Suma y sigue. El panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 7º Circuito, con sede en Chicago, ha fallado por unanimidad que la prohibición del matrimonio igualitario en los estados de Indiana y Wisconsin viola el derecho al debido proceso y a la igual protección garantizados por la 14ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos. Se trata del tercer circuito federal que se pronuncia contra la prohibición del matrimonio igualitario, con una sentencia en la que además el que está considerado uno de los juristas más prestigiosos del país, Richard Posner, ridiculiza los argumentos contrarios a que las parejas del mismo sexo puedan casarse…
Uno de los principales argumentos de los opositores al matrimonio igualitario en Indiana y Wisconsin era el interés legitimo del estado en proteger la función reproductiva. Un argumento que Posner, ponente de la sentencia (que puedes descargar aquí) derriba al recordar que el estado de Indiana prohíbe casarse a los primos hermanos de distinto sexo… hasta que tienen 65 años, una vez que ya resulta imposible concebir hijos. “Indiana ha inventado una insidiosa forma de discriminación: favorecer a los primos hermanos, siempre que no sean del mismo sexo, sobre los homosexuales. Los primos, cuando son mayores, se pueden casar porque ya no pueden producir niños. A los homosexuales se les prohíbe casarse porque no pueden producir niños”, argumenta el juez.
“El gobierno de Indiana piensa que las parejas heterosexuales tienden a ser sexualmente irresponsables, produciendo un montón de hijos no deseados, de forma que hay que presionarles (en forma de estímulo gubernamental del matrimonio a través de una combinación de palos y zanahorias) para casarse. Pero las parejas homosexuales, incapaces como son de tener hijos, sean deseados o no, son padres modelo -ciudadanos modelo- así que no necesitan el matrimonio”, ironiza después Posner. “Los heterosexuales se emborrachan y se embarazan, produciendo hijos no deseados. Su recompensa es que se les permite casarse. Las parejas homosexuales no producen hijos no deseados. Su recompensa es que se les niega el derecho a casarse. Figúrense”, añade…
“La discriminación contra las parejas del mismo sexo es irracional”
Lo cierto es que la sentencia de Posner, un conservador propuesto como juez federal por Ronald Reagan en 1981 y que está considerado como uno de los juristas más prestigiosos de Estados Unidos, es rotunda, y expone de forma muy clara las desventajas que a las parejas del mismo sexo y a sus familias (porque Posner deja bien claro que pese a no engendrar hijos biológicos comunes las parejas del mismo sexo sí tienen hijos) les supone el no poder acceder al matrimonio. “La discriminación contra las parejas del mismo sexo es irracional, y por tanto inconstitucional, sin necesidad de considerarla sujeta a mayor escrutinio”, escribe en un momento determinado Posner.
El “mayor escrutinio”, o “heightened/strict scrutiny”, es un término propio del sistema constitucional estadounidense, según el cual en ciertas situaciones la deliberación judicial no debe basarse solo en un mero argumento racional, sino en un análisis del conflicto entre los supuestos intereses legítimos del Gobierno -que podrían justificar incluso la vigencia de una disposición discriminatoria- y los principios constitucionales.
Cuarta sentencia favorable en una Corte de Apelaciones
La decisión unánime del 7º Circuito, contraria a las apelaciones formuladas contra sentencias favorables al matrimonio igualitario en Indiana y en Wisconsin, está en cualquier caso en la línea de las tres ya emitidas por otras dos Cortes de Apelaciones (el escalón intermedio entre la justicia federal a nivel de los estados y el Tribunal Supremo): dos por el 10º Circuito (referidas a Utah y Oklahoma, cuyos casos se fallaron separadamente) y una por el 4º Circuito (referida a Virginia).
El fallo establece además un plazo de 21 días, transcurridos los cuales, si no media una petición de suspensión cautelar hasta que una instancia superior decida una posible apelación, comenzarían a celebrarse bodas en Indiana y Wisconsin. Aunque dados los antecedentes de los sucedido en los otros circuitos es muy posible que dicha suspensión se pida y sea concedida (ya sea por la propia Corte de Apelaciones o por el propio Tribunal Supremo).
Están pendientes de ser estudiadas también por las correspondientes Cortes de Apelación sentencias favorables al matrimonio igualitario emitidas por jueces federales de Colorado, Florida, Idaho, Kentucky, Michigan, Ohio, Tennessee o Texas (el 6º Circuito, que debe decidir sobre los recursos a las sentencias de Kentucky, Michigan, Ohio y Tennessee) ya ha escuchado por ejemplo a las partes.
También ha habido sentencias favorables en Oregón y Pensilvania, pero en estos dos casos adquirieron firmeza al no presentarse apelación, por lo que se han sumado ya a la larga lista de estados que permiten el matrimonio igualitario. Por el momento, como informábamos por cierto hace un día, solo ha habido un estado en el que un juez federal haya considerado constitucional prohibir el matrimonio igualitario: Luisiana.
El Supremo, cada vez más cerca…
Lo cierto es que poco más de un año después de que el Tribunal Supremo declarase inconstitucional la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act, la norma que impedía el reconocimiento por parte de la administración federal de los matrimonios entre personas del mismo sexo), punto de origen de todo este proceso, muy pocos esperaban que se hubiera avanzado tan rápido. Los analistas ven de hecho muy probable que el Tribunal Supremo acuerde revisar la cuestión en la próxima ronda de aceptación de casos, que tendrá lugar este otoño. Por lo pronto, Utah y Oklahoma ya lo han solicitado.
Ello haría posible una sentencia ya en 2015, que en caso de ser favorable haría extensivo el matrimonio igualitario a todo el país. Una expectativa que se vio reforzada tras las recientes declaraciones de Ruth Ginsburg, una de las nueve magistradas del Tribunal Supremo, que se mostraba convencida de que el asunto quedará resuelto como muy tarde en junio de 2016, “y posiblemente un año antes”.
El Supremo también podría optar por no aceptar ninguno de los casos que le lleguen, lo que supondría dar validez a las sentencias de las Cortes de Apelaciones. Pero no es por lo que apuestan los analistas políticos. Un escenario que además sería difícilmente sostenible si se producen sentencias contradictorias entre diferentes circuitos, algo que aún no ha sucedido pero que es un escenario más que posible.
Fuente Dosmanzanas
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