Inicio > Historia LGTBI > Pequeña victoria para las personas trans en Hungría: quienes iniciaron el proceso de reconocimiento de su identidad antes de entrar en vigor la ley que lo prohíbe podrán culminarlo

Pequeña victoria para las personas trans en Hungría: quienes iniciaron el proceso de reconocimiento de su identidad antes de entrar en vigor la ley que lo prohíbe podrán culminarlo

Martes, 13 de abril de 2021

abascal-orbanimagesY Abascal, alumno aventajado del fascista Viktor Orbán

Ampliamos la noticia que ya publicábamos el mes pasado… Victoria para las personas trans que habían iniciado el proceso de reconocimiento legal de su identidad en Hungría antes de la entrada en vigor de la ley que lo prohíbe. El Tribunal Constitucional de ese país ha dictaminado que la mencionada ley no tiene efectos retroactivos. El dictamen de la alta corte húngara, sin embargo, no entra en el fondo del asunto y no invalida un texto que atenta contra la legislación internacional y contra su propia jurisprudencia.

Como en su momento recogimos, la Asamblea Nacional húngara, ampliamente dominada por las fuerzas de derecha, aprobó en mayo del año 2020, en plena primera ola de la pandemia del coronavirus, una ley «ómnibus» que incluye, en su infame Sección 33, la prohibición de que las personas trans e intersexuales puedan modificar legalmente el género que les fue asignado en el momento del nacimiento. Un movimiento que tenía lugar tan solo dos años después de que entrara en vigor la norma que permitía el cambio del género en los datos registrales y que permitía a los ciudadanos húngaros adaptar sus datos legales a su identidad de género, para lo cual necesitaban un informe médico pero sin estar obligados a acreditar que se han sometido a tratamiento hormonal o cirugía de reasignación. En este sentido, se trataba de un marco jurídico más avanzado que, por ejemplo, el vigente todavía en España, que sí marca como norma (con solo unas pocas excepciones) la necesidad de un tratamiento hormonal. Se da la circunstancia, además, de que el propio Tribunal Constitucional de Hungría había fallado en 2018 a favor del derecho de las personas trans a ver reconocida legalmente su identidad de género.

Finalmente, el pasado 19 de mayo, solo dos días después de la conmemoración del Día Internacional contra la LGTBIfobia, la Asamblea Nacional húngara aprobaba la ley, posiblemente el mayor ataque lanzado contra los derechos de las personas LGTBI en el seno de un país de la Unión Europea desde su fundación. Un órdago que, ya desde que fue anunciado, recibió una respuesta tibia por parte de resto de países de la Unión Europea y de la propia institución comunitaria. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, se mostraba por aquel entonces preocupada por la respuesta húngara a la crisis del coronavirus (la asunción de poderes extraordinarios por su primer ministro, Viktor Orbán) y aseguraba estar «monitorizando las medidas» adoptadas, pero sin referirse explícitamente a la anunciada marcha atrás en los derechos de las personas trans e intersexuales. El Parlamento Europeo, por su parte, incluía en una resolución en la que demandaba una «acción coordinada de la Unión Europea para luchar contra la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias», un punto (el 48) en el que entre otras cuestiones rechazaba «enérgicamente» los «ataques a los derechos de las personas transgénero e intersexuales en Hungría». Preocupación y rechazo sin más valor que el meramente declarativo.

Ahora el Tribunal Constitucional húngaro ha revisado lo que sucede con las personas que ya iniciaron el procedimiento de modificación de sus datos registrales antes de la entrada en vigor de la mencionada Sección 33, varias de las cuales iniciaron en su momento un procedimiento judicial. La alta corte ha dictaminado que, en efecto, estas personas tienen derecho a que el procedimiento culmine, dado que la legislación no puede tener carácter retroactivo. El Tribunal de hecho, subraya en su sentencia que las leyes no pueden restringir derechos fundamentales y hace mención, en ese sentido, a su propia sentencia de 2018 a favor de que personas trans puedan ver reconocida legalmente su identidad.

La decisión del Tribunal Constitucional de Hungría, además de suponer una noticia importantísima para las personas a las que afecta directamente, supone un pequeño soplo de aire fresco en un país en el que los derechos LGTBI están siendo progresivamente recortados sin que la Unión Europea mueva un dedo para impedirlo, y da esperanza a los que, como la organización LGTBI húngara Háttér Society, tienen intención de desafiar ante los tribunales la totalidad de la Sección 33. Estaremos atentos.

Fuente Dosmanzanas

Historia LGTBI , , , , , , , , , , , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.