Inicio > General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. > El dictamen de la Corte Suprema de la India sobre la intimidad es favorable a despenalizar la homosexualidad

El dictamen de la Corte Suprema de la India sobre la intimidad es favorable a despenalizar la homosexualidad

Sábado, 26 de agosto de 2017

gandhi6La resolución que la Corte Suprema de la India ha emitido sobre la intimidad favorece la legalización de las relaciones homosexuales en este país asiático. El tribunal indio ha determinado que la intimidad es un derecho fundamental de los ciudadanos y la orientación sexual es uno de sus “componentes esenciales”. En el texto se explicita que “la invasión de un derecho fundamental no se hace tolerable cuando unos pocos, a diferencia de un gran número de personas, son sometidos a un tratamiento hostil” y reconoce “la dignidad de la vida privada de las personas LGTB”. El activismo y la comunidad LGTB esperan que este dictamen de la Corte Suprema abra la puerta a la definitiva despenalización de las relaciones homosexuales, todavía consideradas “contra natura” por la sección 377 del Código Penal.

El pasado 3 de agosto recogimos que la Corte Suprema de la India debatía sobre si la privacidad es un derecho fundamental y, finalmente, ha decidido que sí lo es. Como declaró entonces Dhananjaya Yashwant Chandrachud, uno de los jueces que componen el panel de 9 magistrados que ha elaborado el dictamen, la resolución de la Corte Suprema que ampara constitucionalmente el derecho a la privacidad compromete la sentencia del mismo tribunal que volvió a criminalizar la homosexualidad en la India.

Para la Corte Suprema, los “actos de discriminación hostil” hacia el colectivo LGTB “son constitucionalmente inadmisibles”. Sin embargo, “dado que la impugnación de la sección 377 está pendiente de consideración ante un Tribunal más amplio de esta Corte, acordamos que la validez constitucional fuera decidida en un procedimiento apropiado”. Con todo, parece muy probable que el sentido del dictamen sobre la intimidad que acabamos de conocer, favorable a despenalizar las relaciones entre personas del mismo sexo, marcará el camino hacia la legalización.

“La invasión de un derecho fundamental no se hace tolerable cuando unos pocos, a diferencia de un gran número de personas, son sometidos a un tratamiento hostil”, asegura el tribunal. Y prosigue: “La razón por la cual tales actos de discriminación hostil son constitucionalmente inadmisibles es debido al efecto escalofriante que tienen sobre el ejercicio del derecho fundamental”. Asimismo, la Corte Suprema argumenta que “el efecto escalofriante sobre el ejercicio del derecho plantea un grave peligro para el desarrollo sin obstáculos de la orientación sexual, como elemento de privacidad y dignidad. El efecto escalofriante se debe al peligro de que un ser humano sea sometido a oprobio social o desaprobación, como se refleja en el castigo del delito”.

El 11 de diciembre de 2013, la Corte Suprema de la India dictaminó en contra de la despenalización de las relaciones homosexuales que en julio de 2009 había decidido el Alto Tribunal de Delhi. La Corte Suprema consideró que el Alto Tribunal de Delhi se extralimitó en sus funciones, pues no apreciaba vulneración constitucional en la redacción de la sección 377 del Código Penal de la India, que castiga las relaciones homosexuales, señalando que únicamente correspondía al poder legislativo derogarlo o no. Por consiguiente, las relaciones homosexuales fueron de nuevo penalizadas en la India con hasta 10 años de prisión por ser consideradas un acto “contra natura”.

En enero de 2014, la Corte Suprema rechazó la petición del Gobierno indio y de varios grupos de defensa de los derechos humanos de reconsiderar su resolución. La última instancia posible ante el alto tribunal era la presentación de una curative petition, un recurso especial para que la decisión fuera revisada por un panel de cinco jueces de la Corte, y que fue interpuesta en abril de 2014 por el prestigioso abogado Anand Grover representando a diversas organizaciones de defensa de los derechos LGTB (la ley obliga a que este recurso sea presentado por una de las partes agraviadas). Una de las organizaciones representadas era Naz Foundation, cuya demanda ocasionó la primera sentencia favorable del Alto Tribunal de Delhi. Recordemos que solo en 2015 más de 1.300 personas fueron detenidas en la India bajo la acusación de practicar la homosexualidad, incluyendo 207 adolescentes.

Fuente Dosmanzanas:

General, Historia LGTBI, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.