Panda de hipócritas…
La actualización del manual de formación del clero ratifica que la Iglesia no puede permitir sacerdotes homosexuales ni tan siquiera afeminados o que toleren la “cultura gay”.
El papa Francisco continúa marcando distancias con lo que podríamos denominar su etapa “amable” hacia las personas LGTB, que en cualquier caso habría consistido únicamente en una política de gestos que no se ha acompañado de cambio doctrinal alguno. Instalado en su nuevo papel de azote de la “ideología de género”, en el que no parece sentirse incómodo, el argentino ha aprovechado para recordar (por si a alguien se le había olvidado) que la Iglesia católica no quiere como clérigos ni a homosexuales ni a personas que simpaticen abiertamente con la causa LGTB. Le ha bastado para ello referirse a documentos del anterior pontificado.
Hace 30 años, el Vaticano publicaba El regalo de la vocación sacerdotal, una guía para la formación del clero católico que L’Obsservatore Romano, la revista oficial del Vaticano, actualizaba el jueves, 7 de diciembre, confirmando que las personas con «tendencias homosexuales profundamente arraigadas» o que «apoyan la llamada» cultura gay «no pueden unirse al sacerdocio». Una política que contrasta con la famosa respuesta que diera el Papa Francisco al preguntarle sobre la posibilidad de la admisión de sacerdotes homosexuales: «¿Quién soy yo para juzgar?», en lo que había dado la errónea impresión de que el Vaticano podría suavizar su posición con respecto al colectivo homosexual en los tiempos de Bergoglio.
Humanidad, espiritualidad y discernimiento. Éstas son las calidades que deben demostrar los futuros sacerdotes, de acuerdo con las nuevas normas para su formación promulgadas por el Vaticano. Según ha explicado el cardenal Beniamino Stella en una entrevista en L’Osservatore Romano, el nuevo documento busca superar a la “rigidez” en los seminaristas que puede conducir a una visión “burocrática” del sagrado ministerio.
Esta nueva guía completa de formación -promulgada bajo el nombre “El Don de la vocación presbiteral”, pero más formalmente conocido como la Ratio Fundamentalis Institutionis Sacerdotalis– actualiza una anterior versión de hace treinta años. Se trata de un texto de 92 páginas que repasa las condiciones que debe reunir una persona para ser ordenada sacerdote o para acceder a órdenes religiosas. En este sentido, las referencias a la homosexualidad son solo una parte mínima del texto, si bien es la que con diferencia más atención mediática está recibiendo desde que este miércoles fuese publicado online por L’Osservatore Romano, el periódico vaticano. Aunque continúa con el veto al sacerdocio de las personas homosexuales, especificado por la Iglesia católica por primera vez en 2005, hace una excepción para las “tendencias homosexuales que sean únicamente la expresión de un problema transitorio como, por ejemplo, el de una adolescencia todavía no terminada”.
Las referencias a la homosexualidad no contienen, en cualquier caso, ningún elemento nuevo. Se limitan de hecho a citar documentos ya conocidos y a los que hemos hecho referencia en otras ocasiones, fundamentalmente la instrucción de 2005 “sobre los criterios de discernimiento vocacional concernientes a las personas con tendencias homosexuales en vistas a su admisión al seminario y a las Órdenes Sagradas” , que ya negaba el acceso al sacerdocio a “aquellos que practican la homosexualidad, presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas o apoyan la así llamada cultura gay”. El documento admitía, eso sí, que se pudiesen tener “tendencias homosexuales que fuesen sólo la expresión de un problema transitorio [sic]“, que en ese caso debían quedar “claramente superadas al menos tres años antes de la Ordenación diaconal”.
Una instrucción a la que siguió, tres años después, el documento “Orientaciones para el uso de las competencias de la psicología en la admisión y en la formación de los candidatos al sacerdocio”, que reiteraba que quienes tengan “tendencias homosexuales fuertemente radicadas” no podían ser sacerdotes, señalando como novedad que los rectores de los seminarios pueden recurrir a exámenes psicológicos para detectar dichas “tendencias” y que los sacerdotes tienen que tener un “sentido positivo y estable de la propia identidad viril [sic]”.
«La Iglesia, respetando profundamente a las personas en cuestión, no puede admitir en el seminario ni en las santas ordenanzas a los que practican la homosexualidad, presenten tendencias homosexuales profundas o apoyen a la denominada ‘cultura gay’. Esas personas, de hecho, se encuentran en una situación que les impide gravemente relacionarse correctamente con hombres y mujeres. Uno no debe pasar por alto las consecuencias negativas que pueden derivarse de la ordenación de personas con tendencias homosexuales profundamente arraigadas», constata este manual que en su versión de 2005 ya estipulaba su rechazo a que las personas homosexuales pudieran ordenarse como sacerdotes.
Lo que este nuevo decreto sí permite es una exención para las «tendencias homosexuales que sólo pueden ser la expresión de un problema transitorio, como por ejemplo el de la adolescencia que aún no está completo», advirtiendo además que «seriamente imprudente admitir a un seminarista que no haya alcanzado un estado emocional maduro, resuelto y libre, casto y fiel en el celibato», agregando que los futuros sacerdotes también necesitan entender «la realidad femenina», dando a entender que entienden la realidad masculina sólo por ser de género masculino.
El documento también aborda la revolución digital alertando de que la necesidad de «ser prudente frente a los riesgos inevitables de frecuentar el mundo digital, incluyendo diferentes formas de dependencia que pueden ser tratadas con medios espirituales y psicológicos adecuados», entrando nuevamente en una contradicción al recomendar que «los medios sociales formen parte de la vida cotidiana del seminario», porque ofrecen «nuevas posibilidades de relaciones interpersonales (y) para conocer a otras personas».
Ambos documentos datan del pontificado de Joseph Ratzinger. En cualquier caso, para que quede claro que nada ha cambiado desde entonces, insertamos el texto ahora publicado, ya con Jorge Bergoglio como papa. Las referencias a la homosexualidad están contenidas en los puntos 199, 200 y 201. Los entrecomillados son citas literales de la mencionada instrucción de 2005:
199. En relación a las personas con tendencias homosexuales que se acercan a los Seminarios, o que descubren durante la formación esta situación, en coherencia con el Magisterio, “la Iglesia, respetando profundamente a las personas en cuestión, no puede admitir al Seminario y a las Órdenes Sagradas a quienes practican la homosexualidad, presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas o sostienen la así llamada cultura gay. Dichas personas se encuentran, efectivamente, en una situación que obstaculiza gravemente una correcta relación con hombres y mujeres. De ningún modo pueden ignorarse las consecuencias negativas que se pueden derivar de la Ordenación de personas con tendencias homosexuales profundamente arraigadas”.
200. “Si se tratase, en cambio, de tendencias homosexuales que fuesen sólo la expresión de un problema transitorio, como, por ejemplo, el de una adolescencia todavía no terminada, esas deberán ser claramente superadas al menos tres años antes de la Ordenación diaconal”.
Por otra parte, conviene recordar que, en una relación de diálogo sincero y confianza recíproca, el seminarista debe manifestar a los formadores, el Obispo, al Rector, al Director espiritual y a los demás educadores, sus eventuales dudas o dificultades en esta materia.
En este contexto, “si un candidato practica la homosexualidad o presenta tendencias homosexuales profundamente arraigadas, su director espiritual, así como su confesor, tienen e deber de disuadirlo, en conciencia de seguir adelante hacia la Ordenación”. En todo caso, “sería gravemente deshonesto que el candidato ocultara la propia homosexualidad para acceder, a pesar de todo, a la Ordenación. Disposición tan falta de rectitud no corresponde al espíritu de verdad, de lealtad y de disponibilidad que debe caracterizar la personalidad de quien cree que ha sido llamado a servir a Cristo y a su Iglesia en el ministerio sacerdotal”.
201. En síntesis, conviene recordar y, al mismo tiempo, no ocultar a los seminaristas que “el solo deseo de llegar a ser sacerdote no es suficiente y no existe un derecho a recibir la Sagrada Ordenación. Compete a la Iglesia […] discernir la idoneidad de quien desea entrar en el Seminario, acompañándolo durante los años de la formación y llamarlo a las Órdenes Sagradas, si lo juzga dotado de las cualidades requeridas”.
En definitiva, ningún cambio (ni siquiera de lenguaje) entre el anterior papa y el actual. Los católicos LGTB seguirán siendo discriminados por su propia Iglesia también en este aspecto.
«Las personas que estaban abiertas a aceptar hombres gay sanos en los seminarios todavía lo harán. No niega el hecho de que hay miles de sacerdotes gay sanos y solteros y célibes en todo el mundo», matiza James Martin, un sacerdote jesuita y editor de America Magazine, advirtiendo que esta actualización no cambia el funcionamiento de los seminarios, así como tampoco parece contemplar el reciclaje de clérigos como Giovanni Cavalcoli, que en una afirmación digna de una película de ciencia ficción de bajo presupuesto llegaba a culpar a los homosexuales de los terremotos de Italia, Massimiliano Pusceddu, que en un sermón llegaba a afirmar que «debería seguir siendo válida» la pena de muerte para los homosexuales, o el arzobispo Norberto Rivera, que llegaba a cuestionar que la homosexualidad no fuera considerada como una enfermedad, por lo hablar del cardenal arzobispo del «imperio gay», Antonio Cañizares, que, no contento con la llamada a capítulo del Papa Francisco tras arremeter contra refugiados, inmigrantes y homosexuales, hacía un llamamiento para la desobediencia civil al considerar injustas las leyes sobre la igualdad de género.
Entrevista al Prefecto de la Congregación para el Clero, el cardenal Beniamino Stella
L’Osservatore Romano, 7 de diciembre de 2016
En la Solemnidad de la Inmaculada Concepción, la Congregación para el Clero promulga la nueva Ratio Fundamentalis Institutionis Sacerdotalis, un instrumento para la formación de los presbíteros. ¿Por qué es necesario un nuevo documento para los futuros sacerdotes y cuáles han sido las líneas inspiradoras en la preparación del texto?
La última Ratio Fundamentalis se remonta a 1970, si bien fue actualizada en 1985. Desde entonces, como sabemos, bajo el efecto de la rápida evolución a la que el mundo actual está sometido, han cambiado los contextos históricos, socioculturales y eclesiales en los que el sacerdote está llamado a encarnar la misión de Cristo y de la Iglesia, no sin provocar significativos cambios relativos a otros aspectos: la imagen o la visión del sacerdote, las necesidades espirituales del Pueblo de Dios, los desafíos de la nueva evangelización, los lenguajes de la comunicación y otros muchos. Nos ha parecido que la formación de los sacerdotes tenía la necesidad de ser promovida, renovada y colocada en el centro; hemos sido animados e iluminados por el Magisterio del Papa Francisco: con la espiritualidad y la profecía que distinguen su palabra, el Santo Padre se ha dirigido a menudo a los sacerdotes, recordándoles que un presbítero no es un funcionario, es un pastor ungido para el Pueblo de Dios, con el corazón compasivo y misericordioso de Cristo por las muchedumbres cansadas y agobiadas. La palabra y las exhortaciones del Santo Padre, algunas referidas a las tentaciones ligadas al dinero, al ejercicio autoritario del poder, a la rigidez legalista o a la vanagloria, nos muestran como el cuidado de los sacerdotes y de su formación es un aspecto fundamental en la acción eclesial de este Pontificado y así deberá serlo, de forma creciente, para cada Obispo y cada Iglesia local.
Para leer la entrevista íntegra, pincha aquí:
Fuente Universogay/Religión Digital/Dosmanzanas
Homofobia/ Transfobia., Iglesia Católica
El Don de la vocación presbiteral, Homofobia/Transfobia, Iglesia Católica, Ratio Fundamentalis Institutionis Sacerdotalis
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