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El poder legislativo de Perú avanza contra los derechos de las mujeres y personas LGBT

Sábado, 30 de julio de 2022

cual-es-la-bandera-de-peruEn el congreso peruano revisan diferentes proyectos de ley que implican un retroceso en materia de derechos.

 LIMA, Perú. El Perú se enfrenta al peor ataque a los derechos de las mujeres y personas LGTBIQ+ llevado a cabo por un Congreso de mayoría conservadora.

Lo que no lograron en la sociedad civil los grupos anti derechos, encabezados por la campaña de desinformación “Con mis hijos no te metas”, lo están consiguiendo sus políticos en el Poder Legislativo.

Frente a ellos, los pocos congresistas progresistas que hay se encuentran sin capacidad de hacerles frente. Revisamos aquí que se ha aprobado y qué se quiere aprobar en el Parlamento:


Contra el enfoque de género: Aprobado

La Ley N° 31948 impulsa la calidad de los materiales y recursos educativos en el Perú. Con esa excusa, el Ministerio de Educación podrá restringir sus atribuciones y pasar por la valoración de los padres y madres de familia para publicar los libros dirigidos a lxs estudiantes de colegios nacionales de primaria y secundaria.

Esto se hace, a través de un registro de dirigentes en donde se inscribirán los representantes de las asociaciones de padres de familia. Lo que buscan los impulsores de esta ley es que ingresen grupos conservadores para censurar el enfoque de género, la educación sexual integral y cualquier tipo de referencia sobre métodos anticonceptivos o diversidad sexual.

Esta posibilidad de intervención de externos, no especialistas en el diseño de contenidos, elaborado por profesionales genera un obstáculo insalvable para la publicación de estos textos.

Como señala el artículo 5, inciso 1 de la ley, “los funcionarios y servidores civiles del sector educación no podrán aprobar o publicar materiales, textos ni recursos educativos cuyo contenido vulnere los principios previstos en el artículo 2 o que en cuya elaboración no hubieren participado los padres de familia, conforme a los términos previstos en esta ley”.

Una evaluación sobre las observaciones

Además, “la entidad pública deberá comunicar el resultado detallado del análisis y evaluación de los comentarios y observaciones recibidas a las organizaciones que las presentaron, luego de lo cual los representantes de las organizaciones de los padres de familia tienen un plazo de 10 días hábiles para expresar su conformidad, quedando dicha entidad pública habilitada para publicar o aprobar los materiales, textos y recursos educativos materia del procedimiento en caso de no existir impugnación al referido resultado”.

Y si esto no sucede, entonces los textos “dejarán de ser distribuidos, publicados, expuestos o —en general— se suspenderá cualquier acción que suponga su difusión a los educandos o comunidad educativa, siendo los responsables de la elaboración de dicho contenido pasibles de sanción administrativa determinada por su superior jerárquico”. Un círculo vicioso sin fin que solo logrará que nunca se publiquen los textos o se haga con información sesgada, parcializada, incompleta o equivocada.

Frente a ello, una estudiante ha interpuesto una acción de amparo contra esta ley por poner en peligro derechos fundamentales como el acceso a la educación, información, libertad de expresión, opinión, entre otros.

Contra los derechos sexuales y reproductivos en comisiones

El proyecto de Ley N° 785/2021-CR propone que “el concebido tiene derecho a la vida y al respeto de su dignidad” del artículo 1 del Código Civil peruano, se modifique por: “La vida humana comienza con la concepción. La persona humana es sujeto de derecho desde su concepción. El Estado peruano reconoce y garantiza el respeto a la dignidad del concebido, así como su derecho a la vida, a la identidad propia, a la integridad psíquica y física, así como a su libre desarrollo intrauterino”.

A su vez, el proyecto de Ley 1520/2021-CR, que promueve la protección del embarazo, de la madre gestante, del niño por nacer y de su entorno familiar, propone priorizar el embarazo y la vida del concebido por encima de la vida y salud de la persona gestante, así se trate de una niña o adolescente.

Estas propuestas conservadoras buscan reconocer al concebido como persona humana por nacer. Darle una identidad propia y una personalidad independiente de la mujer gestante, lo que vulnera sus derechos reproductivos y obstaculiza su acceso a un aborto seguro, incluido el aborto terapéutico, que es el único aborto legal en el Perú. De ese modo pone en riesgo la vida de niñas, adolescentes y adultas.

Contra las madres que denuncian a padres agresores: en comisiones

El proyecto de Ley 1090 crea, implementa y constituye el Registro Nacional de Progenitores Obstructores – RENPROB, a cargo del Poder Judicial. Con esta propuesta se pretende perseguir y sancionar a madres que intentan proteger a sus hijxs de padres con denuncias de agresión.

El Proyecto de Ley 1096, regula la tenencia compartida de los niños y adolescentes. Con esta propuesta se busca la obligatoriedad de la tenencia, a pesar de que los padres puedan tener denuncias de agresión, violencia física, psicológica o sexual, o no pasar pensión alimenticia.

El Proyecto de Ley 1120 garantiza la aplicación de la tenencia compartida, modificando el código de los niños y adolescentes. Esta propuesta busca modificar los artículos 81, 82, 83, 84, 85, 87, 88, 91, 93 y 97 del Código de los Niños y Adolescentes, para que padres y madres tengan tenencia compartida obligatoria, a pesar de denuncias de violencia. Variar de forma infinita la conciliación y las resoluciones de los juzgados; quitarles la potestad a los jueces para evaluar el bienestar de lxs hijxs, entre otros.

El Proyecto de Ley 1687 apunta a modificar el Código del Niño y del Adolescente sobre la tenencia compartida, y fue subsumida en el PL 1120.

Todos estos proyectos fueron aprobados por el Pleno del Congreso, la ley fue observada por el Poder Ejecutivo y se espera su aprobación por insistencia.

Contra el ministerio de la mujer

Otro proyecto de ley, el 1229, establece de necesidad pública el cambio de denominación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a Ministerio de la Familia y Poblaciones Vulnerables. El argumento es que “permite poner en vitrina y darle la importancia real a los demás grupos vulnerables que forman parte de un mismo núcleo familiar”.

Según esta propuesta, por colocar “Mujeres” en el nombre del ministerio se desprotege a niñxs y adultxs mayores, lo que cambiaría si cambian el nombre.

En el fondo, lo que se busca es desconocer la violencia histórica, estructural y sistemática que sufren las mujeres, subsumirlas en el entorno familiar y perpetuarlas en un rol reproductivo.

https://twitter.com/frentelumat/status/1547994633799471104?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1547994633799471104%7Ctwgr%5E%7Ctwcon%5Es1_c10&ref_url=https%3A%2F%2Fagenciapresentes.org%2F2022%2F07%2F18%2Fel-poder-legislativo-de-peru-avanza-contra-los-derechos-de-las-mujeres-y-personas-lgbt%2F

Contra el uso de baños neutros

El Congreso, luego de las protestas y el ridículo internacional, dio marcha atrás y aprobó que la OEA realice su Asamblea en el Perú. El acuerdo fue aprobado con «reservas», pero no podrán evitar la instalación del baño neutro.

Según los congresistas que votaron en contra de suscribir el acuerdo, la OEA busca intervenir en el derecho interno peruano y contrabandear ideologías.

Fuente Agencia Presentes

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