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Gabón aprueba la penalización de las relaciones homosexuales con hasta seis meses de prisión

Jueves, 26 de diciembre de 2019

Gay-in-GabonGabón aprobó a mediados de año un nuevo Código Penal, que establece penas de prisión de hasta seis meses y una fuerte sanción económica para quienes mantengan relaciones sexuales con personas de su mismo sexo. No obstante, la criminalización de la homosexualidad recogida en el nuevo texto legal no se ha difundido hasta ahora, cuando activistas que supervisan los derechos LGTB en el continente africano han tenido conocimiento de que se han producido detenciones al amparo de la nueva normativa. Con Gabón, son 73 los países y territorios del mundo que castigan las relaciones homosexuales.

El Parlamento de Gabón aprobó un nuevo Código Penal a principios de este año, que entró en vigor el 5 de julio, sin que se difundieran en ese momento las medidas condenatorias para las relaciones homosexuales recogidas en el nuevo texto legal. El título 14 del Código Penal ahora vigente recoge los delitos relacionados con las agresiones sexuales y los atentados contra la moral. El artículo 402 queda redactado de la siguiente manera:

Art.402

Los siguientes son delitos contra la moral:

1.º la exposición sexual impuesta a la vista de otros en un lugar accesible al público;

2.º las relaciones sexuales, incluso con consentimiento, excepto en el caso de incesto previsto en el subsiguiente artículo 403, entre un hombre y una mujer con un grado de parentesco que impida el matrimonio de conformidad con la legislación vigente;

3.º cualquier comportamiento, actitud o discurso repetido, asiduo o sugerente directamente o indirectamente atribuible a una persona que, abusando de la autoridad o  la influencia que se le confierem sus funciones o su rango social, con el objetivo de obtener favores sexuales de un individuo de cualquier sexo;

4.º cualquier acto indecente o antinatural con un individuo del mismo sexo y menor de dieciocho años;

5.º las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo.

Todo aquel que sea culpable de los actos indecentes a los que se hace referencia en el apartado pungidos 1, 2, 4 y 5 serán castigados con una pena de prisión no superior a seis meses y una multa no superior a 5.000.000 de francos CFA.

Toda persona culpable de acoso sexual a que se hace referencia en el punto 3 del presente artículo será castigada con una pena de prisión no superior a seis meses y una multa no superior a 2.000.000 de francos CFA.

De esta manera, las relaciones libres y consensuadas entre personas del mismo se castigan con pena de cárcel de hasta seis meses y una sanción económica de 5.000.000 de francos de África Central (alrededor de 7600 euros u 8500 dólares).

Esta criminalización supone una novedad respecto al Código Penal existente, herencia de la colonización francesa, que no castigaba de ninguna forma la homosexualidad, aunque sí establecía una edad diferente de consentimiento para las relaciones sexuales (15 años para las heterosexuales y 21 para las homosexuales). Ni el Gobierno de Gabón ni su ministro de Justicia han querido hacer declaraciones al respecto.

Davis Mac-Iyalla, un activista que supervisa los derechos LGTB en África occidental, afirma que había tenido conocimiento de que dos hombres gaboneses habían sido detenidos por mantener relaciones homosexuales después de la entrada en vigor del nuevo Código Penal, y que solo habían podido conseguir su puesta en libertad tras sobornar a miembros corruptos de las fuerzas del orden. Mac-Iyalla, que es miembro de la Red Interreligiosa de Diversidad de África Occidental, considera que la reforma «ha causado que la comunidad LGBT pase a la clandestinidad y ha creado hostigamiento. La policía corrupta ahora la utiliza, detiene a personas que se ven obligadas a recurrir al soborno para salir liberadas».

Con esta reforma de su Código Penal, Gabón se suma a la larga lista de países africanos que condenan las relaciones entre personas del mismo sexo. Un lamentable retroceso en los derechos LGTB después de la buena noticia de la despenalización por parte del Alto Tribunal de Bostuana también a mediados de año.

Criminalización de las relaciones homosexuales en el mundo

La penalización de las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo implica casi siempre a todo el colectivo LGTB. No solamente afecta a gais, lesbianas y bisexuales, sino que también criminaliza a las personas trans, pues en la mayoría de estos países no se reconoce su identidad de género y son considerados legalmente por el sexo asignado al nacer. De esta manera, una mujer trans heterosexual puede ser castigada por mantener relaciones con un varón cis, de la misma manera que un hombre trans heterosexual puede ser denunciado por entablar relaciones sexuales con una mujer cis.

En 73 países y territorios del mundo están penalizadas por la ley las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo. Ocurre en 70 de los países pertenecientes a Naciones Unidas:

Afganistán, Antigua y Barbuda, Arabia Saudí, Argelia, Bangladés, Barbados, Brunei, Burundi, Bután, Camerún, Catar, Chad, Comoras, Dominica, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Granada, Guinea, Guyana, Irak, Irán, Islas Salomón, Jamaica, Kenia, Kiribati, Kuwait, Líbano, Liberia, Libia, Malasia, Malawi, Maldivas, Marruecos, Mauricio, Mauritania, Myanmar, Namibia, Nigeria, Omán, Papúa Nueva Guinea, Paquistán, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Senegal, Sierra Leona, Singapur, Siria, Somalia, Sri Lanka, Suazilandia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Togo, Tonga, Túnez, Turkmenistán, Tuvalu, Uganda, Uzbekistán, Yemen, Zambia y Zimbabue.

En las legislaciones de Egipto e Irak no aparecen específicamente penalizadas las relaciones homosexuales, pero lo están de facto, al imputarse delitos contra la decencia o el escándalo público. En Irak, además, tribunales populares castigan este tipo de relaciones al aplicar la sharía o ley islámica.

A esta lista hay que añadir otros 3 territorios:

Indonesia, donde la penalización de las relaciones sexuales rige en las regiones de Aceh y Sumatra Meridional; las Islas Cook, una región autónoma de Nueva Zelanda; y la franja de Gaza gobernada por la autoridad palestina, donde están vigentes las leyes heredadas del pasado colonial británico y existe la amenaza de adaptación de las leyes a la sharía.

En todos estos 73 países y territorios están castigadas las relaciones homosexuales entre varones, en 44 de ellos también están castigadas las relaciones lésbicas.

Cadena perpetua en 5 países y pena de muerte en otros 11

De entre esta lamentablemente larga lista de países, el extremo de la intolerancia y el fanatismo lo ocupan aquellos que penan las relaciones homosexuales con las sanciones de mayor gravedad.

En 5 países se castigan con la cadena perpetua:

Barbados, Guyana, Tanzania, Uganda y Zambia.

Las legislaciones de 11 países establecen incluso la pena de muerte. En 6 de ellos, se tienen datos contrastados de su aplicación:

Arabia Saudí, Irán, Sudán y Yemen. En Nigeria y Somalia, en las provincias donde se aplica la sharía.

En otros cinco no se tiene constacia de su aplicación, pero la legislación vigente contempla la posibilidad:

Afganistán, Catar, Emiratos Árabes Unidos, Mauritania y Paquistán.

Fuente Dosmanzanas

 

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