defienda la ley, ha llegado a afirmar que la derogación de las Secciones 13 y 16 podría provocar que «los derechos homosexuales prevalezcan sobre los derechos heterosexuales». Yasin Abu Bakr, líder del grupo islámico Jamaat al Muslimeen, evidenciaba su intolerancia y fanatismo con las siguientes declaraciones: «Independientemente de lo que ocurra, nuestra posición sigue siendo la misma. Hay muchos ejemplos, tanto para los que son cristianos como para los que somos musulmanes, del desagrado de Dios por este tipo de comportamiento. Si no apareciera en las Escrituras, sería una cuestión de opinión, pero no es una cuestión de opinión. Es algo que las Escrituras califican de abominación. ¿Acaso vamos a invocar el desagrado de Dios?».

Pero el juez ha rechazado estas ideas, señalando que su veredicto «no es una evaluación o negación de las creencias religiosas de nadie», sino «un reconocimiento de que las creencias de algunos, por definición, no son la creencia de todos, y, en la República de Trinidad y Tobago, todos están protegidos, según la Constitución». El tribunal se reunirá nuevamente en julio para determinar si la Ley de Delitos Sexuales debe ser eliminada en su totalidad o solo en parte.

Como bien señalaba Kenita Placide, el Tribunal Superior de Belice despenalizó las relaciones homosexuales en 2016. Sin embargo, en el continente americano aún están penalizadas en Antigua y Barbuda, Barbados, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas y Santa Lucía, en su mayor parte debido a las leyes de la herencia colonial británica. Esperemos que esta nueva resolución favorable a los derechos LGTB de pie a otras semejantes por todo el continente.

 Fuente | Gay Star News, vía Dosmanzanas/EstoyBailando

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