La Asamblea Nacional de Panamá aprueba un proyecto de reforma de la Constitución que incluye la prohibición del matrimonio igualitario
La Asamblea Nacional de Panamá ha aprobado un proyecto de reforma de la Constitución en el que se incluye la prohibición del matrimonio igualitario. El texto convalidado se presentará de nuevo a votación en 2020, para posteriormente ser sometido a referéndum. Los artículos que definen el matrimonio como la unión exclusiva de un hombre y una mujer son fruto de las conversaciones entre miembros del gobernante Partido Revolucionario Democrático y los líderes de las diversas iglesias evangélicas, que han expresado su satisfacción por que la discriminación de las parejas LGTB se blinde constitucionalmente.
En las elecciones presidenciales del pasado mes de mayo, resultó vencedor Laurentino «Nito» Cortizo Cohen, candidato del social-conservador Partido Revolucionario Democrático. En su programa electoral, Cortizo incluía la reforma de la Constitución en distintas materias, entre las que no se incluía explícitamente la definición del matrimonio, si bien el entonces candidato presidencial se mostró inequívocamente en contra de legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.
La legislación panameña no reconoce el matrimonio igualitario, aunque la Corte Suprema de Justicia debe decidir sobre varias demandas de parejas del mismo sexo acerca de la inconstitucionalidad de esa falta de reconocimiento. Si bien la Corte Suprema adelantó en 2017 que su decisión no sería favorable a las demandas, la posterior resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, emitida en 2018 y defensora de la igualdad de derechos en el acceso a la institución del matrimonio, evidentemente podría influir en un cambio radical de su dictamen.
Quizás por ello, los miembros del partido gobernante han decidido incluir entre las reformas de la Constitución la correspondiente al artículo en el que se define el matrimonio. El proyecto de reforma expresa al respecto que «el Estado reconoce solamente el matrimonio entre un hombre y una mujer», impidiendo de esta manera que la Corte Suprema pudiera dictar en contra de ese precepto constitucional.
El diputado gubernamental Jairo Salazar declaraba que se había reunido con el grupo mayor de pastores evangélicos y que «están muy complacidos con nosotros por haber resuelto la prohibición del matrimonio igualitario». Por su parte, su correligionario Rupilio Ábrego defendió la elevación a rango constitucional del matrimonio tradicional «porque eso es parte de lo que el pueblo panameño ha solicitado».
Tras la aprobación del proyecto de ley por la Asamblea Nacional (cámara única del Parlamento panameño), el texto de la reforma constitucional deberá ser definitivamente convalidado en segunda lectura en el nuevo periodo legislativo en 2020, para posteriormente ser sometido a consulta popular. Si bien algunos artículos de la reforma han despertado la irritación de parte de la población y ha ocasionado protestas, lo cierto es que la mayoría de los ciudadanos de Panamá aún se declaran contrarios al matrimonio entre personas del mismo sexo. Según una encuesta de Pew Research Center, tan solo el 23 % de los panameños es favorable al matrimonio igualitario, mientras que el 72 % se declara contrario.
Fuente Dosmanzanas
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