El colegio, representado por el estudio jurídico Grupo Asis, exigió al Movilh que borrara de sus redes sociales y sitio web la denuncia de una madre y un niño de 9 años que acusaron brutales episodios de bullying homofóbico al interior del establecimiento. La Corte falló a favor del Movilh y contra el establecimiento educacional.
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó un recurso de protección mediante el cual el Colegio San Agustín de Hipona, de la comuna de Santo Domingo, buscaba censurar y eliminar del sitio web y de las redes sociales del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) una denuncia por bullying homofóbico que afectó a un niño de 9 años.
Los ministros Raúl Eduardo Mera Muñoz y Álvaro Rodrigo Carrasco Labra y el abogado integrante Felipe Andrés Caballero Brun, fallaron que respecto de la “ONG MOVILH resulta determinante sostener que la publicación efectuada en su red social Instagram, materia de autos, se encuentra efectuada dentro del ejercicio del derecho de informar y opinar, resguardado por el artículo 19 N°12 de la Constitución Política, y ello ocurrió con ocasión de una denuncia efectivamente realizada por una persona concreta, al punto que los mismos hechos se encuentran sometidos actualmente al conocimiento de un Juzgado de Familia”.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó al mismo tiempo el recurso de protección presentado por el Colegio San Agustín de Hipona, cuya directora es Priscila Contreras Droguett, contra una persona que había solo difundido la denuncia publicada por el Movilh con el hashtag “basta de homofobia”. Dicha persona, concluyó la Corte, solo se limitó a “compartir una información legítimamente publicada por la organización de que se trata”.
En todo el proceso el Movilh fue representado por la abogada Claudia Castañeda, quien fundamentó que el recurso de protección era contrario al derecho de informar y opinar y aclaró que previa a la publicación de la denuncia dicha organización LGBTIQ+ había escrito al colegio para conocer su versión de los hechos, sin jamás recibir respuesta.
Además, explicó Castañeda, “los hechos alegados por el Colegio en su recurso, no tenían relación alguna con la acción cautelar que presentaron, pues corresponden sean expuestos en las instancias legales y administrativas donde la madre y su hijo hicieron la denuncia por violencia escolar”.
El Encargado de DDHH del Movilh, Ramón Gómez, reportó que “el Colegio San Agustín de Hipona nos presionó e intentó censurarnos por diversas vías. Primero mediante correos intimidantes que nos envió a través del estudio jurídico Grupo Asis y luego con el recurso de protección. El Colegio omitió siempre la verdad, pues en todo momento ocultó que la denuncia no era del Movilh, sino que de un niño de 9 años y de su madre, a quienes nuestra organización tiene el deber de orientar y ayudar. Al Colegio tampoco nada le importó que una institución como la nuestra puede publicar las denuncias recibidas, una labor enmarcada en el periodismo institucional y en los procesos de sensibilización que son parte de nuestra misión”.
“Valoramos este fallo que hace justicia a la libertad de información y expresión, pero por sobre todo, porque reconoce la labor de nuestra organización como medio informativo de las denuncias por homo/transfobia que atendemos y recibimos. Agradecemos a la abogada Castañeda por su excelente desempeño en este caso”, apuntó Gómez.
Esta es la segunda vez que un fallo reconoce el derecho del Movilh para publicar las denuncias por homo/transfobia en sus redes sociales y sitio web, luego de que en noviembre pasado la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazara un recurso de protección presentado por un dentista que buscaba eliminar una noticia que lo acusaba de agredir física y verbalmente a una pareja gay
El caso del Colegio San Agustín de Hipona
Fue el pasado 7 de junio cuando el Movilh publicó en su sitio web y redes sociales la denuncia de un niño de 9 años y su madre que acusaron constantes acosos homofóbicos sufridos por el estudiante al interior del Colegio San Agustín de Hipona, donde cuatro compañeros solo por suponer que era gay lo insultaron con frases y gestos obscenos, viéndose su familia en la obligación de retirarlo del establecimiento, según el relato de la apoderada.
“A mi hijo lo presionaron para dijera que es gay, degradando su condición emocional y autoestima. Los compañeros se tocaban el pene frente a él y le indicaban que lo chupara. También le dijeron que le “abrocharían el culo», además de tratarlo de “hijo de puta” y garabatearlo”, señaló en esa ocasión la madre, quien en una oportunidad debió trasladar de urgencia al niño a UC Christu debido a las crisis de pánico y ansiedad que le provocaban los acosos.
Representado por los abogados del estudio jurídico Grupo Asís; Paulo Avendaño Valle y Francisco Ramírez Silva; el Colegio San Agustín de Hipona presionó en primera instancia al Movilh por correo electrónico para que borrara la publicación, llegando al extremo de acusar a la organización LGBTIQ+ de haber cometido un delito de tipo penal
Luego de que el Movilh no cediera a las presiones e intentos de censura, el Colegio San Agustín de Hipona presentó el recurso de protección donde junto con negar la existencia del bullying homofóbico; pese a que ello es aún materia de investigación por parte del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Litueche; acusó al movimiento de LGBTIQ+ de constituirse en “una comisión especial que está intentando juzgar a la recurrente”.
Añadió que el Movilh “sin contar con facultad alguna a nivel legal, ni tampoco con fundamento alguno, ha afirmado que en las dependencias del Establecimiento Educacional se ha realizado “brutal bullying homofóbico” (…) A los recurridos poco y nada les ha importado el respeto de las garantías de los menores involucrados”.
El Colegio; que también presentó el recurso contra una persona que difundió la noticia sobre el bullying; acusó además al Movilh de usar de manera “ilegal y/o arbitraria” del nombre del establecimiento educacional, por considerar que solo la escuela tiene el derecho a utilizarlo públicamente, al igual que “el logo e imagen” de la entidad.
En consecuencia, el Colegio Agustín de Hipona pidió al tribunal que obligara al Movilh a eliminar la “publicación de la red social Instagram” (…) y en caso que este no fuese cumplido, decretar oficio a Instagram con el objeto de que elimine dicha publicación, así como todas aquellas compartidas o emanadas de aquella”.
La Corte, felizmente, rechazó en todas sus partes las pretensiones del Colegio San Agustín de Hipona.
Fallo completo aquí
Fuente MOVILH
General, Homofobia/ Transfobia., Iglesia Católica
Álvaro Rodrigo Carrasco Labra, Chile, Claudia Castañeda, Colegio San Agustín de Hipona, Estudio jurídico Grupo Asis, Felipe Andrés Caballero Brun, MOVILH, Priscila Contreras Droguett, Ramón Gómez, Raúl Eduardo Mera Muñoz, Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Valparaíso
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