La Clínica Universidad de Navarra (Opus Dei), cataloga la transexualidad y la homosexualidad como “trastorno” o “desviación”.
La Clínica Universidad de Navarra
La clínica por la institución religiosa, calificada como mejor hospital privado de España en 2022 por el Monitor de Reputación Sanitario, cita además la homosexualidad en el apartado de “desviaciones sexuales”.
“Se engloban dentro de las desviaciones sexuales las alteraciones de la identidad sexual o transexualismo”
Desviaciones, prevenciones, fetiches, conceptos más que desfasados para hacer referencia a realidades complejas como la identidad o expresión de género y la orientación sexual. Así se definen la homosexualidad y transexualidad en la Clínica Universidad de Navarra (CUN), el centro médico creado por el Opus Dei, que cree en las desviaciones sexuales. A diferencia de la Organización Mundial de Salud (OMS) o la nueva ley trans, la clínica patologiza la transexualidadEn esa categoría incluye aquellos comportamientos alejados de la “norma social admitida en cuanto a la elección sexual o a la organización de la sexualidad“, entre los que ubica la transexualidad o las conductas “anormales” respecto al “papel sexual”.
Así consta en el diccionario médico de la CUN, disponible para consultas online en su página web. Recientemente, el Monitor Empresarial de Reputación Corporativa volvió a situar a este centro médico –situado en Pamplona y Madrid– como el mejor hospital privado de España, una distinción que conserva por octavo año consecutivo.
Según ha podido verificar Público, la clínica del Opus identifica el “transexualismo” como un “trastorno de la identidad sexual que consiste en el deseo de vivir y ser aceptado como un miembro del sexo opuesto”. “Suele acompañarse por sentimientos de malestar o desacuerdo con el sexo anatómico propio y con la intención de someterse a un tratamiento quirúrgico u hormonal para hacer que el propio cuerpo concuerde, lo más posible, con el sexo preferido“, agrega.
La transexualidad aparece recogida también dentro de la definición sobre “desviación sexual”. “En sentido general, se engloban dentro de las desviaciones sexuales las alteraciones de la identidad sexual o transexualismo y los comportamientos anormales respecto al papel sexual o travestismo, respecto a la inclinación sexual o parafilias, y respecto a la orientación sexual u homosexualidad”, apunta.
La CUN añade que “en sentido estricto” el término “desviación sexual” solamente “hace referencia a las parafilias o desviaciones sexuales propiamente dichas, también conocidas como perversiones”.
Asimismo, define al travestismo como un “trastorno de la identidad sexual que consiste en llevar ropas del sexo opuesto durante una parte de la propia existencia a fin de disfrutar de la experiencia transitoria de pertenecer al sexo opuesto, pero sin ningún deseo de llevar a cabo un cambio de sexo permanente y, menos aún, de ser sometido a una intervención quirúrgica para ello”. “Debe diferenciarse del travestismo fetichista, en el que hay una excitación sexual que acompaña a estas experiencias de cambio de vestido”, aclara.
En cambio, las organizaciones internacionales hace años que han dejado atrás estos discursos LGTBI-fóbicos y es que, la definición sobre transexualidad que realiza la clínica del Opus contradice lo señalado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), que el año 1990, la eliminó la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales. Una decisión muy esperada por el colectivo LGTBI, pero ante la cual muchas organizaciones conservadoras y religiosas pusieron el grito en el cielo. Una situación se vivió décadas después, cuando se despatologizó la transexualidad. Concretamente, el año 2018, la OMS eliminó definitivamente la transexualidad de la lista de trastornos mentales, concretamente del apartado titulado “trastornos de la identidad de género” e incluirla como “incongruencia de género” bajo el epígrafe “condiciones relativas a la salud sexual”.
La estela de la despatologización de la homosexualidad hace décadas que se consolida en la mayoría de países del mundo y, recientemente, pasa también con la transexualidad. Por ejemplo, la nueva ley trans avanza en la despatologización en casos como el derecho a cambiar de sexo sin informes médicos.
“Deber de matar“
El diccionario médico de la CUN incluye también una serie de definiciones contundentes en torno a la eutanasia, regulada por la ley en España desde junio de 2021. En esa línea, el centro médico de la congregación ultracatólica define el “derecho a morir” como un “derecho subjetivo que los partidarios de la eutanasia pretenden que deben ejecutar los médicos cuando el paciente así lo solicite“.
“Este derecho correspondería al deber de matar del médico; éste debería contra los principios básicos del Estado de derecho y contra los principios éticos básicos de la medicina”, afirma. En otra entrada del diccionario médico, titulada “suicidio asistido y ética”, se señala que “difunde la convicción de que una vida con menor número de satisfacciones puede no ser digna de ser vivida, lo cual es falso”.
Fuente Público/El Nacional Cat
Comentarios recientes