El Gobierno de España llega a un acuerdo con la Junta de Andalucía y no recurrirrá ante el TC la Ley de transexualidad
Susana Díaz, Presidenta de la Junta de andalucía en funciones, con el ministro de Hacienda Cristóbal Montoro
El Gobierno ha alcanzado un acuerdo con la Junta de Andalucía por el que considera “resueltas” las “discrepancias” sobre varios artículos de la Ley integral para la no discriminación por motivos de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales que aprobó el Parlamento andaluz en junio de 2014 por unanimidad de todos los grupos políticos y, en consecuencia, renuncia a recurrir dicha norma ante el Tribunal Constitucional (TC).
Ambas administraciones acordaron el pasado 15 de octubre designar un grupo de trabajo para poner solución a dichas “discrepancias” en el seno de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía que ha cerrado sus trabajos con acuerdo el pasado 26 de marzo.
El acuerdo, suscrito por el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, y el vicepresidente de la Junta y consejero de la Presidencia en funciones, Manuel Jiménez Barrios, da por “solventadas” las discrepancias existentes sobre el alcance de artículos relativos a la concesión de documentación administrativa que refleje la “identidad de género manifestada” por las personas transexuales; el reconocimiento del derecho de los menores “con disconformidad de su identidad de género” a “utilizar libremente el nombre que hayan elegido” o la inclusión en la “cartera básica de servicios” sanitarios de tratamientos para modular el tono y timbre de la voz de las personas transexuales para adecuarlos a su identidad de género.
Así, el acuerdo establece que “el sistema sanitario público de Andalucía garantizará el acceso a la cartera de servicios existentes a todas las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley y con derecho a dicha asistencia sanitaria, conforme a su identidad de género”, así como que “considerará en su cartera de servicios complementarios, dentro del marco de sus competencias, los tratamientos que tiendan a la modulación del tono y timbre de la voz, por cuanto no constituyen para las personas transexuales una cuestión estética o cosmética, sino su correspondencia y adecuación a su identidad de género“.
También han acordado una interpretación coincidente de la norma por la que se determina que “la disposición reglamentaria que establezca el procedimiento de acreditación velará porque se mantenga la debida separación entre el nombre del Registro Civil y el nombre elegido por razones de identidad de género, de tal forma que la acreditación de dicha identidad de género se entienda exclusivamente a los efectos de la propia Ley y en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Andalucía“.
Con los términos de este acuerdo, Gobierno y Junta coinciden en considerar “resueltas las discrepancias manifestadas” y dar por “concluida la controversia planteada”, con lo que se descarta la posibilidad de recurrir ante el TC.
Fuente Cáscara Amarga
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