Inicio > General, Homofobia/ Transfobia. > La Fundación Jiménez Díaz recurre el fallo que la condena por discriminación a una pareja de lesbianas

La Fundación Jiménez Díaz recurre el fallo que la condena por discriminación a una pareja de lesbianas

Viernes, 9 de octubre de 2015

fjd-edificioArcópoli pide que se deje de discriminar en materia de reproducción asistida

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la Comunidad de Madrid y la Fundación Jiménez Díaz a pagar una indemnización por suspender un tratamiento de reproducción asistida a una pareja de lesbianas.

La Fundación Jiménez Díaz apunta que, en la actualidad, las pacientes están pendientes de iniciar un nuevo tratamiento.

El Hospital Fundación Jiménez Díaz de Madrid ha recurrido la sentencia que condena al centro y a la Consejería de Sanidad a indemnizar en casi 5.000 euros a una lesbiana por haber sido discriminada por su orientación sexual en el acceso a un tratamiento de reproducción asistida.

La demandante consideró que desde el 28 de noviembre de 2014 hasta el pasado 13 de mayo se le interrumpió en la Fundación Jiménez Díaz el tratamiento de reproducción asistida que había iniciado en abril del año pasado y que esto le supuso una violación del derecho a la no discriminación.

Alegó que, aunque se le volvió a citar para el pasado 13 de mayo, esto supuso una demora sin causa justificada que solo se produjo después de que presentara una demanda.

Para la jueza, como no puede establecerse discriminación sexual por razones de la orientación sexual, la mujer tenía derecho a seguir sometida al tratamiento.

Por ello, apunta que aunque “no existía voluntad por la Fundación Jiménez Díaz de proceder a discriminarla por su orientación sexual”, la discriminación “de hecho se produjo” hasta abril de 2015, cuando la llamó igual que a otras personas a las que por distintos motivos se les había comunicado que estaban excluidas por aplicación de la orden del Ministerio de Sanidad.

En un comunicado, el centro ha avanzado que ha recurrido la sentencia al considerar que la actuación del centro se limitó a aplicar “solo en un primer momento”, puesto que después el proceso de reproducción asistida se reanudó, una normativa estatal vigente. La Fundación Jiménez Díaz ha recalcado que la propia sentencia deja claro “no existía voluntad por la Fundación de proceder a discriminar a la actora por su orientación sexual” ni “mala fe”.

El hospital destaca además que, pensando en el beneficio de las pacientes, y pese a estar aún a la espera de recibir instrucciones de la administración sobre la adaptación de la norma estatal a la cartera de servicios de la Comunidad de Madrid, en abril el centro decidió citar a las pacientes para iniciar un segundo tratamiento, que se llevó a cabo.

A través de un comunicado, Arcópoli se ha mostrado muy satisfecha con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid que ha condenado tanto a la Comunidad de Madrid como al Hospital que suspendió las técnicas de reproducción asistida a una pareja de mujeres por ser lesbianas. La magistrada Ofelia Ruiz afirma en la sentencia que a la demandante se la discrimina “por su condición sexual”.

Desde esta organización han lamentado que por falta de competencia, “la sentencia no condene también al Ministerio de Sanidad, que es quien primero dictó la Orden Ministerial claramente homófoba”. Sin embargo, se felicitan por que la magistrada aclare que “ante la Ley de Reproducción Asistida que cumple los valores de la Constitución y la Orden Ministerial que vulnera el principio de igualdad y no discriminación por orientación sexual, el Gobierno de la Comunidad de Madrid debería haber hecho prevaler la ley”.

Esta sentencia va en consonancia con la reivindicación que Arcópoli exigió a la presidenta Cristina Cifuentes en campaña electoral y que ésta negó por aclarar que debía estar en la cartera de servicios del Ministerio de Sanidad. Asimismo, en una reunión entre Arcópoli y el Consejero de Presidencia, “también se lo exigimos y en el borrador de la ley anti discriminación proponemos que se siga el modelo de referencia extremeño, donde viene prohibido discriminar a mujeres lesbianas y bisexuales en las técnicas de reproducción asistida”.

La secretaria general de Arcópoli, Izpia Batres, ha reclamado que “la Comunidad de Madrid debe dejar de ampararse en que la competencia es del Ministerio de Sanidad y ofrecernos a las mujeres lesbianas y bisexuales las mismas posibilidades en las técnicas de reproducción asistida que a las mujeres heterosexuales, si no, como ha dicho el Tribunal, estaría siendo homófoba”.

Fuente Agencias y Arcópoli

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.