Ante los atroces crímenes contra la moral, la dignidad, la libertad y la indemnidad sexual de los menores de edad, a los cuales, sacerdotes y religiosos les robaron la infancia y el sueño a sus padres de verlos crecer felices y sanos como niños normales, parece ser que la Iglesia Católica trata de responder.
El pasado 12 de septiembre, el papa Francisco convocaba a los presidentes de las Conferencias Episcopales para hablar de los casos de abusos en una reunión de carácter privado que tendrá lugar en el Vaticano entre el 21 y el 24 de febrero de 2019.
Con tal motivo, el Comité Ejecutivo, en su reunión de septiembre, aprobó la creación de una Comisión para preparar los materiales de trabajo que presentará el presidente de la Conferencia Episcopal Española, cardenal Ricardo Blázquez Pérez, en este encuentro. Bajo la presidencia del obispo de Astorga, Mons. Juan Antonio Menéndez Fernández, canonista, comenzará sus trabajos esta misma semana.
Lo curioso de esta situación es que no se cuenta con las víctimas para elaborar los nuevos protocolos o para que aporten datos que pueden ser relevantes de cara al trato que se les da a las mismas por parte de la Iglesia católica cuando se denuncian abusos sexuales a manos de sacerdotes. Cuando muchos e importantes clérigos españoles siguen convencidos de que el modo correcto de resolver estos graves delitos es mediante la confesión y en la oscuridad del confesionario, se entiende que no sea necesario contar con la aportación de las víctimas.
La Comisión que preparará los protocolos y documentación que Ricardo Blázquez presentará en el Vaticano, tendrá, en primera instancia, un cariz fundamentalmente jurídico. Estará compuesta por juristas de la Junta Episcopal de Asuntos Jurídicos; del Servicio Jurídico Civil; del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica; del Servicio Jurídico de CONFER; y de la Vicesecretaría para Asuntos Generales. Parece ser que tampoco se cuenta esta vez con psicólogos y psiquiatras expertos en abordaje del trauma de los abusos y sus derivados como el trastorno de estrés postraumático. Prescindir de estos profesionales a la hora de elaborar materiales de referencia para que los protocolos sean efectivos, es como prescindir de nutricionistas en la elaboración de un menú para perder peso. Un sin sentido total y absoluto.
La explicación de todo esto, en un tiempo en el cuál muchos escritores cristianos hablan de la existencia de un cierto lobby gay sacerdotal y episcopal, parece reafirmar que a día de hoy donde el progreso y las interdisciplinariedad se imponen, el clericalismo que durante años hemos vivido en España quiere persistir.
El papel de los laicos aún no está muy afinado, pues sino no se entendería que tras los escándalos económicos que se han producido en el Vaticano y en diferentes países, no se contrate a una gestoría profesional que se haga cargos de los medios materiales y se viva una ejemplaridad de transparencia en cuanto a bienes materiales de la Iglesia Católica.
Pensar que todo el que no hable a favor de la Iglesia es un hereje o no ama suficientemente a la Esposa de Cristo, es desconocer la realidad de la familia, donde existiendo mucho amor entre sus miembros, los problemas se resuelven, también judicialmente cuando componen delitos y delitos graves, al igual que se acuden a profesionales externos para sanar problemas de salud de los miembros de la familia.
La defensa inconsistente que algunos clérigos tratan de hacer, pensando que no se debe acudir a los tribunales civiles o a los medios de comunicación y aludiendo para ello que “los problemas de la familia se resuelven en la familia” o “los trapos sucios se lavan en casa”, ya no tiene alcance a estas alturas del siglo XXI. Cuando un padre, un tío o un abuelo abusa de un menor en el seno de la familia, debe ser puesto en conocimiento de las autoridades civiles cuanto antes, y no tratar de resolverlo en el hogar familiar. Por protección al menor en primer lugar y por un deber de justicia innato a la condición humana. La justicia civil entonces, impondrá sus penas, y en el seno de la familia, se castigará de forma ejemplar por el daño causado al núcleo familiar y a la víctima en cuestión.
¿Qué pedimos los católicos a la sociedad? Qué se nos respete en nuestra libertad para creer, celebrar y elegir nuestra educación en principio y valores. ¿Qué aportamos como valor diferencial a la sociedad? Nuestras obras de caridad, nuestros colegios, hospitales, comedores sociales, fundaciones y ONG´S. Todo eso ya es bien sabido, y casi como una monserga, aparece de forma repetitiva en las declaraciones para marcar la X en favor de la Iglesia en la declaración de la renta, pero, ¿nuestra ejemplaridad para abordar un tema tan delicado como los abusos sexuales a menores? ¿nuestro avance para hablar de feminismo y empoderamiento de la mujer tras años de represión? ¿nuestra implicación en la lucha contra un capitalismo salvaje que destruye la esencia del hombre e impone un liberalismo económico que no entiende de hombres sino de números y rentabilidad? No. Ante esto no tenemos palabras ni somos ejemplares. De este modo, pudiera parecer que pedimos a la sociedad que respete y se sienta atraída por un estilo, una formas y un dogmatismo clerical que encajan más en el nacional catolicismo, tan añorado por muchos, que en la etapa de avance, progreso y descubrimiento que nos toca vivir.
¿Le pediríamos a alguien que viviera ahora alumbrado por la luz de las velas? Resulta ridículo, ¿verdad? La corriente eléctrica ya llega a casi todas las partes del planeta tierra y el acceso a la misma, esta facilitado y normalizado.
No llevar la bandera de la ejemplaridad en la lucha contra los abusos sexuales en 2018, es tan decadente como vivir a día de hoy alumbrado por velas sin saber que existe la red eléctrica y las bombillas. Por desgracia, así vivimos este tema en la Iglesia Católica.
El representante de la Santa Sede ante la ONU, el arzobispo Silvano Tomasi, informó en 2009, en una declaración ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que según las estadísticas internas del Vaticano entre el 1,5 y el 5% del clero católico estaba involucrado en casos de abusos sexuales a menores. En 2018, considerando los nuevos casos destapados y aquellos que se ocultaron durante años, el porcentaje asciende al 8%.
El caso de abusos sexuales de Granada, donde 9 sacerdotes y dos laicos estaban implicados en forma de red organizada, y donde declararon como víctimas 4 jóvenes, ha sido la baza principal de la Santa Sede y de la Conferencia Episcopal Española para transmitir que dichas denuncias no siempre son ciertas. La realidad del asunto es una manipulación total y efectiva por parte de la Santa Sede y de la Conferencia Episcopal Española. Concluye la Sentencia del Tribunal Supremo español con fecha 28 de abril de 2018 y en respuesta a la Audiencia de Granada que de forma sesgada y parcial juzgó el caso:
“El Tribunal de instancia – Audiencia de Granada, sección segunda- tilda de inverosímil la imputación hecha por la acusación. Inverosímil significa según la RAE es lo que parece mentira o es imposible o muy difícil de creer. Lo que no dice la sentencia es que la imputación sea falsa. Lo que es incoherente con tildar el comportamiento del acusador como fruto de mala fe. Incluso lo que tilda de mentiras en referencia a datos que suministra durante la causa le lleva a un reproche de deslealtad que no puede justificar la condena en costas. No solamente porque deslealtad y mala fe son conceptos bien diversos, sino porque en modo alguno explicita la trascendencia de esa supuesta falta a la verdad en datos más o menos circunstanciales incorporados al discurso del acusador.
Tampoco la recurrida llega a afirmar que las circunstancias permitan considerar que el acusador «no podía dejar de tener conocimiento de la injusticia y sinrazón de su acción», ya que, como advertimos, lo que se atribuye al mismo es el conocimiento de determinados datos concretos, pero no, inequívocamente, de aquella falta de verdad respecto del hecho esencial imputado al acusado, o, tampoco, de datos que demostrasen esa falsedad en lo esencial.
Por todo ello hemos de estimar el recurso con declaración de oficio de las costas originadas por éste.
F A L L O
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido Estimar el recurso de casación formulado por D., contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada con fecha 11 de abril de 2017; la que dejamos sin efecto …”.
La falta de pruebas para condenar al principal sacerdote imputado, no es sinónimo de la falta de verdad en la denuncia. Verdad que fue confirmada, como en el caso Gaztelueta, por equipos de la policía judicial expertos en análisis de testimonio, que otorgan a las víctimas un testimonio verosímil y coherente y en los curas agresores un testimonio deshonesto cuando declaran en sede judicial.
Por si esto fuera poco, igualmente en el examen de los aparatos informáticos y telefónicos intervenidos al grupo de curas, además de la negativa a facilitar contraseñas de archivos protegidos por parte de los sacerdotes y de la desaparición o borrado de archivos o memorias, se encontraron múltiples archivos con documentos relativos a abusos sexuales en menores, documentos sobre el perfil de las víctimas en redes sociales, documentos sobre menores, penas, eyaculación precoz, sexo para uno, prescripción … etc (libros, comentarios, artículos…etc).
Con todo esto, además de las múltiples pruebas periciales que confirman de forma rotunda la existencia de los abusos, por la vía penal, como suele ocurrir por el código penal español que en este momento está en vigor, se declara la prescripción de los delitos de abuso sexual -señala el juez instructor del caso de Granada – “En el Auto judicial de 14 de Febrero se acuerda, por aplicación legal obligatoria y por supuesto, no es porque no existan indicios de responsabilidad suficientes como ya se explicó en aquel auto, declarar la prescripción de los delitos de abusos sexuales sin penetración, exhibicionismo y encubrimiento, todo ello con prevalimiento , y en sus distintas formas de participación, en cuanto a los hechos expuestos en el mismo y por los que se siguió inicialmente la causa en relación a Francisco J. Campos Martínez , Manuel Morales Morales , Sergio Quintana Muñoz, José Gabriel Flores Flores, Manuel Jiménez Jiménez, Manuel Fajardo Rodríguez, Manuel Quintana Muñoz, Angel Moreno Muñoz, Juan Carlos Moreno Muñoz, Vicente Rodríguez Rodríguez, y José Jorge Nieto García.
Y para contrarrestar, las víctimas de tan execrables delitos llevados a cabos por sacerdotes que se permiten dar lecciones morales, confían en el derecho canónico y en los maravillosos protocolos de la Santa Sede para estos delitos que recogen: Leer más…
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