Inicio > General, Homofobia/ Transfobia. > El Tribunal Constitucional de Uganda falla a favor de que las personas LGTBI puedan reclamar legalmente en los casos de discriminación

El Tribunal Constitucional de Uganda falla a favor de que las personas LGTBI puedan reclamar legalmente en los casos de discriminación

Jueves, 17 de noviembre de 2016

hrapf_logo

El Tribunal Constitucional de Uganda ha declarado contraria a derecho la normativa que impedía a determinados grupos, marcados en la ley como “inmorales o socialmente inaceptables, la posibilidad de reclamar ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en los casos de discriminación. Entre los colectivos señalados tan ignominiosamente se encontraban el de las personas LGTBI (para quienes fue diseñada especialmente la norma), los trabajadores del sexo o las personas que viven con el VIH.

El pasado día 10 de noviembre, el Tribunal Constitucional de Uganda falló a favor del demandante en el caso de Adrian Jjuuko contra la Fiscalía General, en el que se cuestionaba la constitucionalidad del artículo 15 (6) (d) de la Ley de la Comisión de Igualdad de Oportunidades de 2007.

En dicho artículo, ahora declarado inconstitucional, se impedía que determinados grupos sociales considerados “inmorales o socialmente inaceptables” pudieran reclamar por cuestiones de discriminación ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades. Cabe destacar que, en un principio, el artículo fue diseñado específicamente para evitar el acceso a la Comisión a las personas LGTBI, aunque después se añadieron colectivos como el de los trabajadores del sexo, los discapacitados o las personas que viven con el VIH. Es decir, algunos de los grupos sociales más vulnerables y sometidos a discriminación.

adrian-jjuukoAdrian Jjuuko

La declaración de inconstitucionalidad de semejante aberración legislativa llega tras siete largos años de litigio. Adrian Jjuuko, que es el director ejecutivo de Human Rights Awareness and Promotion Forum (HRAPF), presentó la moción en 2009, con el asesoramiento del abogado Ladislaus Kiiza Rwakafuzi. Jjuuko resumía así la decisión del alto tribunal: “Tras la decisión del tribunal, el Estado no podrá legalmente marcar a determinadas personas como inadaptadas sociales que no son dignas de protección”. También añadía que “ha sido un largo camino de siete años lleno de enfrentamientos con el poder judicial por el continuo retraso, pero me alegro de que el caso finalmente se haya solventado y que hayamos ganado. El fallo favorable elimina el único impedimento legal que ha impedido que los grupos minoritarios accedieran a la Comisión de Igualdad de Oportunidades”.

Por su parte, desde HRAPF expresaban su satisfacción con el siguiente comunicado: “Este es un gran triunfo para las comunidades marginadas de Uganda, especialmente las personas LGBTI y los trabajadores del sexo”.

Uganda: una pesadilla continua

La situación de las personas LGTB en Uganda es muy complicada. El artículo 145 del Código Penal castiga con penas que pueden llegar hasta la cadena perpetua a aquellos que “tengan conocimiento carnal contra natura con otra persona”. El mero intento de mantener relaciones homosexuales o lo que se denominan “prácticas indecentes” se castigan con hasta siete años de prisión.

Pero esta durísima normativa no parece satisfacer a los LGTBfobos. La presidenta del Parlamento, Rebecca Kadaga, insiste en reintroducir una ley que endurecería el trato penal a la homosexualidad, con la pretensión de introducir la pena de muerte en deteminados casos, y a la cual ella misma llegó a llamar “un regalo de Navidad”. El proyecto fue aprobado por el Parlamento en diciembre de 2013, pero finalmente fue invalidado por el Tribunal Constitucional a causa de una falta de procedimiento: se había votado sin el quórum necesario.

Por otra parte, se suceden los ataques a la libertad de reunión y asociación. En noviembre de 2015, de hecho, se aprobó una ley que permite al gobierno tener un control férreo sobre las ONG y asociaciones del país, pudiendo no autorizar sus actividades e incluso disolverlas si no se adecuan al “interés público” o si son “contrarias a la dignidad del pueblo de Uganda”. Las asociaciones LGTB ya avisaron de su peligro, ya que los activistas que trabajen en una organización que no cuente con el visto bueno del gobierno pueden llegar a ser encarcelados. Ello supone llevar la lucha por los derechos LGTB a la ilegalidad.

Pero conviene tener en cuenta que no todo depende del marco jurídico: la sociedad civil ugandesa también es fuente de ataques homófobos. Un ejemplo es el intento de linchamiento a un grupo de hombres homosexuales o los ataques que reciben los activistas que intentan llevar adelante la lucha. Son muy numerosos los frentes en los que hay que seguir trabajando.

En fin, si ponemos en el buscador el nombre de Uganda… el horror es continuo.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.