Inicio > General, Homofobia/ Transfobia., Iglesias Evangélicas > Presentan demanda internacional contra el Estado de Chile por permitir que se acuse falsamente al movimento LGBTI de abuso de menores

Presentan demanda internacional contra el Estado de Chile por permitir que se acuse falsamente al movimento LGBTI de abuso de menores

Sábado, 2 de enero de 2021

cortesuprema-700x387Corte Suprema de Chile

La demanda fue presentada por el Movilh ante la CIDH con los patrocinios de los abogados Ciro Colombara y Branislav Marelic, luego de de que la Corte Suprema reafirmara un fallo de la Corte de Apelaciones que no considera discriminatorio o injurioso señalar que el activismo LGBTI abusa de niños y promueve la prostitución infantil, pues ello es parte de la libertad de expresión

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) demandó hoy al Estado de Chile ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por considerar inofensivo y no discriminatorio que se asocie falsamente las demandas y luchas del activismo LGBTIQ+ con el abuso de niños y la prostitución infantil.

La demanda contra el Estado fue redactada y patrocinada por los abogados Ciro Colombara y Branislav Marelic luego de que la Primera Sala de la Corte Suprema confirmara este año un fallo de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones que había anulado una histórica sentencia de primera instancia del 25 Juzgado Civil de Santiago, el cual había condenado a la Catedral Evangélica por daño moral al Movilh.

En concreto, la iglesia había sido condenada luego de que el entonces director del del  Concilio Nacional de Iglesias Evangélicas de Chile, Cristián Nieto, señalara en la Catedral que con la derogación “del artículo 365 del Código Penal se pretende despenalizar la ley conocida como la ley sodomítica. El Movilh está pidiendo que una relación sexual entre un adulto y un niño menor de 14 años sea consentida, sea consentida, ¿y qué significa ser consentida?, que un niño diga `sí, yo tengo ganas de estar con este señor”. (..) Se imaginan lo que es un niño abandonado en una calle, debajo de un puente, que le ofrezcan un par de zapatillas Nike o un polerón que él desea, por mantener una relación sexual con ese adúltero, o ese pecador, comprándose a ese niño.

Las declaraciones fueron luego reproducidas por la  Catedral Evangélica a través de su canal oficial de Youtube.

Si bien el 25 Juzgado Civil de Santiago consideró que tales afirmaciones adjudicaban un delito al Movilh, eran discriminatorias y  no se enmarcaban ni en la libertad de culto; pues eran disputa político-legislativa; ni en la libertad de expresión, en tanto dañaban la dignidad del Movilh y sus activistas; la Octava Sala de la Corte de Apelaciones dijo todo lo contrario. Que en ningún caso las afirmaciones de la Catedral denostaban o dañaban al Movilh, que se enmarcaban en la libertad de culto y estaban protegidas por la libertad de expresión. Ello luego lo reafirmó la Suprema.

En la demanda presentada ahora  contra el Estado de Chile los abogados Colombara y Marelic, calificaron de “sorprendente” el fallo de la Suprema, en tanto, “viene a considerar que cualquier discurso en el marco de la Libertad de Expresión brinda inmunidad a la homofobia”. Así se tergiversa el sentido de la Libertad de Expresión, en el marco de un caso donde los  “dichos homofóbicos no son negados” por el Poder Judicial y, pese a ello, no adopta medidas.

Acto seguido, se precisó que el fallo de la Suprema vulneró “las normas contenidas en los artículos 1.1, 8, 12, 24 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos”, los cuales garantizan la no discriminación, las garantías de un juicio justo, la igualdad ante la ley y la protección judicial, en forma respectiva.

La demanda, señalaron Colombara y Marelic “debe abordar una pregunta jurídica central. ¿Puede el Poder Judicial desestimar de plano una demanda civil por expresión homofóbica considerándola un discurso protegido? Y la respuesta es no, no puede”

“Si el Poder Judicial pretende desestimar una demanda civil, debe hacerlo en base a la ponderación de los elementos y no considerar un rechazo a nivel teórico, en el entendido que presuntamente la Libertad de Expresión otorga inmunidad para decir lo que se quiera causando el daño que se quiera”, puntualizó la demanda.

El encargado de Derechos Humanos  del Movilh, Ramón Gómez, apuntó que “esperamos en el extranjero alcanzar la justicia negada en nuestro país. La violencia en redes sociales y el frontis de nuestra sede contra nuestros/as activistas tras el fallo de la Suprema incrementó a lo largo de este año, con más de 5 mil insultos donde se nos trata de abusadores, de peligrosos para la infancia, solo por exigir la derogación del artículo 365 del Código Penal. Este es uno de los fallos más funestos y homofóbicos de la Suprema, que retrocedió mil pasos en todo lo avanzando en derechos LGBTI en el Poder Judicial desde el 2015. Esperamos que el Estado no salga impune de este abuso.”

Fuente MOVILH

General, Homofobia/ Transfobia., Iglesias Evangélicas , , , , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.