Por primera vez Corte Interamericana de DDHH trata torturas de policías a LGBT+
Foto: Promsex
Azul Rojas Marín fue golpeada, violada y retenida ilegalmente en una estación de policía el 25 de febrero del 2008 en la provincia de Ascope, en el departamento de La Libertad al norte del Perú. Hoy, 27 de agosto de 2019, en el Período Extraordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que se realiza en Colombia, 11 años después de sucedidos los hechos, se presentó el caso Rojas Marín y otra vs Perú en una audiencia. Por primera vez la violencia institucional que sufrió una mujer transexual se presenta ante esta Corte para dar su testimonio de cómo un Estado puede ser partícipe de una tortura que aún no acaba.
Hechos que se denuncian
Aquel 25 de febrero de 2008, con la excusa de que querían que se identificara, el policía Luis Quispe Cáceres y dos de sus compañeros, obligaron a la víctima -que en aquel momento aún no había transicionado y era gay- a subir a un patrullero y se dirigieron hacia la comisaría de Casa Grande. Ahí, Juan Isaac León Pardo y Dino Horacio Ponce Pardo la golpearon.
A pesar de la gravedad de los hechos y de las lesiones físicas y psicológicas que sufrió Azul, su caso fue archivado por el Poder Judicial peruano en 2009. El trato que recibió Azul de los policías y del sistema judicial fue brutal. Con el apoyo de organizaciones pro derechos LGTBI, su caso fue admitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2016, siendo la primera vista del caso el 1 de diciembre de ese año.
En ella, la CIDH acreditó que Azul fue víctima de violencia física, psicológica y sexual. También que hubo un especial ensañamiento contra ella por su orientación sexual, y que hubo un incumplimiento del Estado peruano, porque no investigó con la debida diligencia. Por lo que recomendó una reparación integral a la víctima y que su caso sea visto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El representante de la CIDH, Luis Ernesto Vargas, señaló hoy frente a la Corte que “este es el primer caso sometido a la jurisdicción de este tribunal por la responsabilidad de un Estado como resultado de violencia física y psicológica, incluyendo violación sexual, contra una persona LGBT”.
Para qué sirve la sentencia de la Corte IDH
- La sentencia de la Corte servirá para establecer estándares legales de reparación hacia víctimas de crímenes de odio, con el fin de asegurar que éstas puedan reconstruir sus vidas, reconociendo su identidad en un país que aún se niega a aprobar una Ley de Identidad de Género.
- También sirve para asegurar que el Estado reconozca que no cumplió con su deber.
- Cumplir con su función significa que el Estado repare a Azul Marín reconociendo su identidad, sancionando a sus agresores, asegurando su supervivencia material y evitando que situaciones de violencia contra las personas LGTBI en su conjunto vuelvan a repetirse.
“Este caso representa una oportunidad histórica para que el Estado peruano erradique la violencia sistemática contra las personas LGTBI de sus prácticas institucionales y para que la Corte IDH adopte un precedente de gran importancia para la protección de personas LGTBI en toda la región”, expresó a través de su página web el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex), que con sus asistencia legal acompañó a la víctima ante la CIDH, junto a la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y a REDRESS. “Las organizaciones que acompañamos el proceso reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos humanos de Azul, incluyendo su derecho al debido proceso legal”.
Fuente Agencia Presentes
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