Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Alianza de Alenka Bratušek’

El Tribunal Constitucional de Eslovenia permite la celebración del referéndum contra el matrimonio igualitario

Lunes, 26 de octubre de 2015
Comentarios desactivados en El Tribunal Constitucional de Eslovenia permite la celebración del referéndum contra el matrimonio igualitario

78529-slovenia-flagEl Tribunal Constitucional de Eslovenia ha revocado la prohibición dictada por el Parlamento de convocar un referendo contra la ley que permite el matrimonio de personas del mismo sexo.

El Tribunal Constitucional de Eslovenia ha dictaminado que la resolución del Parlamento que suspendía el proceso de referéndum contrario al matrimonio igualitario no se ajusta a la Constitución del país. Por lo tanto, los grupos conservadores que apoyan la convocatoria de la consulta popular para derogar el matrimonio entre personas del mismo sexo pueden proseguir con su tramitación. Aunque la noticia es preocupante, las duras condiciones establecidas para dejar sin efectos una ley aprobada por el Parlamento mediante plebiscito pueden hacer que la iniciativa contraria a los derechos LGTB no prospere finalmente. En respuesta a un recurso presentado por dos ciudadanos contra esa decisión del Parlamento, el Constitucional decidió hoy por cinco votos contra cuatro que el referendo sí puede celebrarse.

El Parlamento de Eslovenia aprobó el 3 de marzo de 2015 una reforma de la Ley de Matrimonio y Relaciones Familiares que abría la institución a las parejas del mismo sexo y permitía además la adopción homoparental. La medida fue aprobada por una abrumadora mayoría  de 51 votos contra 28. A favor votaron los diputados de Izquierda Unida, los del centrista Partido de Miro Cerar (el actual primer ministro), los Socialdemócratas y los liberales de la Alianza de Alenka Bratušek. El Partido Democrático de los Pensionistas dejó libertad de voto a sus parlamentarios. En contra votaron los diputados del centroderechista Partido Democrático Esloveno y los del democristiano Nueva Eslovenia. Eslovenia se convertía así en el 13º país europeo en aprobar el matrimonio igualitario. También era el primer país perteneciente a la antigua Europa del Este, y el primero de mayoría eslava, en hacerlo.

Pero los opositores al matrimonio igualitario se pusieron inmediatamente manos a la obra para conseguir la convocatoria de un referéndum que anulase la nueva redacción de la ley, tal y como sucedió en 2012, cuando una reforma mucho menos ambiciosa, referente a la adopción de los hijos de la pareja del mismo sexo, fue invalidada por un 54,55% de los votos en un referéndum cuya participación fue del 30,31%. En poco tiempo, los contrarios a los derechos LGTB lograron recoger las 40.000 firmas necesarias para instar la consulta popular, pero el Parlamento decidió de forma muy mayoritaria suspender el proceso, al considerar que el referéndum tenía como objeto derogar una ley que reconoce derechos fundamentales, y que por lo tanto sería contrario a la enmienda a la Constitución aprobada en 2013. Según dicha enmienda, no pueden ser sometidas a consulta popular “las leyes que supriman una inconstitucionalidad en el campo de los derechos humanos y las libertades fundamentales o cualquier otra inconstitucionalidad”.

Sin embargo, después de que el Parlamento adoptara en marzo una ley que iguala en derechos los matrimonios de parejas homosexuales con los de las heterosexuales, incluida la posible adopción de niños, el bando homófobo decidió recurrir la resolución del Parlamento ante Tribunal Constitucional, al no considerar el matrimonio entre personas del mismo sexo un asunto de derechos humanos o libertades fundamentales, causando de ese modo la suspensión de su entrada en vigor hasta que se dilucidase el recurso.  Asociaciones conservadoras reunieron en un tiempo récord más de las 40.000 firmas necesarias para una consulta.Comenzó también una fuerte campaña contraria a los derechos LGTB, a la que se sumó con entusiasmo la jerarquía de la iglesia católica. El arzobispo de Liubliana, Stanislav Zore, apoyó la convocatoria del referéndum contrario al matrimonio igualitario, pues, según sus palabras, viola “una de las verdades fundamentales de nuestra fe” que dicta que “el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer contraída de manera legal”.

La iniciativa fue bloqueada por el Parlamento ese mismo mes, al decidir por mayoría que un plebiscito contra esa normativa abriría la puerta a la discriminación por la orientación sexual.

El último recurso que les quedó así a los adversarios de la ley para organizar el plebiscito fue pedir la intervención del Constitucional. Según la argumentación de la alta corte, el Parlamento no tiene capacidad para dictar esa ley que prohibió el referendo sobre matrimonio igualitario. Y, lamentablemente, los argumentos de los intolerantes han convencido a los miembros del Tribunal Constitucional, que han resuelto anular la disposición del Parlamento y permitir que prosiga la convocatoria de la consulta popular. Previsiblemente, puesto que las 40.000 firmas necesarias ya han sido recogidas, podrá celebrarse a finales de este año o a principios de 2016.

Duros requisitos para que la ley pueda ser derogada

Pero la misma enmienda constitucional de 2013 a que hemos hecho referencia anteriormente ha endurecido las condiciones para que se pueda derogar mediante un referéndum una ley aprobada por el Parlamento. El texto de la enmienda que se refiere a ese aspecto, dice literalmente:

Una ley será derogada mediante referéndum si una mayoría de los votantes que han emitido votos válidos vota en contra de la ley, siempre que al menos una quinta parte de todos los votantes calificados hayan votado en contra de la ley.

Algunos medios internacionales han recogido la interpretación hecha por la agencia AFP, según la cual basta con que un 20 % de los electores eslovenos participen en el referéndum, y que mayoritariamente apoyen la iniciativa, para que la ley de matrimonio igualitario quede derogada. Sin embargo, ya vemos que la Constitución eslovena no establece ningún índice de participación mínima, sino que exige que el total de votantes contrarios a la ley suponga al menos el 20% del censo electoral esloveno, independientemente del número de participantes en la consulta.

Si tomamos como referencia las elecciones parlamentarias de 2014, el número de votantes calificados eslovenos ascendía entonces a 1.713.067. La quinta parte de esa cifra es 342.613, que sería aproximadamente el número de votos favorables a la derogación del matrimonio igualitario que deberían conseguir quienes instan el referéndum (o una cantidad aún superior, ya que el censo electoral a día de hoy habrá aumentado), sea cual sea el nivel de participación que se consiga. Por ejemplo, en el plebiscito de 2012, el total de quienes votaron en contra de la adopción de los hijos de la pareja del mismo sexo fue de 279.937, cifra bastante lejana de esos más de 340.000 votos que ahora serían necesarios. Es decir, con la legislación actual aquella ley no hubiese sido derogada, a pesar de ser la opción mayoritaria en el referéndum.

Ciertamente, el resultado ideal sería el de una alta participación con una clara mayoría contraria a la derogación del matrimonio igualitario, lo cual, como en el caso irlandés, serviría de ejemplo y acicate para otros procesos en países de características semejantes a Eslovenia. Pero, siendo realistas, parece que muchas de las esperanzas residen en que el asunto interese tan poco a la ciudadanía en su conjunto que reunir esos 340.000 votos sea labor imposible.

Las encuestas realizadas al respecto entre la población eslovena son contradictorias. En marzo de este año, un 52% de los encuestados opinaba que el referéndum contrario al matrimonio igualitario no se debería celebrar, frente a un 43% que apoyaba la convocatoria. Sin embargo, entre quienes estimaban que participarían en el referéndum si se convocaba, un 50% afirmaba que votaría a favor de la derogación del matrimonio entre personas del mismo sexo, mientras que un 36% aseveraba que votaría en contra de la misma. En el último Eurobarómetro, un 54% de los eslovenos se mostraba a favor de que el matrimonio igualitario se permitiese en toda Europa y un 40% se significaba en contra.

Fuente Cáscara amarga y Dosmanzanas

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , ,

El Parlamento de Eslovenia bloquea la convocatoria de un referéndum contra la ley de matrimonio igualitario

Lunes, 30 de marzo de 2015
Comentarios desactivados en El Parlamento de Eslovenia bloquea la convocatoria de un referéndum contra la ley de matrimonio igualitario

78529-slovenia-flagBuenas noticias. Por 53 votos a 21, el Parlamento de Eslovenia ha suspendido el proceso iniciado por los opositores a la ley que abre el matrimonio a las personas del mismo sexo aprobada el pasado 3 de marzo y que buscaba convocar un referéndum revocatorio sobre la materia. El Parlamento esloveno considera que en este caso es de aplicación la norma que prohíbe el uso del referéndum para derogar leyes que garantizan derechos humanos y libertades fundamentales. A los homófobos les queda todavía la vía del recurso al Tribunal Constitucional.

El Parlamento esloveno aprobaba el 3 de marzo, por 51 votos frente a 28, la reforma de la Ley de Matrimonio y Relaciones Familiares para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo con los mismos derechos que el matrimonio entre personas de distinto sexo, adopción incluida. Eslovenia se convertía así en el primer país de la antigua Europa del Este, y el primero de mayoría eslava, en hacerlo. La reforma fue inicialmente promovida por el grupo parlamentario de Izquierda Unida, que presentó su propuesta ante el Parlamento en diciembre. El 10 de febrero de este 2015, el comité parlamentario correspondiente aprobó dicha propuesta por una mayoría de 11 votos a 2, con lo que podía proseguir su tramitación. Finalmente el proyecto conseguía el respaldo mayoritario de la cámara. A favor votaron los diputados de Izquierda Unida, los del centrista Partido de Miro Cerar (el actual primer ministro), los Socialdemócratas (que forman parte de la coalición de gobierno) y los liberales de la  Alianza de Alenka Bratušek. El Partido Democrático de los Pensionistas (tercer partido de la coalición de gobierno) dejó libertad de voto a sus parlamentarios, mientras que votaron en contra los diputados del centroderechista Partido Democrático Esloveno y los del democristiano Nueva Eslovenia.

Los opositores al matrimonio igualitario se pusieron inmediatamente manos a la obra para conseguir la convocatoria de un referéndum que anulase la reforma, tal y como sucedió en 2012, cuando una reforma mucho menos ambiciosa fue invalidada por un 55% de los votos en un referéndum cuya participación fue inferior al 30%). En este intervalo de tiempo, sin embargo, las condiciones para convocar un referéndum se han endurecido. A día de hoy, un referéndum que intente derogar una ley aprobada por el Parlamento necesita el respaldo del 20% de los electores solo para ser convocado. Eso supone el apoyo de 340.000 eslovenos, muy por encima de los 40.000 que hacían falta en 2012 e incluso de los 280.000 que votaron en 2012 contra los derechos de las parejas del mismo sexo.

Aún así, y cuando los homófobos llevan recogidas unas 40.000 firmas, el Parlamento ha decidido de forma muy mayoritaria suspender el proceso, al considerar que el referéndum tiene como objeto derogar una ley que reconoce derechos fundamentales, y por lo tanto es ilegal. Los opositores al matrimonio igualitario tienen ahora la posibilidad de recurrir la decisión del Parlamento al Tribunal Constitucional, de forma que el proceso de recogida de firmas pueda seguir adelante y el referéndum tenga lugar si consiguen reunir las necesarias.

Veremos lo que sucede, dado que hay antecedentes contradictorios. A finales de 2011 el alto tribunal consideró constitucional la convocatoria del anterior referéndum (si bien es cierto que las circunstancias eran muy distintas y no existía un pronunciamiento claro del Parlamento, como ahora). Sin embargo, en 2013 el mismo Tribunal Constitucional consideraba inconstitucional la legislación eslovena en materia de herencia por discriminar a las parejas del mismo sexo. El fallo completaba, de hecho, una sentencia previa que ya consideraba inconstitucional la legislación eslovena de parejas de hecho por un motivo similar.

General, Historia LGTBI , , , , , , , ,

El Parlamento de Eslovenia aprueba el matrimonio igualitario

Jueves, 5 de marzo de 2015
Comentarios desactivados en El Parlamento de Eslovenia aprueba el matrimonio igualitario

19e0cdb28040b818b0af4fa5fcb0a5ddEl Parlamento de Eslovenia ha aprobado este 3 de marzo la reforma de la Ley de Matrimonio y Relaciones Familiares, que permitirá el matrimonio entre personas del mismo sexo. La votación se ha saldado con una gruesa mayoría de 51 votos favorables frente a 28 en contra. Tan solo falta la promulgación por parte del presidente Borut Pahor para que Eslovenia se convierta en el 13º país europeo en permitir el matrimonio igualitario. También será el primer país perteneciente a la antigua Europa del Este, y el primero de mayoría eslava, en hacerlo.

La reforma de la Ley de Matrimonio ha sido una iniciativa del grupo parlamentario de Izquierda Unida, que presentó su propuesta ante el Parlamento el pasado mes de diciembre. El 10 de febrero de este 2015, el comité parlamentario correspondiente aprobó dicha propuesta por una mayoría de 11 votos a 2, con lo que podía proseguir su tramitación.

Según el ponente de Izquierda Unida, Matej T. Vatovec, “esta enmienda define el matrimonio como la unión de por vida de dos personas, independientemente de su sexo, lo que elimina la situación discriminatoria en vigor hasta ahora”. El proyecto de ley, asimismo, reforma los capítulos pertinentes para que las parejas del mismo sexo gocen de los mismos derechos que las heterosexuales, incluida la adopción.

Todas estas medidas han conseguido el respaldo del Parlamento, por una abrumadora mayoría de 51 votos contra 28. A favor han votado los diputados de Izquierda Unida, los del centrista Partido de Miro Cerar (el actual primer ministro), los Socialdemócratas y los liberales de la  Alianza de Alenka Bratušek. El Partido Democrático de los Pensionistas ha dejado libertad de voto a sus parlamentarios. En contra han votado los diputados del centroderechista Partido Democrático Esloveno y los del democristiano Nueva Eslovenia.

Estos dos últimos partidos ya han comunicado que se enfrentarán a este resultado por todos los medios a su alcance. Plantearán un recurso ante el Tribunal Constitucional e intentarán que se convoque un referéndum para derogar la reforma. Ambas acciones no parecen, sin embargo, que tengan visos de prosperar. El Tribunal Constitucional esloveno ya se ha posicionado a favor de los derechos LGTB en varias ocasiones, y la ley establece que un referéndum que intenta derogar una ley aprobada por el Parlamento necesita el respaldo del 20 % de los electores para ser convocado. Eso supone el apoyo de 340.000 eslovenos, muy por encima de los 280.000 que votaron en contra de la adopción homoparental en el referéndum de 2012.

Con esta reforma, Eslovenia marca distancias con otras repúblicas exyugoslavas, como Croacia, Serbia, Montenegro o Macedonia, cuyas constituciones prohíben o están en proceso de prohibir los enlaces entre personas del mismo sexo.  Por el contrario, en cuanto la reforma sea promulgada, Eslovenia se convertirá en el decimotercer estado de Europa en aprobar el matrimonio igualitario tras Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Holanda, Islandia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido (con la excepción de Irlanda del Norte) y Suecia. Según Matej T. Vatovec, “Eslovenia ha entrado hoy en el siglo XXI”, convirtiéndose en “una comunidad verdaderamente tolerante e inclusiva”.

Para conocer la evolución del matrimonio igualitario en Eslovenia, hay que echar la vista atrás hasta remontarnos al año 2010, cuando el entonces gobierno esloveno, que se había comprometido a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo en el nuevo código de familia, se vio obligado a recular ante la reacción de los sectores católicos y de la derecha eslovena, que centraron su oposición especialmente en la cuestión de la adopción. En el mes de marzo de 2010 el Parlamento aprobaba la reforma que introducía el matrimonio igualitario en primera lectura, pero las presiones fueron tan fuertes que el Gobierno capituló y anunció en enero de 2011 que retiraba la medida.

Pese a ello, el Parlamento aprobó meses más tarde una versión modificada que al menos reconocía importantes mejoras en derechos a las parejas del mismo sexo (que en Eslovenia son reconocidas como parejas de hecho desde 2006). En lo que a la adopción se refiere, la nueva ley no permitía adoptar conjuntamente, pero sí que uno de los miembros de la pareja adoptara los hijos del otro. Pero ni siquiera estas modificaciones lograron apaciguar a los sectores católicos, que promovieron un referéndum vinculante, celebrado en 2012, en el que el código fue rechazado por un 55% de los votos. La participación ni siquiera llegó al 30%, y en la capital del país, Liubliana, el resultado fue favorable.

Eso no significó un parón en la evolución de los derechos LGTB en la más que sin duda es la más socialmente avanzada de las repúblicas exyugoslavas. En 2013, tras la celebración del referéndum, el Tribunal Constitucional de Eslovenia consideró inconstitucional la legislación eslovena en materia de herencia por discriminar a las parejas del mismo sexo. El fallo completaba una sentencia previa que ya consideraba inconstitucional la legislación eslovena de parejas de hecho por un motivo similar.

General, Historia LGTBI , , , , , , , , , , , , , , , , ,

Eslovenia, puede ser el primer país de la antigua Europa del Este en aprobar el matrimonio igualitario

Sábado, 14 de febrero de 2015
Comentarios desactivados en Eslovenia, puede ser el primer país de la antigua Europa del Este en aprobar el matrimonio igualitario

78529-slovenia-flagBuenas e inesperadas noticias las que nos llegan desde Eslovenia, donde la posibilidad de que el matrimonio se abra a las parejas del mismo sexo resucita con fuerza pocos años después de que una primera iniciativa quedara frustrada por la presión conservadora. Un comité parlamentario aprobó este martes la propuesta por 11 votos a 2. Está por ver como transcurre el resto de la tramitación, pero el proyecto parece contar ya con mayoría suficiente para salir adelante.

Es interesante conocer la evolución histórica del asunto. hay que remontarse al año 2010, cuando el entonces gobierno esloveno, que se había comprometido a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo en el nuevo código de familia, se vio obligado a recular ante la reacción de los sectores católicos y de la derecha eslovena, que centraron su oposición especialmente en la cuestión de la adopción. En el mes de marzo de 2010 el Parlamento aprobaba la reforma que introducía el matrimonio igualitario en primera lectura, pero las presiones fueron tan fuertes que el Gobierno capituló y anunció en enero de 2011 que retiraba la medida.

Pese a ello, el Parlamento aprobó meses más tarde una versión modificada que al menos reconocía importantes mejoras en derechos a las parejas del mismo sexo (que en Eslovenia son reconocidas como parejas de hecho desde 2006). En lo que a la adopción se refiere, la nueva ley no permitía adoptar conjuntamente, pero sí que uno de los miembros de la pareja adoptara los hijos del otro. Pero ni siquiera estas modificaciones lograron apaciguar a los sectores católicos, que promovieron un referéndum vinculante, celebrado en 2012, en el que el código fue rechazado por un 55% de los votos. La participación ni siquiera llegó al 30%, y en la capital del país, Liubliana, el resultado fue favorable.

Eso no significó un parón en la evolución de los derechos LGTB en la más que sin duda es la más socialmente avanzada de las repúblicas exyugoslavas. En 2013, tras la celebración del referéndum, el Tribunal Constitucional de Eslovenia consideró inconstitucional la legislación eslovena en materia de herencia por discriminar a las parejas del mismo sexo. El fallo completaba una sentencia previa que ya consideraba inconstitucional la legislación eslovena de parejas de hecho por un motivo similar.

La discusión sobre el matrimonio igualitario se reactivaba sin embargo en diciembre de 2014, cuando Izquierda Unida, formación que cuenta con 6 de los 90 diputados del Parlamento esloveno, proponía de nuevo una reforma del código de familia para abrir el matrimonio a las parejas del mismo sexo. El proyecto parece contar además con el apoyo de dos de los tres partidos de la coalición gobernante: el Partido de Miro Cerar (formación centrista que gira en torno a la figura del abogado Miroslav Cerar, actual primer ministro), que cuenta con 36 diputados, y los Socialdemócratas, que cuentan con 6 diputados. El tercer partido de la coalición, el Partido Democrático de los Pensionistas, se inclina por dejar libertad de voto a sus 10 diputados.

También los 4 diputados liberales de la Alianza de Alenka Bratušek, en la oposición, apoyan el proyecto, que tendrá enfrente al Partido Democrático Esloveno (centro-derecha), con 21 diputados, y a los democristianos de Nueva Eslovenia (4 diputados).

A día de hoy, las perspectivas parecen ser buenas. Eslovenia esta cerca de convertirse, casi por sorpresa, en el duodécimo estado de Europa en aprobar el matrimonio igualitario tras Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Islandia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido (con la excepción de Irlanda del Norte) y Suecia. Sería además el primer país de la antigua Europa del Este y de cultura mayoritariamente eslava en hacerlo, lo que le daría una especial carga simbólica. Habrá que ver no obstante qué sucede finalmente. Tras la aprobación en comisión, si no hay contratiempos el proyecto podría ser definitivamente aprobado por el pleno en marzo, pero dados los antecedentes cabe esperar de nuevo una fuerte resistencia desde el ámbito conservador y católico.

General, Historia LGTBI , , , , , , , , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.