Escoger
“Yo escojo hacer del resto de mi vida
lo mejor de mi vida”.
*
Louise Hay
(Del blog Lo que me gusta y no me gusta)
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“Yo escojo hacer del resto de mi vida
lo mejor de mi vida”.
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Louise Hay
(Del blog Lo que me gusta y no me gusta)
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Leído en la página web de Redes Cristianas
La clave de la vida social y de los Derechos Humanos no es el contrato individual sino el reconocimiento de que los otros también tienen esos derechos morales que anteceden a cualquier legitimación jurídica.
Amartya Sen, premio Nobel de Economía, afirma que “el desarrollo humano consiste en un proceso de expansión de las libertades reales de los individuos, de tal manera que cada ser humano esté en disposición de desarrollar su potencial como persona, de poner en práctica sus capacidades”.
Frente a las concepciones utilitaristas y economicistas que asimilan el desarrollo con el crecimiento económico, el desarrollo humano sostenible (DHS) pone el acento en dimensiones que deberían incluir: un componente económico que trate la creación de una riqueza auténtica y mejores condiciones de vida, equitativamente distribuidas; un ingrediente social medido en términos de salud, educación, vivienda y empleo; una dimensión política que abarque los derechos humanos, la libertad política y la democracia representativa; un elemento cultural que reconozca que las culturas confieren identidad y autoestima a las personas; un medio ambiente sano; el paradigma de la vida plena, referido a los sistemas y creencias simbólicas en cuanto al significado último de la vida, la historia, la realidad cósmica y las posibilidades de trascendencia.
Nosotros trabajamos por una universidad transformadora, que actúa en la promoción del DHS adaptando y transformando las tendencias de una educación más consciente de sus responsabilidades sociales en un contexto global y dinámico.
De ahí que las actividades de una Organización de la Sociedad Civil (OSC) sean inconcebibles sin una Ética que nos orienta para tomar decisiones justas y felices, en palabras de Adela Cortina. La Ética del Desarrollo ya es una disciplina académica que se pregunta ¿qué entendemos por Desarrollo? El DHS tiene unos bienes internos que se manifiestan en metas y en principios. Las metas: reconocer que no se pueden imponer a otras formas de vida porque las consideremos buenas para nosotros. No es legítimo porque el Desarrollo es una actividad que tiene que satisfacer exigencias básicas de justicia para desarrollar planes de vida sostenibles. Hay que humanizar el trabajo, empoderar a la gente para aumentar su autoestima, su esperanza y los medios de vida necesarios. De ahí que los Principios sean tres: el Desarrollo es un fin en sí mismo, no es un medio para alcanzarlo; es preciso tener en cuenta las opciones de los afectados porque su participación es indispensable para la toma de decisiones y asumir la responsabilidad porque somos responsables de una naturaleza vulnerable.
Es preciso superar nuestra tendencia a considerar mejores nuestros valores en lugar de aprender de otras culturas diferentes que nos pueden enriquecer y mejorar nuestros vínculos.
Cada uno nos hacemos personas porque otros nos reconocieron como tales. Algunas personas parecen temer a las obligaciones que confunden con los deberes, que son impuestos. Obligación proviene de ob-ligatio, cuando uno descubre que tiene un vínculo con otra persona. Cuando reconocemos el lazo o vínculo con otras personas nos sentimos obligados porque ese sentimiento brota del corazón, no hay que forzarlo. La misión de la Universidad es formar profesionales que respondan a las necesidades de los pueblos. No podemos limitarnos a transmitir conocimientos sino a compartir los saberes porque el que tiene sabiduría es el que sabe hacia donde encaminar los conocimientos.
Creemos en la universalidad del saber y de la humanidad, por eso queremos recuperar esa cultura universal y no caer en la fragmentación de los saberes que hacen a unos pueblos engreídos y a otros esclavos. De ahí, que nos hayamos comprometido en la conversión de una universidad de mercado, que genera títulos y busca fondos para subsistir, en una universidad que hace de la búsqueda de la sabiduría, de la formulación de los conocimientos y de la aplicación de las técnicas el eje de su actividad para favorecer las relaciones y la implicación en los valores de la justicia y de la solidaridad.
Esa es la responsabilidad social que no surge de firmar contratos sino de responder por otro porque uno ha descubierto el vínculo que nos une y que origina una obligación solidaria. La clave de la vida social y de los Derechos Humanos no es el contrato individual sino el reconocimiento de que los otros también tienen esos derechos morales que anteceden a cualquier legitimación jurídica. Los humanos tenemos un vínculo y por eso tenemos que recuperar el mutuo reconocimiento y no temer a las obligaciones que, en su ámbito, también tenemos con los animales y con el medio ambiente pues al fin y al cabo, formamos parte del universo.
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* José Carlos García Fajardo es Profesor Emérito de Historia del Pensamiento Político y Social por la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Director del Centro de Colaboraciones Solidarias (CCS)
Twitter: @GarciafajardoJC
Por una mayoría de 5 votos favorables a 4, el plantel de jueces del Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha dictaminado que el matrimonio es un derecho constitucional del que no se puede excluir a las parejas del mismo sexo. El espíritu de la sentencia puede resumirse en su resolución final, en la que los magistrados favorables estiman que las parejas demandantes reclamaban “igual dignidad a los ojos de la ley. La Constitución les otorga ese derecho”. Contra esta argumentación, la minoría disidente alude a argumentos caducos como el relacionar matrimonio y procreación o el socavamiento de la libertad religiosa.
Las previsiones más optimistas se han visto cumplidas y la más alta instancia judicial de los Estados Unidos, su Tribunal Supremo, intérprete máximo de la Constitución, ha dictaminado que las parejas del mismo sexo de todo el país tienen el derecho constitucional a contraer matrimonio, sea cual sea el estado en el que residan. Así, el matrimonio igualitario alcanza a todos aquellos estados donde las leyes que lo prohibían aún estaban vigentes o pendientes de resolución judicial definitiva: Dakota del Norte, Dakota del Sur, Nebraska, Kansas, Texas, Misuri, Arkansas, Luisiana, Mississippi, Alabama, Georgia, Tennessee, Kentucky, Ohio y Michigan. La sentencia también afectará a otros territorios vinculados a las decisiones del Tribunal Supremo, como Puerto Rico.
Los nueve jueces del Tribunal Supremo debían discernir si las sentencias desfavorables al matrimonio igualitario de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito se ajustaban a la Constitución de los Estados Unidos. Las cuatro parejas recurrentes reclamaban el derecho a contraer matrimonio en su estado de residencia, o a ver reconocido el contraído en otro estado donde era legal. Afectaban a sentencias de los estados de Tennessee, Michigan, Kentucky y Ohio.
Todas ellas se aunaron en el caso Obergefell v. Hodges, que finalmente fue aceptado por el Tribunal Supremo para su consideración a principios de año. El caso hacía referencia al recurrente de Ohio, a quien se había denegado el reconocimiento de su matrimonio celebrado en Maryland, un estado que sí permitía casarse a las parejas del mismo sexo. Aunque la pareja consiguió una sentencia favorable de un tribunal federal, la Fiscalía de Ohio recurrió ante la Corte de Apelaciones del 6ª Circuito, que anuló tanto esa sentencia como las que habían tenido lugar en los otros estados de su jurisdicción. Lamentablemente, el marido de Jim Obergefell, John Arthur, murió de una enfermedad terminal en plena lucha por sus derechos constitucionales.
El ponente de la sentencia ha sido el juez Anthony Kennedy (el mismo del fundamental y precursor caso Windsor), a quien se han unido con su voto favorable los jueces Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Sonia Sotomayor y Elena Kagan. El juez Kennedy establece que el matrimonio es un derecho fundamental, y que “la identificación y protección de los derechos fundamentales es una parte perdurable de la obligación judicial de interpretar la Constitución”. Prohibir ese derecho fundamental a un grupo determinado de ciudadanos vulnera la 14ª Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que ampara el derecho al debido proceso y la igual protección ante la ley: ”Ningún estado podrá dictar ni dar efecto a una ley que limite los privilegios o exenciones de los ciudadanos de los Estados Unidos; ningún tribunal de cualquiera de los estados podrá privar a una persona de su vida, su libertad o propiedad sin el debido proceso legal; ni podrá denegar a una persona dentro de su jurisdicción la igual protección ante las leyes. Si los estados permiten que las personas se casen con otras personas del sexo opuesto de su elección, deben permitir que las personas hagan la misma elección con cónyuges del mismo sexo”.
Discriminación histórica
No obstante, algunos esperaban que los fundamentos del fallo hicieran referencia a la orientación sexual como merecedora del más alto escrutinio, el mismo que merecen el sexo, la raza o el origen étnico. Eso hubiera significado que ninguna ley, mandato u ordenanza podría discriminar, ni siquiera por omisión, a los ciudadanos de los Estados Unidos en base a su orientación sexual. Sin embargo, la sentencia únicamente se ha ceñido al derecho al matrimonio y a la vulneración de la igual protección ante la ley en ese ámbito.
Aunque el dictamen contiene un detalle que no se ha pasado por alto: el juez Kennedy califica la orientación sexual de gais, lesbianas y bisexuales como “de naturaleza inmutable”, incidiendo más tarde en que “los psiquiatras y otros expertos han reconocido que la orientación sexual es una expresión normal de la sexualidad humana y es inmutable”. Esta calificación da fin a cualquier debate jurídico sobre la elección arbitraria de la orientación sexual y abre la puerta a que en futuros casos se le estipule el más alto escrutinio, pues la cuestión de la “naturaleza inmutable” ha sido fundamental para que le fuera reconocido al sexo o a la raza. A nadie se le escapa tampoco la relevancia que podrá tener en la lucha contra las terribles “terapias reparadoras”.
Pero el factor principal para designar a un grupo como merecedor del más alto escrutinio es el hecho de que haya sido históricamente discriminado. El juez Kennedy lo establece sin duda alguna: ”Durante gran parte del siglo XX la homosexualidad fue tratada como una enfermedad. Mientras tanto, la intimidad entre personas del mismo sexo había sido largamente condenada como inmoral por el propio Estado en la mayoría de las naciones occidentales, una creencia que a menudo se encarnaba en la ley penal. El sexo entre dos hombres o dos mujeres sigue siendo un crimen en muchos Estados, y a los gais y lesbianas se les ha prohibido el acceso a la mayor parte del empleo público, se les ha excluido del servicio militar, de las leyes de inmigración, han sido objetivos de la policía y se les ha impedido el derecho de asociación”. La repercusión que este argumento pueda tener en futuras sentencias, de este u otro tribunal, es indudable.
Finalmente, la sentencia se fundamenta en el derecho a la igual dignidad de todos los ciudadanos, sin excepción, y en la decisión de no excluir a ninguna persona de un derecho fundamental, la institución del matrimonio, que no hace sino engrandecerse al poder acoger a todos los ciudadanos:
Ninguna unión es más profunda que el matrimonio, ya que encarna los más altos ideales de amor, fidelidad, dedicación, sacrificio y familia. En la formación de una unión matrimonial, dos personas se convierten en algo más grande de lo que eran. Como algunos de los demandantes de estos casos han demostrado, el matrimonio representa un amor que puede incluso perdurar más allá de la muerte. Sería malinterpretar a estos hombres y mujeres afirmar que faltan al respeto a la idea del matrimonio. Su demanda se produce porque la respetan, la respetan tan profundamente que tratan de poder llevarla a cabo ellos mismos. Su esperanza es no estar condenados a vivir en soledad, excluidos de una de las instituciones más antiguas de la civilización. Piden igual dignidad a los ojos de la ley. La Constitución les otorga ese derecho.
La sentencia de la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito queda invalidada.
Votos discrepantes
Los votos contrarios a la sentencia han partido de los jueces John G. Roberts (actual presidente del Supremo), Antonin Scalia, Clarence Thomas y Samuel Alito, como la mayoría de los expertos había previsto. Han presentado sus argumentos en cuatro opiniones de disenso, que ocupan dos tercios de los 103 folios que componen la sentencia.
La más profusa, elaborada por el juez Roberts, ha sido firmada también por Scalia y Thomas, e incide en viejos argumentos como el de relacionar matrimonio con procreación: “el matrimonio es una solución socialmente organizada para el problema de lograr que las personas permanezcan unidas y cuiden a sus hijos, pues el mero deseo de tener hijos y el sexo que hace posible que haya niños, no lo resuelve”. No sabemos si ese criterio es aplicable a las parejas heterosexuales que no puedan o no quieran procrear.
También echa mano el juez Roberts de la definición del matrimonio que ofrece la primera edición del diccionario Webster, como argumento de peso: “la unión legal de por vida entre un hombre y una mujer”. Al parecer, al Webster aún no había llegado el divorcio. Pero su argumento fundamental es que no se trata de una cuestión de índole constitucional, sino de una decisión que debería poder tomar el pueblo mediante votación, aunque suponga la discriminación de parte de la ciudadanía. Así lo evidencia en su sorprendente conclusión final: “Si se encuentra usted entre los muchos estadounidenses, cualquiera que sea su orientación sexual, que están a favor de la expansión de los matrimonios del mismo sexo, por supuesto que celebrará la decisión de hoy. Celebrará el logro de una meta deseada. Celebrará la oportunidad de una nueva expresión del compromiso con su pareja. Celebrerá la disponibilidad de nuevos beneficios. Pero no celebrará la Constitución. No tenía nada que ver con eso”.
El juez Scalia llega tan lejos como para negar que el propio tribunal al que pertenece pueda dictar resolución alguna: “Un sistema de gobierno que subordina a las personas a un comité de nueve magistrados no electos no merece llamarse una democracia”, una clara referencia a que la mayoría de las legislaciones contra el matrimonio igualitario habían sido convalidadas mediante referéndum. Scalia asevera que no es un intolerante mientras califica a sus colegas firmantes de la sentencia favorable de “narcisistas pretenciosos”.
El juez Clarence Thomas considera que la cuestión del matrimonio entre personas del mismo sexo debería haberse limitado a una cuestión política, no judicial. También teme que la decisión mayoritaria socave la libertad religiosa. Aunque lo más sorprendente es que el siguiente argumento provenga del único miembro afroamericano del alto tribunal: “El corolario de este principio es que la dignidad humana no puede ser socavada por el gobierno. Los esclavos no perdieron su dignidad (más de lo que pierden su humanidad) porque el gobierno permitiera que fueran esclavizados. Los detenidos en campos de internamiento no perdieron su dignidad porque el gobierno les confinara allí. Y a quienes les niegan beneficios gubernamentales ciertamente no pierden su dignidad porque el gobierno se los niegue. El gobierno no puede conceder la dignidad, y no la puede quitar”.
Finalmente, el juez Samuel Alito se muestra muy preocupado por que los partidarios de los derechos LGTB utilicen los argumentos de la mayoría del tribunal respecto a la discriminación histórica del colectivo para vilipendiar a quienes quieran discriminarles: “Serán utilizados para vilipendiar a los estadounidenses que no estén dispuestos a asentir a la nueva ortodoxia. En sus fundamentos, la mayoría del tribunal compara las leyes tradicionales de matrimonio a las leyes que negaban la igualdad de trato para los afroamericanos y las mujeres. Las implicaciones de esta analogía serán explotadas por aquellos que están decididos a acabar con todo vestigio de disidencia”.
Fuente Dosmanzanas
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado este martes el adelanto provisional del movimiento natural de la población correspondiente a 2014, año en el cual se celebraron 3.300 bodas entre personas del mismo sexo, el 2,1% del total de matrimonios (158.425). De ellos, 1.709 fueron entre varones (el 51,8%) y 1.591 entre mujeres (el 48,2%).
El número de matrimonios entre personas del mismo sexo, desde que en julio de 2005 entrara en vigor a ley que los hace posible, se mantiene por tanto, y una vez pasado el pico inicial registrado en 2006, en la línea de los años anteriores, por encima de los 3.000 enlaces anuales. Sumando los datos provisionales de 2014 a los de 2005 (1.269), 2006 (4.313), 2007 (3.193), 2008 (3.194), 2009 (3.082), 2010 (3.193), 2011 (3.540), 2012 (3.455) y 2013 (3.071), y teniendo en cuenta que han transcurrido ya los primeros seis meses de 2016, más de 30.000 parejas del mismo sexo habrían contraído ya matrimonio en España. También se estabiliza el porcentaje de bodas entre personas del mismo sexo respecto al total (ligeramente por encima del 2%).
El adelanto provisional del INE no ofrece los datos de bodas entre personas del mismo sexo desglosados por comunidades autónomas, pero no son de esperar grandes cambios respecto a los años previos. En 2013, el ejercicio inmediatamente anterior, Cataluña repitió una vez más como la comunidad con más matrimonios entre personas del mismo sexo en números absolutos (702), si bien en términos porcentuales es Canarias la que tradicionalmente más alto número de bodas entre personas del mismo sexo celebra (el 3,5% del total de bodas en 2013). Los datos definitivos, que tradicionalmente siempre arrojan una cifras totales ligeramente inferiores a las de los provisionales, no se publican en cualquier caso hasta final del año.
Las bodas entre parejas de hombres y mujeres se igualan
Quizá el aspecto que más destaca este año es la equiparación ya casi total en el número de bodas entre hombres (1.709) y entre mujeres (1.591). Hasta ahora, y de manera sistemática, las bodas entre hombres habían superado con claridad las bodas entre mujeres. Una tendencia que sin embargo ha ido aminorándose con el paso de los años, hasta casi igualarse en 2014. Quizá este año 2015 en el que nos encontramos sea el primero en que por primera vez las bodas entre mujeres sean más numerosas…
Ligero repunte de la nupcialidad
En términos generales, en 2014 se produjo un ligero repunte de la de la nupcialidad respecto al año anterior, tanto entre parejas del mismo como de distinto sexo. La tasa bruta de nupcialidad aumentó de hecho hasta 3,4 matrimonios por 1.000 habitantes, una décima más que en el año anterior.
Por lo que se refiere a la forma de celebración, parece que en 2014 se frena la caída del matrimonio católico, muy acentuada a la lo largo de los últimos años, aunque la ceremonia civil se consolida como la preferida por dos de cada tres parejas. De las 158.425 bodas celebradas en 2014 fueron exclusivamente civiles 107.075 (el 67,6%), mientras que 48.714 (el 30,7%) se celebraron por el rito católico. 842 se celebraron por el rito de otra religión, no constando el dato en 1.794 casos.
Fuente Dosmanzanas
Para ampliar las imágenes, pincha sobre ellas…
Hoy vamos a poder parar unos minutos y disfrutar de lo conseguido, antes de seguir luchando. El medio Radio Free Europe Radio Liberty ha publicado dos gráficos para que veamos como está un poco el tema del matrimonio entre personas del mismo sexo y la aceptación moral de la homosexualidad. Empecemos por el matrimonio.
Aunque se ha avanzado mucho en América del Sur y México, aún nos quedan países por hacer entrar en razón. Las uniones civiles están reconocidas en Colombia, Ecuador y Chile. Aún falta por hacer en Perú y Venezuela. Bolivia y Paraguay andan un poco retrasados, pero donde hay que meterles más caña es en Guyana. Son 36 los estados de USA los que reconocen el matrimonio homosexual. Pocos todavía. Canana y Alaska, sin problemas.
En Europa andamos un poco a medidas. España, Portugal, Irlanda, Islandia, Francia, Noruega y Suecia son países donde podemos casarnos. Alemania y algún país vecino sólo reconoce las uniones civiles. Los países más cercanos a Rusia, si bien no consideran la homosexualidad ilegal, tampoco es que anden muy avanzados en el tema.
La parte más triste viene de África y Asia. Libia, Argelia, Túnez, Marruecos, Mauritania, Nigeria, Sudan, Etiopía, Somalia, Kenya, Tanzania, Angola, Arabia, Siria, Irán, la India… son algunos de los países donde la homosexualidad es ilegal. Lamentablemente nos van llegando noticias de este tipo cada poco. Sudáfrica, va por otro lado, claro y allí los matrimonios entre personas del mismo sexo está reconocidos.
Los australianos se tienen que poner las pilas ya. Que no puede ser que un país que nos ha dado cosas tan mariquitas aún ande sin legalizar los matrimonios homosexuales.
Respecto a la actitud de la gente frente a la homosexualidad, la cosa pinta muy bien para los españoles.Y mira, para algo en lo que somos los primeros y que tiene un valor real, pues es para estar muy muy orgulloso. Según la encuesta realizada, menos de un 10% de los españoles consideran moralmente inaceptable la homosexualidad. La homosexualidad en España está moralmente aceptada por el 50% de la población y al 40% no les parece un problema moral. Nos siguen de cerca los alemanes y los franceses.
Como era de esperar, en los más bajo del ranking se encuentran Ghana, Jordania y Egipto países donde a casi el 100% de la población, la homosexualidad les parece un problema moral inaceptable. Tampoco se quedan muy atrás los rusos, para más de un 50% de la población también es inaceptable.
Lo dicho, motivo para estar contentos de lo avanzados que estamos en este país, y que esto nos sirva de ánimo para seguir luchando por nuestro país y por nuestros vecinos, para que la homosexualidad deje de ser un problema para quienes no quieren abrir su mente.
Fuente | Radio Free Europe Radio Liberty, vía AmbienteG
A falta de apenas dos semanas para la celebración del Orgullo LGBT 2015 en Madrid, la web oficial del evento ya ha publicado la programación, que nos deja alguna sorpresa.
A los habituales espacios de la Plaza de Chueca, Plaza del Rey y Plaza del Callao, se suma este año la Plaza de la Luna, que ya hace unos años fue escenario de varios conciertos y que este año se gana como espacio al Orgullo. La manifestación recorrerá por el ya conocido camino de Atocha a Colón el sábado 4 de julio.
Además, la calle Pelayo volverá a ser escenario de la célebre carrera de tacones, pero este año además se celebrará una batalla de agua, ambos eventos el jueves 2 de julio a las 18:00 y 19:00. Los niños y las mascotas también tienen espacio en la programación del mejor orgullo del mundo. Os la detallamos:
PLAZA DE CHUECA
Miércoles 1:
20:00 – La plexi presenta “El Orgullo de Chueca”
20:30 – Pregón del Orgullo con Cayetana Guillén Cuervo y Alejandro Amenabar .
Jueves 2:
11:00 – Visita guiada ofrecida por Visit Chueca
Viernes 3:
16:00 y 18:30 – Visitas guiadas ofrecidas por Visita Chueca (la primera, en inglés).
Sábado 4:
12:00 a 18:00 – Chueca Kids (Talleres, conciertos, juegos, pintacaras y un piano gigante como el de la película “Big”). Leer más…
La Plataforma 28 de junio, conformada por 30 entidades, ha solicitado a los ayuntamientos que aprueben declaraciones institucionales a favor de la igualdad.
30 entidades que trabajan por la igualdad de las personas lesbianas, gais, transexuales, bisexuales, intersexuales (LGTB+) de la Comunidad de Madrid han creado la Plataforma 28 de junio de la Comunidad de Madrid.
La Plataforma, que aún no ha decidido si se constituirá con personalidad jurídica, reúne a la mayoría de las entidades reivindicativas, sociales, deportivas y culturales relacionadas con la diversidad afectivo-sexual y la identidad de género de la región, con presencia no sólo en la ciudad de Madrid sino en varias de las más importantes ciudades de la comunidad.
Como primera acción conjunta la Plataforma 28 de junio ha enviado cartas a todos los ayuntamientos madrileños, pidiéndoles que cuelguen en sus consistorios la bandera arco-iris de 6 colores, símbolo de la lucha contra la LGTBfobia. Acción que se está extendiendo rápidamente habiendo ya varios municipios que la han colgado y otros que se han comprometido a hacerlo. En aquellos municipios donde existe colectivo LGTB serán estos los que hagan las gestiones y no la plataforma, pues el objetivo es que los ayuntamientos apoyen a su movimiento asociativo.
Feria de entidades LGTB: La segunda acción conjunta de la Plataforma consistirá en una Feria donde las organizaciones podrán instalar sus puestos informativos. Será durante los días 25 a 28 de junio en la parte peatonal de la calle Augusto Figueroa, a la altura del portal nº 4, de 19.00 a 22.00.
Por último y para este primer Orgullo de 2015, la Plataforma apoyará y difundirá todas las actividades que realizan sus grupos miembro a través de un blog común donde se irán subiendo las diferentes actividades.
Organizaciones miembros de la Plataforma
AMPGYL Madrid (Asociación de Madres y Padres de LGTB), Arcópoli (Asociación LGTB de la Comunidad de Madrid y asociaciones LGTB de la Universidad Politécnica y Complutense de Madrid), Asamblea TransMaricaBollo de Sol, Asociación Respeta LGTBH (Alcorcón y Madrid), Chrysallis Madrid (Asociación de Familias de Menores Transexuales), Club Deportivo Halegatos, COGAM (Colectivo LGTB de Madrid), DiversAH (Alcalá de Henares), El Hombre Transexual, FLSMSur – Frente de Liberación Sexual de Madrid Sur, (Sur de la Comunidad de Madrid), Fuenla Entiende (Fuenlabrada), Fundación Daniela, Fundación Triángulo (Alcobendas, Coslada, Madrid, San Sebastián de los Reyes), Gaytafe LGBTI+ (Getafe), Galehi (Asociación de Familias LGTB), GMadrid Sports (Club Deportivo LGTB+H), Legaynes (Leganés), Madminton (Club de Badmintón LGBT), Madpoint (Club de tenis LGTB de Madrid), Madrid Titanes (Club de Rugby), Obeti (Observatorio Ético Internacional), RQTR (Asociación LGTB Universidad Complutense).
Organizaciones miembros de apoyo a la plataforma
Ahora Madrid LGTBI, ALEAS-IU, Círculo Podemos LGTBI, Ciudadanos-C´s, Convocatoria por Madrid, Equo Madrid, FELGTB, Grupo LGTB PSM-PSOE.
Un pastor estadounidense ha amenazado con prenderse fuego para detener el reconocimiento legal de las parejas homosexuales.
El Pastor tejano Rick Scarborough hizo la afirmación adelantándose a la resolución de la Corte Suprema que se espera para fin de este mes – lo que podría aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo en los 50 estados, incluyendo Texas.
La razón por la que atentaría contra sí mismo es porque cualquier intento de matrimonio de una pareja homosexual sería una aberración para la iglesia y esto es lo que no quiere permitir bajo ningún concepto.
No es la primera vez que oímos ideas disparatadas ante la aprobación del matrimonio igualitario en un país puesto que hace unos días también hablamos de aquella pareja heterosexual de Australia que aseguraba que se separaría para no vivir en pecado de la misma manera que una pareja gay.
El pastor dijo: “Simplemente estamos siendo preventivo y diciendo, no importa lo que cueste, no vamos a ceder, no vamos a doblegarnos, y nos vamos a quemar“.
Fuente Pink News
Toque de atención de la Corte Constitucional de Colombia al procurador general Alejandro Ordoñez, empeñado desde hace años en una persecución sin cuartel contra cualquier tipo de avance jurídico en materia LGTB. En una decisión suave de forma pero dura de fondo, el más alto tribunal colombiano censura la actuación de Ordoñez, que en su momento ordenó a jueces y notarios de todo el país que se pusiera en su conocimiento cualquier demanda de matrimonio entre personas del mismo sexo, y le recuerda que por encima de su afán inquisitorial se encuentra el derecho a la confidencialidad y seguridad de las parejas contrayentes.
Para entender lo que está sucediendo en Colombia hay que mirar atrás unos cuantos años. En una histórica sentencia emitida en 2011, la Corte Constitucional de Colombia ratificó que las parejas del mismo sexo constituyen familia y dio un plazo de dos años al Congreso para que legislara su reconocimiento con los mismos derechos que el matrimonio civil. Un plazo que venció en junio de 2013, después de que el intento de aprobar una ley de matrimonio igualitario fracasara. La Unión Colegiada del Notariado de Colombia elaboró, para intentar responder a la exigencia del tribunal, un contrato denominado “formalización y solemnización del vínculo”, una institución inexistente en las leyes del país y que los colectivos LGTB rechazaron de plano. Los jueces pasaron entonces a ser la clave. Ya en julio de 2013 se celebró una primera unión entre dos hombres, pero entonces la jueza, aunque reconoció a los miembros de la pareja el estado civil de “casados”, evitó definir la unión como matrimonio. Otro juez ordenaba en julio a un notario celebrar una unión entre dos hombres regida “por la normatividad aplicable al matrimonio civil, tanto en sus derechos como en sus deberes, y en las demás prerrogativas que de él deriven”. Pero no fue hasta el 20 de septiembre de 2013 cuando se celebró en Bogotá el primer matrimonio pleno entre personas del mismo sexo. Matrimonio que fue luego anulado, pero cuya validez fue luego restaurada por el Tribunal Superior de Bogotá.
En octubre de ese año otra pareja celebró su matrimonio, y al igual que en el caso anterior fue anulado y luego restaurado. En ambos casos la justicia había dado la razón en primera instancia a las acciones de tutela interpuestas por la “Fundación Marido y Mujer”, una organización contraria al matrimonio igualitario cuyas acciones tienen lugar de manera coordinada con las del procurador general. Un tercer matrimonio, sin embargo, vio su enlace confirmado en primera y segunda instancia. Son por el momento, en nuestro conocimiento, los únicos matrimonios plenamente celebrados y reconocidos como tales, a la espera de que la Corte Constitucional (ante la que hay interpuestas ya acciones de tutela en este sentido) despeje de una vez la incertidumbre jurídica y se pronuncie de forma clara. Una decisión que lleva demorándose ya cerca de año y medio (en paralelo, la Corte Constitucional tiene encima de la mesa el debate sobre la adopción homoparental, que sigue sus propios derroteros).
La reacción del procurador general, entretanto, fue la de presionar a sus funcionarios para intervenir en todos los procesos judiciales que se suscitasen con motivo de lo dispuesto en la sentencia de la Corte Constitucional, interponer todas las acciones y recursos judiciales disponibles así como requerir semanalmente información sobre el número de solicitudes de matrimonio entre personas del mismo sexo presentadas ante las oficinas de reparto, centros de servicios judiciales o administrativos y juzgados civiles municipales. Algo que ya en su momento fue considerado una extralimitación de sus funciones y un atentado contra la independencia de jueces y notarios. En todo este tiempo, además, Ordoñez ha seguido haciendo uso de la institución para oponerse a cualquier otro tipo de avance en materia LGTB en Colombia.
Una actitud, la del procurador, que acabó finalmente siendo examinada por la Corte Constitucional gracias a una acción de tutela presentada por una pareja de lesbianas que consideraron que sus instrucciones de Ordoñez atentaban contra su derecho a la privacidad, y que ha sido estimada por el alto tribunal. Reproducimos la comunicación de la decisión tal y como la refleja el boletín de tutela de la Corte con fecha 18 de junio:
La Sala Primera de Revisión, integrada por la Magistrada María Victoria Calle Correa y los Magistrados Luis Guillermo Guerrero Pérez y Mauricio González Cuervo, conoció el caso de una mujer quien, actuando en nombre propio y como agente oficiosa de su pareja del mismo sexo, interpuso acción de tutela contra la Procuraduría General de la Nación, por considerar que se vulneraron sus derechos fundamentales a la privacidad y al habeas data. La pareja de mujeres habría presentado solicitud de matrimonio civil con fundamento en la sentencia C-577 de 2011 (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo), en la cual esta Corporación declaró exequible la expresión “un hombre y una mujer” contenida en el artículo 113 del Código Civil y exhortó al Congreso de la República a legislar de forma “sistemática y organizada sobre los derechos de las parejas del mismo sexo con la finalidad de eliminar el déficit de protección” que estas afrontan, antes del veinte (20) de junio de dos mil trece (2013). Si el Congreso no regulaba la materia dentro del plazo establecido, la Sala Plena de la Corporación señaló que “las parejas del mismo sexo podrán acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar su vínculo contractual”.
Luego de celebrada la ceremonia de matrimonio de la pareja tutelante, la Procuraduría General de la Nación expidió la Circular 013 de dos mil trece (2013), que establece “Directrices, recomendaciones y peticiones en relación con el resuelve quinto de la sentencia C-577 de 2011”, con fundamento en la cual la Procuradora Delegada para Asuntos Civiles solicitó a los procuradores regionales y provinciales remitirle de forma semanal información respecto al número de solicitudes de matrimonio presentadas, el número de solicitudes de uniones contractuales elevadas, y copia de cada una de las solicitudes de matrimonio y unión solemne. Información similar habría sido solicitada por la Procuradora Delegada para la Infancia, la Adolescencia y la Familia. A juicio de la actora, las acciones de la Procuraduría General de la Nación constituían una intromisión arbitraria en la intimidad de las parejas, en especial en relación con informaciones que a su juicio dan cuenta de “datos sensibles”.
La Sala Primera de Revisión, con salvamento de voto del Magistrado Mauricio González Cuervo y Aclaración de Voto de la Magistrada Maria Victoria Calle Correa, señaló que si bien la Procuraduría podía recolectar la información, no podía utilizarla para “(…) imponer por vía general una determinada lectura de la manera en que notarios y jueces deben cumplir con lo ordenado en el resolutivo 5º de la Sentencia C-577 de 2011”. En consecuencia, tuteló los derechos al habeas data, a la intimidad, a la no discriminación y al acceso a la justicia de la accionante y advirtió a la Procuraduría General de la Nación que debe tomar “las medidas adecuadas y necesarias para garantizar la confidencialidad y la seguridad de los nombres de la accionante y su pareja”, así como definir las condiciones de tratamiento de base de datos en la que aquellas fueron incluidas.
No se trata por cierto del primer toque de atención que la Corte Constitucional da a Alejandro Ordoñez por su homofobia. En julio de 2013 el entonces presidente de la Corte emitió un comunicado en el que recordaba al procurador su deber de obedecer sus resoluciones, después de que este acusara al tribunal de “invadir las funciones del legislador” y presionase a los jueces para que se abstuviesen de celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo.
Os dejamos con la opinión del abogado y activista colombiano Germán Rincón Perfetti sobre la decisión de la Corte en declaraciones a Canal Capital:
Fuente Dosmanzanas
De “Gays fuera” a “Gays fuera del armario”
El colectivo canario Gamá ha presentado una denuncia por un posible delito de odio por las pintadas aparecidas en el “Espacio Visible”, la instalación en la que tendrán lugar buena parte de las actividades del Orgullo LGTB de Las Palmas de Gran Canaria, en el exterior del Edificio Miller. La frase “Gays fuera” aparecía la mañana del martes ensuciando la cartelería junto a una cruz céltica, símbolo habitual de los grupos neonazis. Gamá, eso sí, no ha querido eliminar la pintada, sino modificarla con un sencillo añadido…
“El odio no es la seña de identidad de la gente de Canarias y no dejaremos que marque nuestro Orgullo. Denunciamos porque tenemos que demostrarles a quienes quieren echarnos de los espacios comunes que son ellas y ellos quienes no tienen cabida. Para eso pedimos la implicación de toda la sociedad canaria para que no dé cobijo al odio sino que lo denuncien y ayuden en la investigación contra este grupo neonazi”, declaraba Pablo Almodóvar, presidente de Gamá.
Almodóvar recordaba además los datos sobre delitos de odio recientemente dados a conocer por el Ministerio del Interior, según los cuales el grupo más numeroso es el vinculado a la orientación sexual e identidad de género de las víctimas.“Gamá anima adenunciar cualquier agresión, amenaza o muestra de odio que tenga lugar en Canarias como elemento necesario para implicar a todos los agentes en la lucha contra el odio y la discriminación, también a fiscalías y cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado”, añade el comunicado del colectivo.
Os dejamos con un vídeo de convocatoria a la manifestación del Orgullo del próximo sábado, que en el caso de Las Palmas se celebra bajo el lema “Con la T por bandera. Menores trans por sus derechos”, y en el que se muestra cómo Gamá ha sido capaz de darle la vuelta a la agresión homófoba…
El Espacio Visible seguirá con sus actividades tras la retirada de los carteles pintados y hoy acogerá, coincidiendo con las celebraciones de las Fiestas Fundacionales de la ciudad, a las 00:30 Noche de actuaciones, con la participación de The Divines y Momi. Presenta: Iban Padrón. A las 02:00 Fiesta Super Girls / Dj – Animación.
Fuente La Provincia
El conocido activista ruso Nicolai Alekseev ha sido sancionado por un tribunal con una multa de 20.000 rublos por intentar celebrar la Marcha del Orgullo de Moscú sin autorización, tras pasar 10 días en la cárcel. Aunque ha presentado el correspondiente recurso, Alekseev no confía en la justicia rusa, por lo que ha expresado su intención de apelar finalmente ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Según el activista, la situación de los derechos humanos en Rusia, y de los derechos LGTB en particular, no hace más que empeorar.
El pasado 30 de mayo fueron detenidos tres de los activistas que intentaron celebrar la 10º Marcha del Orgullo de Moscú, a pesar de la prohibición dictada por las autoridades de la ciudad. El Ayuntamiento de Moscú había vuelto a denegar, por décimo año consecutivo, el permiso para la celebración del Orgullo LGTB, algo nada extraño viendo la manera en que el Gobierno ruso ha institucionalizado la homofobia y viene discriminando a las personas LGTB desde hace tiempo. Por si esto fuera poco, el portavoz de la alcaldía, Alexei Mayorov, advertía con la amenaza de que el incumplimiento de dicha negativa podría acarrear “riesgos”.
Según varios medios locales, el conocido activista Nicolai Alekseev fue atacado por radicales ortodoxos cuando se personó en la céntrica calle Tverskaya, una de las más concurridas de Moscú, para celebrar el acto. En ese momento, otros activistas que se encontraban en el lugar habrían acudido en ayuda de Alekseev lo que habría desembocado en un choque violento que obligó a las fuerzas del orden a bloquear el tráfico en esa zona. Asimismo, uno de los activistas intentó desplegar una bandera arcoíris a la vez que la policía se dispuso a detenerles. Durante el incidente, alrededor de treinta contramanifestantes lanzaron huevos a los participantes en el acto.
“Detenido y golpeado en el 10º Orgullo de Moscú. ¡Estamos detenidos! Seguramente me han roto el dedo de la mano izquierda”, denunciaba el propio Alekseev a través de Twitter, a lo que añadía que otros dos compañeros activistas habían sido detenidos como él “bajo la acusación de protesta ilegal y desobediencia a las órdenes de la policía”. Tras la detención, Alekseev ha permanecido encarcelado durante 10 días y ha sido condenado por el tribunal municipal de Moscú a una multa de 20.000 rublos (330 euros, 370 dólares). Es la primera vez que el intento de celebración del Orgullo ha ocasionado el encarcelamiento de los participantes, ya que en años anteriores los detenidos habían permanecido arrestados en las dependencias policiales y habían sido puestos en libertad en breve tiempo.
En declaraciones efectuadas a Gay Star News, Nicolai Alekseev muestra su preocupación por el incremento de la hostilidad de las autoridades rusas hacia la los miembros de la comunidad LGTB, a la vez que expresa su intención de acudir a las instancias europeas para denunciar los abusos a los que se ven sometidos:
No espero nada ni tengo confianza en los tribunales rusos. Por eso, las prohibiciones de los eventos del Orgullo, así como las detenciones y la multa serán todas apeladas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
La situación en materia de derechos humanos en general, y de los derechos LGBT en particular, está empeorando en Rusia. Ha sido la primera vez, en los 10 años que organizo la Marcha del Orgullo de Moscú, que alguien ha sido enviado a prisión por participar en ella. Es una nueva forma de presionar a los activistas para disuadirlos de manifestarse en las calles. Enormes multas, detenciones, despidos de sus trabajos. No espero que la situación vaya a mejorar en un futuro próximo, pero el Consejo de Europa y el Tribunal Europeo debe presionar más al Gobierno ruso respecto a la situación de las personas LGBT en Rusia y las violaciones de sus derechos.
Fuente Dosmanzanas
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