Inicio > General, Historia LGTBI > Un juez federal declara inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario en Kentucky

Un juez federal declara inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario en Kentucky

Viernes, 4 de julio de 2014

Kentucky-flag-436x291El juez federal John G. Heyburn ha dictaminado que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo recogida en la legislación del estado de Kentucky es inconstitucional. La sentencia ha quedado en suspenso hasta que se resuelva la ya anunciada apelación. El mismo juez ya había fallado el pasado mes de febrero a favor del reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otros estados, fallo también suspendido cautelarmente.

Dos parejas del mismo sexo habían demandado al estado de Kentucky por no permitirles contraer matrimonio, en aplicación de la enmienda a la Constitución estatal que establece que “tan solo el matrimonio entre un hombre y una mujer será válido o reconocido como matrimonio en Kentucky. No será válida ni se reconocerá ninguna condición jurídica idéntica  o sustancialmente similar a la del matrimonio para las personas solteras”. Es decir, no solamente se prohibía el matrimonio igualitario, sino también cualquier tipo de unión civil que otorgara algún derecho a las parejas del mismo sexo. Dicha enmienda fue aprobada por referéndum en noviembre de 2004 con un 75 % de votos favorables, en uno de los estados más conservadores de los Estados Unidos. Aun a fecha de hoy, tan solo un 35 % de los ciudadanos de Kentucky se muestra favorable al matrimonio igualitario, según las últimas encuestas.

imagesComo en las sentencias precedentes dictaminadas en otros estados, el juez Heyburn ha fallado que la prohibición del matrimonio igualitario recogida en esa enmienda viola los derechos de los demandantes a la igual protección y debido proceso recogidos en la 14ª Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Según el juez, “a veces, en defensa de la igualdad de derechos de una minoría, los tribunales necesariamente deben exigir a los demás que contengan sus antiguos comportamientos o frenen su instinto personal. No parece que este sea el caso. Asegurar la igualdad de protección para las parejas del mismo sexo no disminuye la libertad de los demás en grado alguno. Así, el derecho a contraer matrimonio de las parejas del mismo sexo parece ser un derecho constitucional ‘sin costes’. Con suerte, incluso aquellos que se oponen al matrimonio entre personas del mismo sexo lo verán de esta manera en el futuro”.

Dado que el fiscal general de Kentucky, Jack Conway, había rehusado defender la prohibición del matrimonio igualitario ante los tribunales, el gobernador Steve Beshear contrató los servicios de un bufete de abogados privado. Los argumentos presentados por este equipo legal se limitaban a exponer que tan solo el matrimonio entre dos personas de distinto sexo garantiza la procreación y mantiene la tasa de natalidad. El juez Heyburn estimó en su sentencia que “esos argumentos no son propios de gente seria”. Según el juez, “­aun asumiendo que el estado tenga un interés legítimo en la promoción de la procreación, no se ha demostrado que la exclusión del matrimonio de las parejas del mismo sexo pueda tener algún efecto sobre la procreación entre los cónyuges heterosexuales’‘.  También añadió que “en los Estados Unidos, ni siquiera las más sinceras y tradicionales creencias religiosas deben prevalecer sobre los derechos constitucionales de quienes hayan perdido una votación”.

La oficina del gobernador ha comunicado su intención de apelar la sentencia ante la Corte de Apelaciones del 6º Circuito, al igual que hizo el pasado mes de febrero con la sentencia, del mismo juez Heyburn, que ordenaba el reconocimiento por parte de Kentucky de los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otros estados. Como en aquel caso, el juez ha dictaminado en la misma sentencia la suspensión cautelar de la misma hasta que se decida sobre su apelación.

Reconocimiento de un matrimonio en Indiana

Niki-Quasney-y-Amy-Sandler-matrimonio-en-IndianaAunque la Corte de Apelaciones del 7º Circuito decidió suspender la sentencia del juez federal Richard Young que permitía el matrimonio igualitario en Indiana, los defensores de las parejas afectadas por la suspensión, Lambda Legal, presentaron una moción de urgencia ante el alto tribunal para que ordenase excepcionalmente el reconocimiento del matrimonio de una de las parejas demandantes. Se trata de Niki Quasney y Amy Sandler, cuyo matrimonio contraído en Massachusetts ya fue reconocido cautelarmente en primera instancia, debido a que Niki está luchando contra un cáncer de ovario en estadio IV. La suspensión de la sentencia del juez Young dejaba de nuevo indefensa a la pareja en una situación crítica.

Afortunadamente, la Corte de Apelaciones ha considerado la gravedad de la situación y ha dictaminado que Indiana debe reconocer el matrimonio de Niki y Amy como legal a todos los efectos y con carácter inmediato. La oficina del fiscal general de Indiana declaraba su respeto por la decisión judicial, sin hacer más comentarios.

Un proceso imparable

Desde la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos que derogaba la parte de la DOMA que impedía el reconocimiento federal de los matrimonios entre personas del mismo sexo en junio de 2013, se han presentado decenas de demandas en todos los estados, en las que de una u otra forma se desafía la prohibición del matrimonio igualitario. Kentucky se une a los estados en los que las sentencias han dado resultados favorables, como en el caso de Utah, OklahomaVirginia, Texas, Michigan, Arkansas, Idaho, Oregón, Pensilvania, Wisconsin e Indiana. Sin embargo, exceptuando a Oregón y Pensilvania, el resto de las sentencias están en suspenso mientras se resuelven las apelaciones.

Según fuentes jurídicas, la decisión de la Corte de Apelaciones del 10º Circuito de confirmar la inconstitucionalidad de la prohibición del matrimonio igualitario en Utah, también en suspenso, afectaría a los estados de su jurisdicción en los que aún no se han pronunciado los tribunales: Colorado, Kansas y Wyoming. Serían entonces 13 los estados donde el derecho al matrimonio igualitario ha sido reconocido, aunque dicho reconocimiento esté suspendido en espera de apelación.

Por otro lado, en Ohio se ha resuelto a favor del reconocimiento de los matrimonios del mismo sexo celebrados en otros estados donde están permitidos, con la sentencia también en suspenso. En Tennessee, ese reconocimiento se circunscribe únicamente a las parejas demandantes, aunque el precedente ya se ha establecido. En dosmanzanas también hemos aludido a algunas otras de las que están en trámite (como la de Nevada), pero en realidad el proceso alcanza ya a todos los territorios judiciales del país y a todos los estados.

Todo parece señalar que la apelación de la mencionada decisión de la Corte de Apelaciones del 10º Circuito  provocará que el proceso de reconocimiento del matrimonio igualitario culmine, en un futuro más o menos próximo, en una nueva sentencia del Tribunal Supremo que aclare la situación.

Actualmente, y en espera de que se resuelvan las diversas apelaciones y procesos, en los Estados Unidos el matrimonio entre personas del mismo sexo es legal en California, Connecticut, Delaware, Hawaii, Illinois, Iowa, Maine, Maryland, Massachusetts, Minnesota, New Hampshire, Nueva Jersey, Nueva York, Nuevo México, Oregón, Pensilvania, Rhode Island, Vermont y Washington. A estos 19 estados se unen además Washington DC (la capital federal) y ocho jurisdicciones tribales.

Fuente Dosmanzanas

General, Historia LGTBI , , , , , , , , , , , , , ,

Comentarios cerrados.

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.