Inicio > Homofobia/ Transfobia. > La Audiencia Nacional confirma que HazteOir ya no es una asociación de utilidad pública y no podrá recibir subvenciones para sus actividades

La Audiencia Nacional confirma que HazteOir ya no es una asociación de utilidad pública y no podrá recibir subvenciones para sus actividades

Viernes, 13 de marzo de 2020

Ignacio-Arsuaga-Santiago-Abascal_2145395543_13816993_660x371Ignacio Arsuaga, con Santiago Abascal tan “amiguis”

En 2017, Hazteoir llevó a cabo una campaña publicitaria en autobús por las calles de Madrid, cuyo lema era “Los niños tienen pene; las niñas vulva. Que no te engañen. Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo”

La Justicia confirma que Hazteoir no contribuía a promover el interés general

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso interpuesto por la Asociación Hazteoir contra la resolución de 4 de febrero de 2019 del Ministerio del Interior que revocó la declaración de utilidad pública a esta asociación, por su campaña publicitaria HOBus.

El tribunal concluye que, con la mencionada campaña publicitaria Hazteoir incumplió el deber de promover el interés general, en uno de sus aspectos, el de la tolerancia, previsto en la ley que regula el derecho de asociación y la declaración de utilidad pública.

En 2017, Hazteoir llevó a cabo una campaña publicitaria en autobús por las calles de Madrid, cuyo lema era “Los niños tienen pene; las niñas vulva. Que no te engañen. Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo”.

A raíz de esta campaña, el Ministerio del Interior revocó el 4 de febrero de 2019 la declaración de utilidad pública que esta entidad ostentaba desde 2013. La resolución de Interior se basaba en dos motivos: el incumplimiento del plazo de 6 meses de presentación de las cuentas anuales de 2017 y, en segundo lugar -y motivo esencial para el Ministerio- el hecho de que Hazteoir no contribuía a promover el interés general, tal y como se exige a las entidades de utilidad pública. En este sentido, el ministerio argumentaba que con los mensajes de la campaña se faltó al respeto a las personas con una orientación sexual distinta al ideario defendido por la asociación.

HO incumplió su deber

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso analiza en su sentencia la Ley Orgánica 1/2002 reguladora del derecho de asociación y de los requisitos para obtener la declaración de utilidad pública. El tribunal concluye que la recurrente “incumplió el deber de “promover el interés general” en uno de los aspectos recogidos en el artículo 32.1 de la mencionada ley, el de la “tolerancia” con el significado de “respeto a las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias” (Diccionario de la lengua española. RAE)”.

La sentencia, ponencia del magistrado Jesús García Paredes explica que es incompatible la realización de estas actividades, con el otorgamiento de ayudas y subvenciones por parte de las diferentes Administraciones públicas a una asociación “que identifica la promoción del interés general con la de su ideario”. La Sala recuerda que la diferencia entre una asociación ordinaria y una reconocida al amparo de la L.O. 1/2002 “es precisamente, ese “plus” de su “participación” en actividades de interés general” y por ello la declaración de utilidad pública conlleva una serie de beneficios económicos.

Los magistrados añaden que la recurrente se ha beneficiado del reconocimiento de utilidad pública pero con sus actividades se aleja de promover el interés general al sustituirlo “por el de la promoción de su interés particular, enervando el fomento de la “tolerancia” a la hora de afrontar la problemática que deriva de la identidad de género, es decir, “la orientación sexual”.

HazteOír era hasta ahora entidad de utilidad pública, un privilegio que le concedió en 2013 el Gobierno del Partido Popular y que permite que sus donantes y socios puedan beneficiarse de considerablesa ventajas fiscales. Al margen de que organización ultraconservadora mantenga al día sus obligaciones administrativas, hay que recordar que, para ser una asociación de utilidad pública, según la ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo, sus fines estatutarios deben «promover el interés general» y ser de carácter «cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de asistencia social, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de protección de la infancia, de fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales, y cualesquiera otros de similar naturaleza».

Una definición que a nuestro juicio no coincide con el ideario de HazteOír, organización que se opone con fiereza a los derechos de las personas LGTB y que ha promovido campañas de odio tanto en España (el autobús contra los menores trans y sus familias, por ejemplo) como en otros países, a través de su marca internacional CitizenGO. En Kenia, por mencionar solo un ejemplo, promovió una campaña de presión contra la despenalización de las relaciones homosexuales.

Sin embargo, el anterior ministro del Interior, del partido Popular, Juan Ignacio Zoido, se negaba de forma expresa. Una posición que ha merecido las alabanzas de HazteOír, al considerar que Zoido “no se ha plegado a las presiones de los grupos de izquierdas que están llevando a cabo una campaña de acoso y derribo frente a quienes discrepan de sus ideas, personas y partidos a las que no les gusta el debate ideológico y no permiten que haya libertad de expresión en España”. Y, por si fuera poco, HazteOír decidía movilizarse activamente en favor de Pablo Casado como presidente del PP

Otro aspecto que no debería pasarse por alto es el llamamiento de instituciones que han solicitado al Gobierno la retirada de la declaración de utilidad pública a HazteOír, como la Asamblea de Madrid (por unanimidad) o el propio Congreso de los Diputados (con la abstención de buena parte de lo diputados del PP). Y hasta en el parlamento Europeo más de 70 eurodiputados de todo signo político, instaron al parlamento comunitario a tomar medidas contra la asociación ultraconservadora llamando la atención acerca de su mensaje homófobo: Campañas como el bus tránsfobo de HazteOír “ponen en serio entredicho los pilares fundamentales de la tolerancia y la convivencia” al reforzar “la cultura de la exclusión y la discriminación”

arsuaga-y-reig

Por su parte, la misma Iglesia salvo algunos obispos como Juan Antonio Reig Plá y Luis Argüello rechazaba su mensaje: El bus tránsfobo de HazteOir es “una iniciativa de un grupo que no representa a la Iglesia, aunque quiera presentarse como la voz de una parte de los católicos. Y eso es un problema serio”. El semanario de la Archidiócesis de Madrid, Alfa y Omega, sacudía una dura andanada contra los grupos ultracatólicos en a  editorial del  jueves 9 de marzo del 2017. En el mismo, que llevaba por título “Dejemos a los niños en paz”, la revista (que se distribuye todos los jueves con el diario ABC) subraya que “es evidente que en la trinchera hay oportunidades de negocio“, pero advierte que “la comunidad católica debería resistirse a los cantos de sirena de quienes se erigen en paladines de la pureza doctrinal con propuestas que más tienen que ver con la toma del poder al asalto que con convencer al otro con razones y testimonios de vida”. Y la Conferencia Episcopal Española daba la espalda a Hazte Oír pidiendo “ser serios con los niños y con las niñas”.

El pasado mes de agosto, tras recoger algunos medios que el Ministerio de Interior descartaba retirar dicha declaración por «cuestiones técnicas», una noticia de la que también se hacían eco algunas páginas LGTBI y que desató la polémica en redes sociales, fuentes socialistas y del propio Ministerio anunciaban la apertura de un expediente a la organizaicón ultraconservadora para ver si «persistía» su utilidad pública. Y ya, por fin, ha ocurridol  el estatus de HazteOír hadejado de ser de utilidad pública.

Coda Final: Para el que no lo sepa, ser de utilidad pública tiene muchas ventajas. Por ejemplo, no pagar IBI, tener más puntos a la hora de optar a subvenciones públicas, beneficios fiscales de cara al IRPF o el Impuesto de Sociedades… Aunque HazteOír cuenta con muchos adeptos que contribuyen con sus donaciones a la actividad de la asociación, sin duda este es un importante mazazo a sus cuentas y ya no serán una carga para el errio público. Y sí, nos alegramos muchísimo.

Fuente El País/Agencias/ Religión Digital/ HazteQueer/AmbienteG/Cristianos Gays

Homofobia/ Transfobia. ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.