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El ministro tunecino Mehdi Ben Gharbia rechaza despenalizar la homosexualidad ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU

Jueves, 28 de septiembre de 2017

bn14928mehdi-ben-gharbia0414El ministro tunecino Mehdi Ben Gharbia ha comparecido ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, donde ha rechazado la posibilidad de derogar el artículo 230 del Código Penal de Túnez, que castiga las relaciones homosexualescon penas de hasta 3 años de prisión. El ministro, sin embargo, ha querido vender como una concesión su compromiso de terminar con la obligatoriedad de las pruebas anales (una infame forma de tortura) en los juicios por homosexualidad, aunque las asociaciones LGTB denuncian que se trata de una medida de cara a la galería, pues podrán seguir siendo practicadas por orden judicial, si bien el acusado podrá negarse a someterse a ellas.

Mehdi Ben Gharbia es el ministro encargado por el Gobierno de Túnez de las relaciones con los órganos constitucionales, la sociedad civil y las organizaciones de derechos humanos. Por ello, ha sido quien ha comparecido el pasado 21 de septiembre, en Ginebra, ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, donde ha rechazado hasta 14 recomendaciones encaminadas a despenalizar la homosexualidad masculina en Túnez. El ministro aceptó 189 de las 248 recomendaciones para avanzar en el respeto a los derechos de los ciudadanos de Túnez, pero entre las que ha declinado aplicar se encuentran, según sus palabras, aquellas “que requieren un diálogo social y consenso nacional, como la abolición de la pena de muerte o la finalización de la criminalización de la homosexualidad”.

Tras ello, intentó convencer al Comité de que su compromiso para modificar el Código Penal en lo referente a la práctica de las pruebas anales en los casos relacionados con la homosexualidad suponía un avance. La realidad, no obstante, es otra. Aunque el ministro aseguraba que su intención era “acabar con el recurso a pruebas anárquicas, sin consentimiento y sin base legal”, el hecho es que las pruebas anales podrán seguir siendo ordenadas por el juez instructor en los casos derivados del artículo 230, que castiga la sodomía. Según el ministro, cuando su reforma entre en vigor, el acusado, que deberá ser debidamente tutelado, se podrá negar a someterse a la infame inspección. Las asociaciones LGTB, por su parte, aclaran que ese derecho siempre ha existido, por lo que la reforma no cambiará nada en ese aspecto. La diferencia estribará en que, a diferencia de lo que ocurre actualmente, la negativa a someterse al examen anal no será tomada como una prueba de la acusación, o una confesión de hecho.

Dos casos con resultados distintos

Recientemente, se han producido dos casos relacionados con la aplicación del artículo 230 y la negativa a someterse a las pruebas anales, que han tenido un resultado bien distinto. El 11 de septiembre era detenido el imán de la mezquita de Mnihla junto a un joven, acusados ambos de practicar la homosexualidad. El imán se negó a someterse al examen anal, y el juez de primera instancia liberó a ambos por falta de pruebas.

Esta resolución judicial fue vista por algunos como muestra de un cambio. Sin embargo, tan solo una semana después, fueron detenidos en Kef un profesor y un árbitro de fútbol, acusados bajo los mismos cargos. Pero en este caso, el juez estimó su negativa a someterse a las pruebas anales como una prueba de su culpabilidad, tal como es costumbre en los tribunales tunecinos.

La diferencia de trato ha hecho que muchos consideren que la exculpación del imán fue debida a su condición de hombre de religión, y no a ningún cambio de tendencia.

La hostilidad contra los ciudadanos LGTB tunecinos

La persecución social y de Estado hacia los hombres homosexuales y bisexuales tunecinos es incesante. Las detenciones por mantener relaciones sexuales con personas del mismo sexo, como bien sabemos, son constantes y las condenas a prisión habituales, lo que ha sido calificado por la asociación Shams como una auténtica “cacería”.

Además, los defensores de los derechos LGTB —que luchan por la derogación del citado artículo 230 del Código Penal, que castiga las relaciones homosexuales con penas de hasta 3 años de prisión— sufren constantes agresiones, hasta el punto de que algunos de ellos han tenido que exiliarse ante las repetidas amenazas de muerte.

Fuente Dosmanzanas

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