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Perú pidió perdón y reconoció su responsabilidad en la vulneración de derechos a Azul Rojas

Viernes, 11 de noviembre de 2022
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La medida fue una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Marca un hito para los derechos de la comunidad LGBTI en el Perú.

LIMA, Perú. El 3 de noviembre, en acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional efectuado en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en cumplimiento de la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2020, el Estado peruano pidió perdón a Azul Rojas Marín, integrante de la comunidad LGTBI, por la vulneración de sus derechos humanos.

La ceremonia contó con la presencia del ministro de Justicia, la ministra de la Mujer, la Fiscal de la Nación, altos funcionarios del Poder Judicial y representantes del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional.

Se encendió una vela en el retrato de la madre de Azul, Juana Rosa Tanta Marín, quien falleció en 2017. La mujer también fue incluida en la sentencia al señalar a la Corte que los familiares son afectados en los actos de discriminación del Estado.

En sus palabras de agradecimiento, Azul recordó la lucha de su madre. “Quiero compartirles algo desde hace 15 años. En el transcurso de todo este tiempo tuve pérdidas irreparables como la pérdida de mi madre. Ella fue un pilar muy fuerte. También era una luchadora. Se fue con la convicción de que esto iba a tener un resultado, que la lucha que iniciamos juntas no iba a quedar impune”.

Lo que falta

Señaló que el Estado peruano aún no cumple con la atención integral en salud que se le ordenó. Tampoco con el pago de la reparación y los estándares de atención a la comunidad LGTBI por parte de las autoridades. “Señores, quiero dirigirme respetuosamente a todas las autoridades que están aquí”, dijo, … “Este es un acto protocolar muy satisfactorio. Pero quiero recordarles que hay otras reparaciones que aún el Estado peruano no ha cumplido. Por ejemplo, es muy importante la atención integral que necesito, y tampoco ha cumplido con el pago. Aun el Estado tampoco ha hecho los estándares sobre cómo debemos ser tratada la comunidad por las autoridades”.

Por último, dio un mensaje de esperanza para quienes siguen luchando por una justicia que tarda y a veces no llega: “Esta lucha empezó cuando yo tenía 26 años. No he podido trabajar, no he podido estudiar, claro que no fue en vano, porque aquí estamos todos. Tengo 41 años, y llegué hasta aquí de repente cansada, pero no de las ganas de seguir defendiendo los derechos humanos… Si hoy en día yo sonrío es porque ya me cansé de buscar culpables. Sonrío porque es mi mejor arma para conseguir lo que quiero, sonrío porque mi corazón sigue siendo sincero y transparente. Y porque simplemente me merezco ser feliz”.

 Lo que le pasó a Azul

20221104-CasoAzulRojas-PeruEl 25 de febrero de 2008 sufrió abusos y tortura durante una detención arbitraria por policías de la comisaría de Casa Grande, en la costa norte del Perú, cuando caminaba por la noche en la calle. En la comisaría, tres agentes la insultaron, maltrataron y vejaron sexualmente, liberándola a las seis de la mañana.

Azul regresó a hacer la denuncia, pero no la atendieron. Denunció a estos policías por violación, abuso de autoridad y tortura en los medios de comunicación y en la Fiscalía. Esta institución desestimó los cargos de tortura y en 2009 el Poder Judicial archivó las demandas por violación y abuso de autoridad.

La instancia internacional

Luego de agotar las vías nacionales, Azul llevó su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y fue el primero presentado por violencia, incluyendo tortura por violación sexual, contra persona LGBT.

La CIDH, en 2018, determinó que «encontró elementos suficientes para considerar que […] existió un especial ensañamiento con la percepción de Azul Rojas Marín, para ese momento, como un hombre gay» y que «lo sucedido a la víctima debe ser entendido como violencia por prejuicio y que se encuentran presentes los elementos constitutivos de la tortura».

También recomendó reparar a Azul y a su madre, Juana Rosa Tanta Marín, investigar los hechos, imponer las sanciones correspondientes, ofrecer tratamiento médico y psicológico gratuito a las víctimas, y evitar que estos casos se repitan.

En 2020, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una sentencia contra Perú por la detención ilegal, tortura, violación sexual, discriminación por orientación sexual y afectación a las garantías judiciales y protección judicial que sufrió Azul. En 2022, el Estado peruano cumplió la sentencia.

Fotos: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Perú.

4 de noviembre de 2022
Verónica Ferrari
Edición: Maby Sosa

Fuente Agencia Presentes

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , ,

Un informe revela cómo son las víctimas y los victimarios de crímenes de odio en Perú

Miércoles, 8 de junio de 2022
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Credito-Amnistia-Internacional-Peru-002-1-1200x600El estudio dio a conocer las características criminológicas de cada hecho. Las víctimas tienen entre 25 y 44 años y conocían a sus asesinos.
 

Lima, Perú. En el marco del Día Nacional de Lucha Contra la Violencia y Crímenes de Odio hacia las Personas LGBT, se presentaron los resultados de un estudio que permitió conocer el perfil de las víctimas, victimarios y las motivaciones que éstos tuvieron para terminar con la vida de personas que se identificaban como LGBT o eran percibidas como tal.

De acuerdo con el estudio, del total de casos de muertes dolosas, el 55,8% fueron contra hombres gays, el 36,4 % contra mujeres trans, 3,4% hacia lesbianas y 2,2% se trató de bisexuales, o eran percibidos como tal.

En cuanto al rango de edad de las víctimas, el 72,8% oscilaba entre los 25 y 44 años, mientras que el 34,6% tenía como ocupación el estilismo.

Por su parte, las cifras sobre las características de los imputados o perpetradores de los crímenes, precisan que el 94,4% fueron hombres, 26,4% eran conocidos o familiares de las víctimas, y en el 26,4% de los casos los asesinos eran sus parejas o exparejas. 

El 47,7% de los casos las víctimas fueron asesinadas en sus propias viviendas. El 29,6% de homicidios se dio por un objeto punzocortante, 25% por un agente constrictor y el 15,9% por arma de fuego.

Un estudio en conjunto

La investigación exploratoria-descriptiva fue realizada por un trabajo en conjunto del Ministerio Público (MP), el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), y la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH), para la cual revisaron, una por una, las carpetas fiscales de 88 casos de muertes violentas asociadas a delitos dolosos.

Presentamos este informe en conmemoración de aquel acto de barbarie cometido por el MRTA (grupo terrorista) contra unas compañeras en el bar Las Gardenias en Tarapoto, el 31 de mayo de 1989. Ese hecho nos invita a tener en la memoria a todas aquellas personas que fueron asesinadas violentamente debido a su orientación sexual o identidad de género”, recordó la congresista Susel Paredes, organizadora del Foro “Crímenes de Odio en el Perú, los Registros Invisibles”, donde fue presentado el estudio del Observatorio de la Criminalidad del MP.

En el Perú ninguna entidad del Estado lleva un registro de todos los casos de vulneración de derechos de personas LGBT. El estudio realizado fue en base a un subregistro de los datos obtenidos por el Observatorio de Derechos Humanos LGBT de la UPCH.

Credito-Amnistia-Internacional-Peru-001-1-1024x546Presentación del informe.

Foto: Amnistía Internacional.

Analizar el contexto

Conocer detalles de los crímenes, de las víctimas y de los victimarios permite establecer patrones de conducta en el contexto de la violencia que se ejerce por las causales de identidad de género u orientación sexual.

En el sistema de justicia peruano no existe ni se reconoce la figura legal de crímenes de odio o crímenes basados en prejuicios. Por lo que resulta trascendental los resultados de este estudio, ya que muestra a los operadores de justicia que sí se atenta contra la vida de las personas LGBT.

“Para saber el porqué de los crímenes, nosotros necesitamos saber cuál es la motivación que plantea el fiscal dentro de la carpeta para dar explicación a la muerte. Y para entender ello, la revisión de las carpetas fiscales fue complementada también con las noticias que daban detalles de los casos, así como las declaraciones de algunos testigos de estos crímenes y que nosotros hemos considerado al momento de la muestra”, precisó Rosa María Huanes del Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Público.

Para muchos fiscales no hay motivación de género

Actualmente los fiscales no tienen en cuenta que los asesinatos pueden ser motivados por la identidad de género u orientación sexual de las personas. Por ello, en sus carpetas fiscales consignan otras motivaciones, como precisa el estudio.

Para ellos, la delincuencia común (21,6%) es el presunto motivo más señalado en las carpetas fiscales, seguido por la negativa a sostener relaciones sexuales (8%) y el ajuste de cuentas (4,5%). Es importante destacar que en el 45% de los casos revisados, no se consignó detalles de las causales de los crímenes.

En otros datos hallados, se descubrió que el 94,3% fueron de nacionalidad peruana y el 5,7% de las víctimas eran de nacionalidad extranjera, mientras que, en el caso de la nacionalidad de los homicidas, el 77,8% fueron peruanos y el 20,8% extranjeros (19,4% venezolanos y 1,4% argentinos).

Además, se descubrió que el 35,2% de los asesinatos se dieron en la madrugada, entre la 1 y las 6 de la mañana.

Crímenes de odio o crímenes basados en prejuicio

Si bien en el 45% de los 88 casos revisados los fiscales no tipificaron el delito, con los datos obtenidos por testigos y los mismos imputados, los conocedores de la situación de vulneración de las personas LGBT en Perú podrían deducir que se trataron de crímenes homofóbicos o transfóbicos.

“Existen estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. También abogados criminólogos que trabajan el tema, que nos permiten identificar lo que podría ser un crimen basado en prejuicio contra la orientación o la identidad de género. Por ello, una de las cosas que hicimos fue analizar todos los hechos registrados en cada caso ocurridos antes, durante y después, para ver si había indicios para crímenes por esos motivos”, explica Alfonso Silva Santisteban, representante de la UPCH.

En la evaluación se tomaron en cuenta el ensañamiento que tuvieron contra la víctima, si previamente a la agresión les dijeron insultos discriminatorios, la expresión de género, entre otros rasgos que un policía o fiscal no tomaría en cuenta para desarrollar su investigación.

Recorte-periodistico-1024x804Del total de casos, en el 69% sí hubo indicios de actos basados en prejuicios, de ese 21% consignado como delincuencia común, el 81% presentó indicios de violencia basada por la identidad de género u orientación sexual. Y solo se encontraron 2 casos que fueron tipificados como discriminación, y se podría presumir que los fiscales encargados de esos casos sí tenían los conocimientos necesarios sobre diversidad sexual y realidad de las personas LGBT, lo cual les permitió tipificarlos como tal.

“La principal conclusión de este estudio es que el fenómeno existe socialmente pero no existe para el sistema de justicia. Es decir, los crímenes motivados por identidad de género u orientación sexual no está en el radar de los operadores de justicia. Por ejemplo, el titular de una noticia informó alguna vez que ‘hombre vestido de mujer aparece muerto’, y en la descripción de la historia podemos deducir que se trataría del posible asesinato de una mujer trans”, precisó el también médico.

“En nuestro país es más preciso hablar de crímenes basados en prejuicio que usar crímenes de odio, que viene de hate crimes de Estados Unidos, se tiende a ridiculizar, recordemos que tuvimos una congresista que dijo que, así como existen crímenes de odio, también existen crímenes de amor, dejando de entender la profundidad y seriedad de los actos que están detrás de este fenómeno”, finalizó Silva Santisteban.

Mucho trabajo por hacer desde la sociedad civil

Para la activista y sobreviviente de crimen de odio, Azul Rojas Marín, este tipo de trabajos de investigación son importantes. Pero más importante aún es la creación de protocolos y políticas públicas que permitan que no se vulneren nuestros derechos, y sobre todo que sancionen a quienes nos ataquen, violenten o asesinen.

“Este informe es muy interesante, pero de qué nos sirve un informe cuando las propias autoridades no hacen nada. O sea, vamos a venir a sentarnos y decir que hay cien muertos cada año, pero qué han hecho las autoridades para reparar el daño, qué han hecho las autoridades para que esos casos se vayan disminuyendo, entonces de qué sirven los informes, de nada. Discúlpenme por estas palabras porque son sentimientos encontrados, pero no solo hablo por mí, sino por todos, por favor no nos estigmaticen”, exigió la sobreviviente trans.

En el caso de Azul, ella no encontró justicia en el Perú y tuvo que elevar su denuncia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que encontró culpable al Estado peruano. Pero al ver que éste no cumplía con resarcir el daño llevó su caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Hace dos años obtuvo una sentencia favorable, pero a la fecha el Estado peruano solo publicó la sentencia, pero no ha cumplido con los demás mandatos de la sentencia. 

Para revisar el estudio publicado “Características Criminológicas de las Muertes Dolosas de personas LGBT en el Perú 2012 – 2021” ingresar a   https://bit.ly/3D1auY1

Fuente Presentes

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Perú deberá responder ante la Corte IDH por detención ilegal y tortura sexual cometida por policías contra una persona perteneciente a la población LGBT

Viernes, 7 de septiembre de 2018
Comentarios desactivados en Perú deberá responder ante la Corte IDH por detención ilegal y tortura sexual cometida por policías contra una persona perteneciente a la población LGBT

azulLa Corporación Caribe Afirmativo saluda esta decisión en el marco del Sistema de Protección de Derechos Humanos Interamericano, frente a el primer caso que la CIDH somete a la Corte Interamericana en materia de violencia policial, detención ilegal y tortura sexual en contra de las personas LGBT.

Por primera vez, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sometido un caso de violencia en contra de las personas LGBT a la Corte Interamericana (Corte IDH). El caso es sobre la detención ilegal y arbitraria a Azul Rojas Marín, mujer trans quien al inicio del caso se autorreconocía como hombre gay, el 25 de febrero de 2008 en el distrito de Casa Grande (Trujillo) por miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP), supuestamente con la finalidad de realizar un control de identidad cuando caminaba hacia su casa.

Mientras duró la detención injustificada de Azul, los policías ejercieron violencia física en su contra y la agredieron verbalmente con expresiones denigrantes referidas a su orientación sexual (en ese entonces, la víctima se identificaba como un hombre gay). Sumada a la violencia física y psicológica, Azul también fue víctima de violencia sexual.

A pesar de la grave de los hechos, los responsables no han sido debidamente procesados ni sancionados en el Perú, pues el Estado incumplió su deber de debida diligencia en las investigaciones que se iniciaron. A lo largo de la investigación, Azul fue descalificada y su credibilidad fue puesta en duda, siendo revictimizada tanto por los operadores de justicia en la actuación probatoria, como en el marco de las decisiones que dieron lugar al archivo de la denuncia por el delito de tortura (por la supuesta falta de elementos que acrediten la violencia ejercida contra Azul).

Ante esta situación, con la asistencia legal del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex), la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y de REDRESS (Organización británica que lucha contra la tortura), Azul presentó su caso a la CIDH. Así las cosas, la Comisión consideró que el Estado contravino las obligaciones de atención y protección de una víctima que denuncia violencia sexual, con el factor agravado del prejuicio existente respecto de las personas LGBTI.

Al analizar los hechos del caso, la Comisión encontró suficientes elementos para considerar que por la naturaleza y forma en la que se ejerció la violencia, existió un especial ensañamiento con la identificación o percepción de Azul Rojas Marín, en ese momento, como un hombre gay. A su vez, la Comisión consideró que lo sucedido a la víctima debe ser entendido como violencia por prejuicio, además de los elementos constitutivos de tortura.

Para la CIDH, el caso permitirá que la Corte Interamericana fije estándares respecto a casos de violencia física, psicológica y sexual, y la tortura, por parte de agentes de seguridad del Estado cometidas contra personas LGBTI, así como profundizar su jurisprudencia sobre el deber de debida diligencia en la investigación penal, materia probatoria y sanción de los responsables en casos de violencia por perjuicio cometidas contra personas LGBTI.

La CIDH sometió el caso a la jurisdicción de la Corte Interamericana el pasado 22 de agosto de 2018[1] porque el Estado peruano no presentó propuesta alguna de reparación integral a favor de Azul Rojas Marín y su madre, a pesar de la gravedad de la tortura de la que fue víctima.

Desde Caribe Afirmativo acompañamos estas exigencias de justicia, reparación y garantías de no repetición que logren avanzar en el reconocimiento de los derechos humanos de las personas LGBT+ en la región; asimismo, instamos a los gobiernos en las Américas a respetar, acatar y ejecutar las decisiones del sistema interamericano como la Opinión Consultiva 24/17 de la CIDH, en la cual se instó a “impulsar reformas legislativas, administrativas y judiciales necesarias para adecuar sus ordenamientos internos para garantizar que personas del mismo sexo tengan el derecho a contraer matrimonio y respetar las identidades de género de sus ciudadan[x]s”.

[1] Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). CIDH presenta caso sobre Perú ante la Corte IDH.

 Recuperado de [http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2018/189.asp].

Fuente Caribe Afirmativo

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Fallo inédito: incluyen «odio al género» en intento de travesticidio a la activista trans Claudia Vásquez Haro

Viernes, 10 de febrero de 2023
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El imputado fue condenado a 10 años de prisión. Se trata de un fallo que puede sentar precedentes.

BUENOS AIRES, Argentina. El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1 de La Plata condenó en un fallo histórico a Leonardo Danilo Ariza Mendoza a 10 años de prisión por el delito de tentativa de homicidio agravado por el odio a la identidad de género. «Queríamos un fallo que contemple esta figura porque a nosotras nos matan por nuestra identidad de género», dijo a Presentes la activista travesti Claudia Vásquez Haro, sobreviviente del intento de travesticidio.

El juez Hernán Javier Decastelli, a cargo del Tribunal, dictó el viernes pasado la sentencia en base al artículo 80 incisos 4 (odio de género) y 11 (cuando media violencia de género) del Código Penal argentino. El magistrado consideró necesario juzgar con perspectiva de género para comprender «el complejo entramado social, cultural, histórico y político que existe».

Un ataque contra el colectivo trans

El hecho juzgado ocurrió el sábado 13 de mayo de 2017. Ese día Leonardo Mendoza intentó matar a la presidenta de Otrans Argentina, Claudia Vásquez Haro, en su propia casa, en el barrio La Loma de La Plata, provincia de Buenos Aires.

En esa ocasión el agresor entró con una mochila donde llevaba un cuchillo, botellas vacías y un palo de amasar. «Te voy a matar», le dijo.  Durante un forcejeo, el agresor le pegó con una botella en la cabeza, pero Vásquez Haro logró abrir la puerta de la casa y salir. Luego fue atendida en el Hospital Gutiérrez por los cortes y golpes en su rostro y en el cuerpo.

«Este ataque está relacionado con las denuncias que venimos haciendo y con mi rol de encabezarlas para que no se sigan violando los derechos de las personas travestis y trans», dijo en ese momento la activista. Ella impulsaba los reclamos realizados desde Otrans Argentina por la persecución al colectivo travesti trans en La Plata.

«Después de casi seis años tuvimos una respuesta», señaló Vásquez Haro a Presentes, quien lamentó que el colectivo feminista no acompañara su pedido de justicia. En relación a la sentencia aclaró que no le interesa «que esta persona se pudra en la cárcel» porque es abolicionista del sistema carcelario. Pero sí quería un fallo ejemplar que contemple la figura de travesticidio.

«Somos el colectivo más vulnerable de todo el planeta. Entendemos que hay un odio hacia nuestra identidad y que por eso nos matan», señaló la activista. Reconoció que en general «la justicia siempre ha mirado hacia otro lado».

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Leonardo Danilo Ariza Mendoza


Odio al género

La activista aborda este contexto en su tesis doctoral la cual puso a disposición de los jueces. Sobre el fallo espera que «circule por todos lados» ya que «una no puede defender sus derechos si no los conoce».

«Nos encontramos ante una tentativa de travesticidio impulsada por el odio y por el odio al género, puntualmente, manifestado a través de las situaciones de violencia de género los que ha sufrido la víctima», expresa el fallo dictado por el juez Decastelli.

La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado que se resolvió el viernes 3 de febrero mediante audiencia oral. En el fallo, el magistrado se apoyó en el caso Azul Rojas Marín y otra versus Perú del 2020 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para reconocimiento de derechos de las personas LGTBI.

Así, reconoció que la población LGBTI fue «históricamente víctima de discriminación estructural, estigmatización, divsersas formas de violencia y violaciones a sus derechos fundamentales».

Además consideró que los hechos analizados en el juicio «se sustentan en la jerarquía de género estructurada por el patriarcado que históricamente ha invisibilizado, patologizado y segregado a toda una institución de sexo genérica que no encaje en los cánones enmarcados por la masculinidad hegemónica».

Un fallo esperado

En diálogo con esta agencia, el abogado de Vásquez Haro, Sebastián Bouvet, dijo que se trata de un fallo «relevante y justo».

«En el caso se acreditó que había manifestaciones de odio de parte del imputado fundamentalmente a través de unas manifestaciones concretas en cuanto le hizo saber a la víctima que se calle y que deje de hablar porque si no la iba a callar. Luego concretó ese acto de agresión que casi culmina con la vida de mi patrocinada», explicó el letrado.

Por esas razones buscaron que el hecho se califique como tentativa de homicidio motivada por odio a la identidad de género y en razones de género. En este sentido, espera que el fallo sirva como precedente. «Puede guiar otras investigaciones donde personas trans sufren ciertos delitos y lamentablemente algunas pierden la vida por agresiones bajo circunstancias similares, por odio», dijo.

6 de febrero de 2023
Agustina Ramos
Ariel GutraichArchivo Agencia Presentes
Edición: Maby Sosa

Fuente Agencia Presentes

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Aumentan un 14,7% los casos y denuncias por homofobia y transfobia en Chile durante el “Año de la Resiliencia LGBTIQ+”

Sábado, 20 de marzo de 2021
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Los atropellos sumaron 1.266, la cifra más alta conocida hasta ahora y que mantiene al alza la explosiva violación a los DDHH que viene ocurriendo desde el 2018.  En 2020 hubo 69 hitos, de los cuales 54 fueron avances y 15 retrocesos o abusos históricos, en un contexto donde la Corte Suprema apareció en el Ranking de la Homo/Transfobia por primera vez desde el 2014.


Evolucion-de-casos-de-homofobia-movilh(Pinchar en las fotos para ampliarlas)

Un 14,7% aumentaron los casos y denuncias por Homofobia y Transfobia en Chile en 2020, año calificado como el de la “Resiliencia LGBTIQ+” frente a los abusos, los compromisos incumplidos por parte de las autoridades, la carencia de condena pública estatal frente a los delitos de odio y la ausencia de una política focalizada para paliar los efectos del Covid-19, reportó el XIX Informe Anual de Derechos Humanos de la Diversidad Sexual y de Género elaborado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

Resiliencia, explica la investigación, porque en uno de los escenarios y contextos  más adversos para su calidad de vida, la población lésbica, gay, bisexual, trans, intersex y queer (LGBTIQ+) gestionó sus propios recursos y capacidades para ir en ayuda de los más vulnerables, reaccionar frente a las injusticias y mantener en alto la lucha por la plena igualdad social y legal.

En tal sentido la investigación, de 450 páginas, fue lanzada hoy en el Parque San Borja por el vocero del Movilh, Óscar Rementería, junto a Benjamín Ascencio; joven que tras una ardua lucha consiguió que las isapres dejaran de considerar a la transexualidad como una enfermedad; a Alexandra Orrego Da Silva; cuya denuncia obligó al sistema privado de salud a brindar cobertura a las cirugías de cambio corporal de las personas trans; y a Carolina Órdenes y Octavio Albornoz, una pareja heterosexual, ambos docentes, quienes gestionaron que la Escuela San Lázaro de la Salle fuera sancionada por el bullying homofóbico que sufrió su hijo, un niño de sexto básico.

El informe destaca que el  2020 también se caracterizó por un efectivo aumento de la discriminación; y no solo de las denuncias; por profundas y peligrosas contradicciones en las Fuerzas Armadas de Orden y de Seguridad en torno a los derechos LGBTIQ+; por la consolidación jurídica de los derechos trans; por graves retrocesos en el Poder Judicial, que pese a expresarse al unísono que históricos avances volvieron a poner a la Corte Suprema en el Ranking Anual de la Homofobia y Transfobia, lo cual no ocurría desde el 2014; por la  primera aparición en el mencionado listado de la discriminación de un/a presidente/a de la República; por la aprobación de dos nuevas leyes que protegen a las  personas LGBTIQ+, pero en medio de más retrocesos e incumplimientos legislativos que avances;  por el quebrantamiento  estatal frente a su primer Acuerdo Internacional pro Derechos LGBTIQ+; por escasos progresos en el plano gubernamental; por la activa autogestión de los movimientos LGBTIQ+ para hacer frente al Covid-19, por la  total indiferencia estatal frente a abusos sufridos por activistas LGBTIQ+ y  por una transformación sociocultural favorable a la plena igualdad legal y social que es irreversible e imparable, dejando al Estado de Chile muy atrás de lo que reclama y necesita la ciudadanía, todos aspectos analizados detalladamente en el informe.

Los casos de discriminación

Evolucion-de-homofobia-por-grupos-movilhLos atropellos subieron un 14,7% en 2020, sumando 1.266, la cifra más alta conocida hasta ahora y que concentra el 22,9% del total de abusos ocurridos en 19 años.

Las vulneraciones de derechos se dividen en 6 asesinatos; 132 agresiones físicas o verbales perpetradas por civiles; 16 abusos policiales; 110 casos de discriminación laboral y 33 de tipo educacional; 60 movilizaciones o campañas de odio, 379 episodios de marginación institucional; 64  exclusiones en el espacio público o privado; 253 casos de homo/transfobia comunitaria (“familia, amigos/as, vecinos/as”), 209 discursos que incitan a la violencia y 4 hechos de discriminación en la cultura, medios o espectáculos

Entre las categorías de discriminación que más abusos hubo y que resultan más preocupantes se encuentran las  “declaraciones homo/transfóbicas” que aumentaron un 208%, seguidas por la “marginación en los espacios públicos o privados” (+106,4%), las “movilizaciones de  odio” (+93,5%), las “agresiones físicas o verbales perpetradas por civiles” (+80,8%), “la discriminación comunitaria” (familia, vecinos) (+51,4%), la discriminación laboral (+50%) y los asesinatos (+20%).

Del total de abusos conocidos en 2020, el 26% afectó a gays, el 15%  a lesbianas y el 11% a trans (76 mujeres y 59 hombres), mientras el 48% perjudicó a la población LGBTIQ+ como conjunto.

En comparación al año precedente, la discriminación a gays aumentó un 78,4%; a trans un 46,8% y a lesbianas un 8,28%, mientras que los abusos contra la población LGBTI+ como conjunto mermaron un 6,26%. En tanto, y al considerar el total de 5.506 denuncias o abusos conocidos entre los años 2002 y el 2020, el 49,5% afectó a la población LGBTIQ+ como conjunto, el 20,3% a gays, el 15,9% a trans y el 14,3% a lesbianas

Casos-de-homofobia-por-categoria-movilhEn cuanto a la distribución geográfica, la mayor concentración y número de casos en 2020 nuevamente se registró en Valparaíso con el 38,4% del total nacional, seguida por la región Metropolitana (23,9%), Biobío (3%), Coquimbo (1,65%), Maule (1,5%), Antofagasta (1,42%), Araucanía (1,42%), Los Lagos (1,26%) O´Higgins (1,02%), Atacama (0,63%), Ñuble (0,63%),  Los Ríos (0.63%), Tarapacá (0,39%), Aysén (0,23%), Magallanes (0,71%) y Arica (0,07%). En tanto, las redes sociales, y en menor medida los medios de comunicación, acumularon el 26,21% del total de casos a nivel nacional.

La Región de Los Lagos aumentó un  33,3% los casos o denuncias por discriminación en relación al año precedente, seguida por la Metropolitana (32,3%),  Maule (26,6%), Tarapacá (25%), Biobío (22,5%), Araucanía (20%), O´Higgins (18,1%), Coquimbo (16,6%), Atacama (14,2%), y Antofagasta (12,5%). En tanto en redes sociales hubo un incremento del 301,1%.

Por su lado, en Arica mermaron un 90% las denuncias por homofobia o transfobia, seguida de Aysén (-40%), Valparaíso (-28,7%) y Los Ríos (´20%).

Finalmente Magallanes y Ñuble mantuvieron el número de casos del año precedente.

“Al 2020 puede concluirse que el incremento ya no solo se relaciona con que las víctimas denuncian más que en el pasado y están más empoderadas en sus derechos, sino también porque hay un aumento de la discriminación, en particular cuando se registran avances pro-derechos LBTIQ+ contra los cuales los opositores a la igualdad se movilizan con fuerza, violencia y sistematicidad”, apunta el informe.

Un total de 62 instituciones y 832 personas fueron responsables de los 1.266 abusos contra la población LGBTIQ+ cometidos en 2020. Los principales responsables de los atropellos se detallan en el Ranking Anual de la Homofobia y la Transfobia, expuesto en el segundo capítulo del informe.

A nivel institucional el Ranking es encabezado por el Ministerio de Justicia y por su Subsecretaría de Derechos Humanos, seguidos por la UDI, la Primera Sala de la Corte Suprema, el Tribunal Constitucional, la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Gendarmería, Registro Civil, la Armada, el Ministerio de Defensa, Carabineros, las isapres Colmena Golden Cross y Vida Tres, el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) y el Municipio de San Esteban, entre otros

En el plano personal, el primer lugar en el Ranking lo lideran los responsables de los 6 crímenes de odio, seguidos por el Ministro de Justicia, Hernán Larraín; la Subsecretaria de DDHH, Lorena Recabarren; diversos/as ministros/as de la Corte Suprema y tribunales de primera instancia;  el presidente de la República, Sebastián Piñera, y parlamentarios/as de la UDI y RN, entre otros, como Marcelo Ríos, Patricia Maldonado, Catalina Pulido y Alberto Plaza.

Los movimientos LGBTIQ+ reaccionaron y/o dieron respuesta o ayuda al 93,9% del total de casos conocidos en 2020

Sectores específicos del Gobierno y municipios posibilitan algunos avances

Si bien el Gobierno fue débil en materia de condena pública a las violaciones a los derechos  humanos de las personas LGBTIQ+, mantuvo en el desamparo a los defensores/as de DDHH, se negó a implementar políticas públicas focalizadas en el contexto del Covid-19, fue indiferente a los abusos homofóbicos al interior de la Armada e hizo un permanente lobby en el Congreso Nacional para boicotear la igualdad legal, algunas reparticiones experimentaron avances”, señala el informe.

Junto al apoyo jurídico y psicológico que la Subsecretaría de Prevención del Delito brindó a las víctimas de la homo/transfobia, se sumó una mayor coordinación de la Seremis de Salud con los movimientos LGBTIQ+ para hacer frente al VIH/SIDA; aspecto donde también colaboró el Injuv. A la par,  el Minsal creó el Departamento de Derechos Humanos y Género; Gendarmería aprobó un protocolo que resume los derechos de internos/as, visitantes y funcionarios/as trans establecidos en la ley y en fallos que condenaron a la entidad; el Departamento de Migración y Extranjería lanzó una circular para proteger los derechos trans; las plataformas electrónicas el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) se actualizaron, permitiendo a parejas del mismo sexo postular a subsidios habitacionales; y destaca muy especialmente por marcar un hito,  la Intendencia de Fondos de Seguros Previsionales y de Salud que obligó a la Isapre Vida Tres a otorgar cobertura de fertilización asistida a una pareja lésbica, tras negarse a ello por razones homofóbicas”, resume el informe Leer más…

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Corte IDH declara a Perú responsable por torturas y violación a una persona LGBT

Miércoles, 8 de abril de 2020
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azulPor Vero Ferrari

En una sentencia histórica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado peruano por las torturas y violación sexual que sufrió Azul Rojas Marín de parte de agentes policiales de la Comisaría de Casa Grande (Trujillo), el 25 de febrero del 2008, cuando fue interceptada, según la policía “para identificarla”. Allí fue retenida cuatro horas en la dependencia policial, siendo torturada y violada sexualmente por cuatro policías. Cuando Azul intentó interponer la denuncia en la comisaría ese mismo día, no se la recibieron, por lo que fue a los medios de comunicación. Dos días después volvió a la comisaría para interponer nuevamente la denuncia. Dos días después se le realizó un reconocimiento médico legal y una pericia psicológica que revelaron lesiones y afectación psicológica por lo vivido.

Un proceso judicial que duró una década

24 de marzo de 2008, la Fiscalía peruana dispuso promover una investigación preliminar contra el personal policial de la Comisaría de Casa Grande por el delito “contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual” en agravio de Azul. Es ahí que empieza todo el arsenal de defensa de la impunidad contra Azul. Policía, Fiscalía y Poder Judicial rechazaron, negaron, pusieron en duda y no valoraron la violencia vivida por Azul como un daño efectivo contra su integridad física y psicológica.

21 de octubre de 2008, el Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa requirió el sobreseimiento del proceso seguido contra tres oficiales de policía por los delitos de violación sexual agravada y abuso de autoridad en perjuicio de Azul.

9 de enero de 2009 el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Ascope “declaró fundado el requerimiento del Ministerio Público” y “sobreseyó el proceso por ambos delitos y contra los tres imputados”, ordenando el archivo del expediente, indicando que no existía credibilidad en la versión de la presunta víctima, que ella no había sido uniforme en su declaración sobre los hechos, y además, había continuado con sus labores habituales el 25 de febrero, y que el examen médico se realizó cuatro días después de los hechos por lo que las pericias generaban una duda razonable en su contra.

22 de enero de 2009, Azul interpuso un recurso de apelación contra la resolución anterior. El 23 de enero de 2009 el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Ascope lo declaró improcedente de plano por extemporáneo. Es ahí cuando Azul recurre a instancias internacionales.

20 de noviembre de 2018, la Segunda Fiscalía Supraprovincial, en cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dispuso la apertura de investigación contra los presuntos responsables por el delito de tortura, pero el 4 de diciembre de 2018, la Quinta Fiscalía Superior de La Libertad declaró nulo el requerimiento. El 16 de enero de 2019, la Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ascope solicitó al Juez Penal de Investigación Preparatoria de Ascope la nulidad de las actuaciones en el proceso seguido contra los tres oficiales de policía. El 14 de agosto de 2019, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Ascope resolvió declarar improcedente el pedido de nulidad argumentando que el expediente tenía autoridad de cosa juzgada y que las recomendaciones de la Comisión no tenían la misma fuerza vinculante que las decisiones de la Corte. La Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ascope presentó recurso de apelación, señalando que el Estado debía hacer sus mejores esfuerzos para cumplir con las recomendaciones de la Comisión. El 3 de septiembre de 2019, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Ascope resolvió declarar inadmisible el recurso de apelación por considerar que no respetaba los requisitos de admisibilidad exigidos por la normativa procesal penal peruana.

Lo que ordenó la Corte

Gracias a esta sentencia, el Estado peruano deberá continuar las investigaciones que sean necesarias para determinar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de la violencia y tortura sexual sufrida por Azul, evitando la aplicación de estereotipos discriminatorios y la realización de cualquier acto que pueda resultar revictimizante.

Como medidas de satisfacción, la sentencia deberá publicarse en la página web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y deberá realizarse u acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional. Así también, se le deberá dar asistencia médica y psicológica a Azul de forma gratuita e inmediata; y como garantías de no repetición, se deberá adoptar un protocolo sobre la investigación y administración de justicia en casos de violencia contra las personas LGBTI, se sensibilizará y capacitará de agentes estatales sobre violencia contra las personas LGBTI, se diseñará e implementará de un sistema de recopilación y producción estadística de violencia contra personas LGBTI y se eliminará el indicador de “erradicación de homosexuales y travestis” de los Planes de Seguridad Ciudadana de las Regiones y Distritos del Perú.

También se ha fijado una compensación por daños materiales e inmateriales contra Azul y su madre, que deberá ser pagado por el Estado. 70 mil dólares para Azul y 20 mil para su madre.

Fuente Agencia Presentes

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Por primera vez Corte Interamericana de DDHH trata torturas de policías a LGBT+

Sábado, 31 de agosto de 2019
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azulPor Vero Ferrari, desde Lima

Foto: Promsex

Azul Rojas Marín fue golpeada, violada y retenida ilegalmente en una estación de policía el 25 de febrero del 2008 en la provincia de Ascope, en el departamento de La Libertad al norte del Perú. Hoy, 27 de agosto de 2019, en el Período Extraordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que se realiza en Colombia, 11 años después de sucedidos los hechos, se presentó el caso Rojas Marín y otra vs Perú en una audiencia. Por primera vez la violencia institucional que sufrió una mujer transexual se presenta ante esta Corte para dar su testimonio de cómo un Estado puede ser partícipe de una tortura que aún no acaba.

Hechos que se denuncian

Aquel 25 de febrero de 2008, con la excusa de que querían que se identificara, el policía Luis Quispe Cáceres y dos de sus compañeros, obligaron a la víctima -que en aquel momento aún no había transicionado y era gay- a subir a un patrullero y se dirigieron hacia la comisaría de Casa Grande. Ahí, Juan Isaac León Pardo y Dino Horacio Ponce Pardo la golpearon.

A pesar de la gravedad de los hechos y de las lesiones físicas y psicológicas que sufrió Azul, su caso fue archivado por el Poder Judicial peruano en 2009. El trato que recibió Azul de los policías y del sistema judicial fue brutal. Con el apoyo de organizaciones pro derechos LGTBI, su caso fue admitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2016, siendo la primera vista del caso el 1 de diciembre de ese año.

En ella, la CIDH acreditó que Azul fue víctima de violencia física, psicológica y sexual. También que hubo un especial ensañamiento contra ella por su orientación sexual, y que hubo un incumplimiento del Estado peruano, porque no investigó con la debida diligencia. Por lo que recomendó una reparación integral a la víctima y que su caso sea visto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El representante de la CIDH, Luis Ernesto Vargas, señaló hoy frente a la Corte que este es el primer caso sometido a la jurisdicción de este tribunal por la responsabilidad de un Estado como resultado de violencia física y psicológica, incluyendo violación sexual, contra una persona LGBT.

Para qué sirve la sentencia de la Corte IDH

  • La sentencia de la Corte servirá para establecer estándares legales de reparación hacia víctimas de crímenes de odio, con el fin de asegurar que éstas puedan reconstruir sus vidas, reconociendo su identidad en un país que aún se niega a aprobar una Ley de Identidad de Género.
  • También sirve para asegurar que el Estado reconozca que no cumplió con su deber.
  • Cumplir con su función significa que el Estado repare a Azul Marín reconociendo su identidad, sancionando a sus agresores, asegurando su supervivencia material y evitando que situaciones de violencia contra las personas LGTBI en su conjunto vuelvan a repetirse.

“Este caso representa una oportunidad histórica para que el Estado peruano erradique la violencia sistemática contra las personas LGTBI de sus prácticas institucionales y para que la Corte IDH adopte un precedente de gran importancia para la protección de personas LGTBI en toda la región”, expresó a través de su página web el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex), que con sus asistencia legal acompañó a la víctima ante la CIDH, junto a la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y a REDRESS. “Las organizaciones que acompañamos el proceso reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos humanos de Azul, incluyendo su derecho al debido proceso legal”.

Fuente Agencia Presentes

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