Un juez británico prohíbe todo contacto con sus hijos a una mujer transexual, debido a las creencias religiosas de su exesposa
Un juez británico ha prohibido todo contacto con sus hijos a una mujer transexual, basándose en que los niños serían repudiados y marginados por los miembros de la comunidad judía ultraortodoxa a la que pertenecen. A pesar de reconocer que las personas transexuales tienen derecho a ser reconocidas y respetadas, ha decidido anteponer los prejuicios religiosos de quienes ni siquiera tienen una relación de parentesco con los menores.
El juez británico Peter Jackson debía decidir sobre los derechos de visita de una mujer transexual, que se había divorciado en 2015 de su hasta entonces esposa tras iniciar las terapias hormonales. Ambas pertenecían a una comunidad ultraortodoxa judía y habían tenido cinco hijos en común. Los miembros de la comunidad encontraban, según uno de sus rabinos, que la transexualidad violaba varios preceptos básicos de la torá (o ley judía), y que el proceso a que se sometía la mujer era “un pecado”.
Debido a ello, si la afectada intentaba seguir en contacto con sus hijos, estos serían repudiados y marginados oficialmente por el resto de integrantes de la comunidad. Doblemente marginados en este caso, porque ya están obligados a recibir educación en clases separadas de sus compañeros al haberse divorciado sus progenitores.
El juez Jackson ha tenido en cuenta estos condicionantes, anteponiéndolos al derecho a la igualdad de la mujer transexual demandante. Si bien, ha hecho constar en su sentencia que ha considerado también que “a pesar de su antigüedad, la ley judía no debe tener más de 3.500 años, mientras que la transexualidad indudablemente ha existido a lo largo de los 120.000 años que el homo sapiens lleva existiendo sobre la Tierra. Ambos aspectos de la cuestión tienen que ser tenidos en cuenta”.
Sin embargo, finalmente ha decidido inclinarse por anteponer las creencias de la exesposa cisgénero y su derecho a educar a sus hijos según su religión. Todo ello a pesar de que, tal y como se testificó en el juicio, a los niños se les había hecho creer que su progenitora transexual estaba internada en un centro psiquiátrico, o incluso que había muerto.
Finalmente, el magistrado ha decidido que la mujer transexual no podrá mantener ningún tipo de contacto con sus hijos, ya sea físico, hablado o por medios electrónicos. Únicamente se le permite escribirles en cuatro ocasiones al año: en tres de las fiestas del calendario judío y en el día de su cumpleaños.
Según el juez Peter Jackson, en este caso se enfrentaban “de una parte el derecho a la libertad religiosa y de otra el derecho a la igualdad de trato”. Una reducción un tanto absurda, puesto que nadie ha tenido en cuenta si la mujer transexual afectada profesa actualmente otro tipo de creencia que deba valorarse también, y en la cual hubiera querido criar a sus hijos. Quizás en valores como el respeto a la diversidad y la tolerancia.
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