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Tras una larga batalla jurídica, la justicia italiana reconoce el matrimonio de una mujer transexual con otra mujer

Sábado, 25 de abril de 2015

cassazioneImportante sentencia de la Corte Suprema de Casación de Italia, según la cual el matrimonio de Alessandra Bernaroli (una mujer transexual) con otra mujer es válido a todos los efectos. La sentencia, que pone punto final a un largo litigio, aplica lo ya determinado por la Corte Constitucional hace un año: que la norma que obliga a disolver un matrimonio cuando uno de los cónyuges es reconocido como de sexo contrario al que tenía legalmente cuando lo contrajo es inconstitucional. La actuación de la justicia italiana deja de nuevo en evidencia a su clase política, incapaz hasta el momento de aprobar una ley que equipare los derechos de las parejas del mismo sexo.

La historia de Alessandra Bernaroli la venimos contando desde 2009: tras cinco años de matrimonio, el cónyuge que ante la sociedad era el marido se sometió a un proceso de reasignación de sexo para acomodar su cuerpo a su identidad femenina. Su matrimonio con otra mujer, al que ninguna de las dos quería poner fin, quedaba sin embargo disuelto en virtud de la normativa italiana que regula la modificación registral de sexo, que data de 1982 aunque fue modificada parcialmente en 2011. La pareja divorciada a la fuerza inició una batalla legal. Un tribunal de primera instancia les dio la razón pero en 2011 la Corte de Apelaciones de Bolonia consideró que las mujeres estaban en efecto divorciadas.

La pareja, que ha sido asesorada por el colectivo de abogados LGTB Rete Lenford, recurrió ante la Corte de Casación, que solicitó a la Corte Constitucional que aclarara la situación. Esta declaraba por fin en 2014 que la norma que obligaba a disolver sin más el matrimonio de la pareja era inconstitucional, argumentando como causa de inconstitucionalidad que la norma no prevé una regulación jurídica de la convivencia entre las dos personas “que tutele adecuadamente sus derechos y obligaciones” con la modalidad que el legislador decida (puedes acceder al texto de aquella sentencia, la 170/2014, pinchando aquí). La Corte Constitucional invitaba así al Parlamento italiano, de forma bastante explícita, a regular la situación de las parejas del mismo sexo.

Sin embargo, el texto de la sentencia de la Corte Constitucional no entraba en si el matrimonio de Alessandra seguía siendo válido o no, y de hecho era posible encontrar interpretaciones opuestas en los medios. Debía ser la Corte de Casación, de la que partió la consulta a la Corte Constitucional, la que determinase qué hacer en su caso concreto. Y finalmente la Corte de Casación ha optado por considerar nula la separación y dar validez a todos los efectos al matrimonio de Alessandra y su esposa hasta que exista una figura jurídica que les permita ejercer sus derechos como pareja (puedes descargar íntegramente la nueva sentencia, 8097/2015, pinchando aquí).

La sentencia, conviene aclararlo, no supone el reconocimiento general del matrimonio entre personas del mismo sexo, pero deja claro que para la justicia italiana las parejas del mismo sexo merecen una protección jurídica que el actual marco legal italiano no les da. Sigue, en este sentido, la estela de otras sentencias previas, como la de marzo de 2012, cuando la Corte Suprema de Casación italiana determinó que las parejas del mismo sexo tienen derecho a una vida familiar con los mismos derechos que las parejas de distinto sexo, o la más reciente de febrero de este año,  que determinó que la negativa a permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo no viola la Constitución italiana (ninguna sorpresa: ya la Corte Constitucional dictaminó en 2010 que la Constitución italiana no obliga a reconocer el matrimonio igualitario, aunque tampoco impide que pueda ser aprobado) pero insistía en que bajo una forma u otra los derechos de las parejas del mismo sexo deben ser reconocidos.

Algo que el Parlamento italiano aún no ha hecho, pese a disponer de una mayoría teóricamente suficiente salida de las elecciones de 2013. Significativa es la posición del primer ministro italiano, Matteo Renzi (Partido Democrático), que el pasado verano supeditaba la aprobación de una ley de uniones civiles al éxito de su paquete de reformas políticas. Veremos lo que sucede finalmente. Por el momento, el proyecto presentado por la senadora Monica Cirinnà en junio de 2014, que reconocería a las parejas del mismo sexo su derecho a contraer una unión civil con derechos similares a los del matrimonio salvo la adopción conjunta (sí permitiría, bajo ciertas circunstancias, la adopción de los hijos que ya tenga la pareja) ha recibido el visto bueno de la Comisión de Justicia del Senado, pero aún le queda una larga rodadura.

Fuente Dosmanzanas

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