Importantísima sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a favor de una madre trans a la que la justicia rusa denegó el contacto con sus hijos
Importante sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha condenado a Rusia por no permitir a A.M., una mujer trans, continuar viendo a sus hijos una vez que esta transicionase y fuese reconocida legalmente como mujer. Los tribunales rusos dieron la razón a la otra madre, que argumentó que el contacto de su ex con los niños era perjudicial para su salud mental y su moralidad. El alto tribunal europeo, en un fallo unánime, considera que la prohibición viola los artículos 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación) de la Convención Europea de Derechos Humanos.
A.M. se casó en 2008 con otra mujer de la que se divorció en 2015. En ese tiempo tuvieron dos hijos, nacidos en 2009 y 2012. Después del divorcio A.M, consiguió ver reconocida legalmente su identidad femenina, algo que en Rusia solo es posible después de someterse a un proceso de reasignación. En se momento la otra madre comenzó a poner impedimentos al derecho de visita de A.M. a sus hijos. Una historia, en definitiva, muy parecida a la de tantas otras mujeres trans en diferentes lugares del mundo.
En este caso, si embargo, la otra madre lo tuvo fácil, teniendo en cuenta el marco legal al que se enfrentan las personas LGTBI en Rusia: le bastó con argumentar ante los tribunales rusos que el contacto de A.M. con sus hijos era perjudicial para su salud mental y moralidad, distorsionaba su percepción de la familia y les «exponía» a información sobre las «relaciones sexuales no tradicionales» (el elemento central de la ley rusa contra la «propaganda homosexual»). Los tribunales rusos le dieron la razón.
La batalla jurídica llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ahora, en un fallo de gran importancia para los derechos de las personas trans, ha determinado de forma unánime que Rusia violó en este caso los derechos 8 y 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos, referidos al derecho al respeto a la vida y familiar y a la prohibición de la discriminación, respectivamente. En este último caso el alto tribunal vuelve a recordar que de acuerdo a su doctrina consolidada la identidad de género está cubierta por el derecho a la no discriminación.
No sabemos hasta qué punto la sentencia tendrá un efecto inmediato sobre la vida de A.M., teniendo en cuenta que, según el relato del caso que hace el alto tribunal europeo, la otra madre se trasladó a vivir con los hijos de ambas a un lugar desconocido, y A.M. no tiene información alguna de dónde ni cómo se encuentran. Pero al menos ahora cuenta con armas legales con las que continuar la batalla. El Estado ruso, además, deberá abonarle algo más de 10.000 euros (entre indemnización por daños causados y costas) pese a que la mujer no solicitaba indenmización pecuniaria en su demanda. De lo que no cabe ninguna duda es de que sentencia sienta un importantísimo precedente para los derechos de las personas trans en toda Europa. No es de extrañar que desde Transgender Europe e ILGA -Europa, dos organizaciones paragüas que agrupan a organizaciones trans y LGTBI de todo el continente, lo hayan considerado histórico.
Fuente Dosmanzanas
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