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Hito: con acto desagravio en La Moneda el presidente Boric reconoce lesbofobia estatal contra la docente Sandra Pavez y le pide disculpas

Lunes, 11 de septiembre de 2023
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Hoy se cumplen 50 años del Golpe de Estado en Chile que provocó el suicidio del legítimo Presidente de la república Salvador Allende tras el bombardeo del palacio de la Moneda e inició una sangrienta dictadura que asesinó a miles de ciudadanos y ciudadana. Pues bien, amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983  bajo la dictadura de Pinochet y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra, el obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

El pasado 7 de septiembre, En el marco del cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó a Chile por discriminación, luego de que con el patrocinio del Movilh la profesora denunciara al Estado por prohibirle hacer clases en razón de su orientación sexual, el Presidente de la república Gabriel Boric reconoció públicamente la responsabilidad del Estado en este acto de lesbofobia. Esperamos, sentados, a que la Iglesia  católica haga lo mismo…

sandra-pavez-boric-movilhCon una ceremonia en el Salón Montt Varas del Palacio de La Moneda el presidente de la República, Gabriel Boric, en representación del Estado, realizó hoy un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por la lesbofobia que sufrió la docente Sandra Pavez, quien en 2007 fue impedida por siempre de realizar clases de religión solo por ser lesbiana.

El acto de reconocimiento es parte de la condena que en febrero del 2022 dictó la Corte Interamericana de Derechos Humanos  (Corte IDH) contra el Estado de Chile, tras una denuncia internacional interpuesta por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) en representación de la docente ante la Comisión Interamericana de DDHH (CIDH).

“En mi calidad de Presidente de la República y representante del Estado reconozco la responsabilidad que le cabe al Estado chileno por el trato discriminatorio que recibiste Sandra, motivado por tu orientación sexual y que afectó tu dignidad como persona”, dijo Boric

“A Sandra le ofrezco ante Chile disculpas públicas y el compromiso de seguir trabajando arduamente para erradicar toda forma de discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género para que nunca más en Chile alguien tenga que vivir lo que tú y tu entorno vivieron”, expresó en la ceremonia que contó con la presencia de los ministros de Educación, Nicolás Cataldo,  de Relaciones Exteriores, Alberto van Klaveren Stork,  y de la Secretaría General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, así como de la diputada Emilia Schneider, entre otras autoridades.

sandra.familia-boric-movilhA su vez, la profesora Pavez sostuvo que “creo que se ha hecho justicia, en especial porque ya hay un precedente para que nunca más un/a docente pueda pasar por lo mismo. Agradezco al Movilh, la organización que me apoyó todos estos años, y en especial a su dirigente Rolando Jiménez”.

Para la vocera del Movilh, Javiera Zúñiga, “hoy se hace, de una u otra manera, algo de justicia para la docente Pavez, quien vio vulnerados sus derechos humanos más básicos sin que ninguna autoridad del Estado le expresara alguna vez solidaridad y apoyo, dejándola abandonada y sin posibilidad de ejercer nunca más su profesión, pues en 2021 jubiló”.

Añadió que, “en torno a este caso, el Estado aún debe cumplir con aspectos claves de la sentencia, como la capacitación en temáticas LGBTIQA+ a todos los profesionales que evalúen docentes, así como la derogación o modificación total del Decreto 924 del Mineduc, una norma heredada de la Dictadura que permitió prohibir a la docente Pavez  ejercer como profesora, una labor que antes del 2007 había desarrollado durante 22 años de manera intachable”

En su sentencia, la Corte CIDH enfatizó que las libertades de educación y de religión en ningún caso pueden usarse para discriminar a las personas LGBTIQA+, ni que tampoco el derecho de los padres y madres a escoger la educación para sus hijos/as puede dar paso a violaciones a los derechos humanos.  Añadió que al prohibirse a Pavez ejercer su profesión, el Estado chileno vulneró sus derechos “a la igualdad y no discriminación, a la libertad personal, a la vida privada y al trabajo”.

El caso es uno de los más emblemáticos en Chile para los derechos LGBTIQ+, no solo por la condena contra el Estado, sino porque en su afán de impedir a Pavez ejercer clases, todas las iglesias del país se unieron por primera vez en su historia contra sus derechos presentando escritos conjuntos ante la Corte IDH, los cuales felizmente  fueron desestimados por  el órgano internacional.

El caso

sandra-pavez-ministros-movilh-768x576Por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, el 25 de julio del 2007 el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

Lo anterior, luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983  bajo la dictadura de Pinochet y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2008 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924. Vergonzosamente, el Estado y las diferentes Iglesias se unieron por primera vez para negar derechos en razón de la orientación sexual de las personas.

En respuesta el Movilh denunció a Chile por lesbofobia ante la Comisión Interamericana de DDHH. Más de una década  después, la CIDH acogió la denuncia del Movilh y demandó a Chile ante la Corte IDH, en el marco de un proceso donde la docente fue representada por el abogado pro bono, Ciro Colombara, entre otros que se sumaron tras la condena, al final del proceso.

Finalmente, el 4 de febrero del 2022 la Corte Interamericana de DDHH condenó a Chile por lesbofobia, exigiendo entre otras medidas, el acto de reparación efectuado hoy por Boric.

Fuente MOVILH/Cristianos Gays

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Docente Sandra Pavez se jubila tras 14 años impedida de dictar clases: Corte Suprema e Iglesia Católica le prohibieron ejercer solo por ser lesbiana

Lunes, 17 de enero de 2022
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DFD43DEB-CE99-48BC-A74E-3391742055AEEl Movilh lamentó lo ocurrido a la docente, quien  está a la espera de la sentencia de la Corte Interamericana de DDHH que decidirá si condenar o no al Estado de Chile por impedirle hacer clases de religión en un colegio laico

La docente Sandra Pavez se jubiló sin que nunca más, desde el 2007, pudiese haber  ingresado a un aula a hacer clases de religión, luego de que la Corte Suprema y la Iglesia Católica le prohibieran ejercer solo por ser lesbiana, informó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

La vocera del Movilh, Javiera Zúñiga, precisó que “Sandra terminó su vida laboral con un desenlace triste. Finalmente nunca más pudo ejercer la docencia pues la justicia aún no llega mientras este año ella jubiló. Nunca más pudo ejercer la profesión que tanto amó y que tanta satisfacciones le trajo. Sandra ha vivido uno de los casos de lesbofobia más graves e injustos conocidos por nuestra organización en 30 años de trayectoria. Un atropello inédito donde el Estado y la Iglesia actuaron como un solo poder para negarles sus derechos más básicos solo por amar a otra mujer

“Esperamos que la Corte Interamericana de DDHH (Corte INH), que analizó el caso el 12 y 13 de mayo del 2021, dicte lo antes posible su sentencia, condenado al Estado de Chile, reparando el daño causado y exigiendo a los responsables de este brutal abuso a la dignidad humana que le pidan disculpas a Sandra”, añadió Zúñiga.

Por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, el 25 de julio del 2007 el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía  sin ningún problema desde 1985.

Esto, luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual.

“A tanto llegó el acoso de la Iglesia, que en diversas ocasiones, incluidas las noches, curas visitaron el domicilio de Sandra para obligarla a revertir su homosexualidad, llegando al extremo de decirle que había dañado la memoria de su fallecida madre con su orientación sexual”, recordó el dirigente del Movilh, Rolando  Jiménez.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983 y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2008 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación al prohibirle a una persona ejercer su profesión solo por ser lesbiana.

Más de una década  después, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vino a decir lo contrario y demandó a Chile ante la Corte IDH, en el marco de un proceso aún en curso y donde la docente ha sido representada por los abogados pro bono Ciro Colombara y Branislav Marelic.

Fuente MOVILH

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Termina audiencia de juicio internacional contra Chile por lesbofobia: Sandra Pavez espera fallo favorable para derechos LGBTIQ+

Sábado, 15 de mayo de 2021
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abogados-Sandra-PavezEl Movilh, que se manifestó en el frontis de la Corte Interamericana de DDHH, lamentó la “fuerte arremetida del Estado y de los principales de Chile contra la docente”, sin embargo, consideró que “antes de finalizar el 2021 Pavez, con su fuerza y valentía, triunfará, haciendo historia para los derechos LGBTIQ+”

Entre ayer y hoy se desarrolló en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el juicio contra el Estado de Chile por impedir desde el 2007 a la docente Sandra Pavez hacer clases en razón de su orientación sexual, tras una decisión de la Iglesia Católica que fue amparada por diversos fallos en nuestro país.

El juicio se extendió por cinco horas, divididas entre ayer y hoy, siendo encabezado por la presidenta la Corte INH, Elizabeth Odio Benito. En la ocasión intervino Pavez y, a favor de ella, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y los abogados Ciro Colombara y Branislav Marelic. En tanto, el Estado justificó que a la docente se le siga negando el derecho a hacer clases, argumentando que ella siguió recibiendo un sueldo, pues se mantuvo como inspectora general de un establecimiento educacional.

Sandra_movilh-820x394Fue justamente este último punto, uno de los más dolió Pavez. “El Estado se limitó a consultarme si había recibido o no sueldos desde el 2007 a la fecha, como si eso fuera lo relevante. Lo grave es el daño psicológico que he sufrido luego de me negaran el derecho a hacer clases y me impidieran ingresar a las aulas para educar”.

Con todo, Sandra se declaró satisfecha con las dos jornadas del juicio.  “Tengo confianza en la Corte Interamericana de DDHH. Creo que ellos fallarán por la no discriminación. Espero que la sentencia tenga un impacto positivo en las y los docentes LGBTIQ+ de Chile y América”.

En tanto, el dirigente del Movih, Rolando Jiménez, señaló que “la valentía y la perseverancia de Sandra; acompañada de un trabajo jurídico de excelencia desarrollado por los abogados Colombara y Marelic y por una contundente denuncia de la CIDH; hará historia para los derechos LGBTIQ+. Ella, optó por enseñar con la verdad, pero el Estado y las iglesias la condenaron por eso”

costarica-movilh.2En tal sentido, Jiménez lamentó que “hasta hoy persista una fuerte arremetida contra los derechos de Sandra Pavez, pues no solo el Estado se ha movilizado a nivel internacional para que se le siga impidiendo hacer clases en Chile exclusivamente en razón de su orientación sexual. Lo mismo hicieron los principales credos de Chile y ONG´ ultraconservadoras de diferentes países que en los últimos meses presentaron diversos Amicus Curiae justificando que las religiones tienen el derecho e impedir que docentes hagan clases en Estado laicos solo por ser LGBTIQ+”.

“Igual de lamentable ha sido la indolencia del Estado chileno, que se ha limitado a reducir este juicio a aspectos económicos, importándole nada la dignidad humana. A tanto llegó su falta la delicadeza, que invitó a peritos que ni siquiera habían leído los fallos judiciales contra Sandra y, peor aún, que en sus presentaciones trataron al dictador Pinochet como “presidente”, para validar el Decreto 924 que este genocida dictó en 1984 para negar el derecho de docentes a hacer clases de religión si es que eran LGBTIQ+”, finalizó.

En paralelo al juicio, ayer y hoy activistas LGBTIQ+ se manifestaron en el frontis de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en San José de Costa Rica, acusando a Chile de “lesbofóbico” y de “estar en deuda con Sandra Pavez”

Se espera que la Corte IDH dicte sentencia entre agosto y noviembre próximo.

Fuente MOVILH

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Cinco horas durará el juicio contra el Estado de Chile por discriminar a la docente Sandra Pavez en razón de su orientación sexual

Miércoles, 12 de mayo de 2021
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corte-Interamericana-Movilh-820x394Corte Interamericana

Arranca hoy miércoles a las 10:00 A.M y continuará el jueves. El Movilh dio a conocer el programa. Los abogados colaboradores del Movilh y representantes la docente, Ciro Colombara y Branislav Marelic, explicaron el juicio y su transcendencia para la población LGBTIQ+.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) dio hoy a conocer el programa del juicio por lesbofobia contra Chile que tendrá lugar en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) los próximos miércoles y jueves, al tiempo que los abogados colaboradores de la organización y representantes de la docente Sandra Pavez ; los juristas Ciro Colombara y Branislav Marelic; explicaron los alcances del inédito proceso donde Estado e Iglesias se unirán por primera vez para negar derechos en razón de la orientación sexual de las personas.

El juicio será abierto a las 10:00 horas de este miércoles 12 de mayo por la presidente de la Corte IDH, Elizabeth Odio Benito; tras lo cual la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dispondrá de 20 minutos para presentar el caso de Pavez, a quien un fallo de la Corte Suprema le impide desde el 2007 hacer clases en Chile solo por ser lesbiana.

Luego se procederá al interrogatorio de Pavez, contando con 20 minutos el Estado de Chile y otros 20 los representantes de la docente. En tanto, durante la declaración pericial de Rodrigo Uprimny Yepes se contará con 10 minutos para la presentación, 10 minutos para la CIDH, 15 minutos para los representantes de Pavez y 15 minutos para el Estado. Además, durante la declaración pericial de José Luis Lara Arroyo, habrá 10 minutos para la presentación; 15 para el Estado y 15 para los representantes de Pavez.

El juicio continuará el jueves 13 de mayo a las 10:00 horas, siendo abierta nuevamente por la presidenta de la Corte IDH. Luego se dará paso  a la declaración de  pericial de Estefanía Esparza Reyes, con 10 minutos de presentación, 15 para la CIDH, 15 para el Estado de Chile y 15 para los representantes de Pavez.

Finalmente, los representantes de Pavez dispondrán de 30 minutos para los alegatos,  al igual que el Estado de Chile, con 5 minutos adicionales de derecho a réplica para ambas partes. A esto seguirán 20 minutos para las observaciones de la CIDH y el cierre de la audiencia por parte de la presidenta de la Corte INDH.

El juicio tendrá lugar en un contexto donde todas las iglesias de Chile se han movilizado de forma inédita con unidad para que la Corte IDH falle contra Pavez, desenlace que también busca el Estado. “Nunca antes Estados e iglesias se habían unido motivados para legalizar la homofobia en un juicio internacional. Es un hecho tan impactante, como doloroso, que revictimiza a Sandra”, señaló el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

El abogado colaborador del Movilh, Branislav Marelic, precisó que “el Caso de Sandra Pavez es muy importante para Chile porque aborda la discriminación por orientación sexual de una funcionaria pública; que es una profesora que no pudo ejercer su cargo de docente de religión por su orientación sexual”

Añadió que “esto se debe al Decreto 924 del Mineduc, vigente hasta la época, que faculta a las iglesias para quitar la idoneidad de los profesores de religión en el sistema público. Y a la víctima, en este caso, se le quitó la idoneidad solamente por ser lesbiana y nunca más pudo ejercer su trabajo de profesora de religión. Es una discriminación por donde se le mire. Por eso, este caso es muy importante y se va a resolver en la Corte Interamericana en Costa Rica”.

En tanto el abogado de Pavez, Ciro Colombara, apuntó que “durante décadas el  Movilh ha luchado por los derechos de la comunidad LGBTIQ+ en Chile y también a nivel internacional. Durante toda su vida la profesora de religión Sandra Pavez luchó porque se respetase su dignidad y su orientación sexual como una persona lesbiana”

Añadió que  “los derechos de Sandra Pavez, los derechos de la comunidad LGBTIQ+, fueron violados  el Estado de Chile hace mucho años atrás al discriminarla en su calidad de profesora de religión. El caso llegó hace 13 años al sistema interamericano de derechos humanos y hoy finalmente llega al tribunal más alto de derechos humanos la corte Interamericana, que va a dictar un fallo que va a reparar la dignidad de Sandra Pavez y va a reconocer los derechos de la Comunidad LGBTIQ+, como ha luchado el Movilh durante décadas”.

Fuente MOVILH

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¿Ut unum sint? Sí, lo son contra las personas LGTBI aunque sean incapaces de celebrar juntos la Eucaristía. ¡Fariseos! Jerarcas católicos, evangélicos, ortodoxos, anglicanos, musulmanes y judíos emprenden cruzada lesbofóbica contra docente Sandra Pavez

Martes, 11 de mayo de 2021
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HomofobiaPresentaron un escrito ante la Corte Interamericana de DDHH a objeto que se siga impidiendo  a la docente Pavez hacer clases en Chile solo por ser lesbiana. Junto con repudiar la cruzada de odio, el Movilh denunció que el primer cura que impidió a Pavez ejercer la docencia  abusó de un niño.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) alertó hoy que las principales religiones de Chile se unieron para que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) mantenga la medida que le impide a la docente Sandra Pavez hacer clases en Chile desde el 2007 solo por ser lesbiana.

En efecto, altos representantes de la Iglesias Católica, Ortodoxa, Anglicana, Evangélica, Musulmana y Judía presentaron un escrito ante la Corte IDH a objeto de que esta falle contra Pavez.

La demanda presentada por Pavez ante la Corte INDH busca que el Estado de Chile sea sancionado por impedirle durante 14 años hacer clases de religión en un colegio laico, en el marco de un juicio internacional que tendrá lugar los próximos miércoles y jueves.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, precisó que “estamos ante un acto de lesbofobia sin precedentes, donde Estado y religiones se unirán por primera vez en su historia en un juicio internacional para negar la igualdad de derechos en razón de la orientación sexual de una persona. Este poderoso abuso, revictimiza una vez a la docente Pavez y explicita un odio desmesurado y virulento contra las personas LGBTIQ+. Toda nuestra solidaridad con Sandra”.

“Esperamos que la Corte INDH respete el Estado laico, la Convención Americana de los Derechos Humanos y falle a favor del Pavez, sancionando a Chile por esta abierta vulneración de derechos que es avalada por las principales iglesias del país de la mano del Estado”, apuntó Jiménez.

“A quienes hablan de moral y emprenden esta arremetida contra la docente Pavez, es bueno recordarles que quien primero le impidió hacer clases en Chile en 2007 fue  el entonces Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, el mismo que confesó haber abusado de un niño. Esta es la hipocresía que estamos enfrentando, esta es la inmoralidad de todos quienes han recurrido ante la Corte IDH contra Pavez. Estos son  los que, en síntesis, nada dijeron contra un cura abusador de niños, pero hoy se levantan contra una docente de trayectoria intachable y querida por toda la comunidad educativa”, relató Jiménez.

Adelantó, por último, que próximamente, y antes del juicio, “Pavez expondrá públicamente su punto de vista , el mismo que ha sido censurado por quienes hoy dan alta tribuna a esta cruzada homofóbica de las iglesias, como es el caso de El Mercurio, un diario que sistemáticamente omite cualquier mención al Movilh, habla de Sandra sin indicar que es lesbiana y oculta el el abuso que sufrió, obviando el ejercicio de un  periodismo serio, objetivo y responsable.”.

La presentación lesbofóbica ante la Corte IDH contra Pavez fue firmada por el presidente de la Celam y arzobispo de Trujillo, Santiago Silva; el presidente de la Conferencia Episcopal de Chile, Santiago Silva; el arzobispo de Santiago; Celestino Aós; el arzobispo Metropolitano de a Iglesia Ortodoxa de Chile, Sergio Abad; el presidente de la Unión Evangélica  Nacional de Chile, Emiliano Soto; el obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González; el Arzobispo de la Iglesia Anglicana de Chile, Héctor Zabala; el secretario ejecutivo de la Mesa Ampliada de Organizaciones Evangélicas, Francisco Javier Rivera; el presidente del directorio de la Comunidad Musulmana de Chile, Fuad Musa, y el representante de la Comunidad Judía de Chile, Eduardo Waingortin.

El caso

Por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, el 25 de julio del 2007 el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

Esto, luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual. “A tanto llegó el acoso de la Iglesia, que en diversas ocasiones, incluidas las noches, curas visitaron el domicilio de Sandra para obligarla a revertir su homosexualidad, llegando al extremo de decirle que había dañado la memoria de su fallecida madre con su orientación sexual”, recordó Jiménez.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983 y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2008 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924. Más de una década  después, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vino a decir lo contrario y demandó a Chile ante la Corte IDH, en el marco de un proceso donde la docente ha sido representada por el Movilh.

Fuente MOVILH

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Histórico: Fijan fecha del juicio internacional contra Chile por discriminar a docente Sandra Pavez en razón de su orientación sexual

Viernes, 7 de mayo de 2021
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Sandra-Pavez-Jucio-CIDH-Movilh-768x768El Movilh comunicó que tras un proceso de 14 años el juicio final tendrá lugar la próxima semana en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “De ganar, Sandra vencerá a la lesbofobia del Estado y triunfará sobre la homofobia de las iglesias, un hecho inédito”, sostuvo el activista Rolando Jiménez.

Tras un proceso que se ha extendido por 14 largos años, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) comunicó hoy que los próximos 12 y 13 de mayo a las 10:00 horas el Estado de Chile será sometido a juicio por la Corte Interamericana de Derecho Humanos (Corte IDH) por prohibir desde el 2007 a la docente y ex monja Sandra Pavez ejercer clases de religión en nuestro país solo por ser lesbiana.

De esa manera, el juicio tendrá lugar en el Mes contra la Homofobia y la Transfobia que se conmemora en todo el mundo. En la ocasión Sandra será acompañada por Ciro Colombara, Branislav Marelic;  abogados pro bono que apoyan diversas causas del Movilh, y el histórico activista gay Rolando Jiménez.

Jiménez sostuvo que “estamos llegando al final de una larga lucha. Han sido 14 años de sufrimientos y discriminación para Sandra, quien pese a ser una profesora intachable fue impedida en 2007 de ejercer solo porque a juicio de  la Iglesia Católica su orientación sexual es incompatible con la docencia, apreciación que luego compartieron los tribunales de primera instancia y la Corte Suprema al fallar que por ser lesbiana nunca más podría ingresar a las aulas”.

Pavez, añadió Jiménez, “sufrió este abuso luego de ejercer durante más de dos décadas su profesión, ganándose el cariño y el respeto de toda la comunidad educativa, incluidos colegas, estudiantes, apoderados y directivos que hace más de una década se movilizaron junto a nosotros para revertir la determinación de la Iglesia. Ello no fue posible, y el resultado ha sido desastroso: Sandra nunca más ingresó a las aulas, su estado de salud se ha visto severamente empeorado con el correr de los años y, como si poco fuera poco, se encuentra a punto de jubilar. El daño causado por el Estado de Chile, en alianza con la Iglesia Católica, es brutal e inhumano”.

Esperamos que este  gigantesco acto de lesbofobia sea reparado por la Corte IDH sancionando a Chile por discriminación, invasión a la vida privada y negación de los derechos al trabajo y a la protección judicial” apuntó el dirigente.

Jiménez puntualizó que “de ganar, Sandra vencerá a la lesbofobia del Estado y triunfará sobre la homofobia de las iglesias, un hecho inédito a nivel mundial. De perder, lo cual esperamos no ocurra, estaremos en presencia del acto lesbofóbico más cruel e injusto ocurrido en el sistema internacional de derechos humanos”.

El caso

Por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, el 25 de julio del 2007 el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

Esto, luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual. “A tanto llegó el acoso de la Iglesia, que en diversas ocasiones, incluidas las noches, curas visitaron el domicilio de Sandra para obligarla a revertir su homosexualidad, llegando al extremo de decirle que había dañado la memoria de su fallecida madre con su orientación sexual”, recordó Jiménez.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983 y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2008 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924. Más de una década  después, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vino a decir lo contrario y demandó a Chile ante la Corte IDH, en el marco de un proceso donde la docente ha sido representada por los abogados pro bono Ciro Colombara y Branislav Marelic, lo cuales han representdo diversas causas del Movilh.

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Fallo sobre docente Pavez: medios y grupos anti-derechos acusan que Corte IDH «socavó la libertad religiosa» mientras las iglesias guardan silencio

Viernes, 27 de mayo de 2022
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HomofobiaAdemás, entre los mismos representantes de los grupos anti-derechos hay diferencias, pues para al menos uno dice que no se socavó la libertad religiosa. Por su lado, el Movilh, lamentó las nuevas reacciones lesbofóbicas y repudió que los grupos y medios ultraconservadores desinformen a creyentes.

Distintas y contradictorias han sido las reacciones de medios y grupos ultra-conversadores contra la sentencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que condenó al Estado de Chile por prohibir durante 15 años a la docente Sandra Pavez dictar clases de religión solo por ser lesbiana, mientras las iglesias que se movilizaron contra profesora han guardado total silencio luego de fracasar su arremetida de odio.

Con un tono alarmista el medio InfoVaticana, señaló que “la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sentenciado que las decisiones de los padres de familia respecto a cómo y quién debe impartir la educación religiosa a sus hijos pueden ser ignoradas”

Añadió que “la sentencia en el caso Pavez contra Chile podría tener amplias implicaciones para toda América, y es una desilusión para la coalición de múltiples comunidades religiosas que intervino en el caso a favor de la autonomía religiosa y los derechos de los padres”

Acto seguido acusó que con la sentencia se “socava la libertad religiosa. El fallo (…) rompió con el consenso internacional que reconoce la selección de profesores como parte inherente de la autonomía de las comunidades religiosas. Esta decisión podría afectar directamente a una mayoría de los niños del continente que reciben su educación a través de escuelas financiadas con fondos públicos.  El fallo del tribunal también implica que los católicos, judíos, musulmanes, evangélicos o cualquier otro grupo religioso no pueden garantizar que los designados para enseñar esa religión vivan de acuerdo con lo que enseñan.”

InfoVaticana se lamentó además de que la  Corte no considerara una activa movilización de las iglesias contra el derecho de Pavez a dictar clases de religión.

“A lo largo del caso, una amplia coalición de organizaciones y comunidades religiosas se ha unido para defender este derecho fundamental  (libertad religiosa) y pedir al Tribunal que defienda las leyes del Estado. Esta coalición incluía a las comunidades judía, musulmana, ortodoxa, anglicana y protestante de Chile, así como al presidente del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM), quienes conjuntamente presentaron un histórico escrito en conjunto ante la Corte en 2021. Además, más de 30.000 personas presentaron una petición conjunta a la Corte solicitando que esta defienda el derecho de los padres a que sus hijos sean educados de acuerdo con sus convicciones”, recordó en referencia a la inédita unidad que las altas jerarquías de las iglesias alcanzaron el año pasado solo para que la Corte IDH se pronunciara contra Pavez.

La postura del medio fue refrendada por  el Director Adjunto de ADF Internacional, Robert Clarke, para quien “esto es un golpe para los padres, y para las comunidades religiosas a las que pertenecen. La sentencia socava su derecho a decidir quién enseñará la educación religiosa confesional en su nombre y ayudará a criar a sus hijos en esa fe. La decisión no se ajusta al derecho internacional, que protege claramente la autonomía de las comunidades religiosas, y constituye una excepción si se compara con casos similares decididos en otros tribunales de derechos humanos”

La opinión de Clarke no es del todo compartida por otro integrante de la misma instancia.

El Director de Área para América Latina y el Caribe de ADF Internacional, Tomás Henríquez, sostuvo en primera instancia a través del mismo medio que  “estamos en absoluto desacuerdo con la decisión alcanzada por esta Corte que se aparta por completo de la posición adoptada por la mayoría de los Estados de la región, así como en los precedentes consolidados de otros organismos internacionales de derechos humanos como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El fallo de hoy aísla a la Corte Interamericana entre otros tribunales internacionales, y amenaza con socavar los derechos de los padres y las comunidades religiosas de toda América.”

Sin embargo, se retractó luego en el El Mercurio señalando que la sentencia reafirmó que “los padres e hijos tienen derecho a la educación de religiosa” y que “a los niños no se les obligará a instruirse en una religión o convicciones contra los deseos de sus padres”, pues a su juicio la “Corte afirma que no cabe duda de que las comunidades religiosas pueden designar a quienes van a impartir la enseñanza sobre su propio credo”.

Para el Movilh, “estas contradicciones entre los integrantes de una misma agrupación anti-derechos demuestran la fragilidad de sus argumentos, así como sus inmorales intenciones de desinformar a creyentes, en un escenario donde las altas jerarquías de las iglesias, hasta ahora, han sido más oportunistas y hábiles, pues han guardado silencio, asumiendo de una vez y sin chistar que ya no podrán impedir a personas dictar clases de religión solo por ser LGBTIQA+”

En concreto, la sentencia de la Corte prohibió a todos los Estados de América discriminar en razón de su orientación sexual o identidad de género a cualquier docente, en especial a los de religión, además de obligar a Chile a reformar el Decreto 924 del Mineduc, en tanto ha sido utilizado por las iglesias para prohibir a profesores/as ejercer solo por ser LGBTQA+, como ocurrió con Pavez.

La libertad religiosa y el derecho de padres y madres  a educar a sus hijos/as en ningún caso puede dar paso a la discriminación o violación a los derechos humanos de ninguna  persona, incluidas las LGBTIQA+. Eso ha dicho la Corte, y ese fue el gran fracaso de las iglesias. Todo lo demás, son campañas de desinformación de medios y grupos anti-derechos que públicamente se contradicen entre ellos mismos” , finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

Cristianismo (Iglesias), General, Homofobia/ Transfobia., Judaísmo , , , , , , , ,

Comisión Interamericana de DDHH acoge a trámite nueva demanda del Movilh contra el Estado de Chile por homo/transfobia

Miércoles, 3 de mayo de 2023
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Acidh dos años de presentada la denuncia, donde el Movilh acusó que la Corte Suprema liberó de toda responsabilidad a un pastor y a la Catedral Evangélica por sostener que dicho Movimiento de la Diversidad promovía el abuso infantil solo por luchar por la igualdad legal para las personas LGBTIQANB+

 La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), acogió a trámite una nueva demanda internacional que interpuso el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) contra el Estado de Chile, luego de que la Corte Suprema validara los dichos de un pastor y de la Catedral Evangélica, para quienes la lucha emprendida por esa organización LGBTIQANB+ por la igualdad legal abría la puerta al abuso infantil.

“Valoramos que la CIDH acogiera a trámite esta denuncia y tenemos la esperanza de que será declarada admisible, pues el Estado de Chile, a través de la Corte Suprema, validó en uno de sus más funestos y homo/transfóbicos fallos que se injuriara a nuestra organización y activistas con discursos homofóbicos solo porque demandábamos la derogación del artículo 365 del Código Penal”, señaló el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

En la CIDH el Movilh es representado por el abogado Ciro Colombara.

Fue en 2020 cuando la Primera Sala de la Corte Suprema confirmó un fallo de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones que había anulado una histórica sentencia de primera instancia del 25 Juzgado Civil de Santiago que  en 2018 había condenado a la Catedral Evangélica por daño moral al Movilh.

Inicialmente la iglesia había sido condenada luego de que el entonces director del Concilio Nacional de Iglesias Evangélicas de Chile, Cristián Nieto, señalara en la Catedral que con la derogación “del artículo 365 del Código Penal se pretende despenalizar la ley conocida como la ley sodomítica“.

 “El Movilh está pidiendo que una relación sexual entre un adulto y un niño menor de 14 años sea consentida, ¿y qué significa ser consentida?, que un niño diga ‘sí, yo tengo ganas de estar con este señor’ (…) Se imaginan lo que es un niño abandonado en una calle, debajo de un puente, que le ofrezcan un par de zapatillas Nike o un polerón que él desea, por mantener una relación sexual con ese adúltero, o ese pecador, comprándose a ese niño”,  señaló Nieto, siendo luego sus declaraciones reproducidas por el canal de Youtube oficial de la Catedral.

En uno de sus fallos más homo/transfóbicos, alarmantes  y contrarios al Interés Superior del Niño, la  Corte Suprema determinó que esas declaraciones no eran injuriosas, ni discriminatorias, pues a su juicio acusar a alguien de promover relaciones con menores de 14 años no era lo mismo que sindicarlo como promotor de la pedofilia.

Junto al daño moral, el Movilh sufrió consecuencias económicas. En efecto, en representación de la Catedral Evangélica y del pastor Nieto el  abogado Felipe Andrés Vásquez Jiménez, solicitó al 25 de Jugado Civil de Santiago que ordenara el embargo de cuatro millones de pesos de la  cuenta bancaria del Movilh por las costas de un juicio “cuya sentencia es una de las más homofóbicas que se tenga registro”.

“Los tribunales ordenaron el año anterior el retiro de nuestras cuenta bancaria de ese monto. Es decir, tuvimos que pagar cuatro millones de pesos porque nos  defendimos de quienes nos trataron como pedófilos. Este abuso no puede quedar impune. Confiamos en alcanzar justicia a nivel internacional”, apuntó el Movilh

Conviene precisar que el artículo 365 del Código Penal, derogado en 2022, no hacía ninguna mención a menores de 14 años, sino que a mayores de esa edad. El artículo establecía una edad de consentimiento sexual distinta solo en razón de la orientación sexual de las personas, fijándola en 18 años para homosexuales, mientras para heterosexuales en 14 años.

Con anterioridad el Movilh había demandado al Estado de Chile por prohibir a la docente Sandra Pavez   ejercer clases de religión solo por ser lesbiana; lo que valió una condena a nuestro país; y por impedir el matrimonio igualitario, lo que dio paso a un Acuerdo de Solución Amistosa que derivó en la aprobación de esa ley.

Fuente MOVILH

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Chile: Por segundo año consecutivo bajan los casos y denuncias por homo/transfobia, pero los crímenes de odio se duplican

Miércoles, 29 de marzo de 2023
Comentarios desactivados en Chile: Por segundo año consecutivo bajan los casos y denuncias por homo/transfobia, pero los crímenes de odio se duplican


XXI-Informe-DDHH-MOVILHUn total de 1.046 casos de discriminación contra las personas LGBTIQANB+ hubo en Chile, un 6,1% menos que el año precedente. El 2022 fue calificado como “el año de la igualdad legal”, pues tras la derogación del artículo 365 del Código Penal ya no existe ninguna norma que sancione a las personas por su orientación sexual, identidad o expresión de género,  a lo cual se añadió una condena internacional contra Chile por lesbofobia. (Pincha en las fotografías para agrandarlas)


Un 6,1% bajaron en Chile las denuncias y casos por discriminación contra las personas LGBTIQANB+, ascendiendo a 1.046 los atropellos homo/transfóbicos, aunque lamentablemente aumentaron los crímenes de odio, reportó el XXI Informe Anual de los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual y de Género elaborado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

El informe calificó al 2022 como el año de la “igualdad legal”, pues se eliminó del ordenamiento jurídico la única ley vigente que sancionaba a las personas en razón de su orientación sexual, el artículo 365 del Código Penal, en un contexto donde se registraron otros 35 hitos favorables a los derechos humanos de lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersex, queer, asexuales, no binarias y otros (LGBTIQANB+), destacando un buen desempeño de los poderes Legislativo y Judicial que permitieron concretar demandas históricas del movimiento social.

XXI-Informe-DDHH-Evolucion-casos-discriminacion-791x1024“En términos generales y transversales dos elementos explican la merma general de los casos y denuncias por discriminación”, explicó el informe.

“Por un lado, la existencia de 18 leyes que protegen a las personas LGBTIQANB+ de las exclusiones sumada a la ausencia de normas que estigmaticen o sancionen  en razón de la orientación sexual o identidad de género, están haciendo efecto y presión en los sectores que persisten en discriminar, así como contribuyendo a profundizar el cambio cultural a favor de la igualdad y la inclusión que en las últimas tres décadas siempre ha venido en ascenso”, señaló la investigación.

“La entrada en vigencia en 2022 de la  Ley de Matrimonio Igualitario, la norma más resistida por los sectores homo/transfóbicos; y la derogación de la última ley homofóbica; el artículo 365 del Código Penal, aparecen como resúmenes o símbolos incontrarrestables de que el Estado; al menos en lo formal y en el discurso; ya no tolera la discriminación por orientación sexual o identidad de género, lo que  impacta directamente en toda la ciudadanía y, en particular, en quienes son homo/transfóbicos”, indica el estudio.

Las cifras de la discriminación

Los 1.046 atropellos a los derechos humanos de la personas LGBTIQANB+ se dividen en 6 asesinatos; 40 agresiones físicas o verbales perpetradas por desconocidos para las víctimas; 3 atropellos policiales y/o detenciones arbitrarias, 78 discriminaciones  laborales y 52  educacionales,  22 campañas o movilizaciones homo/transfóbicas, 246 episodios de discriminación institucional, 56 ataques o marginaciones en el espacio público o privado,  137 agresiones comunitarias (familia, amigos, vecinos), 405 discursos de odio y 1 abuso en el campo de  los medios, la cultura y el espectáculo.

De las 11 categorías de discriminación en 4 bajaron las denuncia o casos, en 5 aumentaron y en 1; la referente a abusos en medios, culturas y espectáculo; no hubo variaciones.

XXI-Informe-DDHH-Evolucion-casos-por-categoria-1-768x994Encabezan el alza de denuncias los atropellos ocurridos en el sistema educacional, con un 333%, seguido  por los asesinatos (+100%), las campañas o movilizaciones homo/transfóbicas (+54%), los discursos de odio (31%), la marginación y/o ataques en el espacio público o privado (+1,8%) y las exclusiones o agresiones comunitarias (familia, vecinos, amigos (+1,4%).

La mayor baja, en tanto, se produjo en los atropellos policiales y/o detenciones arbitrarias (-75%), seguido por las agresiones físicas o verbales propinadas por desconocidos (-48.7%),  la discriminación o intentos de exclusión institucional (-37%) y los abusos laborales (-26,4%).

Especialmente preocupantes son los 6 crímenes de odio del 2022; la cifra más alta que se tiene registro y solo igualada por el 2020.

El 38% de los casos de discriminación del 2022 afectó a todas las personas LGBTIQANB+, sin distinción, mientras que el 13% dañó exclusivamente a  lesbianas; el 19% a gays y el 30% a trans.

En lo referente a gays  o lesbianas, los casos o denuncias de discriminación mermaron un 4% y un 8% en comparación al 2021, en forma respectiva, y los atropellos a la diversidad sexual y de género como conjunto decrecieron un 36% en el mismo período.

“Solo en  el caso de la población trans hubo un aumento del 145% de los episodios y denuncias por discriminación, alza explicable por temas muy puntuales. Del total de abusos, 104 fueron reacciones de odio contra la actriz Daniela Vega luego de que fuera considerada una de las mujeres más influyentes por parte de Forbes Chile, mientras 118 ocurrieron al interior del Congreso Nacional cuando algunas autorizades rechazaron la discusión de dos proyectos de resolución (ambos aprobados) y un proyecto de ley (aún en trámite) que apuntan a mermar la transfobia en el campo de salud”, señala la investigación.

Responsables de lo abusos

XXI-Informe-DDHH-Evolucion-casos-por-grupos-768x994Un total de 48 instituciones y 767 personas fueron las victimarias o responsables de los atropellos conocidos en 2022.

A nivel institucional el Ranking Anual de la Homo/Transfobia es encabezado por el Partido Republicano, seguido por la UDI, el Partido de la Gente, Gendarmería, el Registro Civil, el Hospital Regional Dr. Guillermo Grant Benavente, de Concepción, el Hospital de Carabineros, el Colegio Alemán de Villa Alemana, Colegio Católico Santa Teresa de Quilpué, la Escuela Premilitar Héroes de la Concepción, de La Cisterna, el  Liceo Bicentenario Domingo Ortiz de Rozas de Illapel, Carabineros, Walmart y Cencosud, entre otros.

En tanto, a nivel de personas el Ranking es encabezado por los asesinos/as de personas LGBTIQANB+, seguido por los/as senadores/as Carmen Gloria Aravena (IND), Juan Castro Prieto (INP),  Rojo Edwards Silva (Republicano), David Sandoval Plaza (UDI) y Francisco Chahuán Chahuán (RN) y por los/as diputados/as UDI Sergio Bobadilla Muñoz, Renzo Trisotti Martínez y  Flor Weisse Novoa; los/as republicanos/as Cristián Araya Lerdo de Tejada, Chiara Barchiesi Chávez, Juan Irarrázaval Rossel, Johannes Kaiser Barents-Von Hohenhagen y Cristóbal Urruticoechea Ríos;  los/as  independientes Gonzalo De la Carrera Correa, Harry Jürgensen Rundshagen , Francesca Muñoz González Gloria Naveillan Arriagada y Leonidas Romero Sáez, más  Karen Medina Vásquez (Partido de la Gente) y Sara Concha Smith (Partido Conservador Cristiano), entre otros/as.

Distribución geográfica: preocupación por Valparaíso y desplazamiento de abusos a redes sociales

Las regiones que concentraron la mayor cantidad de casos o denuncias por discriminación en 2022 fueron Valparaíso (29,92%), Metropolitana (18,64%) y, muy por debajo, Biobío (1,81%), a la cual le siguieron O`Higgins (1,33%), Los Lagos (1,14%),  Maule (1,24%), Antofagasta (0,95%), Araucanía (0.95%), Los Ríos (0.76%), Magallanes (0.66%), Arica y Parinacota (0,47%), Ñuble (0,47%), Tarapacá (0,47%), Aysén (0,19%) y Atacama (0,09%).

En 5 de las 16 regiones del país subieron las denuncias o casos de discriminación y en 9 bajaron, mientras en 2; la Metropolitana y La Araucanía, no hubo variaciones.

Las alzas tuvieron lugar en Los Ríos (+100%), Aysén (+100%), O`Higgins (+40%),  Arica (+25%) y Magallanes (+16%) y las bajas en Atacama (-90,9%),  Tarapacá (-44%), Biobío (-36,6%), Maule (-35%), Coquimbo (-34,7%), Valparaíso  (-22,9%), Los Lagos (-20%) Antofagasta (-16%) y Ñuble (-16%)

Si bien “los atropellos contra las personas LGBTIQANB+ son menos,  los delitos son cada más graves y virulentos, siendo Valparaíso la región donde más queda claro ello: 3 de los 6 asesinatos del 2022 ocurrieron en dicha región. Los otros tres se distribuyeron entre Tarapacá, Santiago y Los Lagos”, indica el estudio.

En 2022, del total de casos de discriminación, el 39% tuvieron lugar en redes sociales; y en menor medida en medios de comunicación de alcance nacional, mientras que en 2021 esa cifra era del 31% y en 2020 del 26%.

Inédita condena y sentencias pioneras

XXI-Informe-DDHH-Respuesta-a-casos-por-organizacion-768x994En 2022, la Corte Interamericana de DDHH condenó a Chile por impedir desde el 2007 a la docente Sandra Pavez dictar clases en Chile solo por ser lesbianas,  “en lo que se constituyó en una sentencia sin referentes, al menos en América, pues vino a enfrentar al mismo tiempo la homofobia religiosa y estatal”, resalta el informe.

En el terreno legislativo, junto a la derogación 365 del Código Penal, en 2022 fueron aprobadas otras cuatro nuevas normas.  La Ley 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los derechos de la Niñez y la Adolescencia, la más progresista en temas de infancia y diversidad; la que crea el Día Nacional de la Diversidad, la que establece el Día por la Inclusión y la no Discriminación y la Ley 21.500 sobre Personas Desaparecidas.

A su vez, el Poder judicial “obligó al Registro Civil a reconocer el género no binario; tras tozudas negativas de esa entidad para dar ese paso; sentenció que el Movimiento LGBTIQANB+ puede publicar denuncias por homo/transfobia, incluso si los presuntos/as victimarios/as se oponen a ello,  y se pronunció contra los discursos homo/transfóbicos emitidos por redes sociales”, apuntó el informe.

Renovación de  la homo/transfobia en el Congreso y descenso de estudios sobre diversidad

Un aspecto que caracteriza el quehacer legislativo en 2022,  señala el informe, “es la renovación de las caras homo/transfóbicas, en tanto asumieron como congresistas  representantes del Partido Republicano, del Partido de La Gente e independientes de ultra-derecha que son abiertamente contrarios a cualquier iniciativa que iguale derechos para las personas LGBTIQANB+”.

“Su quehacer se basa en prácticas y estrategias antiguas, anacrónicas, que usan un lenguaje burdo y exageradamente ignorante sobre las diversidades sexuales y de género, en un claro intento por posicionarse desde la ultraderecha como promotores de la violencia y odio hacia quienes son LGBTIQANB+.”, señala el estudio.

En otro aspecto, resalta que las investigaciones, y en especial los sondeos o encuestas que incluyen temáticas o consultas sobre la diversidad sexual o de género “experimentaron un significativo descenso en 2022 del 41%, con apenas 14 estudios”.

“Si bien antes del 2008 el numero de investigaciones era menor a 14, ello se debía a la homo/transfobia predominante que cruzaba a consultoras y  la academia. Luego, y a medida que más políticas públicas o leyes comenzaron a discutirse, mayor fue el debate ciudadano, del cual las consultoras no pudieron abstraerse”, explica la investigación.

El primer año de Boric

La administración del presidente Gabriel Boric es especialmente particular, pues  buena parte de su primer año de gestión  estuvo repleta de simbolismos, discursos y señales pro derechos LGBTIQANB+, como nunca antes había ocurrido. Sin duda, ello es inédito”, indica el estudio.

“Lo concreto es, sin embargo, que analizado en cualquier contexto, el primer año del Gobierno de Boric resultó ser el menos innovador en la implementación de políticas públicas pro derechos LGBTIQANB+, solo comparable a la administración del ex presidente Eduardo Frei (1994-2000)”, apunta la investigación.

En efecto, “el Gobierno apenas impulsó  tres  tímidas nuevas medidas que innovaron o aportaron en relación a lo conseguido en años previos: el Minsal produjo una circular sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes trans, que recogen lo ya establecido en leyes; el Senama  publicó las primeras directrices de su historia para promover derechos de adultos mayores LGBTIQNAB+ y la Dirección Nacional del Servicio Civil lanzó un formulario online de postulación a empleos estatales que añadió la categoría de no binario.

“El proceso estuvo cruzado por erróneos, o si se quiere falsos anuncios. (…), pues el Ejecutivo publicó diversas iniciativas como pioneras, innovadoras o inéditas, en circunstancias que provenían o ya habían ocurrido en administraciones pasadas o que son una obligación legal implementarlas”, redondeó la investigación.

“Ejemplos son la presentación de un protocolo de Gendarmería y de una circular del Servicio Médico Legal sobre derechos trans, de una guía del Sename sobre de niños, niñas y adolescentes LGBTIQANB+ y  la inclusión de consultas sobre identidad de género en la Casen, todas iniciativas redactadas o generadas  en gobiernos pasados con el concurso de los movimientos de la diversidad”, resumió el estudio.

“De igual manera se calificó como inédita una mesa interministerial-ciudadana. parlamentaria sobre derechos LGBTIQANB+, en circunstancias que apuestas de ese tipo existen desde el 2006 con una exagerada ocurrencia, mientras en otro momento se comunicó que el Ejecutivo por primera vez conmemoraría el Día del Orgullo en un recinto penitenciario, lo cual también había ocurrido en 2014”, apuntó investigación.

38 hitos: 35 positivos y 3 negativos

Un total de 38 hitos sobre los derechos humanos LGBTIQNBA+ se registraron en 2022. A los ya señalados con anterioridad, se añaden los siguientes:

En el terreno de las políticas públicas, un dictamen de la Dirección del Trabajo garantizó y aclaró que los derechos consagrados en la Ley de Matrimonio a las madres son aplicables a los hombres trans gestantes,  el municipio de Santiago creó la Sub-Dirección de Igualdad de Género, Diversidad Sexual e Inclusión y la municipalidad de Los Andes la “Oficina de Protección a la Comunidad LGBTI”, mientras que la alcaldía de San Antonio organizó la Primera Marcha del Orgullo en la comuna, en Valdivia fue inaugurado el “Mosaico por la Disidencia” y el Gobierno Metropolitano estrenó su primera “Mesa Regional de Trabajo sobre Diversidad y no Discriminación”.

En el mundo uniformado, destacó que Carabineros sacara a circulación una patrulla con los colores LGBTIQANB+, mientras Isabella Panes Proboste se convirtió  en la primera mujer trans en graduarse como policía, procesos que junto a las capacitaciones en derechos humanos  al interior de sus filas sensibilizaron especialmente a sus propios/as uniformados/as, lo cual se tradujo en una merma de los casos y denuncias por homo/transfobia policial

A nivel sociopolítico, resaltó que asumieron como ministros/as de Educación, Antonio Ávila Lavanal. y de Deportes Marco Alexandra Benado Vergara, los/as primeros/as jefes/as de cartera abiertamente LGBTIQANB+, mientras que Gaspar Domínguez Donoso fue electo vicepresidente de la Convención Constitucional y Tomás Laibe como vicepresidente adjunto, ambos abiertamente gays. A la par, iniciaron su trabajo como diputadas Marcela Riquelme Aliaga, Camila Musante Muller y  María Francisca Bello, mujeres abiertamente lesbo/bisexuales, y Emilia Schneider Videla, activista trans.

Por primera vez, en tanto, un Ministro de Educación conmemoró el Día Internacional contra la Homo/Transfobia con visitas especiales a los colegios.

Mientras en el campo ciudadano se celebraron los primeros matrimonios  entre personas del mismo sexo, los movimientos sociales, organizaron inéditos cónclave y/o campañas sobre discriminación interseccional y derechos de migrantes  LGBTIQANB+, celebraron por primera vez el Día del Amor con ley de matrimonio igualitario aprobada y conmemoraron en Ovalle la Primera Marcha del Orgullo.

A nivel internacional, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó su quinta resolución sobre derechos LGBTIQANB+; llamando por primeras vez a los Estados a derogar leyes que discriminan a las personas en razón de su orientación sexual o identidad de género; la Asamblea General de la OEA dio luz verde a dos resoluciones que condenan la exclusiones homo/transfóbicas y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw) de Naciones Unidas exigió a Sri Lanka derogar una ley que criminaliza las relaciones sexuales entre personas del mismo, pero solo en lo referente a los vínculos lésbicos, manteniendo la penalización para hombres gays o bisexuales.

“Finalmente el año se vio entristecido con el fallecimiento Alejandra González (54), la primera persona LGBTIQANB+ electa para un cargo público en Chile.”, puntualizó la investigación.


Informe completo aquí

Fuente MOVILH

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Publicaron sentencia contra Chile por lesbofobia en El Mercurio en el Día Internacional de los DDHH

Martes, 13 de diciembre de 2022
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DFD43DEB-CE99-48BC-A74E-3391742055AELa Corte Interamericana de DDHH exigió a Chile publicar el fallo en un diario de circulación nacional, tras la condena por la discriminación  que sufrió la docente Sandra Pavez, impedida desde el 2007 de dictar clases solo por ser lesbiana.

En el marco del cumplimiento de la sentencia de Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que condenó a Chile por lesbofobia luego de impedirle a la docente Sandra Pavez ejercer como docente en nuestro país solo por ser lesbiana, el Estado se verá en la obligación de publicar este sábado en El Mercurio el fallo.

Tras una petición del Movilh, que representa a Sandra Pavez, el fallo será publicado en el diario de circulación nacional el 10 de diciembre, el Día Internacional de los Derechos Humanos, de manera que “el Estado dé una señal concreta a favor de los derechos LGBTIQA+ en este especial día, que además coincide con el primer aniversario de la promulgación de la ley de matrimonio igualitario”, sostuvo el activista Rolando Jiménez.

Jiménez, quien ha representado en el espacio público a Pavez desde que en 2007 fuera impedida por un fallo de la Corte Suprema de dictar clases de religión solo por ser lesbiana, sostuvo que “con esta medida el Estado avanza en el cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH, la cual fue enfática en señalar que ninguna religión o iglesia puede impedir que un/a docente dicte clases en Chile en razón de su orientación sexual o identidad de género”.

“Esperamos que un gobierno, que ha dicho apoyar los derechos LGBTIQA+, cumpla cada uno de las exigencias de la Corte IDH, generando las condiciones que aprovechen este fallo como una oportunidad para implementación de medidas contra la homo/lesbo/bi/transfobia en el sistema educacional”, dijo la vocera del Movilh, Daniela Andrade.

Añadió que “todos los gobiernos están obligados a cumplir sentencias. En el caso del gobierno del presidente Boric, que ha dicho levantar las banderas LGBTIQANB+, el desafío por cierto debe ser mayor. Caso contrario, no se notaría su aporte específico a favor de la inclusión, ni tampoco se entendería que quienes ahora están en el poder, hicieran publicidad con nuestros derechos mientras eran candidatos/as”, añadió.

Antecedentes del caso

Tras 15 años de lucha jurídica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó el pasado 4 de febrero a Chile por impedir desde el 2007 a la docente Sandra Pavez (64) dictar clases de religión solo por ser lesbiana, tras una prohibición ordenada en primera instancia por la Iglesia Católica y que luego fue refrendada por la Corte Suprema, mientras que el Ejecutivo y el Legislativo de la época guardaron total silencio frente al abuso.

En tal sentido, la Corte INDH obligó al Estado a publicar “en el plazo de seis meses, contado a partir de la notificación de la presente sentencia, en un tamaño de letra legible y adecuado: a) el resumen oficial de la presente Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en el Diario Oficial; b) el resumen oficial de la presente Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en un diario de amplia circulación nacional, y c) la presente sentencia en su integridad, disponible por un período de un año, en un sitio web oficial del Estado, de una manera accesible al público y desde la página de inicio del sitio web”.

Además el Estado fue obligado a indemnizar a Sandra, lo que ya ocurrió, mientras otras exigencias de fondo de la sentencia están pendientes, como son la celebración de “un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional”, “crear e implementar, en el plazo de dos años, un plan de capacitación a las personas encargadas de evaluar la idoneidad del personal docente en establecimientos educativos públicos sobre el alcance y contenido del derecho a la igualdad y no discriminación” y reformar el Decreto 924 del Ministerio de Educación, el cual fue creado por la dictadura de Augusto Pinochet y se mantiene vigente bajo la administración del presidente Boric.

“Hasta ahora, el Estado se ha mostrado favorable a cumplir con muchos de los aspectos de la sentencia y estamos discutiendo los alcances  sobre la capacitación “a las personas encargadas de evaluar la idoneidad del personal docente en establecimientos educativos públicos”. Esperamos que el Estado, y en especial este Gobierno, deje al margen interpretaciones conservadoras de la sentencia, entienda los alcances del fallo y se afirme en los propios principios que dice representar. Solo así  la capacitación será dirigida para todas las personas que evalúan docentes y no solo para algunas, lo cual tendría un negativo y desigual impacto en la educación y en el respeto a los derechos de estudiantes y docentes LGBTIQA+ en Chile”, finalizó Andrade.

Fuente MOVILH

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División de DDHH de la Cancillería y Movilh inician coordinaciones para cumplir acuerdos internacionales pro derechos LGBTIQA+

Martes, 26 de julio de 2022
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1740DB8F-A210-456F-9772-F9ED5E3FE0A1Se avanzará en el cumplimiento de la condena contra Chile por lesbofobia y en los compromisos que asumió el Estado ante la CIDH para generar leyes y políticas públicas que prevengan y erradiquen la discriminación por orientación sexual o identidad de género.

El director la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Tomás Pascual Ricke, y el funcionario Camilo Godoy Peña., se reunieron ayer con el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) para coordinar trabajos conjuntos que permitan a Chile cumplir con los compromisos internacionales a favor de la igualdad de las personas LGBTIQA+.

En concreto, se abordaron la condena que emitió la Corte Interamericana de DDHH (Corte IDH) contra Chile por impedir desde el 2007 a la docente Sandra Pavez dictar clases solo por ser lesbiana, así como el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) que firmó el Estado en 2016 ante la Comisión Interamericana de DDHH (CIDH), donde nuestro país comprometió cambios legislativos y la implementación de políticas públicas para prevenir y erradicar la homo/transfobia.

Entre otros, la condena por el Caso Pavez obliga a Chile eliminar normativas que permitan a las iglesias impedir la docencia  de personas LGBTIQA+, así como capacitar a quienes evalúan profesores/as en el pleno respeto a los derechos humanos de quienes tienen una identidad de género u orientación sexual diversa. En tanto, en el ASA Chile comprometió la derogación del artículo 365 del Código Penal, una institucionalidad antidiscriminatoria y políticas sociales, laborales y de salud en favor de las mujeres lesbianas, bi, trans, intersex o pansexuales,  entre otros puntos.

En la  reunión, Pascual Ricke informó que en torno a la Condena del Caso Pavez, la Cancillería, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Mineduc ya se encuentran dialogando, por lo que próximamente se realizará el trabajo de coordinación con el Movilh, que para estos efectos representa a la docente.

En torno a el ASA, Pascual Ricke reiteró la disponibilidad de la canciller Antonia Urrejola de continuar con su cumplimiento, luego de que el Movilh decidiera terminar con el trato bajo la pasada administración gubernamental debido a reiteradas faltas con el Acuerdo.

“Estamos conformes con la señales y noticias que nos ha dado  la División de Derechos Humanos de la Cancillería, pues coinciden con nuestras demandas y sensibilidades. Junto al Caso Pavez y el ASA, esperamos también avanzar en otras coordinaciones con la Cancillería que vayan en beneficio de los abusos estatales que sufren las personas LGBTIQA+ en países donde ser de la diversidad sigue siendo considerado un delito”, señaló el Encargado de DDHH del Movilh, Ramón Gómez

Fuente MOVILH

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos condena al Estado chileno por impedir dar clases de religión a una profesora lesbiana

Lunes, 25 de abril de 2022
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DFD43DEB-CE99-48BC-A74E-3391742055AELa Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado al Estado chileno por impedir desde 2o07 a la profesora Sandra Pavez dar clases de religión solo por ser lesbiana. «Estoy muy contenta porque desde ahora, con esta sentencia, en ningún país de América los docentes, y en particular las profesoras y profesores de religión, ya no podrán ser discriminados por su orientación sexual o identidad de género. La libertad religiosa y el derecho de los padres y madres a educar a sus hijos/as, ya no podrán usarse como excusa para discriminar a las personas LGBTIQA+. Esto es un momento histórico no para mí, sino para todas las personas discriminadas», ha declarado Pávez tras conocer el fallo.

Resumimos la historia de discriminación que hay detrás de la histórica sentencia. En julio de 2007 la Iglesia católica revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le permitía dar clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde ejercía como profesora desde 1985. Lo hizo por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, aún en el cargo. La razón era que se había hecho público que Sandra Pavez es lesbiana y mantenía una relación con otra mujer, habiéndose negado además a someterse a «terapias» psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para intentar revertir su orientación sexual. La Iglesia católica actuó amparada en un decreto del Ministerio de Educación chileno (el Decreto 924) dictado en 1983 bajo la dictadura de Augusto Pinochet, que faculta a la Iglesia a decidir quién puede o no impartir la asignatura, aunque se trate de un colegio público.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH) luchó en los tribunales chilenos por el derecho de Sandra Pavez a continuar ejerciendo su trabajo, pero finalmente la decisión de la Iglesia católica fue ratificada por la Corte Suprema de Chile en abril de 2008 (en su momento recogimos la noticia). Sandra Pavez y el MOVILH no se rindieron y elevaron el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que casi 15 años después ha fallado a su favor.

En la sentencia, cuyo texto íntegro puedes descargar aquí y cuyo resumen oficial puedes descargar aquí, la CIDH reconoce que las autoridades religiosas chilenas cuentan con autonomía amplia a la hora de otorgar un certificado de idoneidad para dictar clases de religión que derivan del derecho a la libertad religiosa. Sin embargo, precisa que, al ser una asignatura que al fin y al cabo forma parte de los planes educativos de la escuela chilena deben adecuarse a los otros derechos y obligaciones vigentes en materia de igualdad y no discriminación. En ese sentido, la Corte advierte que el Decreto 924 hace una delegación incondicionada de la facultad de otorgar certificados de idoneidad a personas para ejercer la docencia religiosa en establecimientos públicos sin que exista una vía clara para impugnar este tipo de decisiones. En este sentido, reconoce que la decisión de conceder o no el certificado de idoneidad por parte de las autoridades religiosas debe estar sujeta a un control posterior por parte de las autoridades estatales o a recursos idóneos y efectivos ante las autoridades jurisdiccionales para proteger y salvaguardar los derechos de las personas contra actos discriminatorios o arbitrarios contrarios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En este sentido, la CIDH constata que en el caso de Sandra Pavez la decisión de retirarle el certificado de idoneidad fue producto de un trato diferente basado en su orientación sexual, viéndose afectados sus derechos a la libertad personal y a la vida privada y vulnerándo el principio de igualdad y no discriminación. Esa afectación, podemos leer en el resumen oficial de la sentencia, «se produjo también porque su vida sexual fue objeto de intromisiones por parte de la Vicaría que la habría exhortado a terminar su vida homosexual, y porque se condicionó su permanencia en el cargo de profesora de religión católica a su sometimiento a terapias médicas o psiquiátricas». Por otra parte, la CIDH considera que el derecho al trabajo de Sandra Pavez también se vio comprometido «en la medida que, a través de la reasignación de funciones que sufrió Sandra Pavez Pavez, se menoscabó su vocación docente y ello constituyó una forma de desmejora laboral en la medida que ella se vio impedida de continuar dictando clases de religión católica».

Por lo que se refiere a la responsabilidad del Estado chileno, la Corte concluye que la víctima careció de recursos idóneos y efectivos para impugnar los efectos de la decisión de revocación de su certificado de idoneidad y sostiene que las autoridades judiciales internas no efectuaron un adecuado control de convencionalidad sobre el acto del colegio mediante el cual se separó a Sandra Pavez Pavez de su cargo de profesora de religión católica. Por esos motivos, se vulneraron también los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial.

En razón de estas violaciones, la CIDH ha ordenado diversas medidas de reparación integral a Chile, que incluyen tanto una indemnización compensatoria a Sandra Pavez como el establecimiento de garantías de que un caso así no puede volver a repetirse, para lo cual el Estado chileno deberá implementar un plan de capacitación permanente a las personas encargadas de evaluar la idoneidad del personal docente y adecuar la normatividad sobre recursos, procedimiento y competencia judicial para impugnar decisiones de los centros educativos públicos en torno al nombramiento o remoción de profesores de religión.

Satisfacción del MOVILH y felicitación del presidente de Chile, Gabriel Boric

El dirigente del MOVILH, Rolando Jiménez, ha destacado la satisfacción del colectivo por la decisión de la CIDH pese al enorme retraso. «Estamos en presencia de un acto de justicia frente a unos de los abusos más brutales sufridos por una persona en razón de su orientación sexual o identidad de género en Chile», ha declarado. Jiménez ha añadido que «en un hecho inédito en el mundo, Sandra Pavez ha vencido al Estado, pero también a todas las iglesias del país que el año pasado se unieron por primera vez en su historia para incidir en la Corte Interamericana con el fin de que negara derechos a la docente en virtud de una supuesta libertad religiosa. La Corte ha sido clara, el Estado no puede discriminar en razón de la orientación sexual o identidad de género, ni tampoco puede permitir a las iglesias hacerlo. Esta es una sentencia histórica, de doble triunfo, sobre los abusos religiosos y estatales».

Un dato muy relevante es que tras conocerse la sentencia, el nuevo presidente de Chile, Gabriel Boric, ha felicitado personalmente a Pavez. «Valoro mucho que el presidente me llamara, me felicitara y mostrara su compromiso de cumplir con la sentencia. Esta es una justa y buena noticia de parte de un presidente por quien voté», ha declarado la profesora, que en estos 15 años, y según ella misma ha declarado, no había recibido ningún tipo de apoyo gubernamental. La sentencia también ha sido recibida favorablemente por el actual ministro de Educación, el abiertamente gay Marco Antonio Ávila, que ha anunciado la próxima revisión del Decreto 924 en la línea de lo señalado por la CIDH.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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Denuncias y casos por homofobia y transfobia bajan un 12% en Chile, la primera merma en ocho años

Lunes, 4 de abril de 2022
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3AB2E709-6A64-497D-AC53-AF297D64242BEl 2021 fue calificado como el cierre de un largo capítulo de tres décadas lucha del movimiento LGBTIQA+.

Hubo 1.114 casos de discriminación. De las 11 categorías de discriminación, en 9 bajaron los casos o denuncias en 2021, entre esas las que más daño provocan a las víctimas, como son los asesinatos, golpizas y los abusos laborales, educacionales y familiares. En paralelo, se  aprobaron 4 nuevas leyes que protegen a las personas LGBTIQA+ (para ver los gráficos más grandes, haz clic sobre ellos)


Un 12% disminuyeron las denuncias y casos por homofobia y transfobia en Chile en 2021, la primera baja en 8 años que coincidió con la aprobación del matrimonio igualitario y el cierre de un largo capítulo de 30 años de lucha sistemática por la igualdad de derechos emprendida por el Movimiento de LGBTIQA+,  reportó el XX Informe Anual de los Derechos Humanos de la Diversidad Sexual y de Género dado a conocer hoy por el Movilh.

“El 2021 es, por donde se mire, el año cuando la causa LGBTIQA+ cerró un capítulo, el más difícil de su historia,  que pasó desde el rechazo total del Estado y de la sociedad a cualquier asomo de las orientaciones sexuales o identidades de género diversas,  hasta una apertura que reconoce derechos a todas las familias y protege con herramientas jurídicas, perfectibles o no, a todas las personas”, señaló el Informe.

La investigación añadió que el 2021 fue muy particular, con dos momentos, uno previo al 1 de junio y uno posterior a esa fecha cuando se dio suma urgencia a la tramitación del matrimonio igualitario, hecho que cambiaría radicalmente el balance general de un año  cuando ocurrieron 50 hitos que marcaron la historia de las personas LGBTIQ+, 43 de los cuales fueron positivos y 7 negativos.

“Hechos puntuales y otros más generales coincidieron y confluyeron en un mismo momento y permiten, sin lugar a dudas, concluir que la lucha de los movimientos LGBTIQA+ cerró un ciclo, una etapa, dejando felizmente bases sólidas para futuras y nuevas transformaciones, siendo sin duda el aporte más significativo la mayoritaria aceptación y comprensión de la diversidad que existe entre los habitantes de Chile, una transformación cultural de décadas que cumple también su ciclo e inicia nuevos desafíos”, apuntó la investigación.

Los casos de discriminación

6F1A2812-8195-47F4-B03F-D63E12B8781EEn 2021 se conocieron 1.114 denuncias o casos de discriminación, que corresponden al 16,8% del total de 6.620 atropellos a los derechos humanos de las personas LGBTIQA+ ocurridos en los últimos 20 años.

Las denuncias o casos de discriminación del 2021 se dividen en 3 asesinatos, 78 agresiones físicas o verbales perpetradas por civiles lejanos o desconocidos por las víctimas, 12 atropellos policiales, 106 casos de homo/transfobia laboral y 12 educacional, 391 episodios de marginación o intentos de exclusión institucional,  12 campañas contra las personas LGBTIQA+, 55  episodios de negación de derechos en espacios públicos o privados, 135 abusos comunitarios (familia, amigos/as, vecinos/as), 1 segregación en el ámbito de la cultura, espectáculo o medios de comunicación y 309 discursos o declaraciones de odio.

Del total  de denuncias o casos por discriminación, el 19%  afectó a  gays,  el 13,2% a lesbianas, el 11,4% a trans y el 56,4% a la población LGBTIQA+ como conjunto.

En torno a los gays, las denuncias o atropellos  bajaron un -36,1%, en lesbianas un -19.6% y en  trans un -7,9%. En cambio los abusos contra la población LGBTIQA+ como colectivo aumentaron un 2,4%.

En las últimas dos décadas, del total de 6.620 denuncias o casos por discriminación, el 20% afectó a gays; el 15% a trans; el 14% a lesbianas y el 51% a la población LGBTIQA+ como colectivo.

De las 11 categorías de discriminación analizadas por el informe en 9 bajaron los casos o denuncias en 2021, entre esas las que habitualmente más daño provocan a las víctimas, mientras solo 2 subieron: las declaraciones de odio y las exclusiones institucionales.

9C399022-2BB1-45B6-901D-1A589655C832Las campañas o movilizaciones de odio bajaron un -80%, seguidas por la discriminación educacional (-63%), los  asesinatos (-50%),  la homo/transfobia comunitaria (familias, barrios, -46,6%), las  agresiones físicas o verbales (-40,9%), los abusos policiales (-25%), la negación de derechos para el acceso a servicios o productos en espacios públicos o privados (-14%) y  los atropellos laborales (-3.6%) .

Por el contrario, la discriminación institucional subió un 3,1% y las declaraciones de odio incrementaron un 47,8%.

“En el primer caso, el alza obedeció a la sistemática discusión de normas pro derechos LGBTIQA+ en el Congreso Nacional; lo cual fue rechazado por grupos anti-derechos. En tanto, los discursos de odio aumentaron solo y exclusivamente porque personas y grupos anti-derechos se movilizaron de manera inmoral y aberrante en distintos espacios luego del asesinato del niño Emilio Jara, de 12 años, responsabilizando a las personas y activistas LGBTIQA+ del crimen solo porque sus verdugos eran homosexuales.  Una muestra brutal y cavernaria de  la homo/transfobia que explicita la necesidad de seguir avanzando y perfeccionando las condiciones estatales y sociales para todas las personas, en tanto los peligros siempre acechan y sus impactos son altamente nocivos”, apuntó el informe.

Un total de 48 instituciones y 767 personas fueron responsables de los 1.114 casos de discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género conocidos en 2021.

A nivel institucional el Ranking Anual de la Homofobia y la Transfobia 2021 es encabezado por la Unión Demócrata Independiente (UDI), seguida por Gendarmería, la Armada, Carabineros, el Juzgado de Familia, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Partido Republicano, las iglesias católica, evangélica, musulmana, anglicana y la Comunidad Judía de Chile, entre otras.

BE4AF4DC-8506-46F6-AE0A-957A15F85BE2En el plano  de las personas, encabezan el Ranking los/s responsables de 3 crímenes de odio cometidos en 2021 (F.A.R.D, J.J.A.M, Karla Javiera Reyes Sanzana, Cristóbal Peñailillo García y Kimberly Aracely Muñoz Ramírez y F.J.D.S.V) seguidos por senadores/as y diputados/as de la UDI y  RN, más  algunos  de l DC, del PRSD e independientes, así como congresistas electos del Partido Republicano.

Integran también el Ranking los magistrados del TC, Iván Aróstica, Juan Romero, Cristián Letelier, José Vásquez y Miguel Fernándesz,  así como el Ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Allamand, el Comandante en Jefe de la Armada, Juan Andrés De La Maza, el Almirante y ex comandante en Jefe de la Armada, Miguel Vergara Villalobos   y los (pre) candidatos presidenciales Joaquín Lavín y José Antonio Kast, entre otros.

Cuatro nuevas leyes avanzan en medio de procesos únicos en el mundo

En 2021 Chile pasó a tener cuatro nuevas leyes que protegen los derechos humanos de las personas LGBTIQA+, destacando particularmente la histórica aprobación del matrimonio igualitario que marca el cierre de un ciclo en la lucha ininterrumpida iniciada hace tres décadas por  los movimientos de la diversidad sexual y de género.

Junto al matrimonio igualitario, vio la luz la ley 21.369 que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la educación superior; incluyendo a las personas LGBTIQA+ como uno de sus sectores protegidos;  la Ley 21.373 que derogó el divorcio culposo por homosexualidad y la Ley 21.331 sobre  el Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas en la Atención en Salud Mental, que prohíbe las “terapias reparativas” de la homo/transexualidad.

“Relevancia histórica y particularidades son los procesos que definen  y permiten analizar los cambios legislativos del 2021, pues por un lado consolidan transformaciones revolucionarias en la concepción de familia y, por otra parte, explicitan la profunda indolencia de la clase política que se decía pro derechos LGBTIQA+, pero terminó aprobando el matrimonio igualitario y derogando el divorcio culposo por homosexualidad con una tardanza extrema”, señala el informe.

ED4821E4-67D0-4EDE-9433-C9857F334E9FUna demora injustificable que solo llegó a su fin, porque un presidente de Derecha, por un lado, y un poder de trayectoria homofóbica, como el Tribunal Constitucional, decidieron empujar el matrimonio y la derogación del divorcio culposo, en forma respectiva. Es una paradoja, por donde se mire”, apunta el estudio.

Añade que la aprobación del matrimonio igualitario “llegó muy tarde, casi una década después de que la mayoría de los/as congresistas; auto-declarados/as pro LGBTIQA+, se mostraran en el discurso a favor. Tan madura estaba la sociedad en torno al tema, y tan extrema fue la demora de la clase política, que hasta secuestraron las emociones en masa y por meses que provocó esta ley en los otros países donde se ha aprobado. Tantas veces se incumplió la promesa, que cuando vio la luz, no era merecedora de aplausos. Era lo esperable y lógico. Por fin”.

“Con la aprobación del matrimonio igualitario, que garantiza la filiación y adopción homoparental, en Chile quedó vigente solo una ley explícitamente homofóbica, el artículo 365 del Código Penal, cuya derogación también ha sido tardía. Es exigible que esta vez quienes se declaran pro-LGBTIQA+ actúen ya y eliminen un artículo que estigmatiza a niños, niñas y adolescentes”, redondeó el estudio.

Orientación sexual e identidad de género: irrelevante para cargos públicos

Otro aspecto que resalta el informe es la “consolidación del resultado de una de las mayores luchas que los movimientos LGBTIQA+ emprendieron desde la década de los 90, cual fue demostrar la inexistencia de incompatibilidades entre el ejercicio de algún cargo o función con determinadas orientaciones sexuales o identidades de género”.

“Al 2021 la mayoría del país tiene internalizado que ser LGBTIQA+ no es incompatible con ningún cargo o función. Además, buena parte de las personas LGBTIQA+ no tiene conflictos en asumirse públicamente, a un punto que Chile es uno de los países del mundo donde más se reconocen las orientaciones sexuales o identidades de género diversas, según estudios dados a conocer en el año”, añade el Informe.

Así es como por sus capacidades “resultaron electos/as 8 convencionales constituyentes, 2 alcaldes/as, 15 concejales 4 congresistas y 1 presidenta de un partido”, todos/as abiertamente LGBTIQA+ y a los cuales se añadieron a  comienzos del 2002 dos “ministros/as designados/as por el presidente electo Gabriel Boric”.

Resabios homo/transfóbicos

Junto a la vigencia del homofóbico artículo 365 del Código Penal, el informe lamenta la persistencia de otros resabios homo/transfóbicos como son la  impunidad de los uniformados frente a los atropellos a los derechos humanos,  la incapacidad de los tribunales para superar su discrecionalidad y arbitrariedad y la injusticia sufrida por la docente Sandra Pavez, quien desde el 2007 fue impedida de hacer clases solo por ser lesbiana.

“Las violaciones a los derechos humanos contra personas LGBTIQA+ cometidas por funcionarios/as de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad reforzaron su impunidad en un contexto donde el Poder Político es un espectador que en nada contribuye a prevenir y erradicar estas deleznables prácticas que en 2021 cobraron una vida e implicaron torturas en Gendarmería y Carabineros y hasta intentos por re-institucionalizar la homo/transfobia en la Armada”, apunta el estudio.

A su vez, “el Poder Judicial nunca logró superar sus incoherencias en torno a los derechos de las parejas del mismo sexo y de las familias homoparentales, dando lugar a fallos contradictorios en torno a situaciones similares, lo cual solo refleja una alta discrecionalidad y arbitrariedad en la aplicación y administración de la justicia”

“Por un lado, el Poder Judicial jamás dictó un fallo que reconociera a la prohibición del matrimonio a personas del mismo sexo como una desigualdad contraria a derechos garantizados en la Constitución o en tratados internacionales. Ello, muy a diferencia de lo ocurrido en otros países donde a través de sentencias  pro matrimonio igualitario el Poder Judicial fue clave para hacer efectiva la universalidad de los derechos humano y  la igualdad ante ley, al margen de la orientación sexual o identidad de género de las personas. Más aún, en torno al matrimonio igualitario el Poder Judicial chileno se negó sistemáticamente a aplicar controles de convencionalidad”, añade el estudio.

“Algo similar ocurrió con el reconocimiento de la doble maternidad o doble paternidad, pues si bien en algunos casos hubo fallos favorables, en otros no y solo porque algunos jueces/as consideraban ilegal tales composiciones familiares. La discrecionalidad de tipo homofóbica que daña la dignidad de familias homoparentales, se expresó en 2021 en sentencias del Juzgado de Familia y de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso”, apunta el estudio.

Finalmente, “la profunda transformación sociocultural o política que atraviesa Chile, con un estallido social de por medio y con la ley de matrimonio igualitario aprobada, no bastaron para que el Estado reconociera el profundo daño causado a una docente en la Corte Interamericana de DDHH  (Corte IDH ), la cual en 2021 abordó el caso en una histórica audiencia de juicio

“La histórica audiencia derivó en un funesto hecho inédito: todas las iglesias del país, y por primera vez en su historia, se unieron para incidir en el sistema interamericano de DDHH presentando un Amicus Curiae que defendía su ilegítima facultad de decidir quiénes pueden o no hacer clases de religión, incluso en establecimientos educacionales laicos. Y para ello, contaron con el apoyo del Estado de Chile, toda vez que jamás ha reconocido que discriminó a la docente”, concluyó la investigación.

50 hitos, la mayoría positivos

En el transcurso del 2021 se registraron 50 hitos, 43 de los cuales fueron favorables a los derechos LGBTIA+ y 7 adversos.

A los ya expuestos, se sumaron en el terreno de las políticas públicas la primera publicación del Sename que abordó la diversidad sexual y de género en niñas, niños y adolescentes (NNA); una circular  de la Superintendencia de Educación que garantiza la autonomía de estudiantes trans a partir de los 14 años y el lanzamiento de los resultados del primer estudio estatal que indagó exclusivamente sobre la realidad LGBTIQA+ en Chile, así como el surgimiento de Oficinas de la Diversidad y la no Discriminación en los municipios de Concepción, Catemu y Lampa.

“En el lado contrario, el municipio de Valparaíso, dañó la memoria de víctimas fatales LGBTIQA+ al cuadrarse públicamente con la versión de los responsables del incendio de la discoteca Divine, quienes inventaron que el sinestro se había originado por un atentado homofóbico solo para evadir su responsabilidad en los hechos”, enfatiza la investigación.

Mientras en el terreno político destacó una reunión de la presidenta de la Convención Constitucional, Elisa Loncón, con el Movimiento LGBTIQA+ y en el campo cultural resaltó que la Feria Chilena del Libro suspendiera las ventas del clásico “Las mil y una noches”  hasta que se eliminara una homofóbica publicidad del texto, las organizaciones de la diversidad sexual y de género conmemoraron 30 años de lucha sistemática impulsando actividades inéditas y/o  de alto impacto.

Así como se desarrolló el “Primer Concurso para Promover los Derechos Humanos de los/as Migrantes LGBTIQ+” y fueron lanzados un archivo histórico sobre la realidad LGBTIQA+ en Chile, que abarca desde 1875 hasta el 2011, y los resultados del primer estudio que midió y conoció las opiniones y percepciones de las parejas del mismo sexo y de las familias homoparentales frente al matrimonio igualitario.

En tanto, Cristóbal Paz, se convirtió en el primer niñe no binarie en dar públicamente su testimonio, tras transformarse en activista de la diversidad sexual y de género, mientras la XXI Marcha del Orgullo, la primera tras la pandemia, se perfiló como la más masiva desarrollada en Chile al conglomerar a más de 150 mil personas. A la par, por primera vez el desfile incluyó una columna de migrantes LGBTIQA+.

Finalmente, en el campo internacional, la CIDH, algunos Comité de la ONU y el Consejo de Europa llamaron a no usar las religiones para discriminar a las personas LGBTIQA+; en el contexto de las Naciones Unidas  se creó el Grupo de Estados Amigos del Mandato del Experto Independiente sobre Orientación Sexual e Identidad de Género (OSIG); la OEA aprobó una nueva resolución sobre “Promoción y protección de los Derechos Humanos”, incluyendo un título sobre personas LGBTIQA;  el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)  reconoció los derechos de los/as hijos/as de parejas del mismo sexo en todo el bloque,  incluso en aquellos países donde no hay matrimonio igualitario; y el Banco Mundial lanzó su primer estudio sobre los DDHH de  las personas LGBTIQA+.

Informe completo aquí

Gráficos:

Evolución de las casos de homo/transfobia en 20 años

Casos de discriminación por categorías (asesinatos,  agresiones, laboral,  educacional, etc)

Casos de discriminación por sector social (lesbiana, gay, trans)

Distribución geográfica de las denuncias y casos por homo/transfobia

Ranking anual: Personas más homo/transfóbicas de Chile

Raking anual: Instituciones más homo/transfóbicas de Chile

Respuestas de organizaciones LGBTIQA+ a los casos de discriminación

Fuente MOVILH

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Poderoso grupo estadounidense impulsa campaña lesbofóbica para que Corte Interamericana falle contra profesora chilena

Lunes, 1 de marzo de 2021
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45519B38-9386-4B9F-B5AF-4C8BC2EBD64ELa iniciativa, impulsada por ADF Internacional y denunciada por el Movilh, tiene lugar ante el inminente fallo de la Corte IDH que podría sancionar al Estado por impedir desde el 2007 a la docente Sandra Pavez hacer clases en Chile solo por ser lesbiana.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) denunció hoy que el poderoso grupo conservador estadounidense ADF Internacional inició esta semana una “campaña lesbofóbica” para que la Corte Interamericana  de Derechos Humanos falle contra la docente Sandra Pavez (en la fotografía), quien desde el 2007 no puede hacer clases en Chile solo en razón de su orientación sexual.

La campaña tiene lugar ante el inminente fallo de la Corte IDH, luego de que el 11 de septiembre del 2019, y tras 12 años de investigaciones, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) responsabilizará al Estado de Chile por vulnerar la vida privada, la autonomía y el derecho al trabajo de Pavez, acusando que ésta fue víctima de desamparo legal, desigualdad y discriminación.

Ante el  próximo fallo de la Corte IDH; que podría sancionar por primera vez a un Estado por homofobia religiosa; ADF Internacional comenzó el pasado martes a recolectar firmas llamando a que la sentencia sea desfavorable para Pavez.

El histórico dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, señaló que se trata de “una abierta campaña lesbofóbica que daña la dignidad de la docente utilizando argumentos falsos para perpetuar esta dolorosa discriminación que ha mantenido a Pavez fuera de las aulas durante 24 años”.

La petición redactada por ADF Internacional, y que será presentada ante la Corte IDH con el apoyo de diversas firmas, señala que “la autonomía de las comunidades religiosas y el derecho de los padres a que sus hijos reciban una educación religiosa acorde con sus convicciones se encuentra en juego en el caso de Sandra Pavez”

La misiva añade que Pavez “en 2008 llevó su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que le dio la razón afirmando que tiene derecho a hacer clases de religión católica aun contra la objeción de su iglesia, y que las comunidades de fe no pueden requerir de los profesores una conducta de vida fiel a sus creencias, ni aun en los colegios privados”.

“Hoy el caso se encuentra ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y se espera una decisión durante 2021. De su decisión dependerá si las escuelas Católicas, Judías, Musulmanas, Evangélicas o de cualquier otra denominación podrán procurar que sus educadores religiosos guarden sus deberes de fidelidad hacia la fe que voluntariamente dicen profesar, y si los Estados respetarán el derecho de los padres a que sus hijos reciban una educación religiosa que sea acorde con sus convicciones. Esperamos que la Corte no ignore el derecho humano básico a la libertad de religión”, apunta la carta de ADF Internacional.

Jiménez denunció que “con esta campaña nuevamente se aprecia como los grupos ani-derechos distorsionan la verdad, buscan legitimar la discriminación y el odio contra las personas LGBTIQ+ e intentan torpedear el Estado laico, todo en el marco de una irracional y peligrosa lesbofobia”.

“Confiamos en que la Corte IDH se ajustará a la Convención Americana de Derechos Humanos  y fallará a favor de Pavez, una profesional intachable que durante más de 20 años dictó clases y se ganó el cariño de compañeros/as de trabajo, directivos, apoderados y estudiantes, siendo siempre elogiada y nunca cuestionada por la comunidad educativa. Solo la  Iglesia Católica, y luego la Suprema, fueron el obstáculo para que Pavez siguiera enseñando”, apuntó Jiménez.

El caso se remonta al  25 de julio del 2007 cuando por orden del entonces obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz,  el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde ejercía desde 1985.

Lo anterior luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual. A tanto llegó el acoso de la Iglesia, que en diversas ocasiones, incluidas las noches, sacerdotes visitaron el domicilio de Sandra para obligarla a revertir su homosexualidad, llegando al extremo de decirle que había dañado la memoria de su fallecida madre con su orientación sexual”, señaló Jiménez.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983 y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra, incluso en colegios laicos.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2008 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924.

Tras ello Pavez, con el patrocinio de los abogados Ciro Colombara, Branislav Marelic y el Movilh, denunció a Chile ante la CIDH.

Fuente MOVILH

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Homofobia y transfobia aumentan un 58% y suma más de mil casos, la cifra más alta en la historia de Chile

Martes, 31 de marzo de 2020
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Por primera vez los atropellos y denuncias subieron en todas las regiones, sin excepción, con un alarmante incremento de los asesinatos y agresiones físicas. Por esa y otras razones, el 2019 fue calificado como el año de una  transversal violación y relativización de los derechos humanos, lo cual tienen como responsables a distintos niveles de la sociedad y a representantes de  todos los poderes del Estado. Pese a todo, hubo 58 hitos favorables a los derechos LGBTI.

(Pincha en los gráficos para amliarlos)

El 2019 fue el año más violento para las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) en Chile al incrementar un 58% los casos y denuncias por homofobia y transfobia, ascendiendo a 1103 los atropellos, la cifra más alta conocida hasta la fecha, reportó el XVIII Informe Anual de Derechos Humanos de la Diversidad sexual y de Género, dado a conocer hoy por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) por primera vez sin conferencia de prensa a raíz del Coronavirus.

Evolucion_casos_discriminacion_MOVILH_2019“Hubo más casos, más denuncias y los abusos fueron más violentos y salvajes, como queda claro con los aumentos de los atropellos más despiadados (asesinatos y las golpizas).  Esta situación ya se venía advirtiendo desde el 2018 y no tiene relación con el estallido social, el cual solo impactó en un incremento de los abusos policiales”, sostuvo el vocero del Movilh, Oscar Rementería.

El dirigente precisó que un aspecto positivo es que “el Gobierno, a diferencia del 2018, reaccionó a los abusos sufridos por personas LGBTI en manos de civiles, condenándolos públicamente, mientras que contribuyó a que el movimiento LGBTI pudiese ayudar o asesorar a más del 90% de las víctimas, lo cual es valorable”.

Pese ello, “el Ejecutivo, y todos los poderes del Estado, relativizaron el derecho humano a la igualdad legal y, con distintos matices o intensidades, boicotearon el avance de leyes  sobre diversidad familiar o se aseguraron que su tramitación fuese lenta. Más grave, con votos de todas corrientes políticas avanzaron normas con indicaciones homofóbicas, siendo un ejemplo la adopción homoparental aprobada en la Cámara. Por su lado, los tribunales, siguen fallando contra la adopción homoparental o el matrimonio igualitario”, resumió Rementería.

Los casos de discriminación

Evolucion_casos_categoria_MOVILH_2019Los 1.103 abusos y denuncias del 2019 se dividieron en 5 asesinatos, 73 agresiones físicas o verbales, 32 atropellos policiales, 72 casos de exclusión laboral y 39 de homo/transfobia educacional, 31 campañas o movilizaciones de odio, 583 hechos de exclusión institucional, 31 marginaciones o prohibiciones para el acceso a productos o servicios en espacios públicos o privados, 167 violaciones a derechos humanos en lugares comunitarios (familia, vecinos/as o amigos/as), 69 discursos de odio y 1 discriminación en un medio de comunicación.

La categoría de discriminación que más aumentó las denuncias o casos fue la laboral (157,1% más que el año precedente) seguida por la comunitaria (131,9% +), la policial  (100%+), la institucional (98,5%+),  la marginación de espacios públicos o privados (82,3% +), los asesinatos (66,6 +), las agresiones físicas o verbales (25,8% +) y la educacional (5,4% +).

En tanto las campañas o movilizaciones homo/tranfóbicas bajaron un 69,1% en relación al año previo, seguida por la exclusión en medios de comunicación, cultura y espectáculo (-50%) y los discursos de odio (-25%).

Gravísimo resultaron también los ataques al movimiento LGBTI, siendo en tres ocasiones víctima de estos abusos la sede del Movilh.

Evolucion_casos_grupos_MOVILH_2019-1Del total de atropellos conocidos en 2019, el 17% afectó a gays, el 15%  a lesbianas y el 9% a trans, mientras el 59% dañó o intentó perjudicar a la población LGBTI como conjunto

Valparaíso concentró el 56,1% del total de casos y denuncias conocidas a nivel nacional, seguida por las regiones Metropolitana (20,76%), Biobío (2,81%), Coquimbo (1,63%), Antofagasta: (1,45%), Maule (1,35%), Araucanía (1,35%), Los Lagos (1,08%), OHiggins (1%), Los Ríos (0,9%), Arica (0,9%), Magallanes (0,81%), Atacama (0,63%), Aysén (0, 45%) y Región de Tarapacá (0,36%).  En el 7,61% de los casos la discriminación ocurrió a través de medios de comunicación o de redes sociales.

Por primera vez incrementaron las denuncias o casos de discriminación en todas las regiones, sin excepción.

La región donde más aumentaron los abusos fue la Araucanía al subir un 400%, Le siguen Atacama (+250%), Aysén, (+150%), Valparaíso (+121%) , Libertador Bernardo O´Higgins (+57%), Metropolitana (+53%), Tarapacá (+ 33%),  Ñuble (+33%),  Arica (+25%), Antofagasta (+23%), Magallanes (+28%), Coquimbo  (+12%),  Los Ríos +11%), Los Lagos (+9%),  Maule (+7,1%) y Biobío (+6%). En tanto, la discriminación que se expresa en medios de comunicación o redes sociales mermó un 38%.

Lo sucedido en Atacama es muy preocupante, pues si bien solo se supo de 8 episodios de discriminación, uno corresponde a un asesinato y otro a un suicidio. En tanto, la alta concentración en Valparaíso, se explica porque en el Congreso Nacional hubo 511 reacciones (votos, indicaciones) contra la igualdad legal de los  derechos LGBTI.

Respuesta_casos_organizacion_MOVILH_2019-1Del Total de abusos del 2019, el movimiento LGBTI asesoró y ayudó al 89.9% de las víctimas

Razones del aumento de casos y denuncias

 El informe explica que el incremento  de casos y de denuncias “no implica que exista más homo/transfobia cultural, la cual, según todos los sondeos, viene en sostenido descenso desde 1991”-

“El aumento se debe a que los sectores o personas que persisten en discriminar multiplican su acciones y actúan con mayor violencia, a un punto que incrementaron los asesinatos y las golpizas, algunas de las cuales dejaron a las personas en la UCI o secuelas, además de ocurrir hechos extremos en los entornos más cercanos para las víctimas, como son sus círculos familiares, de amistad o educacionales: un niña fue violada por su padrastro con la venia de su padre y madre, dos hombres fueron quemados con agua caliente por conocidos y un joven se suicidó tras sufrir bullying transfóbico. A todo se suman 5 asesinatos”, apunta el informe

El informe relaciona además incremento de los abusos en la familias, con lo que denomina “una retirada de las dobles vida”.  “El incremento de 131,9% de las denuncias por discriminación en el espacio comunitario (familias, barrio, amigos) viene a decir que las personas LGBTI están expresando fielmente su identidad en aquellos lugares y exigen el pleno respeto a sus derechos. Esto implica que la “vida oculta” o la “doble vida” está retrocediendo con fuerza y celeridad, además de apreciarse una retirada de la “naturalización” o “aceptación” de la discriminación en los entornos más cercanos para las víctimas”

“El aumento también se vincula con una activa y cada más recurrente acción de autoridades, agentes estatales o grupos ultra-religiosos contra el avance de la igualdad legal para las personas LGBTI y, en particular, contra la posibilidad de que se apruebe la adopción homoparental”, añadió el estudio.

En tal sentido, informe  advierte “una preocupante particularidad del 2019: los opositores a los derechos humanos de las personas LGBTI privilegiaron acciones sobre los mensajes. Es decir, hablaron menos y actuaron más, en un contexto donde los motivos para rechazar a la igualdad están despojados  de credibilidad frente a una buena parte de la ciudadanía y, en tal sentido,  a los victimarios no les queda más que potenciar las prácticas, antes que los discursos homo/transfóbicos.”

Así es como las agresiones más concretas (asesinatos, golpizas, negación de derechos laborales, familiares o educacionales) aumentaron en 2019, mientras que las campañas y discursos de odio mermaron y, en paralelo,  el sentir público mayoritario rechazó la homo/transfobia y le restó todo valor científico, experiencial, social o cultural a creencias que denigran en razón de la orientación sexual o la identidad de género”, redondea la investigación.

Por último, y , “al considerar exclusivamente el quehacer policial tras el 18 de octubre del 2019, el abuso de carabineros resulta desproporcionado, irracional y delictual, explicitando un descontrol sin precedentes desde la recuperación de la democracia. Sin ir más lejos, los abusos policiales homo/transfóbicos aumentaron un 100% en 2019 y del total de 32 atropellos el 71% se enmarca en la reacción de carabineros al estadillo social”, apunta el estudio.

Ranking de la homofobia

En 2019, un total  de 55 instituciones y 561 personas fueron responsables de los 1.103 abusos hacia la población LGBTI.

A nivel instucional el Ranking  de la Homofobia y la Transfobia 2019 es encabezado por Carabineros, seguido por lassIsapres Colmena Golden Cross, Cruz Blanca, Banmédica, Vida Tres y Nueva MasVida, el Minsterio de Justicia y Derechos Humanos y el Registro Civil, la UDI, la Clínica de la Universidad Católica (Red de Salud UC Christus), el Ejército, el Liceo Sagrado Corazón, la Escuela San Lázaro de la Salle, la Catedral Evangélica y la Universidad de los Andes, entre otros detallados aquí.

En el plano individual, el Ranking es encabezado por 5 asesinos de personas LGBTI, seguidos por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, la subsecretaria de DDHH, Lorena Recabarren, más un largo listado de senadores y diputados de la UDI y de RN, más algunos DC y PS, seguidos por jueces, ministros/as y presentantes de diversas organizaciones, estando todos los nombres detallados en el II capítulo del informe.Relativización de los DDDH y distanciamiento del sistema internacional

Respuesta_casos_organizacion_MOVILH_2019-1El informe advierte que “la igualdad legal es un derecho humano, pero en el caso de la población LGBTI todos los poderes del Estado y las corrientes ideológicas relativizan dicho principio”.

«Mientras el Ejecutivo se movilizó contra el matrimonio igualitario y la filiación y adopción homoparental, las fuerzas oficialistas hicieron lo suyo en el Congreso Nacional, mientras que con votos o abstenciones de la Oposición se aprobaron en el Parlamento artículos o indicaciones abiertamente homo/transfóbicas y, en consecuencia, contradictorias con la igualdad legal plena “.

Por ejemplo,la ley de identidad de género entró en vigencia, pero excluyendo a niños y niñas trans; la Cámara de Diputados aprobó la adopción homoparental, pero incorporando artículos homofóbicos que trasladan los prejuicios de adultos a niños/as al fomentar que se opongan a ser criados/as por dos madres o dos padres; el proyecto de matrimonio igualitario avanzó a pasos de tortuga y el Congreso rechazó cuotas de la diversidad sexual y de género para el órgano constituyente”

“El único avance legislativo sin paradojas o letras chicas fue la aprobación de la Ley que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y la Familia. Esta legalizó una nueva definición  de familia, donde los lazos afectivos, son tan relevantes como los sanguíneos o los legales, mientras la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de resolución que condenó la violencia contras las personas LGBTI”, indica la investigación

En tanto, “el Poder Judicial, pese a ser el más avanzado en temáticas LGBTI, no lo hizo mejor, pues por segunda vez en menos de un año falló contra  niños y niñas que tienen dos madres, desconociendo la doble maternidad. En paralelo prohibió el derecho de una pareja a contraer matrimonio, negándose en todos estos casos a efectuar control de convencionalidad para examinar la compatibilidad entre la norma interna y la internacional en materia de derechos humanos. Por estas razones se presentaron nuevas dos nuevas denuncias contra el Estado de Chile ante la Comisión Interamericana de DDHH”

En otro ángulo,  el “Estado de Chile experimentó un retroceso sin precedentes bajo el actual régimen democrático en torno al respeto que merecen los compromisos internacionales en materia de DDHH, así como en relación a la competencia de Naciones Unidas o de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para recomendar, vigilar o mediar en torno a la temática”, señala el estudio. Leer más…

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Histórico: CIDH responsabiliza a Chile por violación a DDHH cometida por el Estado y la Iglesia contra ex monja y docente lesbiana

Viernes, 27 de septiembre de 2019
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movilh-sandra_pavezTras 11 años de investigaciones, la Comisión Interamericana resolvió a favor de Sandra Pavez, quien desde el 2007 no puede hacer clases de religión en Chile por decisión de la Iglesia Católica y del Poder Judicial. Así, en un hecho inédito una mujer lesbiana obtiene un primer triunfo sobre el Estado y la Iglesia al mismo tiempo.

 En un hecho histórico, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró al Estado de Chile como “responsable” de vulnerar la igualdad, la vida privada y la no discriminación al prohibir desde el 2007 que la docente Sandra Pavez pueda ejercer clases de religión en nuestro país solo por ser lesbiana, hecho que fue comunicado y valorado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), organismo que representa a la maestra.

De esa manera, la CIDH desestimó los argumentos de libertad religiosa emanados desde la Cancillería, concluyendo tras 11 años de investigación que el “Estado de Chile es responsable por violación a la vida privada y autonomía, al principio de igualdad y no discriminación, al acceso a la función pública en condiciones de igualdad, al trabajo, a contar con decisiones motivadas y a la protección judicial, (derechos) establecidos en los artículos 11.2, 24, 23.1 c), 26, 8.1 y 25.1 de la Convención Americana en relación con las obligaciones establecidas en los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento”.

Por estas razones la CIDH decidió denunciar al Estado de Chile ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la que finalmente resolverá las sanciones que pesarán sobre nuestro país.

“Estoy tranquila y emocionada porque se avanza en justicia. Hace 12 años que me arrebataron la docencia, una profesión que ejercí por más de dos décadas. Confío en que la Corte hará justicia con las sanciones”, sostuvo Pavez, cuyo proceso judicial fue representado en Chile por el Movilh, mientras ante la CIDH se contó con el especial respaldo de los abogados Ciro Colombara y Branislav Marelic.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, dijo que “la determinación de la Comisión es histórica por muchos motivos: por garantizar y exigir la no discriminación laboral, por decir que los abusos contra docentes LGBTI son caldo de cultivo para agresiones contra estudiantes LGBTI, por aclarar que la libertad religiosa no es argumento para excluir por orientación sexual o identidad de género y por considerar inaceptable que el Estado pretenda exculparse de responsabilidades en torno a un poder que el mismo entregó a las iglesias”.

“Estamos sin duda en presencia de una resolución con impacto internacional para los derechos LGBTI por todas las aristas que aborda. Nuestro reconocimiento para Sandra, por vencer a dos gigantes responsables históricos de de la homofobia y la transfobia: la Iglesia y el Estado. Estamos seguros de que este triunfo será reeditado en la Corte Interamericana de DDHH”, apuntó Jiménez.

La discriminación

Por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, el 25 de julio del 2007 el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

Esto, luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual. A tanto llegó el acoso de la Iglesia, que en diversas ocasiones, incluidas las noches, curas visitaron el domicilio de Sandra para obligarla a revertir su homosexualidad, llegando al extremo de decirle que había dañado la memoria de su fallecida madre con su orientación sexual.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983 y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2018 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924. 11 años después, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vino a decir lo contrario.

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La Comisión Interamericana de DDHH

A continuación se reproducen de manera textual algunos párrafos de la histórica resolución de la CIDH.

I.- Sobre actuar de la iglesia

“Si bien en el presente caso la presunta víctima no perdió su trabajo, sino que tuvo que dejar de ser docente de religión y asumir un cargo distinto al que venía ejerciendo por más de 20 años, (…) se trató de un acto profundamente discriminatorio que tuvo un impacto en su trabajo que, en este caso, se trataba del ejercicio de la función pública como docente o maestra en el ámbito educativo”.

-“No está en controversia que el cargo que ejercía Sandra Pavez como docente era cargo público. Tampoco existe controversia sobre el hecho de que la razón que motivó la revocatoria del certificado de idoneidad fue la orientación sexual de Sandra Pavez y el hecho de que mantenía una relación con una persona de su mismo sexo. Esto resulta evidente tanto de los contenidos de la propia revocatoria, como de los hechos anteriores referidos a las indagaciones por parte del vicario sobre la orientación sexual de la presunta víctima y las advertencias que le fueron realizadas, incluso requiriéndole que se sometiera a terapias”.

-Por tanto la revocatoria “constituyó una diferencia de trato, la cual fue basada explícitamente y de manera exclusiva en la orientación sexual de Sandra Pavez”.

-“Los contenidos de la revocatoria no ofrecen explicación alguna que permita determinar la necesidad imperiosa perseguida por la diferencia de trato, la idoneidad de dicha diferencia con relación a tal necesidad, ni su necesidad, ni proporcionalidad estrictas. Por el contrario, la revocatoria se limita a hacer explícito que el criterio diferenciador fue la orientación sexual de Sandra Pavez sin ofrecer motivo alguno que supere un test mínimo de objetividad y razonabilidad, mucho menos un escrutinio estricto como el exigido cuando se trata de dicha categoría”.

II.- Sobre el actuar del Estado y la libertad religiosa

-Frente a la defensa del Estado en orden a que no le correspondía inmiscuirse en temas relacionados con la libertad de religión, la verdad es que Sandra Pavez ejercía en un colegio público y, por tanto, su relación con el Estado era directa, señaló la CIDH.

“La potestad dada a las autoridades religiosas para certificar la idoneidad de las personas se encuentra prevista en la legislación, por lo que el Estado es el que delegó un componente de la función pública a entes no estatales, como las autoridades religiosas. (…) Tal delegación se realizó en términos absolutos, sin establecer salvaguardas para evitar que se realizara de manera arbitraria o violatoria de derechos fundamentales, incluyendo el principio de igualdad y no discriminación (…) Las actuaciones de las autoridades religiosas en el ejercicio de la delegación contenida en el Decreto 924 de 1983 para el ejercicio de una función pública, necesariamente comprometen la responsabilidad internacional de Estado”.

-El Estado debe garantizar el respeto a los derechos humanos no solamente en el ámbito de las actuaciones estatales, sino también en la esfera privada. De esta manera, ante el conocimiento de un acto discriminatorio o trato diferenciado injustificado por parte de un actor no estatal, le es exigible al Estado un deber de protección y respuesta para cesar dicha discriminación y procurar la debida reparación”

– Además se establece que “la injerencia en la vida privada y autonomía de Sandra Pavez fue arbitraria”

-“El derecho a tener acceso a las funciones públicas en condiciones generales de igualdad protege el acceso a una forma directa de participación en el diseño, implementación, desarrollo y ejecución de las directrices políticas estatales a través de funciones públicas, por lo tanto es indispensable que el Estado genere las condiciones y mecanismos óptimos para que dichos derechos políticos puedan ser ejercidos en forma efectiva, respetando el principio de igualdad y de no discriminación”.

III.- Sobre el derecho al trabajo, la docencia y la homo/transfobia en las escuelas

“Es esencial que el principio de igualdad y no discriminación guíe toda normativa que regule el acceso y permanencia del personal docente en las escuelas con el objeto de prevenir violaciones a los derechos humanos como las analizadas en el presente caso”.

-“Los actos de represalias, discriminación u hostigamiento en el trabajo en base a la orientación sexual resultan especialmente críticos cuando se enmarcan en un contexto educativo, ya que los Estados deben garantizar que sus políticas vinculadas a la educación, que como se indicó incluye aspectos laborales del personal docente, combatan los patrones sociales y culturales de conductas discriminatorias. De lo contrario, se envía un fuerte mensaje social de rechazo contra las personas con orientaciones sexuales diversas no dominantes, promoviendo conductas no solo contra el personal docente, sino también contra la comunidad de estudiantes, en su mayoría niños y niñas, pertenecientes a este grupo, y refuerza al mismo tiempo el estigma y sentimientos de vergüenza e inferioridad sobre estas personas”.

IV.- Sobre el desamparo judicial

“No solo se discriminó a Sandra Pavez por su orientación sexual en su labor de docencia, sino que no existieron acciones concretas y deliberadas para impedir este tipo de violaciones; por el contrario el Estado las ratificó y reforzó mediante las decisiones de sus autoridades judiciales”.

-“La manera en que se decidió el recurso de protección puso en evidencia la total indefensión en que quedó Sandra Pavez frente al acto discriminatorio sufrido, pues la Corte de Apelaciones de San Miguel no analizó si la revocatoria del certificado de idoneidad violó sus derechos constitucionales o convencionales, sino que se limitó a establecer la legalidad de la actuación por la vigencia del Decreto 924. A pesar de que en su recurso de apelación Sandra Pavez hizo referencia explícita a la necesidad de que se evaluara la arbitrariedad de la medida a la luz de sus derechos, la Corte Suprema validó integralmente la decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel sin motivación alguna y sin responder al alegato de la víctima que resultaba fundamental pues procuraba un pronunciamiento que más allá de la legalidad de la revocatoria, determinara si la misma había violado sus derechos humanos”.

– “Un recurso efectivo implica que el análisis por la autoridad competente de un recurso judicial no puede reducirse a una mera formalidad, sino que debe examinar las razones invocadas por el demandante y manifestarse expresamente sobre ellas”.

V.- Sobre la orientación sexual y la no discriminación

“El principio de igualdad debe entenderse en el sentido de incorporar dos concepciones, una concepción negativa relacionada con la prohibición de diferencias de trato arbitrarias y una concepción positiva relacionada con la obligación de los Estados de crear condiciones de igualdad real frente a grupos que han sido históricamente excluidos o que se encuentran en mayor riesgo de ser discriminados”.

“La orientación sexual y la identidad de género de las personas son categorías protegidas por la Convención (…) En consecuencia ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o de particulares, pueden disminuir o restringir de modo alguno los derechos establecidos en la Convención” Americana de Derechos Humanos.

-“La orientación sexual hace parte de la vida privada de las personas y, por tanto, se trata de un ámbito que no puede ser sometido a injerencias arbitrarias”.

VI.-Las exigencias

Finalmente la CIHD pide a la Corte Interamericana que exija a Chile reincorporar a Sandra Pavez al cargo que ocupaba, brindarle reparación y compensación económica, modificar el Decreto 924, efectuar control administrativo y judicial contra las discriminaciones y capacitar a personal docente y funcionarios judiciales en no discriminación por orientación sexual e identidad de género.

Fuente MOVILH

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Chile: En histórico Cerro Santa Lucía instalan el Primer Monumento por los Derechos LGBTI

Jueves, 13 de diciembre de 2018
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31325493577_32b32aac27_bUna placa conmemorativa y una cápsula del tiempo que será destapada en 100 años integran el monumento sobre las personas LGBTI y sobre la lucha contra la homofobia y la transfobia dada en Chile desde 1991 a la fecha.

Las personas lesbianas, gays, bi, trans e intersex (LGBTI) de Chile ya cuentan con el Primer Monumento sobre sus derechos humanos, el cual relata la historia de la lucha contra la homofobia y la transfobia dada desde 1991 a la fecha y envía mensajes para 2118 a través de una cápsula del tiempo.

La placa conmemorativa y la cápsula fueron instaladas por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) en las faldas del histórico Cerro Santa Lucía que dan a la principal avenida del país, la Alameda, donde hoy se congregaron cientos de personas para participar del evento.

46264434571_e1fac4b4d9_b“Enviamos un saludo al Chile del futuro con la esperanza de que en este territorio y en el mundo habrá plena igualdad, no discriminación y respeto a los derechos humanos de todas las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersexuales y heterosexuales”, indica la placa conmemorativa que va sobre la cápsula.

En tanto, la cápsula de acero de 120 cm x 50 cm x 55 cm y 250 kilos, contiene archivos de prensa, videos, campañas, informes de derechos humanos, fotografías y mensajes de personas e instituciones de Chile y del extranjero.

Los contenidos de la cápsula, que fue diseñada por el ingeniero Francisco Rementería, se vinculan, principalmente, con las distintas luchas dadas por víctimas de la discriminación y el movimiento LGBTI para derribar las desigualdades en los planos sociales, culturales, políticos, económicos, jurídicos y legislativos, así como con los principales avances y obstáculos para la inclusión.

31325496417_79859d7618_b“Instalamos este memorial para rescatar la historia de los derechos LGBTI en voz de sus protagonistas, para contar nuestra experiencia al futuro de manera que tanto los aciertos como errores sirvan como aprendizaje, así como para ocupar de manera pacífica y desde la diversidad un espacio simbólico del país, en momentos cuando la homofobia y la transfobia siguen matando. Este año ya sumamos dos tristes crímenes homofóbicos”, indicó el vocero del Movilh, Oscar Rementería.

La dirigente trans del Movilh, María Isabella Aguayo, añadió que “la cápsula también da cuenta de cómo la sociedad, y también el Movimiento LGBTI, fue planteando y conociendo la realidad de las personas con identidad de género diversa, quienes contribuimos a mejorar prácticas y lenguajes en la lucha contra la discriminación”.

En tanto, la vocera del Movilh, Daniela Andrade, enfatizó que “en este camino, las mujeres lesbianas y bisexuales hemos jugado un rol de gran relevancia, que no siempre es visible, pero que en la cápsula nos preocupamos de destacar con particular fuerza”

46213950672_e12bd93eab_bEl Primer Monumento por los Derechos LGBTI fue instalado en el marco del 70 aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

“Cuando comenzamos nuestra lucha, 27 años atrás, todos nos decían que nuestras demandas y propuestas no eran un tema de derechos humanos. Siempre lo han sido, hemos ido educando y sensibilizando al respeto y hoy queremos enfatizar que la realidad LGBTI es también un tema de derechos humanos”, sostuvo el histórico dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

La inauguración del Primer Monumento LGBTI incluyó una instalación performática del egresado en arte de la Universidad Católica, Tomás Gómez. En este contexto las  faldas del Cerro Santa Lucía fueron vestidas con los 8 colores originales de la bandera LGBTI. Cada color relató los hitos más relevantes para las personas LGBTI de Chile. Los hitos  fueron recreados por actores, actrices y diversas personas.

En paralelo, a todos los asistentes se les obsequió una piocha con colores LGBTI y una sola inscripción: 10-12-2118. “Al obtener este obsequio, que es una edición especial y única, los presentes podrán recordar a sus hijos/as o nietos este día, así como asistir a la ceremonia de destape de la cápsula que tendrá lugar en 100 años más”, redondeó Jiménez

44447431780_ab6c905c82_bEl evento, que fue animado por el transformista Paul Bichon, contó con la importante presencia del senador Guido Girardi, la diputada Karol Cariola y alcalde de Independencia, más representantes del INDH y del Museo de la Memoria

Especialmente participaron víctimas emblemáticas de la discriminación, como Danilo Fica (el primer escolar gay que enfrentó la discriminación), la docente Sandra Pavez, impedida desde el 2007 de hacer clases en Chile solo por ser lesbiana, y César Peralta, el primer padre gay en ganar la tuición de sus hijos.

El Primer Monumento LGBTI fue autorizado por el Consejo de Monumentos Nacionales y la Municipalidad de Santiago, patrocinado por el Museo de la Memoria y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y apoyado por el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

Fuente MOVILH

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Ministro de Educación garantiza permanencia de circular sobre los derechos de niños trans y de los textos escolares pro-Lgbti

Miércoles, 25 de abril de 2018
Comentarios desactivados en Ministro de Educación garantiza permanencia de circular sobre los derechos de niños trans y de los textos escolares pro-Lgbti

mineducmovilh1-768x576El ministro Varela confirmó que los textos elaborados por el anterior Gobierno y el Movilh ya fueron distribuidos a colegios. De todas formas, podrían ser revisados y en caso de cambios, serán trabajados conjuntamente con el Movilh.

El ministro de Educación, Gerardo Varela, garantizó hoy al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), que la Circular sobre Derechos de Niños, Niños y Jóvenes Trans se mantendrá vigente y sin cambios, además de afirmar que los 5 textos escolares sobre derechos de personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI) elaborados por el Gobierno anterior ya están distribuidos en los colegios.

Tanto la Circular sobre Derechos Trans como los 5 textos lanzados en marzo pasado son parte de los compromisos que el Estado asumió con el Movilh en el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) firmado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Nos da mucha tranquilidad que el ministro Varela no formulará reparo alguno a la circular sobre derechos trans, pues esto permitirá seguir con la política pública que orienta a los colegios en este tema, garantizando la plena igualdad en las escuelas, sin discriminación por identidad de géneto”, sostuvo el Movilh.

mineducmovilh2-300x225En relación a la Política de Educación en Sexualidad, Afectividad y Género trabajada por el Gobierno anterior y el Movilh, el ministro precisó que los cinco textos escolares sobre derechos LGBTI que integran dicho plan ya están en los colegios para su trabajo en las aulas durante el 2018.

“Respecto a este punto, el ministro nos aclaró, sin embargo, que esta política podría ser revisada y modificada en algunos aspectos. En todo caso claro, nos precisó que de ocurrir ello, se trabajará en conjunto con nuestra organización, tal como lo establece el ASA”, apuntó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménz

Los textos en cuestión son las “Orientaciones para la participación de las comunidades educativas” , las “Orientaciones para promover espacios de participación y sana convivencia escolar”, las Orientaciones para la inclusión de las personas LGBTI en el sistema educativo chileno”, más dos polípticos, uno sobre sobre salud sexual y reproductiva  y otro sobre prevención de la violencia, todos los cuales fueron entregados a los colegios en un caja especialmente diseñada.

mineducmovilh3-300x225En un ángulo similar, el ministro se mostró favorable a que el Mineduc siga incorporando el Día Internacional contra la Homofobia y la Transfobia en el Calendario Escolar de Efemérides.

Un último tema abordado fue el Decreto 924 que entrega a las iglesias el poder para decidir quienes pueden o no hacer clases de religión. Por este mismo decreto, la profesora Sandra Pavez no puede desde el 2007 hacer clases en Chile, luego de que la Iglesia Católica le negara tal derecho por ser lesbiana. Este caso es analizado en la actualidad por la CIDH y todo indica que terminará en una condena contra el Estado de Chile.

“Recordamos al ministro que es un compromiso del Estado reformar ese Decreto, de manera de adecuarlo a Ley Zamudio. El ministro analizará la manera de concretar este compromiso”, finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

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La Superintendencia de Educación chilena orienta a los colegios para respetar y proteger los derechos de estudiantes trans… Y la Iglesia Católica se pone de los nervios…

Martes, 2 de mayo de 2017
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circularEntre otros, se pide tratar a las personas por su nombre y sexo social, permitiéndoles usar baños o uniformes acordes a su identidad de género, siguiendo así los pasos de circulares similares emitidas por el Ministerio de Salud.

En un encuentro con organizaciones de la diversidad sexual y de género, el Superintendente de Educación, Alexis Ramírez y la Subsecretaria de Educación Parvularia, María Isabel Díaz, dieron a conocer una circular para la protección de los derechos de los estudiantes trans en las escuelas, además de lanzar un nuevo texto con orientaciones para prevenir y erradicar la discriminación.

En la ocasión, Díaz expresó que “la diversidad sexual y de género es una realidad sociocultural que emerge y se visibiliza cada día más en los establecimientos educacionales. Esta realidad nos insta a modificar lenguajes, actitudes y comportamientos para educar desde el respeto”.

En tanto, Ramírez añadió que “hay colegios que vienen desde hace tiempo haciendo un relevante y silencioso aporte a favor de estos alumnos y alumnas, experiencia que sin duda constituye una contribución para el resto del sistema

La circular y las orientaciones fueron trabajadas junto a organizaciones que promueven derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI), como la Fundación Renaciendo, y son, según informó al Ministerio de Educación a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (INDH), parte del Acuerdo por la Igualdad que el Estado que el Estado firmó con el Movilh.

“Este es un logro para las organizaciones que llevamos luchando mucho tiempo. Es una puerta que abre un espacio de respeto e inclusión para nuestros niños y niñas, desde la primera infancia”, indicó la presidenta de Renaciendo, Mónica Flores.

La circular pro derechos trans

La importante circular sobre derechos trans va dirigida a los sostenedores, directoras y directores de establecimientos educacionales de todo el país y al igual que instrumentos previos, como del Ministerio de Salud, llama a respetar la identidad de género, categoría protegida por la Ley Zamudio.

Teniendo en consideración a la Convención sobre los Derechos del Niño, al DFL2 del Ministerio de Educación, a la Ley Zamudio 20609 y a la Constitución Política de la República, la circular parte definiendo a la identidad de género, la expresión de género y el concepto trans, aclarando que los reglamentos internos de los colegios deberán siempre resguardar la dignidad de todas y todos sus miembros.

Poniendo como principios al interés superior del niño, la no discriminación arbitraria y la buena convivencia escolar, la circular reguarda a los estudiantes trans los derechos a “no ser discriminados o discriminadas arbitrariamente por el Estado, ni por las comunidades educativas especiales en ningún nivel, ni ámbito”, a “expresar la identidad de género propia y su orientación sexual”, a recibir “oportunidades para su formación y desarrollo integral, atendiendo especialmente las circunstancias y características del proceso que les toca vivir” y a “expresar su opinión libremente y a ser escuchados en todos los asuntos que les afectan, en especial cuando tienen relación con decisiones sobre aspectos derivados de su identidad de género”.

La circular establece que el padre, la madre, tutor legal o apoderados, así como los estudiantes mayores de 18 años, “podrán solicitar al establecimiento educacional el reconocimiento de su identidad de género y medidas de apoyo y educacionales pertinentes a la etapa por la cual transitan”, los niños, niñas y jóvenes.

Para ello, los apoderados podrán solicitar entrevistas con el director, rector o máxima autoridad del establecimiento, quien deberá concretar un encuentro en un plazo no mayor a 5 días. De tal reunión quedará un acta y en todo momento se deberá velar “por la privacidad del niño, niña  y/o estudiantes” y respetar su decisión de cuando y a quien compartir su identidad de género.

Frente a la presencia de estudiantes trans, los establecimientos deberán además adoptar las siguientes medidas:

-Brindar atención al estudiante y a su familia, garantizando lenguaje inclusivo.

-Orientar a la comunidad educativa.

-Garantizar el nombre social del estudiantes trans. “Todas las personas que componen la comunidad educativa, así como aquellos que forman parte del proceso de orientación, apoyo, acompañamiento y supervisión del establecimiento educacional, deberán tratar siempre y sin excepción a la niña, niño o estudiante, con el nombre social que ha dado a conocer en todos los ambientes que componen el espacio educativo”. En el libro de clases “se podrá agregar el nombre social para facilitar la integración del alumno o alumna y su uso cotidiano”.

-El niño o niña o estudiante trans “tendrá derecho a utilizar el uniforme, ropa deportiva y/o accesorios que considera más adecuados a su identidad de género, independiente de la situación legal en la que encuentre”

-“Se deberá dar las facilidades a las niñas, niños y estudiantes trans para el uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades propias del proceso que estén viviendo, respetando su identidad de género”,  Las adecuaciones deberán acordarse con la familia, pudiendo considerar “baños inclusivos u otras alternativas”.

La circular puntualiza que el incumplimiento de estas medidas constituye una infracción que será sancionada conforme a su gravedad.

Los mencionados derechos ya se estaban garantizados en diversos colegios y, cuando así no ocurría, eran sancionados, ya fuese por tribunales o por la Superintendencia de Educación. Sin ir lejos, en 1999 el Liceo de Aplicación ya permitía a los estudiantes trans vestir acorde a su identidad de género

En tanto, el texto “Orientaciones para la inclusión de las personas LGBTI en el sistema educativo”, también lanzado esta semana, aborda conceptos sobre orientación sexual, identidad de género y derechos humanos y recomienza estrategias para tratar el tema en las aulas, de similar manera como lo hizo otro libro lanzado por el Mineduc el 2013. Dicho texto, el primero y más aperturista de su tipo, se denominó “Discriminación en el contexto escolar, orientaciones para promover una escuela inclusiva”.

Reacciones

El obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González, y el presidente del Área de Educación del Episcopado, Héctor Vargas, ya se pronunciaran contra la circular.

Mientras González señaló ayer en Punta de Tralca que la circular “impone por vía administrativa a todos los colegios una serie de prácticas que ni siquiera están regulados por ley”, Vargas calificó de ·inaceptable esta metodología que instala temas al interior de la comunidad educativa de manera taxativa y con un lenguaje sancionatorio”.

Para el Movilh esta “es una crítica artificial, motivada por homofobia y transfobia, en tanto, la circular no está pidiendo, ni exigiendo nada que los colegios ya no tengan la obligación de cumplir y/o que no están cumpliendo, tras la aprobaciones de la Ley Zamudio y de la Ley de Inclusión. Más aún, cuando los colegios se han opuesto a respetar los derechos trans, han sido sancionados”.

El dirigente recordó que el obispo González es el mismo que tiene impedido hace una década a la profesora de religión, Sandra Pavez, hacer clases en Chile por ser lesbiana, abuso que ahora está en manos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Esta Iglesia es la misma que guardó silencio frente al Reglamento del Colegio Gandarillas de Maipú, que trata de un error y de dementes a los homosexuales y llama a expulsarlos”.

“Nadie está por sobre la ley, y la Iglesia debe cumplir sí o sí con la legislación actual. Esta circular se funda en la legislación actual, no en la aún no aprobada Ley de Identidad de Género, la cual se refiere a otro tema: el cambio de nombre y sexo legal. La circular habla del respeto a la identidad de género y no involucra cambio legal alguno”, explicó el Movilh.

El Movimiento también se refirió a las opiniones de la Federación de Instituciones de Educación Particular (Fide) y de la Corporación Nacional de Colegios Particulares de Chile (Conacep).

El abogado de Fide, Rodrigo Díaz, dijo que los colegios religiosos “entienden que ciertas conductas no se ajustan a la visión que ellos tienen. Si un sostenedor no está de acuerdo, deberá recurrir a tribunales”. El presidente de Conacep, Hernán Herrera, consideró, en tanto, que habría problemas “sobre todo cuando estamos hablando de un niño trans que entre a un baño que desde el punto vista morfológico no lo corresponde”.

El Movilh explicó que “por cierto hay sectores que se oponen a la plena igualdad derechos de las personas LGBTI.. Y en este contexto el deber de un establecimiento educacional es erradicar y prevenir la discriminación y educar en el respeto a la diversidad a quienes rechazan los derechos de las personas LGBTI”. “Aplaudimos estos nuevos instrumentos que lanza la Superintendencia de Educación para hacer frente a la discriminación contra docentes o estudiantes en razón de su orientación sexual e identidad de género”, finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

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Admiten denuncia contra Chile por discriminación a una profesora lesbiana

Miércoles, 13 de enero de 2016
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sandrapavezEl Movimiento de Integración y Liberación Homosexual interpuso una demanda contra el Estado de Chile por la inhabilitación de una profesora sólo por ser lesbiana, quien hablará este martes por primera vez en seis años.

Tras ocho años de lucha, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) declaró admisible la demanda internacional interpuesta por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) contra la Estado de Chile por prohibir impartir clases a la profesora Sandra Pavez en razón de su orientación sexual.

La profesora, que anteriormente había sido monja, fue inhabilitada para la función docente en Chile en 2007, por una orden de la Iglesia Católica que fue validada en un fallo la Corte Suprema.

La Iglesia se valió del Decreto 924, creado en 1984 por la dictadura de Augusto Pinochet, para actuar contra la sra Pavez. Aunque el Decreto 924 no habla de homosexualidad, sí entrega a las iglesias la facultad de decidir quiénes son “idóneos” para impartir clases de religión.

“Tras 25 años de intachable trayectoria, el obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, exigió a Sandra que fuera a un psiquiátra de la Iglesia Católica para que dejara de ser lesbiana. Al negarse, le quitaron el certificado de idoneidad y nunca más pudo ingresar a una sala de clases”, denuncian desde el Movilh.

La postura del obispo fue respaldada por el Ministerio de Educación, institución cuyas entonces ministras, Yasna Provoste (2006-2008) y Mónica Jiménez (2008-2010), nunca quisieron recibir a Sandra, pese a haber presentado continuas solitudes de audiencia.

Todos los antecedentes de este caso, serán dados a conocer este martes 12 de enero en la sede del Movilh, en Santiago de Chile, que también será la primera vez que Sandra hable públicamente de su caso tras 6 años de silencio. También se dará a conocer la movilización contra Sandra de poderosos agentes religiosos internacionales, que intentaron presionar a la CIDH para que no admitiera la demanda.

Fuente Cáscara Amarga

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