Un antiguo empleado homosexual de BNP Paribas será indemnizado con 600.000 euros por el acoso y discriminación a que fue sometido
El Tribunal de Apelaciones de París ha dictaminado que el banco BNP Paribas deberá indemnizar a un antiguo trabajador homosexual con más de 600.000 euros, por el reiterado acoso al que le sometió debido a su orientación sexual. Asimismo, ha declarado plenamente nula la baja voluntaria incentivada a la que el trabajador se acogió en 2012, al entender que el mencionado acoso anula la supuesta voluntariedad del trabajador.
El demandante, de origen italiano, comenzó su carrera profesional en BNP Paribas en 2004, y fue ascendiendo progresivamente hasta que en 2009 fue nombrado responsable de negocios. En ese momento es cuando la dirección tuvo conocimiento de su homosexualidad, y también es la fecha en que empezó un acoso permanente y concluyó su promoción profesional.
El Tribunal de Apelaciones ha dado por demostrado que, debido a su orientación sexual, el demandante “sufrió las burlas de los compañeros, que además imponían, con su comportamiento machista y sexista, un ambiente de trabajo particularmente opresivo”. El acoso sufrido por el demandante se evidenciaba con “correos electrónicos de naturaleza sexual repetidos en el tiempo, que, en ocasiones, partían de dos de sus superiores jerárquicos”. Por otra parte, el tribunal estima que el banco “promovía un clima particularmente opresivo para un trabajador homosexual, al ofrecer a sus empleados tardes en establecimientos de striptease o prestaciones de servicios sexuales, según se desprende de los distintos certificados y documentos”.
La discriminación continuó hasta que en 2012 accedió a acogerse a una oferta de bajas incentivadas. Pero el Tribunal de Apelaciones ha estimado que “cesar en el marco de un plan de retiro voluntario, como resultado de la discriminación, supone la nulidad de la ruptura de la relación laboral”. Por ello, ha condenado a BNP Paribas a indemnizarle por los salarios no percibidos desde su baja, cantidad que asciende a 608.300 euros, si bien tendrá que devolver los 230.000 euros que recibió cuando extinguió su contrato.
La abogada del demandante, Emmanuelle Boussard-Verrecchia, mostraba su satisfacción por la sentencia, y describía así la situación a la que tuvo que enfrentarse su cliente: “Se creó un abismo entre sus competencias y su desarrollo profesional en relación con otros colegas, que sí se ceñían a los estereotipos del banco: casados, dos hijos…”.
BNP Paribas, por su parte, sigue negando que hubiera acoso o discriminación, alegando que así lo había estimado el Tribunal Laboral, que había rechazado las demandas interpuestas por el antiguo empleado. Esas desestimaciones no parecen extrañas en el Tribunal Laboral francés que, en otra denuncia por despido, estimó que llamar “pédé” (traducible por “maricón” en francés) a un peluquero no denotaba homofobia (*), pues hay muchos peluqueros homosexuales, sobre todo en los salones de peluquería de señoras. Afortunadamente, en este caso el Tribunal de Apelaciones, una instancia superior, ha dado la razón al demandante y ha dado por demostrados el acoso y la discriminación.
Fuente Dosmanzanas
(*) Con el agravante de que “péde” en francés deriva de la palabra “péderaste”
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