Inicio > General, Historia LGTBI > Colombia aprueba de forma definitiva el matrimonio igualitario

Colombia aprueba de forma definitiva el matrimonio igualitario

Lunes, 2 de mayo de 2016

corte-constitucional-colombiaLos magistrados de la Corte Constitucional dieron luz verde a una ponencia favorable a la unión homosexual por seis votos a favor y tres en contra.

El alto tribunal aprobó en noviembre la posibilidad de que las parejas homosexules adopten.

La Corte Constitucional de Colombia aprobó este jueves de manera definitiva el matrimonio de parejas del mismo sexo tras un largo camino en el que la comunidad LGTBI ha ido conquistando progresivamente sus derechos para equipararlos con los de los heterosexuales.

La aprobación llega después de que los magistrados del alto tribunal aprobaran una ponencia favorable a la unión homosexual por seis votos a favor y tres en contra. El camino hacia la aprobación definitiva comenzó el pasado 7 de abril, cuando los mismos magistrados votaron en contra de otra propuesta que definía el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.

Se dio entonces una enorme confusión en la comunidad LGTBI y los propios medios colombianos, que entendieron que esa primera decisión suponía la aprobación final de la unión de parejas del mismo sexo.

Con la decisión de este jueves, Colombia se suma al grupo de países latinoamericanos que conforman Brasil, Argentina y Uruguay, que han aprobado el matrimonio de parejas del mismo sexo. Además, México también ha abierto la puerta a los matrimonios homosexuales, si bien ya se venían realizando en la capital y en los estados de Quintana Roo y Coahuila.

En Colombia, el mayor paso lo dio también la Corte Constitucional cuando en noviembre de 2015 aprobó la posibilidad de que las parejas del mismo sexo adopten niños en igualdad de condiciones a las heterosexuales.

Hubo entonces una reacción de los sectores más conservadores de la sociedad colombiana que lideró el procurador general, Alejandro Ordóñez, quien se convirtió en el azote de los derechos de los homosexuales.

Pese a esa oposición, la comunidad LGTBI fue avanzando en la asunción de sus derechos: reconocimiento de matrimonios mixtos registrados en el exterior, registro de hijos concebidos en el exterior por parejas del mismo sexo o la misma adopción, entre otros. La aprobación de este jueves es una nueva conquista en tanto que otorga a las parejas del mismo sexo “seguridad jurídica” para contraer matrimonio, según destaca la ONG Colombia Diversa, que defiende los derechos de la comunidad LGTBI. “Si antes había dudas sobre si Colombia reconocía el matrimonio igualitario, hoy con toda certeza podemos decir que sí, que la Corte Constitucional ratificó su decisión y que con plena certeza hay matrimonio civil para las parejas del mismo sexo en Colombia”, dijo Marcela Sánchez, portavoz de la organización. Esto sin duda nos hace ser un mejor país.

Sánchez comentó que esta decisión de la Corte Constitucional, que les “sorprende gratamente”, será celebrada el próximo 28 de junio, fecha alrededor de la cual tiene lugar cada año una marcha para reivindicar los derechos de la comunidad LGTBI. “Si bien persisten muchos problemas, y no podemos desconocerlos, tampoco podemos desconocer que tenemos mucho por celebrar, creo que no solamente la comunidad LGTBI sino la sociedad colombiana, esto sin duda nos hace ser un mejor país“, apuntó Sánchez.

Fuente Agencias/Cáscara Amarga

General, Historia LGTBI , , , , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.