Inicio > General, Historia LGTBI > La Corte Suprema de Costa Rica da un plazo de 18 meses al legislativo para que apruebe el matrimonio igualitario

La Corte Suprema de Costa Rica da un plazo de 18 meses al legislativo para que apruebe el matrimonio igualitario

Lunes, 13 de agosto de 2018

gay_costa_ricaLa Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica ha dado un plazo máximo de 18 meses a la Asamblea Legislativa de ese país para que adecúe su legislación al criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y permita el matrimonio entre personas del mismo sexo. Si no lo hace así, este pasará a estar automáticamente en vigor. Defensoría de los Habitantes y activistas LGTB han criticado este plazo, al considerar que la decisión debería ser de efecto inmediato. 

El inciso 6 del artículo 14 del Código de Familia de Costa Rica prohíbe expresamente que dos personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio. La sentencia de la Sala Constitucional, emitida en respuesta a una de las acciones de inconstitucionalidad pendientes sobre la materia, reconoce explícitamente que dicha norma contradice la histórica opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, hecha pública pasado 9 de enero precisamente a requerimiento de Costa Rica.

Sin embargo, la Sala Constitucional ha optado por mantener la vigencia de dicho inciso durante de 18 meses, dando tiempo a que sea la Asamblea Legislativa la que adecúe la legislación: «Vista la potestad que ostenta la Sala de graduar y dimensionar los efectos de sus sentencias de constitucionalidad (…), se insta a la Asamblea Legislativa, en el uso de su función legislativa constitucionalmente asignada, a que en el plazo de 18 meses, contado a partir de la publicación íntegra de este pronunciamiento en el Boletín Judicial, adecue el marco jurídico nacional con la finalidad de regular los alcances y efectos derivados de las relaciones de pareja entre personas del mismo sexo, en los términos expuestos en esta sentencia», expresa la Sala Constitucional en el comunicado leído por su presidente, Fernando Castillo.

Costa Rica lleva años discutiendo el posible reconocimiento jurídico de las parejas del mismo sexo, sin que haya sido posible ni siquiera la aprobación de una ley de uniones civiles debido a las múltiples maniobras de los opositores a la igualdad. Ni siquiera la llegada a la presidencia del anterior presidente, Luis Guillermo Solís, un político abiertamente pro-LGTB, permitió avanzar. Pero lo que sí hizo el Gobierno de Costa Rica fue elevar la cuestión a la Corte Interamericana, que en enero de este año emitió su histórica opinión. El que era todavía presidente aseguró entonces su disposición a acatarla íntegramente, si bien Solís estaba ya a punto de finalizar su mandato. El asunto del matrimonio igualitario, de hecho, ocupó un papel central en la campaña electoral de las recientes elecciones presidenciales y dio un importante empujón al candidato evangélico Fabricio Alvarado, que llegó a disputar la segunda vuelta frente al centroizquierdista Carlos Alvarado. Este último, sin embargo, acabó imponiéndose el pasado 1 de abril con más del 60% de los votos, en lo que supuso un cierto alivio para el colectivo LGTB costarricense.

Críticas a la Sala por mantener 18 meses una situación de desigualdad

Ahora, la decisión de la Sala Constitucional, en lo que al parecer ha sido su sesión más larga en casi 29 años, pone plazo a la aprobación del matrimonio igualitario, aunque no faltan los que consideran tibia e incluso cobarde la resolución, al mantener durante 18 meses más la situación de desigualdad. La Defensoría de los Habitantes, por ejemplo, se ha mostrado «sorprendida por el fallo (…) por cuanto deja en vigencia por 18 meses una norma que la declara inconstitucional por mayoría» y lamenta que el tribunal haya dejado «escapar la oportunidad para que la resolución fuera contundente y definitiva en aras de la eliminación inmediata de la prohibición del matrimonio igualitario en Costa Rica». Hay que tener en cuenta, en este sentido, que desde hace varios meses el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica empezó a recibir solicitudes de inscripción de matrimonios entre personas del mismo sexo y a realizar una anotación marginal de los mismos, aunque estos no han podido ser inscritos debido a la limitaciones impuestas por el Código de Familia.

En el mismo sentido se ha manifestado, por ejemplo, Marco Castillo, presidente del colectivo Diversidades LGBTIQ+. «El fallo no tiene sentido. Es una salida que toman y que en el fondo lo que hace es dilatar el cumplimiento de nuestros derechos. Yo tenía muchas dudas sobre la actuación de la Sala; este fallo me confirma que no había una voluntad de respeto hacia lo que son los derechos humanos. Estoy sorprendido de que la Sala haya tomado un acuerdo tan poco firme porque es absurdo que digan que en 18 meses tengan que derogar la norma, que ya ellos derogaron, si no queda derogada. No tiene sentido», ha expresado el histórico activista costarricense.

Estaremos muy atentos a los acontecimientos, pero la noticia es sin duda importante. Costa Rica puede convertirse en el primer país centroamericano en abrir el matrimonio a personas del mismo sexo. Como en su momento anticipamos, la opinión de la Corte Interamericana ha supuesto un antes y un después en la evolución de los derechos LGTB en América. hay que recordar, en este sentido, que además de responder al Gobierno de Costa Rica, la opinión servía de llamada de atención para otros once Estados de América Latina: Bolivia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú y República Dominicana (en los que no existe ningún reconocimiento jurídico para las parejas del mismo sexo), además de Ecuador y Chile (que cuentan, de momento, con leyes de unión civil no equiparables al matrimonio).

Fuente Dosmanzanas

General, Historia LGTBI , , , , , , , , , , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.