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El Gobierno andaluz deja expirar el plazo para resolver la primera infracción de la ley en defensa de las personas LGTBI

Sábado, 23 de julio de 2022

466A27B1-62AF-4019-97B8-FF24B4460ECERocío Ruiz, Domínguez, consejera de Igualdad y Políticas Sociales y Conciliación en funciones (Ciudadanos)

La Consejería de Igualdad y Políticas Sociales incoa un nuevo expediente sancionador contra una psicóloga de Sevilla por unos tweets presuntamente contrarios a la autodeterminación de género después de caducar el que había iniciado en enero

Javier Ramajo

La resolución del primer y único procedimiento sancionador abierto en virtud de la ley andaluza que garantiza los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares tendrá que esperar. La Junta de Andalucía se ha visto obligada a reiniciar el expediente contra una psicóloga de Sevilla que fue denunciada el verano pasado por la Asociación de Transexuales de Andalucía-Sylvia Rivera y la Asociación Española contra las Terapias de Conversión por posicionarse “en contra de las terapias afirmativas a las personas trans” y por promocionar “que a las personas trans se les trate psicológicamente mediante la aceptación del género que les es impuesto socialmente sobre la base del sexo atribuido al nacer”.

La ley andaluza, en vigor desde febrero de 2018 tras ser aprobada por el Parlamento andaluz a finales de 2017, no establece un plazo específico para ejecutar los expedientes que se puedan abrir a raíz de presuntas infracciones por lo que, en este caso, se aplicaron los plazos genéricos previstos en Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que dice que “cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses”. El 31 de enero se acordó el inicio del procedimiento sancionador, como informó eldiario.es Andalucía, y se abrió plazo de alegaciones, que fue ampliado a solicitud de la denunciada.

Ya en marzo se solicitaron informes técnicos a los Colegios Oficiales de Psicología de Andalucía Oriental y Occidental. En abril, la Asociación Española contra las Terapias de Conversión presentó nuevo escrito con otros tweets y publicaciones de la denunciada “con el objeto de mostrar la defensa que la misma hace de las terapias de conversión”. Se presentaron más alegaciones por todas las partes y, “habiendo sobrepasado el plazo máximo”, la Junta informó en mayo de que se resolvía “declarar la caducidad del expediente sancionador” y ordenar “el archivo de las actuaciones”.

Expediente caducado y reiniciado

Dice la ley que las infracciones muy graves prescriben a los cuatro años por lo que, en una comunicación inmediatamente posterior, la Junta informaba de la incoación de un nuevo procedimiento sancionador a la psicóloga de Sevilla por la presunta comisión de la infracción administrativa tipificada muy grave en el artículo 62.e) de la Ley 8/2017 “por promover, difundir o ejecutar por cualquier medio cualquier tipo de terapia para modificar la orientación sexual y la identidad de género con el fin de ajustarla a un patrón heterosexual y/o cisexual”, dando de nuevo plazo a las partes para presentar sus alegaciones para incorporar a todo lo actuado.

Según explica a elDiario.es Andalucía el abogado y presidente de la Asociación Española contras las Terapias de Conversión ‘No es terapia’, Saúl Castro, “la Junta no ha tenido la diligencia suficiente” para tramitar el asunto en esos tres meses y, más allá de las alegaciones presentadas por las partes, “apenas han practicado diligencias de instrucción” en ese sentido, por lo que el expediente ha tenido que ser reiniciado. En ese tiempo es “imposible” hacer todas las cuestiones que se prevén en un procedimiento sancionador que, además, “no es sencillo” dado el asunto del que trata, comenta en todo caso.

Castro critica que la Junta no ha ido dando traslado de los avances del expediente y que ha sido a instancias de los denunciantes cuando han podido conocer en qué punto se iba encontrando el proceso. “Las leyes de este tipo se suelen desarrollar con reglamentos y luego, para dar cumplimiento a lo dispuesto, se tienen que aprobar protocolos y demás. Pero eso no es óbice para que el reglamento sancionador se aplique desde la entrada en vigor”, explica en relación a que solo haya habido un expediente abierto en cuatro años en la materia.

Posible infracción grave

La Dirección General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad de la Consejería de Igualdad de la Junta ya señaló que los hechos denunciados pueden constituir una infracción administrativa tipificada como muy grave en el artículo 62 e) de la mencionada Ley 8/2017: “promover, difundir o ejecutar por cualquier medio cualquier tipo de terapia para modificar la orientación sexual y la identidad de género con el fin de ajustarla a un patrón heterosexual y/o cisexual”.

A la psicóloga a la que se le propone de nuevo la sanción se le podría imponer una multa de entre 60.001 y 120.000 euros, y alguna sanción accesoria como la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública, contratar con la Junta o inhabilitarla para la prestación de servicios públicos por un periodo de tres a cinco años, e incluso el cierre o suspensión temporal del servicio, actividad o instalación hasta cinco años. Los mensajes que se lanzaron con la apertura de este primer procedimiento es “que el colectivo LGTBI sepa que no está solo” y “que las leyes están para cumplirlas”, dijo la Junta.

ATA-Sylvia Rivera denunció el caso el 5 de julio de 2021 a través de la agencia Europa Press, indicando que la psicóloga había hecho público en una red social que “estaba realizando con éxito terapias de, presuntamente, reversión para que sus pacientes superaran el malestar psicológico que les producía su género”. La denunciada escribió exactamente, según ha comprobado este medio: “Para aquellos misóginos q se preocupan por mis pacientes xq soy crítica con la identidad de género, decirles q mis pacientes están progresando xq precisamente les ayudo a deshacerse del malestar psicológico producido x el género, construcción cultural q subordina a las mujeres”.

Según alegó la psicóloga en conversación con este periódico, las asociaciones denunciantes “están en desacuerdo con que los estereotipos de género se erradiquen, que es una de las bases de la lucha feminista. No estoy sola. Yo trabajo con mujeres víctimas del patriarcado, por ejemplo mujeres que han sufrido violencia obstétrica, depresión posparto porque no han tenido apoyo en sus embarazos. También trabajo con mujeres que sufren maltrato psicológico. Todo eso no dejan de ser consecuencias del sistema patriarcal que utiliza el género como herramienta para oprimir a las mujeres. Por eso yo digo que mis mujeres mejoran cuando yo desmonto los estereotipos de género”, comentó, resaltando que “eso es lo que les duele a esas asociaciones, porque yo soy feminista”.

Deconstruir los estereotipos de género

ATA-Sylvia Rivera había argumentado que las terapias de reversión son “contrarias” a las directrices declaradas en 2009 por la American Psychological Assotiation (APA) y asumidas en 2017 en España por el Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental, que afirman como “inadmisible” que los profesionales de la salud mental “indiquen, insten o hagan creer a sus pacientes que es posible modificar su orientación o identidad sexual”. La Asociación Española contra las Terapias de Conversión incluyó en su amplia denuncia capturas de los tuits publicados entre el 28 de junio y el 2 de julio de 2021, si bien resaltaba que la denunciada había “publicado en repetidas ocasiones tweets tránsfobos y contrarios a la autodeterminación del género, así como rechazando los tratamientos médicos afirmativos del género, especialmente los quirúrgicos. Es decir, defendiendo que la terapia para las personas trans y no binarias no debe ser afirmativa, sino que tiene que centrarse en obligarles a aceptar su cuerpo y a deconstruir los estereotipos de género”.

El artículo 3 o) de la citada Ley 8/2017, según argumentó ATA en su denuncia, define la terapia de aversión o de conversión de orientación sexual e identidad de género como “todas las intervenciones médicas, psiquiátricas, psicológicas, religiosas o de cualquier otra índole que persigan la modificación de la orientación sexual o de la identidad de género de una persona”. “La denunciada no reconoce ni respeta la identidad de género, y presenta un planteamiento alejado de la violencia y discriminación que sufren las personas trans, animándolas a ignorar su autopercepción y su identidad, con una visión contraria a los estándares científicos, así como a las normas internacionales de derechos humanos y a los consensos psicológicos actuales”, señaló ATA en su denuncia.

Las asociaciones, cuyas denuncias fueron acumuladas, expusieron que “en sus publicaciones la denunciada expone argumentos contrarios a la ciencia y a los consensos científicos sobre el origen de la identidad de género y la práctica psicológica recomendada con personas trans y no binarias, defendiendo que la terapia para las personas trans y no binarias no debe ser afirmativa, sino que tiene que centrarse en obligarles a aceptar su cuerpo y a deconstruir los estereotipos de género”.

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El pasado mes de mayo, Los obispos y las obispas de la Iglesia Anglicana de Gales celebraban que el Gobierno galés prohíba las “terapias” de conversión antiLGTBI. El pasado febrero, Israel prohibía las terapias de conversión para miembros de la comunidad LGTBQ+. Al otro lado del Atlántico, la Cámara de los Comunes de Canadá le dio su visto bueno el pasado diciembre,  por unanimidad, a un proyecto de ley para prohibir las pseudoterapias de conversión, y definitivamente el pasado enero de este año. Se trata de un veto total, no solo en menores de edad, y contempla penas de hasta cinco años de cárcel para quien inflija estas prácticas y hasta dos para quien se beneficie económicamente de las mismas o las publicite. El Senado aprobó el texto en una tramitación exprés apenas seis días más tarde y, tras recibir la firma de la gobernadora general, entró en vigor el pasado 7 de enero, y el pasado marzo les seguía Chile que prohíbe por ley las “terapias reparativasde la homosexualidad o la transexualidad.

Sin embargo, hace unos días conocíamos que Boris Johnson cedía a la presión del lobby transexcluyente y dejará fuera de la prohibición de las «terapias» de conversión la identidad de género. Y más recientemente, el Consejo General del Poder Judicial español criticaba en su informe no preceptivo, la prohibición de las mal llamadas terapias, en el proyecto de la ley Trans española. A esto se sumaban las desafortunadas palabras de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, gracias a los votos de la extrema derecha, Díaz Ayuso quien  no sancionará al obispo homófobo Reig Plá por las terapias para ‘curar’ la homosexualidad’.

La situación en otros países

Canadá y Francia se unieron al reducido grupo de países que han prohibido las pseudoterapias de conversión, ya sea de manera general o en menores de edad el pasado mes de enero. Le siguió Nueva Zelanda el pasado 15 de febrero, y el pasado marzo les seguía Chile que prohíbe por ley las “terapias reparativasde la homosexualidad o la transexualidad.

En EE.UU., California fue el primero en hacerlo en 2012, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad en 2014) y más tarde se sumaron los estados de  OregonIllinoisVermont,  Nuevo MéxicoRhode Island, Nevada, Connecticut, Washington,  Hawái, MarylandDelaware y New HampshireNueva York, Colorado y Massachusetts, cuyo texto entró en vigor en 2019 tras la firma del gobernador republicano Charlie Baker.

En abril del mismo año  también  se les unía Puerto Rico, estado asociado a los Estados Unidos, aunque en este caso lo hacía mediante una orden ejecutiva firmada por su gobernador, Ricardo Roselló, después de que la Cámara de Representantes puertorriqueña rechazara tramitar un proyecto de ley aprobado por el Senado. Y en mayo, la Cámara de Representantes de Maine aprobó el proyecto de ley 1025 por 91 votos a favor (de demócratas, independientes y cinco republicanos) frente a 46 en contra (todos ellos republicanos). Su tramitación continuó en el Senado, donde salió adelante el día 21 de mayo por 25 votos afirmativos (de los demócratas y cinco republicanos), frente a 9 contrarios (todos republicanos).

Hay además numerosos condados y ciudades que haciendo uso de sus competencias locales han promulgado normas similares. Denver, precisamente la capital de Colorado, lo hemos aprobó por ejemplo en enero de 2019  por decisión unánime de sus concejales, así como el estado de Utah.

Y en julio, era Ciudad de México quien prohibía las «terapias» de conversión de la orientación sexual y la identidad de género. Y en octubre de 2020, en el Estado de México. y en julio de 2021 el Estado de Yucatán.

En Europa la pionera fue Malta, que aprobó una ley en 2016. Irlanda y el Reino Unido también están dando pasos en esta dirección. La siguió Alemania el año pasado, aunque con un texto limitado a los menores de edad y con ciertas ambigüedades que el próximo Gobierno de Olaf Scholz se ha comprometido a revisar. El próximo país en sumarse será posiblemente Francia, cuya Asamblea Nacional aprobó en octubre, también por unanimidad, el veto a las pseudoterapias de conversión. Irlanda ha dado pasos en la misma dirección, antes de la disolución del Parlamento con la convocatoria de elecciones en 2020, y también se debate sobre el asunto en Austria. En mayo de este año, el Gobierno británico de Boris Johnson anunció un proyecto de ley, mientras que en Albania existe un veto de facto, toda vez que el colegio de Psicología prohíbe a sus miembros la práctica de cualquier procedimiento encaminado a intentar cambiar la orientación sexual o la identidad de género, ya sea en menores de edad o en adultos.

En España, mientras tanto, la prohibición de este tipo de intervenciones ha sido ya contemplada en varias normas autonómicas y era una de las disposiciones que preveía la prometida ley en favor de la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI que se discutió en el Congreso de los Diputados (aunque el PP intentó «colar»una proposición alternativa, en forma de enmienda a la totalidad, que no contemplaba este aspecto).  Un proyecto que naufragó con la convocatoria de las elecciones de abril de 2019. Tras la repetición electoral, el acuerdo de Gobierno de coalición entre el PSOE y Unidas Podemos contempla «la aprobación de una Ley contra la Discriminación de las Personas LGTBI incluyendo la prohibición a nivel nacional de las llamadas terapias de reversión».

Y, por fin, El Gobierno de España presidido por Pedro Sánchez, presentó el pasado junio el proyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI, que incluye la prohibición de las pseudoterapias de conversión y que ha sido aprobado por el Consejo de Ministros iniciando ya su trámite para su debate y aprobación en el Congreso de los Diputados

En cualquier caso, conviene recordar que el Consejo General de la Psicología, órgano coordinador y representativo de los Colegios Oficiales de Psicólogos de toda España, emitió ya en 2017 un comunicado en el que recordaba que las intervenciones que prometen «curar» la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo o las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo) toda aclaración es bienvenida. Mientras, el año pasado sufrimos un seminario sobre ayudar a cambiar sentimientos homosexuales. En todos casos, nuestros amigos de HazteOir estuvieron ahí apoyando a los homófobos…

Mientras tanto, el Parlamento Europeo ha exigido la prohibición de estas terapias.

«No» rotundo de los especialistas a las pseudoterapias reparadoras

La comunidad médica mundial en su inmensa mayoría condena estas prácticas y lucha para que los gobiernos las prohíban. A nivel internacional, ya en marzo de 2016 tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las terribles «terapias»reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales. Otras organizaciones que han alertado contra los riesgos de estas intervenciones son la Asociación Médica Británica, las más importantes organizaciones de psicoterapeutas del Reino Unido o, en España, el Colegio de Psicólogos de Madrid. Los testimonios de algunas de las personas atrapadas por las redes que promueven este tipo de prácticas (“ex-gais”) y que años después han conseguido liberarse son un buen ejemplo del daño que pueden llegar a sufrir.

En definitiva, la aplicación o recomendación de este tipo de prácticas van, hoy en día, en contra del conocimiento médico actual y de la lex artis que obliga a todo profesional sanitario.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

De hecho, en julio de este año, nos enterábamos de que el Vaticano frenaba las “terapias de conversión” e instruía a los obispos españoles a desautorizar a un grupo de ex-gays. Sin embargo, con la dimisión del obispo  Xavier Novell nos enterábamos de que éste, participó, y avaló, ‘terapias de conversión’ de homosexuales hasta que fue frenado por el Vaticano. otros prelados que avalaban dichas prácticas (según las víctimas) serían: José Ignacio Munilla, Javier Martínez, Arturo Ros y  Juan Antonio Reig  avalarían estas prácticas

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La historia de “X. X.”, un eclesiástico homosexual que pasó por las ‘terapias de conversión’ y “pensó que no tenía más opción que suicidarse”

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«Nada que Curar», la guía que ayuda a combatir con información científica las denominadas terapias de conversión

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Fuente El Diario /Cristianops Gays

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