El Parlamento alemán aprueba la rehabilitación de las víctimas del homófobo artículo 175
El Bundestag o cámara baja del Parlamento de Alemania aprobó el jueves por unanimidad un proyecto de ley para indemnizar a los condenados por el infame artículo 175 del Código Penal, que durante décadas criminalizó las relaciones consentidas y en privado entre hombres. Una buena noticia empañada por una enmienda de última hora en la redacción final. La CDU/CSU de la canciller Angela Merkel ha impuesto que la rehabilitación solo sea posible si los implicados en los hechos tenían más de 16 años. Una clara discriminación con respecto a las relaciones entre personas de distinto sexo, para las cuales rige una edad de consentimiento dos años menor.
El Estado alemán rehabilitará próximamente a los condenados por el infame artículo 175 del Código Penal, que durante décadas criminalizó las relaciones consentidas y en privado entre hombres. La iniciativa del ministro de Justicia Heiko Maas superó el pasado jueves su tramitación parlamentaria con la aprobación por unanimidad en el Bundestag. El Gobierno de gran coalición le había dado su respaldo el pasado mes de marzo. Maas anunció su decisión de dar los pasos necesarios para resarcir a los procesados por las sentencias basadas en el artículo 175 en mayo del año pasado.
El texto establece que cada condenado recibirá 3.000 euros por sentencia y 1.500 euros más por cada año que haya comenzado en prisión o en reclusión forzosa en establecimientos psiquiátricos. El ministerio espera unas 5.000 solicitudes. La fundación Magnus Hirschfeld, por su parte, recibirá 500.000 euros en concepto de “indemnización colectiva”. El procedimiento prevé que los afectados o sus familiares puedan presentar una solicitud de rehabilitación ante la fiscalía y la eliminación de sus antecedentes en el registro penal. Las víctimas de la legislación pueden solicitar las indemnizaciones económicas, pero no sus allegados en el caso de que los condenados hayan fallecido ya.
La nota decepcionante de la histórica ley la puso el pasado martes la CDU/CSU en la comisión parlamentaria donde se tramitaba el proyecto de ley. Los democristianos impusieron un cambio que eleva a 16 años la edad mínima de referencia para poder optar a la rehabilitación. Hasta entonces, la propuesta excluía a los condenados por actos en los que hubieran participado menores de 14 años, que es la edad de consentimiento para las relaciones entre personas de distinto sexo desde la introducción del Código Penal de 1871.
Los socialdemócratas del SPD no comprenden el motivo de esta enmienda “innecesaria” de última hora, pero la admitieron para, según afirman, no retrasar más la aprobación de la ley. La redacción de la CDU/CSU únicamente menciona la “protección de los menores” como intento de justificar lo que no es más que una nueva discriminación de las personas LGTB frente a las heterosexuales.
El presidente de la fundación Magnus Hirschfeld, Jörg Litwinschuh, lamenta que la modificación impuesta por los democristianos dejará sin resarcimiento, por ejemplo, a personas que fueron denunciadas por sus padres cuando eran adolescentes. La ley hace tabla rasa por debajo de los 16 años y no contempla la existencia o no de consentimiento o la diferencia de edad entre los participantes en los actos condenados. Litwinschuh anunció que su fundación prestará asistencia a los afectados que quieran presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional para corregir esta tropelía de la formación de Merkel.
Artículo 175: más de cien años de infamia
La criminalización de las relaciones sexuales consentidas entre hombres llegó a Alemania en 1871, año en que se ilegalizaron “los actos contra natura entre personas del sexo masculino o entre personas y animales”. La pena alcanzaba entonces los seis meses de prisión. La situación empeoró considerablemente bajo el régimen nazi, cuando toda forma de afecto entre hombres fue castigada con cinco años de prisión; miles de homosexuales o sospechosos de serlo fueron enviados a los campos de concentración, donde la mayoría de ellos murieron a causa de los malos tratos y los trabajos forzados.
Pero mientras que las demás víctimas del Holocausto fueron debidamente compensadas y reconocidas tras la Segunda Guerra Mundial, y las leyes contra ellas derogadas, el artículo 175 mantuvo su vigencia y las personas LGTB siguieron siendo perseguidas; a veces, incluso, con pruebas recogidas durante los años del nazismo. La evolución fue diferente en la República Federal de Alemania (RFA) y la República Democrática Alemana (RDA): el Gobierno comunista de la RDA dejó de perseguir a homosexuales a partir de finales de los años 50, reformó la legislación para permitir las relaciones consentidas entre varones adultos en 1968 y equiparó la edad de consentimiento con la del sexo heterosexual en 1988. Sin embargo, la RFA castigó las relaciones entre varones hasta 1973 y no eliminó por completo el vergonzante artículo 175 hasta 1994, ya después de la reunificación.
Con posterioridad a la derogación, los colectivos LGTB se centraron en conseguir la anulación de las sentencias por homosexualidad y la reparación de sus víctimas. Por sorprendente que parezca, hasta 2002 no se consiguió la nulidad de las condenas dictadas durante el régimen nazi, y ello todavía contra el criterio de los democristianos de la CDU/CSU y de los liberales del FDP. Las sentencias posteriores a 1945, a pesar de basarse en la versión agravada del artículo 175 aprobada por los nazis, seguían siendo consideradas hasta ahora como válidas. Según opinaba la CDU entonces, “las decisiones de un Estado de derecho y sus tribunales no pueden ser consideradas de manera global como injustas”. Una posición que condenaba a cientos de homosexuales a vivir con el estigma de tener antecedentes penales por el mero hecho de serlo.
Fuente Dosmanzanas
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