Inicio > Espiritualidad > Gerardo Villar: Profundizando en el sacramento del perdón.

Gerardo Villar: Profundizando en el sacramento del perdón.

Miércoles, 15 de julio de 2020

confesionario¿Cómo es posible que, siendo tan esencial el sacramento del perdón, hoy no se practique ni por el uno por mil de los bautizados? Toda explicación no puede recaer en la laxitud de los bautizados. ¿No habrá que preguntarse si el modo de realizar el sacramento lo condiciona?

A esta pregunta responde esta reflexión.

Notas sobre el perdón:

Dios nos restaura con el perdón. Cualquiera que sea nuestra conducta Dios nos perdona siempre. Jesús expuso con claridad que es Dios Padre misericordioso quien perdona:

Por iniciativa suya, así aparece en la escena del paralítico y en la cruz al ladrón crucificado. Les sorprende con la oferta gratuita del perdón.

De forma gratuita. Así en las parábolas del hijo pródigo y de la oveja perdida.

Y de forma incondicionada, así a María en casa de Zaqueo y a la mujer adúltera. No fue necesario que pidieran perdón. Era Jesús quien lo OFRECÍA y lo daba.

Esta era la forma del perdón de Dios, que es rico en misericordia y ternura.

La clave del perdón es que Dios perdona y eso, como un regalo de su amor.

Y así empieza la Iglesia a perdonar durante los tres primeros siglos. En la celebración de la eucaristía se perdonaban los pecados. Todos los pecados y era por absolución general.

La iglesia una y otra vez aplica este principio “al principio fue así” o también “al principio no fue así” y por ello hay que seguir haciéndolo.

Pero con el paso del tiempo las cosas cambiaron: y se puso el empeño no en Dios que perdona sino en el hombre que se arrepienta y pida perdón.

De ahí pasó a la necesidad de penitencia para satisfacer lo que se había hecho mal.

Y después se comenzó a valorar la clase de pecados y la necesidad de confesar algunos pecados como el homicidio, el adulterio y la idolatría. Son pecados que causan daños y deben ser reparados.

En el evangelio hay un texto que dice… “id y predicad y perdonad. A quienes les perdonéis les serán perdonados y a quienes se los retengáis le serán retenidos”.

De este texto se ha concluido que el perdón requiere juicio previo y de hecho se dotó al ministro de los requisitos propios de un juez y se concluyó “luego, si es juicio se requiere que haya confesión,” y además se añadió que toda la construcción que regula la realización del perdón eran normas de derecho divino.

Varias de esas normas sacadas mediante conclusiones son derecho eclesiástico y por tanto modificables. (Algunos las califican de derecho divino secundario… en otro lenguaje derecho eclesiástico).

Este texto debiera haberse interpretado de acuerdo con los que hemos dicho antes, es decir, con la forma en que perdonaba Jesús; pero en el concilio de Trento no fue así y se tomó la idea de que el perdón era un juicio que requería de forma necesaria la confesión. El sacerdote pasaba a actuar de juez y por ello era necesario el interrogatorio-confesión.

De las normas del concilio de Trento se ha elaborado un modelo de perdón que no coincide con el que aparece en el evangelio, ni con el que se practicó durante varios siglos.

Hay que pensar que si la iglesia lo practicó es que era el verdadero y válido o habrá que aceptar que hasta el concilio de Trento la iglesia ha vivido en la heterodoxia y heteropraxis.

Si inicialmente el centro del perdón era la misericordia de Dios y el pecador lo aceptaba, con el paso del tiempo y ante la dificultad de ciertos pecados –que requerían ser expuestos para saber si los habían cometido, si había responsabilidad, los daños causados y la forma de repararlos–, se hacía necesaria la confesión. Pero de ser necesaria para determinados pecados-graves-delitos, se pasó a aplicarlos para todos los pecados. Y así se convirtió la confesión en la clave y quicio del perdón.

El sacramento del perdón terminó por llamarse CONFESIÓN. Cuando en realidad es el medio para tratar determinados pecados. Esto nos lleva a afirmar que si en la primitiva iglesia el quicio del perdón era la donación del perdón por la absolución general y solamente requerían confesión los pecados más graves, los llamados delitos, actualmente hay que pensar que ahora debe ser lo mismo. Pues si entonces estaban en la verdad, se estará en la verdad.

Pecadores somos todos, delincuentes lo son muy pocos.

Hay muchas maneras de obtener el perdón de los pecados: en la eucaristía, en el ayuno penitencial, en la acción caritativa personal o de donación de medios, en la oración penitencial….

La iglesia debe expresar qué conductas son delito. En general lo son aquellas que causan daño al hermano… y también a la comunidad. Y esas conductas sí deben someterse a una valoración y control, sobre todo, para lograr la reparación mediante la penitencia. Pensemos en la pederastia. Lo importante es la reparación de daños.

La confesión de todos los pecados, como quicio del perdón, como es ahora, no responde a lo que aparece en el evangelio ni en los primeros siglos de la Iglesia.

Si a esto le añadimos que se ha unido a la confesión la dirección espiritual “de conciencia” se otorga al ministro del perdón una potestad para invadir la conciencia de los que buscan el perdón.

Este comportamiento del “confesor” invasivo es el que aparta de recibir el perdón porque provoca rechazo.

Gerardo Villar

Fuente Fe Adulta

Espiritualidad , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.