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El Parlamento Europeo exige la prohibición de las “terapias de conversión”

Lunes, 5 de marzo de 2018
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27773_europarlamento-bandera-lgtbEl Parlamento Europeo apoya, con mayoría aplastante, una enmienda que condena las “terapias de conversión” y exige a los estados miembro que las prohíban.

También han exigido educación escolar que prevenga la discriminación y hacen un llamamiento por la despatologización de las identidades trans. 

El Parlamento Europeo ha aprobado este 1 de marzo, con considerable retraso, el informe sobre los derechos fundamentales en la Unión en 2016. El texto da cuenta de la situación de la población LGTBI e insta a los países miembros a que apliquen las medidas oportunas para acabar con la discriminación. El informe insiste de nuevo en la necesidad del reconocimiento supraestatal de las uniones entre personas del mismo sexo, así como aboga por la despatologización de la transexualidad y la prohibición de las terapias reparadoras de la orientación sexual.

Las personas LGTB+ somos lo que somos y no podemos “curarnos” ni “cambiar” puesto que no hay nada que curar ni cambiar. Esto, que parece una obviedad, es algo que muchos grupos conservadores no acaban de entender. Uno de esos grupos, por cierto, es el Partido Popular de Javier Maroto, que para no apoyar la Ley LGTBI de Podemos presentó la suya propia en la que eliminaron la prohibición de las “terapias de conversión”.

Habrá que ver qué dice ahora el Partido Popular después de que el Parlamento Europeo haya votado con una amplísima mayoría (435 votos contra 109) un texto que condena esas “terapias” como peligrosas e insta a los países miembros a prohibirlas.

El Parlamento Europeo acoge la iniciativa que prohíbe las terapias de conversión LGTBI y la patologización de las identidades trans, y urge a todos los Estados Miembros a adoptar medidas similares que respeten y pongan el alza el derecho a la identidad de género y a la expresión de género.“, dice el texto; que se aprobó como enmienda al informe anual sobre la situación de los derechos fundamentales en la Unión Europea.

Las terapias de conversión en menores están prohibidas en nueve de los Estados Unidos (y cada vez son más los que toman esa decisión), así como en Suiza, Malta, Taiwan, dos provincias canadienses y el estado australiano de Victoria.

Pero el texto aprobado por el P.E. también condena la discriminación contra las personas LGTB+ y urge a “la inclusión en el currículum escolar de educación sobre el valor de la tolerancia“, en el que se traten temas como la lucha contra la LGTBfobia y otras formas de discriminación. Además también pide a la Comisión y a los Estados Miembro que garanticen la libre circulación de las parejas homosexuales y sus familias; y exigen que “se reconozca el cambio de género [de las personas trans] y se provea un acceso rápido, accesible y transparente a los procedimientos de reconocimiento legal del género sin requisitos médicos como la cirugía o la esterilización“.

El 6 de julio de 2017 se anunció en sesión plenaria del Parlamento Europeo la presentación del informe sobre la situación de la ciudadanía en relación a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea durante el 2016. Sin embargo, hasta el 1 de febrero de este 2018 no se inició el proceso de aprobación en la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior quien, tras las enmiendas oportunas dio su respaldo el día 13 del mismo mes. El informe fue presentado a debate en la sesión plenaria del Parlamento del 28, y finalmente fue sometido a votación el pasado 1 de marzo.

Del texto definitivo fue ponente fue el luxemburgués Frank Engel, perteneciente al Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos). Tras el debate y la toma en consideración de nuevas enmiendas, fue aprobado por 429 votos a favor, 135 en contra y 69 abstenciones. La resolución, que no es vinculante, insta a la Comisión Europea y los Estados miembros a que apliquen las medidas oportunas en asuntos como los derechos de inmigrantes y refugiados, la protección a la infancia, la igualdad entre hombres y mujeres o la lucha contra la discriminación de las minorías. En cuanto a este último asunto, recuerda las obligaciones contraídas con estos dos artículos:

El Parlamento Europeo (…)

50.  Observa que la propuesta de Directiva sobre igualdad de trato de 2008 sigue todavía pendiente de la aprobación del Consejo; reitera su llamamiento al Consejo para que adopte su posición lo antes posible;

52.  Recuerda que los derechos humanos son universales y que las minorías no deben sufrir discriminaciones; hace hincapié en que los derechos de las minorías son parte inalienable del principio del Estado de Derecho; señala que existe un riesgo mayor de violación de los derechos de las minorías cuando no se respeta el Estado de Derecho;

Respecto a los derechos de las personas LGTBI, el Parlamento lamenta la discriminación que aún sufren las personas LGTBI, e incide en la condena de las terapias reparadoras de la homosexualidad, en la necesidad urgente de despatologización de la transexualidad y en las violaciones de los derechos humanos a las que se enfrentan las personas intersexuales en todas las esferas de la vida. Estos son los artículos relacionados (las negritas son nuestras):

El Parlamento Europeo (…)

59.  Anima a incluir la educación sobre los valores de la tolerancia en los planes de estudios escolares para dotar a los niños de los instrumentos que necesitan para identificar todas las formas de discriminación, con independencia de que se dirija contra los musulmanes, los judíos, los africanos, la población romaní o las personas LGBTI o contra cualquier otra minoría;

60.  Pide a la Comisión que comparta las mejores prácticas de los Estados miembros para abordar los estereotipos de género en la escuela;

61.  Lamenta que las personas LGBTI sean víctimas de acoso e intimidación y sufran discriminación en diferentes aspectos de sus vidas;

62.  Condena todas las formas de discriminación contra las personas LGBTI; anima a los Estados miembros a que adopten leyes y políticas de lucha contra la homofobia y la transfobia;

63.  Anima a la Comisión Europea a que presente un programa que garantice la igualdad de derechos y oportunidades de todos los ciudadanos respetando las competencias de los Estados miembros, y a que supervise una transposición y aplicación adecuadas de la legislación de la Unión relativa a las personas LGBTI; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que trabajen en estrecha cooperación con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan a favor de los derechos de las personas LGBTI;

64.  Insta a los Estados miembros que han adoptado legislación relativa a las uniones y/o los matrimonios del mismo sexo a que reconozcan las normas adoptadas por otros Estados miembros con efectos similares; recuerda la obligación de los Estados miembros de aplicar en su totalidad la Directiva 2004/38/CE, incluidas las parejas del mismo sexo y sus hijos; acoge con satisfacción que cada vez más Estados miembros hayan introducido o adaptado sus leyes sobre cohabitación, unión civil y matrimonio para superar las discriminaciones basadas en la orientación sexual que han sufrido las parejas del mismo sexo y sus hijos, y pide a otros Estados miembros que introduzcan una legislación similar; insta a la Comisión a que presente una propuesta para el reconocimiento mutuo pleno de los documentos acreditativos del estado civil en toda la Unión que incluya el reconocimiento jurídico de género, los matrimonios y las uniones de hecho registradas, a fin de reducir las trabas administrativas y jurídicas discriminatorias a las que se enfrentan los ciudadanos a la hora de ejercer sus derechos a la libre circulación;

65.  Acoge con satisfacción las iniciativas por las que se prohíben las terapias de conversión LGBTI y se prohíbe la patologización de las identidades trans e insta a todos los Estados miembros a que adopten medidas similares que respeten y apoyen el derecho a la identidad de género y la expresión de género;

66.  Lamenta que las personas transgénero sigan siendo consideradas enfermas mentales en la mayoría de los Estados miembros y pide a estos Estados que revisen sus clasificaciones nacionales de los trastornos mentales y que desarrollen modelos alternativos de acceso exentos de estigma, garantizando al mismo tiempo que todas las personas transexuales puedan acceder al tratamiento médico necesario; lamenta el hecho de que, en la actualidad, varios Estados miembros sigan imponiendo a las personas transgénero requisitos, como la intervención médica para que se reconozca su cambio de género (también en los pasaportes y documentos de identidad oficiales) y la esterilización forzosa como condición para la reasignación de género; señala que estos requisitos constituyen claramente violaciones de los derechos humanos; pide a la Comisión que oriente a los Estados miembros sobre los mejores modelos de legislación en materia de reconocimiento del género de Europa; pide a los Estados miembros que reconozcan el cambio de género y faciliten el acceso a procedimientos de reconocimiento legal de género rápidos, accesibles y transparentes, sin requisitos médicos como la cirugía, la esterilización o el consentimiento psiquiátrico;

67.  Acoge con satisfacción la iniciativa demostrada por la Comisión al promover que la identidad transgénero deje de considerarse una patología en el marco de la revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) de la Organización Mundial de la Salud; pide a la Comisión que redoble los esfuerzos dirigidos a evitar que la inconformidad de género en la infancia se convierta en un nuevo diagnóstico de la CIE;

68.  Pide a la Comisión que recopile datos sobre, y que oriente a los Estados miembros sobre las mejores prácticas para proteger los derechos fundamentales de estas personas; lamenta que siga practicándose la cirugía de «normalización» genital en niños intersexuales en los Estados miembros de la Unión Europea pese a no ser necesaria desde el punto de vista médico y a que los procedimientos médicos en niños les causan un trauma psicológico a largo plazo;

69.  Pide a los Estados miembros que apliquen plenamente la Directiva sobre los derechos de las víctimas y que identifiquen y colmen las lagunas existentes en sus sistemas de protección de los derechos de las víctimas, prestando especial atención a los grupos vulnerables, como los derechos de los niños, de los grupos minoritarios o de las víctimas de delitos motivados por el odio.

En el debate, participaron algunos de los eurodiputados españoles. Teresa Jiménez-Becerril Barrio (del Partido Popular) expresó su voto favorable y calificó de acertado el informe en su denuncia de la situación de las mujeres víctimas de violencia de género, de la trata, de los colectivos LGTB víctimas del odio o de los migrantes, aunque lamentó la falta de menciones a los derechos de las víctimas del terrorismo, recordando los últimos atentados sufridos en distintas ciudades europeas. Juan Fernando López Aguilar (del Partido Socialista Obrero Español) describió el paisaje de los derechos fundamentales en Europa como «oscuro, señalado por el populismo, el nacionalismo extremo, el odio al diferente, la estigmatización del otro y el discurso del odio que conduce a la xenofobia y al racismo» y abogó por la lucha contra todo tipo de discriminación. Por último, Ramon Tremosa i Balcells (del PDeCAT) dedicó toda su intervención a la situación política de Cataluña.

Estos fueron los votos de los eurodiputados españoles:

  • A favor:
    • Grupo Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa:
      • Beatriz Becerra Basterrechea (Independiente), Izaskun Bilbao Barandica (PNV), Enrique Clavet Chambon, (Independiente), María Teresa Giménez Barbat (no afiliada), Javier Nart Peñalver (Ciudadanos), Maite Pagazaurtundúa Ruiz (UPyD) y Ramon Tremosa i Balcells (PDeCAT).
    • Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica:
      • Xabier Benito Ziluaga (Podemos), Tania González Peñas (Podemos), Lola Sánchez Caldentey (Podemos), Estefanía Torres Martínez (Podemos) y Miguel Urbán Crespo (Podemos).
    • Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos):
      • Pilar Ayuso González (PP), Agustín Díaz de Mera García Consuegra (PP), Rosa Estaràs Ferragut (PP), Santiago Fisas Ayxelà (PP), Francesc Gambús i Millet (no inscrito), Esteban González Pons (PP), Luis de Grandes Pascual (PP), Esther Herranz García (PP), Teresa Jiménez-Becerril Barrio (PP), Verónica Lope Fontagné (PP), Antonio López-Istúriz White (PP), Gabriel Mato Adrover (PP), Francisco José Millán Mon (PP) y José Ignacio Valcárcel Siso (PP).
    • Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas en el Parlamento Europeo:
      • Clara Eugenia Aguilera García (PSOE), Inés Ayala Sender (PSOE), José Blanco López (PSOE), Soledad Cabezón Ruiz (PSOE), Jonás Fernández Álvarez (PSOE), Iratxe García Pérez (PSOE), Eider Gardiazabal Rubial (PSOE), Enrique Guerrero Salom (PSOE), Sergio Gutiérrez Prieto (PSOE), Ramón Jáuregui Atondo (PSOE), Juan Fernando López Aguilar (PSOE), Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández (PSOE) y Elena Valenciano Martínez-Orozco (PSOE).
  • En contra:
    • Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos):
      • Pilar del Castillo Vera (PP) y José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra (PP).
  • Abstenciones:
    • Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica:
      • Javier Couso Permuy (IU), Paloma López Bermejo (IU), María Lidia Senra Rodríguez (Alternativa galega de esquerda en Europa) y Ángela Vallina de La Noval (IU).

Las diputadas Terry Reintke y Malin Björk, copresidenta y vicepresidenta respectivamente del Intergrupo LGTBI del Parlamento Europeo, hacían la siguiente declaración:

A pesar del gran progreso en muchos países durante la última década, la discriminación contra las personas LGTBI sigue siendo una realidad en la Unión Europea. Las personas LGBTI deben permanecer libres de discriminación, intimidación y violencia. Se debe garantizar su derecho a la autodeterminación y se debe proteger su integridad física.

Este informe es una evaluación clave para salvaguardar los derechos fundamentales en la Unión Europea. Ahora contamos con el Consejo de Europa y la Comisión Europea para seguir trabajando en la protección y salvaguarda de los derechos de las personas LGTBI en todas las áreas de la vida.

Por su parte, la vicepresidenta de la formación, Sirpa Pietikäinen, hacía la siguiente reflexión sobre las terapias de conversión LGTBI:

Actualmente, solo el Reino Unido, Malta y algunas regiones de España han prohibido explícitamente las terapias de conversión LGBTI. El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité de Derechos Humanos ya han condenado la práctica de las terapias de conversión en varios países.

Hoy, por primera vez, el Parlamento Europeo toma una posición contra las terapias de conversión LGBTI. Este informe es un ejemplo de cómo la Unión Europea puede estar a la vanguardia de la lucha por los derechos fundamentales.

“No” rotundo de los especialistas a las “terapias” reparadoras. “Terapias” reparadoras: no solo inútiles, también peligrosas

La comunidad médica mundial en su inmensa mayoría condena estas prácticas y lucha para que los gobiernos las prohíban. Precisamente en marzo de 2016 tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las “terapias” reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas. Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales. La Asociación Americana de Psicología, por ejemplo, hizo ya en 2009 un llamamiento a los psicólogos para que las abandonasen definitivamente tras revisar la evidencia científica disponible y concluir que ya no resulta posible sostener que un paciente puede cambiar su orientación sexual a través de terapia, mientras que los daños potenciales de tales intervenciones pueden ser graves, incluyendo depresión y tendencias suicidas. Otras organizaciones que han alertado contra los riesgos de estas intervenciones son la Asociación Médica Británica, las más importantes organizaciones de psicoterapeutas del Reino Unido o, en España, el Colegio de Psicólogos de Madrid. Los testimonios de algunas de las personas atrapadas por las redes que promueven este tipo de prácticas (“ex-gais”) y que años después han conseguido liberarse son un buen ejemplo del daño que pueden llegar a sufrir.

En definitiva, la aplicación o recomendación de este tipo de prácticas van, hoy en día, en contra del conocimiento médico actual y de la lex artis que obliga a todo profesional sanitario.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

Fuente Pink News, vía EstoyBailando/Dosmanzanas/Cristianos Gays

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

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